La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la Sierra de Aracena los días 12 y 13 de mayo

La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la Sierra de Aracena (Huelva) los próximos días 12 y 13 de mayo para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

 

El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, sunimistros de luz y agua, etc.

 

La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta en horario de mañana, de 9 a 14 horas, y de tarde, de 16.30 a 19.30 horas, ambos días. El jueves 12, la oficina atenderá las quejas y consultas ciudadanas en los Servicios Sociales Comunitarios de Sierra Oeste, calle Carmen, 8, de Cortegana. El viernes 13 se trasladará a Aracena, en el Hogar del Pensionista, calle Estudio s/n.

 

Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También por facebook (https://www.facebook.com/DefensordelPuebloAndaluz / ) o twitter (@DefensorAndaluz).

 

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

 

Más de medio millar de personas presentaron queja o consulta en Huelva ante el Defensor del Pueblo Andaluz el pasado año.

 

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El Defensor del Pueblo Andaluz urge a impulsar las medidas previstas para la acogida de los refugiados, en especial, de los menores

·         Jesús Maeztu afirma en una reunión de ombudsman de todo el mundo celebrada en Barcelona que Andalucía está preparada para recibir a unas 17.000 personas bajo la atención de las ONG

·         El titular de la Defensoría insta a sus homólogos europeos a convertirse en “activistas” y provocar la reacción de los poderes públicos para hacer efectivo el derecho de asilo

·         El Defensor del Menor lamenta que niños y niñas son víctimas junto a sus familias del “pacto de la vergüenza”

 

El Defensor del Pueblo de Andalucía, Jesús Maeztu, ha trasladado hoy en una reunión de ombudsman de todo el mundo que se celebra en Barcelona la necesidad de que se vayan preparando los sistemas de acogida de los refugiados procedentes de Siria en todos los territorios europeos y que, a su vez, se provoque una reacción de los poderes públicos para hacer real y efectivo el derecho de asilo que tienen estas personas.

Durante su intervención en este seminario de trabajo organizado por el Instituto Internacional del Ombudsman, de la mano del Síndic de Cataluña, Rafael Ribó, el Defensor del Pueblo andaluz ha exigido a Europa una respuesta de protección y acogida a estas víctimas, como tiene regulado normativamente, y ha instado a sus homólogos europeos a “convertirnos en agentes de supervisión y de movilización para que las acciones de acogida sean una realidad”.

El titular de la institución ha participado en una mesa redonda junto a sus homólogos de Serbia, Saša Janković; de Grecia, Vasileios Karydis; de Lituania, Edita Žiobienė y el Director General del Ombudsman de Dinamarca, Jonas Bering Liisberg.

El Defensor del Pueblo andaluz ha relatado la experiencia de Andalucía como “frontera sur” de fenómenos migratorios, donde sus 800 kilómetros de costa son una vía importante de llegada de personas que buscan llegar a Europa desde el Magreb y que provienen del corazón de África, por lo que ahora ante la grave crisis que padece Siria, Andalucía está llamada a participar en el despliegue de medidas de recepción, asistencia emergente y acciones de integración de esta población.

El titular de esta institución ha asegurado que ha pedido información al Gobierno andaluz sobre las medidas o actuaciones que se vayan a aplicar en atención a las personas desplazadas del conflicto sirio, así como ha solicitado planes de preparación y coordinación entre todas las administraciones para disponer los recursos para la acogida de este colectivo.

A falta de una concreción por parte de las autoridades españolas y europeas, el Defensor del Pueblo andaluz ha asegurado que “Andalucía está preparada para acoger a los refugiados que lleguen” y ha estimado que “cuenta con los recursos económicos, materiales y humanos suficientes para acoger a unas 17.000 personas, que estarían atendidas bajo los programas de recepción y acogida de las ONG”. Esta cifra se la trasladaron al Defensor del Pueblo andaluz las delegaciones en Andalucía de Accem, CEAR, Cepaim y Cruz Roja en una reunión celebrada hace unas dos semanas.

El Defensor del Pueblo andaluz ha animado a preparar los sistemas de acogida para que éstas sean “serenas y normalizadas” con el fin de evitar episodios de xenofobia o racismo y ha alentado a los defensores europeos a ser “activistas” para implantar en toda la Unión Europea los valores de la dignidad de las personas.

En este sentido, el también Defensor del Menor de Andalucía ha hecho hincapié en que “en este dramático proceso donde familias enteras huyen para salvar sus vidas, como siempre, los más vulnerables son los niños y las niñas”. Según datos de Unicef, uno de cada tres refugiados es menor de edad. Europol ha alertado de la situación que están viviendo 10.000 niños no acompañados que se encuentran en paradero desconocido, ha recordado Jesús Maeztu.

