La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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DIA MUNDIAL DE LA TIERRA. Actuamos por un desarrollo sostenible en clave económica, social y ambiental

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz se une a los homenajes dedicados al día de la tierra, hogar y patria común de la humanidad, pero, también, deseamos que esos reconocimientos se traduzcan en compromisos que garanticen la protección y conservación de nuestro planeta del que, no lo olvidemos, somos meros usufructuarios.

Justamente por ello, en un año 2016, en el que la temperatura registrada en la atmósfera terrestre y en la superficie marina ha alcanzado su nivel más alto desde 1980, último año en el que se tiene referencia de una medición sistematizada a través de diferentes registros, es urgente que se afronten con decisión las graves consecuencias que se derivan del cambio climático inducido, en gran medida, por la actividad humana.

Esta Institución está comprometida con el reto de detener el aumento de la temperatura de la tierra por lo que, espera y desea que los países presentes en la Cumbre de París asuman de manera clara y sin excepciones los compromisos derivados de los acuerdos adoptados en aquélla.

Sin perjuicio de ello, como sabemos, si queremos cambiar globalmente nuestro mundo debemos de actuar, también, desde “lo local”. En este contexto, las agendas públicas que han asumido los compromisos 20-20 no pueden ser meras declaraciones expresadas en términos políticamente correctos, sino constituir una manifestación de actuaciones visibles y verificables en las que los poderes públicos, y por supuesto, la sociedad civil escenifiquen su disposición a afrontar aquéllos.

El campo de batalla de la lucha contra el cambio climático se sitúa en gran medida en nuestras ciudades, por lo que deben ser configuradas y entendidas en clave de sostenibilidad tal y como venimos demandando en distintas actuaciones de esta Institución como el Informe Especial sobre “Seguridad, accesibilidad y calidad ambiental en los espacios urbanos peatonales de las ciudades andaluzas” o en la Jornada que hemos organizado en este ejercicio en torno a las “Ciudades inteligentes, ciudades sostenibles”

En el día de la tierra, esta Institución reitera su compromiso con el objetivo de proteger nuestro planeta y continuará realizando actuaciones para garantizar un desarrollo sostenible en clave económica, social y ambiental. Al fin y al cabo, como nos recordaba Ban Ki-moon, no hay plan B por que no hay planeta B.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/1673 dirigida a Consejería de Educación

Los antecedentes de este asunto datan de junio de 2014 cuando recibimos escrito de la Directora de un colegio concertado de Granada exponiendo varias cuestiones relacionadas con determinadas decisiones adoptadas por la Administración educativa que podían comprometer seriamente la viabilidad de su funcionamiento futuro, lo que, dada las características particulares del alumnado al que atendía -y atiende- podría suponer una pérdida sin paliativos para una población que, precisamente, debería ser destinataria, por su situación de vulnerabilidad, de mayor protección pública.

Una de esas cuestiones, y que consideramos de enorme importancia, era la de que hasta el curso 2012-2013, 110 alumnos y alumnas del centro docente se habían beneficiado de la subvención del servicio de comedor, resultando que para el curso académico 2013-2014 no habían recibido ayuda alguna, así como que tampoco se les había convocado para la firma del correspondiente Convenio a pesar de la cercanía del curso siguiente.

Después de innumerables actuaciones y gestiones realizadas por esta Institución, incluyéndose una Recomendación a la Consejería de Educación el problema del centro docente en cuestión, y de otros que posteriormente se adhirieron a su misma queja, es el de que, siendo todos ellos centros concertados, pero situados en barriadas marginales cuya población, en su inmensa mayoría , se encuentran en situación de exclusión social, no entran dentro del ámbito de aplicación del Decreto por el que se regula el servicio de comedor en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, ni de la Orden por la que se regulan los servicios complementarios, entre otros de comedor, ni por el Decreto de Apoyo a las Familias Andaluzas, por lo que no reciben asignación económica y en ningún concepto para la prestación de este servicio complementario, de manera que, si bien sí necesitan la autorización administrativa pertinente para poder ofrecerlo, éste es contratado directamente por el propio centro y sostenido exclusivamente con las aportaciones económicas de las familias usuarias, a las que en ningún caso se les aplica bonificación alguna.

Hasta el curso 2012-2013, este tipo de centros concertados se habían visto beneficiados con una serie de convenios excepcionales de colaboración con el entonces ISE-Andalucía, a través de los cuales recibían determinadas subvenciones que se destinaban a cubrir los costes del servicio de comedor que el centro docente contrataba o, en algunos casos, gestionaban directamente. Sin embargo, tras la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público y la Recomendación, sobre los convenios de colaboración de las Administraciones con determinadas entidades públicas y personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, se puso en duda la legalidad de éstas y otro tipo de subvenciones.

Así mismo, la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación, a partir también de 2014, sustituyó al anterior ISE-Andalucía, ampliándose sus objetivos y fines, y adquirió, en el momento de su constitución, una serie de obligaciones entre las que se encontraba la gestión de diversos convenios de colaboración que desde hacía años mantenían con diversas entidades y, según parece, fue a partir de entonces cuando la figura del convenio excepcional motivó reparo por parte de la Intervención General en los sucesivos Informes de la Agencia.

Resultado de ello es que, encontrándonos ya a principios del actual curso 2015-2016, los centros concertados en cuestión, no habían recibido cantidad alguna ni para el curso 2013-2014 ni 2014-2015, de modo que cada uno de ellos, como buenamente habían podido, siguieron prestando el servicio de comedor a su alumnado durante ese tiempo, en algunos casos siendo ello posible por la generosidad de determinadas empresas que habían seguido dando el servicio sin contraprestación pero en espera de una solución por parte de la Junta de Andalucía y, en otros -los que gestionaban directamente el comedor- también a costa de la generosidad de los propios trabajadores del centro, que habían renunciado a parte de sus nóminas para poder pagar los alimentos, su elaboración y la prestación gratuita del servicio de vigilancia durante el horario de las comidas.

Dicha situación, ya en el curso 2015-2016, era insostenible, de manera que en el mes de octubre de 2015, muchos de estos centros no pudieron abrir el comedor escolar para ofrecer este servicio a su alumnado. Ante ello, la movilización de los centros docentes y de las familias afectadas, obligó a la Junta de Andalucía a buscar una medida urgente y provisional hasta dar una solución definitiva para estos centros, de manera que, para que pudieran comenzar, ya en el mes de noviembre de 2015, a facilitar el servicio de comedor a su alumnado, la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales suscribió un Convenio con Cáritas para que esta fuera la que, con cargo a determinadas subvenciones que recibiría directamente, contratara el servicio de comedor para estos colegios. Este convenio tenía una fecha de caducidad: el 31 de Marzo de 2016.

Mientras tanto, la Consejería de Educación se comprometió, y así directa y expresamente nos lo comunicó en los primeros días del mes de octubre de 2015 en respuesta a la Recomendación formulada, a proceder a la modificación del Decreto por el que se regula el servicio de comedor en los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, antes aludido, esperando con ello posibilitar la cobertura legal necesaria para ampliar la prestación del servicio complementario de comedor en este tipo de centros docentes, que por su singularidad social y por la especificidad del alumnado al que atienden, entendían que es de justicia y solidaridad atenderlos.

Sin embargo, pocos días antes del 31 de marzo de 2016, ya han venido aparecido en la prensa que, no habiéndose articulado aún ningún mecanismo legal para poder financiar el reiterado servicio en los centros en cuestión, puede que la titularidad de los centros se vean abocados a suspender de nuevo el tan necesitado servicio de comedor.

Por esta razón, teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, estimamos necesario, proceder a incoar el presente expediente de oficio al objeto de poder conocer con mayor profundidad la cuestión analizada y, en su caso, requerir a la Administración competente para que adopten las medidas oportunas en orden a su resolución.

Que se arbitre un régimen jurídico de infracciones y sanciones para los supuestos de fraude en los suministros de agua

Propuesta 5.

El Defensor del Pueblo Andaluz, en su Informe Especial "Servicio de suministro de agua. Garantías y Derechos" ha pedido que se arbitre un régimen jurídico de infracciones y sanciones, con las suficientes garantías legales, que tenga por objeto la erradicación de prácticas defraudatorias.

 

También deben valorarse las circunstancias en que resultaría procedente acudir a la vía penal, como la reiteración en conductas fraudulentas, el elevado volumen de agua defraudada o la utilización de medios ilícitos para impedir la regularización del suministro.

 

El Defensor del Pueblo Andaluz considera necesario que se realicen campañas de información a la población sobre las consecuencias jurídicas y económicas derivadas de la defraudación, así como las posibilidades existentes para facilitar el pago de las facturas cuando la situación económica así lo requiera.

 

Con este tipo de medidas preventivas estimamos que pudiera reducirse de modo significativo la incidencia de los fraudes en el suministro de agua, de tal manera que la situación económica personal y familiar no sea la responsable indirecta de los mismos.