El Defensor del Menor ha señalado que la imagen del cuerpo sin vida del pequeño Aylan, ahogado en una playa de Turquía, pareció despertar la conciencia de la comunidad internacional, aunque sin embargo ni ésta ni nuevas imágenes “han sido suficientes para que Europa reaccione de una vez por todas y otorgue a los menores la protección internacional a la que tienen derecho”. “Son víctimas junto con sus familias de la aplicación de un pacto, bien llamado, de la vergüenza”, ha criticado Jesús Maeztu, que ha instado a los defensores europeos a dar la voz de alarma ante las instituciones europeas y los gobiernos de las regiones para que tengan un especial celo en la atención de los niños refugiados ante esta situación “de emergencia”.

Tras el cierre del centro, los menores habrían sido trasladados a centros de distintas provincias de Andalucía, en algunos casos a centros ordinarios en los que los MENAS no se pueden beneficiar de la asistencia especializada que recibían en el centro Isdabe, específicamente concebido para la atención de menores inmigrantes, en su mayoría procedentes del Magreb.

El Defensor organiza una jornada sobre servicios de suministros de agua, el 11 de mayo, en Málaga

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en su sesión celebrada en Ginebra en noviembre de 2002, afirmó que «El derecho humano al agua es el derecho de todos a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico».

Nuestro ordenamiento jurídico no incluye aun un reconocimiento explícito del derecho humano al agua. No obstante, nuestros textos legales contienen una regulación pormenorizada de los servicios destinados a garantizar la accesibilidad a este recurso esencial por parte de la ciudadanía. Una regulación, caracterizada por un difícil equilibrio entre la protección de los derechos de las personas usuarias y la satisfacción de los intereses comerciales de las empresas prestadoras.

Así sucede, por ejemplo, en supuestos de corte de suministro por impago de facturas; o en relación con los procedimientos por fraude; o ante consumos elevados de agua motivados por avería de las instalaciones interiores. Supuestos en los que resulta discutible la efectividad de la regulación actual y su adecuación a los requisitos de tutela de derechos que demanda la sociedad. Por otra parte, estimamos imprescindible avanzar en una regulación que garantice que ninguna persona pueda verse privada del acceso al agua por razones de capacidad económica.

Esta Jornada pretende propiciar un foro de debate y reflexión sobre las distintas propuestas que se incluyen en el Informe Especial "Servicios de suministro de agua. Garantía y derechos" presentado por el Defensor del Pueblo Andaluz al Parlamento de Andalucía y que buscan ofrecer soluciones a los diferentes problemas detectados en relación con el funcionamiento de los servicios de suministro de agua en Andalucía.

La Jornada se desarrollara en un solo día, con una sesión de mañana y otra de tarde y se desarrollará en cuatro mesas redondas con participación de expertos, empresas suministradoras, asociaciones de consumidores y del tercer sector de acción social y representantes de las Administraciones públicas.

Las Jornadas serán de libre acceso, mediante previa inscripción, y están dirigidas fundamentalmente a personas y asociaciones que trabajen en el ámbito de los servicios sociales, la protección del consumidor o la defensa de colectivos vulnerables. Asimismo, esperamos concitar el interés de quienes desarrollan su trabajo en empresas suministradoras y en administraciones públicas con competencias relacionadas con el suministro domiciliario de agua.

Queja número 15/2121

La Administración informa que se ha dado respuesta a la reclamación que en su día se presentó la interesada contra la nota final obtenida en una asignatura de del Ciclo de Formación Profesional de Grado Medio.

La persona interesada expone que Junio de 2014, presentó reclamación contra la nota final obtenida en una de las asignaturas del Ciclo de Formación Profesional de Grado Medio.

Se le dio respuesta mediante escrito notificado en Octubre de 2014 (si bien el escrito por el que el centro docente desestima su reclamación es de Junio de 2014), por lo que presentó reclamación en segunda instancia en el mismo mes Octubre de 2014.

El interesado manifiesta que como tan solo de forma verbal se le indicó que la reclamación no podía ser estimada porque se había presentado fuera de plazo, exigió que se le contestara por escrito, lo que en mayo de 2015 no habíao currido.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/1642 dirigida a Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, Área de Gestión Sanitaria de Osuna. Hospital Comarcal de la Merced

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Se reinicia la actividad en la consulta del dolor del hospital de Osuna.

11-04-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Hemos tenido conocimiento por algún medio de comunicación de que se ha suspendido la actividad que venía desempeñando una consulta para el tratamiento del dolor en el hospital de Osuna.

Al parecer esta actuación obedece a la baja del especialista que venía desempeñando esta función, por lo que el centro se propone formar a otro profesional para que lo sustituya en estas funciones, pero no adelanta ninguna fecha para que se restablezca dicha actividad.

Como consecuencia de ello hay pacientes que ven cómo se alargan sobremanera los plazos de las citas, pues ahora se ven obligados a acudir a la unidad del dolor del Hospital Virgen del Rocío, precisándose en estos casos el transcurso de más de un año.

A tenor de lo expuesto, y con el objeto de interesarnos por esta cuestión, hemos decidido incoar un expediente de queja de oficio, haciendo uso de la habilitación que a estos efectos nos confiere el art. 10.1 de la Ley 9/83, de 1 de diciembre, reguladora de la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, y solicitar el informe previsto en el art. 18.1 de aquella, a la Dirección Gerencia del área de gestión sanitaria de Osuna.