 

Queja número 15/0965

El Defensor del Pueblo Andaluz archiva esta actuación de oficio al informar el Ayuntamiento de Cádiz que próximamente va a proceder a contratar la ejecución, con fondos propios municipales, de las obras para dotar a esta zona del Paseo Marítimo de las medidas de protección adecuadas.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio ante el Ayuntamiento de Cádiz para conocer las actuaciones que vaya a realizar para dotar de una mayor seguridad al pretil existente en la avenida Fernández Ladreda, a la altura de la calle Escritor Ramón Solís y la plaza de Asdrúbal, donde se produjo un accidente.

Durante la tramitación de esta actuación de oficio se nos indicó que la mejora de la seguridad en la zona estaba ligada a la construcción del carril-bici que, en el tramo donde ocurrió el accidente, correspondía a la Junta de Andalucía, por lo que nos dirigimos a la Dirección General de Movilidad, de la Consejería de Fomento y Vivienda, para conocer la intervención prevista en este lugar y el plazo aproximado en que se acometerán las obras para ello.

De la respuesta de citada Consejería, que nos remitió su Viceconsejería, se desprendía que, contrariamente a lo indicado por el Ayuntamiento de Cádiz, no estaba prevista ninguna actuación sobre el pretil actual del paseo marítimo, ya que la actuación del carril-bici se desarrolla en la franja exterior del acerado y sin afectar al mismo. Por ello, nuevamente nos dirigimos al Ayuntamiento, que nos dio cuenta del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local por el que, en síntesis, se aprobaba el proyecto para la instalación de una barandilla de protección de la zona afectada y se solicitaba la colaboración de la Demarcación de Costas de Andalucía Atlántico, dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para la ejecución de esta instalación por afectar al dominio público de su titularidad.

Tras solicitar del Ayuntamiento que nos mantuviera informados acerca de si había obtenido la colaboración demandada de la Demarcación de Costas, se nos dijo que se había informado favorablemente su ejecución por no ocasionar perjuicio al dominio público marítimo-terrestre. En base a ello, el Ayuntamiento añadía que iba a proceder a iniciar los trámites necesarios para la contratación de la ejecución con fondos propios municipales.

A la vista de esta información, entendimos que, por parte municipal, se estaban impulsando las medidas necesarias para solucionar el problema de seguridad que supone la ausencia de barandilla de protección en esta parte del Paseo Marítimo, por lo que, estimando que nos encontramos ante un asunto en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones, sin perjuicio de manifestar al Ayuntamiento, en nuestro último escrito, que esperamos que los trámites que restan sean desarrollados con la mayor brevedad y eficacia, de forma que la barandilla de protección quede instalada en el menor plazo que resulte posible.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/5685 dirigida a Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Defensor del Pueblo Andaluz ha archivado esta actuación de oficio cuando ha conocido las actuaciones que viene realizando la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para ejecutar una resolución que ordena la restitución de un terreno a su anterior estado tras ejecutar una construcción ilegal en el Parque Natural de Estrecho.

30-12-2013 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

En su día, esta Institución inició esta actuación de oficio al conocer la existencia de una vivienda, con una piscina, en una duna. Una fotografía evidenciaba, a todas luces, que se trataba de un importante deposito de arena de imposible acumulación en ese lugar si no era por el traslado en grandes cantidades a través de vehículos de transporte, ya que la duna estaba completamente rodeada de una enorme masa arbórea. La única posibilidad de que esta duna se formara en este lugar sin el traslado artificial de arena era que fuera preexistente a la plantación de la masa arbórea que la rodeaba pero, en tal caso, suponíamos que sería un hecho patente por quienes conocen las características del sistema del Parque Natural del Estrecho.

Respecto de la vivienda y la piscina eran una construcción de entidad y de superficie y la piscina, en principio, es un uso no permitido en este tipo de parques naturales, cuestión distinta era que ya existiera antes de la declaración del parque y/o que hubieran prescrito las acciones administrativas y/o penales ante la supuesta ilegal construcción del inmueble. De no ser así, nos podríamos encontrar ante unos hechos que no solo suponían una muy grave infracción urbanística sino que, además, podían tener un contenido claramente delictivo.

16-03-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha archivado esta actuación de oficio cuando ha conocido las actuaciones que viene realizando la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para ejecutar una resolución que ordena la restitución de un terreno a su anterior estado tras ejecutar una construcción ilegal en el Parque Natural de Estrecho.

Nos dirigimos a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que, como respuesta, nos indicó que, en relación con los hechos objeto de este expediente de queja, se tramitaba expediente sancionador por la Delegación Territorial de esa Consejería en Cádiz. Tras interesar que nos mantuviera informados de las subsiguientes actuaciones que se realizaran, conocimos que se había impuesto al responsable de la infracción una sanción de multa pecuniaria de 1.000 euros y la obligación de restituir el terreno a su ser y estado anterior al vertido de áridos, procediendo a la retirada de los mismos y que se interpuso recurso de alzada contra la resolución.

Posteriormente se nos dio cuenta de la resolución desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por el promotor de las obras. Después de ello, también conocimos que el representante legal del sancionado había renunciado a su defensa, por lo que hubo que notificar la sanción directamente al infractor, pero también nos dijo la Consejería que no se había procedido a la restitución del terreno a su ser y estado anterior al vertido de los áridos al no haberse efectuado su retirada. Tras ello, la Consejería nos informó que fue necesario publicar un nuevo requerimiento previo a la ejecución forzosa de la resolución sancionadora dictada mediante publicación en el Boletín Oficial correspondiente, por lo que estaban a la espera de que transcurriera el plazo para, en su caso, iniciar el procedimiento de ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas.

En la última respuesta de la Consejería, tras haber informado en anteriores comunicaciones de los avances registrados para dar cumplimiento a la resolución sancionadora dictada en relación con este asunto e indicar que ya se había publicado en los boletines oficiales correspondientes el requerimiento al infractor, se señalaba que ya había sido impuesta la primera multa coercitiva. Dado que este proceso de imposición de multas coercitivas puede resultar complejo y dilatado en el tiempo y considerando, en definitiva, que nos encontrábamos en un asunto en vías de solución, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones y hemos procedido al archivo de este expediente de queja. Sin perjuicio de ello y conforme al compromiso que nos trasladaba la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de informarnos de la finalización de este asunto, hemos solicitado que nos anuncie, cuando ello ocurra, el cumplimiento de la resolución sancionadora dictada en su día.

Queja número 15/4850

Dada la parquedad de la información facilitada por la administración, y teniendo en cuenta que la misma difiere de las noticias relatadas por los medios de comunicación en cuanto a la necesidad de contar con recursos asistenciales para la atención de los menores con necesidades educativas especiales, el personal de esta Institución procedió a realizar una visita a las instalaciones del Centro educativo manteniendo una reunión con la dirección del mismo.

La dirección informa que los alumnos escolarizados en el aula específica se encuentran suficientemente atendidos con el horario actual de la monitora de educación especial, añadiendo que cuando la monitora no se encuentra en el centro, los alumnos son atendidos por el profesorado de apoyo, y en caso de una necesidad urgente se requiere los servicios de la señalada profesional aunque la misma se encuentre en ese momento desarrollando su labor en el otro colegio, recalcando que la distancia entre ambos recursos es escasa.

En relación con las protestas protagonizadas por los padres, y que fueron recogidas por los medios de comunicación social, el director del centro confirma que al inicio del curso escolar las familias expresaron públicamente su malestar por la mencionada decisión de reducir el horario de los servicios de la monitora, sin embargo, tras comprobar que con el nuevo ajuste de horarios los alumnos estaban correctamente atendidos, no se han presentado más reclamaciones ni han se han producido nuevas incidencias al respecto.

A través de noticias publicadas en diversos medios de comunicación se ha conocido el problema que afecta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizado en dos centros docentes del municipio de Saltetras (Sevilla), por la supresión de una plaza de monitor de educación especial.

Con el inicio de las clases la plaza quedó desierta, siendo unificada y ocupada con la trabajadora de otro colegio, del mismo municipio, provocando que la monitora tenga que compaginar su jornada laboral entre los dos centros, lo que imposibilita la atención permanente y adecuada de los niños durante toda la mañana.

Así las cosas, se incoó el presente expediente de oficio.

El síndic de greuges de Catalunya, presidente del capítulo europeo del Instituto Internacional del Ombudsman (IIO), ha impulsado  la organización de este workshop con el objetivo de analizar el emergente cambio de contexto que deben afrontar las instituciones de ombudsman. Por medio de esta plataforma de debate, a su vez, se pretende contribuir a sensibilizar sobre los nuevos retos que se presentan para los defensores de derechos humanos, como la preocupación por la seguridad, la crisis de los refugiados, los persistentes movimientos migratorios y la xenofobia y el racismo.

El acto, que reunirá ombudsman y defensores de derechos humanos de todo el mundo, tendrá lugar los días 26 y 27 de abril de 2016 en Barcelona. 

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, participa en la 2ª sesión del día 26 que tratará el tema de "Migrantes y Refugiados".