20-06-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Se reinicia la actividad en la consulta del dolor del hospital de Osuna.

Iniciamos este expediente de queja de oficio al tener conocimiento por algún medio de comunicación de que se había suspendido la actividad que venía desempeñando una consulta para el tratamiento del dolor en el hospital de Osuna.

Al parecer, esta actuación obedecía a la baja del especialista que venía desempeñando esta función, por lo que el centro se proponía formar a otro profesional para que lo sustituyera en estas funciones, pero no adelantaba ninguna fecha para que se restableciera dicha actividad.

Como consecuencia de ello había pacientes que estaban viendo cómo se alargaban sobremanera los plazos de las citas, pues ahora tenían que acudir a la unidad del dolor del hospital Virgen del Rocío, precisándose en estos casos el transcurso de más de un año.

El informe que hemos recibido desde el área de gestión sanitaria de Osuna confirma estos datos, aunque argumenta que la realización de algunas técnicas complejas en el campo del tratamiento del dolor en el centro hospitalario aludido, se debía a la formación específica que para las mismas tenía el especialista encargado de la consulta citada, no correspondiendo la práctica de las mismas, en principio, a un centro de este nivel.

De todas maneras se manifiesta que la persona que ha sustituido a este especialista en el hospital, ha comenzado a formarse para poder llevarlas a cabo, pero que mientras tanto, los pacientes que las precisaban han sido remitidos al hospital Virgen del Rocío.

Por lo visto, la consulta reanudó su actividad durante la primera semana de mayo, tanto para nuevos pacientes como para revisiones.

Atendiendo a lo expuesto consideramos que el asunto que motivó esta queja se encuentra en vías de ser solucionado, y por este motivo hemos decidido concluir nuestras actuaciones en el expediente.

 

Queja número 14/2998

La Administración en respuesta a nuestra  resolución informa que dado que el objetivo fundamental que se persigue es no crear indefensión en las personas solicitantes de adopción que hubieran solicitado la grabación de las entrevistas y que estuvieran disconformes con la evaluación efectuada por los equipos técnicos, permitiéndoles el acceso a todos los documentos que forman parte del procedimiento, les remitimos resolución de la Agencia Española de Protección de Datos en la que se determina la obligación de la entidad Eulen Servicios Sociosanitarios S.A, como responsable del fichero en el que se contienen las citadas grabaciones, de permitir el acceso a las grabaciones de las entrevistas por parte de los solicitantes de adopción cuando así sea solicitado por los mismos, dando cumplimiento al derecho de acceso de los interesados a sus datos de carácter personal recogido en la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por lo expuesto, queda suficientemente garantizado el derecho de las personas solicitantes de adopción a acceder a las grabaciones de las entrevistas, sin que el ejercicio del mismo pueda quedar a la discrecionalidad de la entidad Eulen.

 

Esta Institución tramitó un expediente de queja en relación con la reclamación presentada por una familia disconforme con el resultado de la actualización de su valoración de idoneidad. Tras el nuevo estudio de idoneidad la propuesta fue en sentido negativo, por lo que decidieron recurrir dicha decisión alegando que carecía de fundamentación ya que sus circunstancias personales -salvo el lógico paso del tiempo- no habían cambiado, variando únicamente el tramo de edad del menor a adoptar conforme las exigencias del nuevo país de su elección.

Tras presentar alegaciones en disconformidad con dicha valoración, éstas fueron estimadas parcialmente por la Comisión Provincial de Medidas de Protección en el sentido de que se realizase una nueva valoración por otro equipo de distinta provincia.

Dicha decisión se ejecutó pero solo en parte ya que se realizó una valoración por un equipo distinto pero de la misma empresa y provincia. También, a su instancia, se procedió a la grabación de las entrevistas con el personal evaluador, circunstancia que hasta esos momentos no se había producido.

El escrito de queja argumentaba que el nuevo informe de valoración no hizo más que incidir en los presupuestos y conclusiones del informe anterior, y que por ello resultaba indispensable que el personal funcionario de la Consejería encargado de instruir el expediente pudiera valorar sus manifestaciones tras escuchar las grabaciones de las entrevistas y así comprobar lo sesgado de las interpretaciones realizadas por el personal evaluador de la empresa y como el estudio de idoneidad se fundamentaba en los presupuestos del informe anterior.

El Servicio de Protección de Menores comunicó la inadmisión de la petición de audición de las grabaciones, fundamentando que la empresa evaluadora no lo autorizaba así decidimos formular la siguiente Recomendación a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Córdoba:

Que se ejerzan las potestades administrativas inherentes al contrato administrativo suscrito con la empresa encargada de realizar las valoraciones de idoneidad o su revisión para que no exista ningún obstáculo por parte de dicha empresa o del personal que tuviera contratado para que el personal de la Administración encargado de la gestión del expediente pueda acceder a las grabaciones de las entrevistas u otros documentos recabados durante el proceso de evaluación de la idoneidad para la adopción".

La respuesta a nuestra resolución fue en sentido favorable, anunciando que personal técnico de la Delegación se personaría para la audición de