El Defensor del Menor valora la aceptación de algunas de  sus recomendaciones sobre la atención a menores infractores en los centros andaluces

  • Jesús Maeztu debate en la Comisión de Justicia e Interior el informe especial sobre “La atención a menores infractores en centros de internamiento de Andalucía”

  • El titular de la Defensoría destaca la retirada de las concertinas en los sistemas de seguridad de las instalaciones

  • La institución valora el proceso de reorganización y distribución de los menores en los centros, con la inauguración de las instalaciones en Huelva el pasado enero, aunque le preocupa la escasez de plazas en los centros de Málaga y Granada

  • También ha insistido en otras recomendaciones todavía pendientes, como es el caso de los menores con problemas de salud mental.

 

El Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu, ha destacado hoy la “buena acogida” que ha tenido el informe especial La atención a menores infractores en centros de internamiento de Andalucía por parte de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía y ha resaltado, entre otras, las medidas encaminadas a mejorar las infraestructuras de los centros.

En su comparecencia ante la Comisión de Justicia e Interior en el Parlamento de Andalucía, el Defensor del Menor ha valorado la retirada definitiva de las concertinas y la búsqueda de alternativas en los sistemas de seguridad de los centros de menores infractores de la comunidad autónoma, en los que reciben atención más de 700 menores privados de libertad.

El Defensor del Menor ha explicado que, “atendiendo a esta demanda, a partir del pasado 1 de enero, la Consejería de Justicia ha dado instrucciones a todas las entidades que gestionan los centros para que retiren las concertinas de estos establecimientos, adoptando medidas alternativas que garanticen la seguridad” de los menores. La fecha límite para la retirada de estos dispositivos fue el pasado 28 de febrero.

El titular de la Defensoría ha considerado “que es posible la instalación de otros elementos de seguridad disuasorios sobre el vallado de los centros que dificulte su salto al exterior por los internos, pero que no produzcan los efectos negativos para la integridad física de las personas que actualmente tiene el uso de las concertinas”. En cuanto al uso de concertinas, el titular de la institución argumentó que “es verdad que los centros de internamientos son establecimientos en los que los menores están privados de libertad y deben disponer, por consiguiente, de medidas que disuadan de posibles fugas. Pero no es menos cierto los dispositivos de seguridad instalados no se pueden llevar al extremo de cohibir desproporcionadamente la conducta del menor internado”.

En su intervención en el debate, el Defensor del Menor ha subrayado otras recomendaciones aceptadas por la Administración como el desajuste de las plazas de los centros en las provincias. Jesús Maeztu ha destacado que desde el pasado abril de 2015 la Junta de Andalucía ha realizado una nueva reorganización y distribución de los centros, en la que se ha tenido en cuenta el incremento de la población femenina, y creado nuevas unidades de internamiento terapéutico. Además, desde enero de este año la provincia de Huelva cuenta ya con un centro de internamiento con 20 plazas, dando así cumplimiento a una reiterada petición de la institución.

El Defensor del Menor ha valorado que “se ha dado, por tanto, un paso adelante en el difícil proceso de reorganización y distribución de los centros”, aunque precisó que “la tarea no ha concluido, especialmente por lo que respecta a las provincias de Málaga y Granada”. “Los menores infractores de estas provincias continúan teniendo serias dificultades para cumplir la medida de internamiento en un recurso cercano a su domicilio familiar debido a la escasez de plazas en cada uno de los centros existentes”, ha subrayado el Defensor. También ha encontrado una respuesta positiva por parte de la Junta de Andalucía la demanda de una línea de ayudas económicas para aquellas familias con escasos recursos económicos que ven limitadas sus posibilidades de visitar al menor interno por encontrarse el centro alejado de su casa.

Asimismo, ha sido subsanada la carencia detectada en el momento de elaborar el informe sobre una normativa reguladora de la organización, el funcionamiento y las características de los centros de internamiento, gracias a la aprobación del decreto 98/2015, de 3 de marzo.

Entre las propuestas del Defensor para garantizar las protección de los derechos del menor durante el desarrollo de la medida de internamiento se ha aceptado que sea un único letrado el que defienda al menor en todas las causas pendientes; potenciar el uso de la videoconferencia para las comunicaciones entre el letrado y el menor; o el acceso del letrado al expediente que consta en la base informática INTRA, donde se contiene toda la información del cumplimiento de la medida. También aquellas otras que tienen como finalidad ampliar los programas de intervención con menores tras su liberación.

No obstante, otras recomendaciones presentadas en el informe y cuyo cumplimiento requiere de actuaciones coordinadas entre distintas Administraciones, están aún pendientes de ejecución, como es el caso de los menores con problemas de salud mental.

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Medio: 
El País
Fecha: 
Mié, 20/04/2016
  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías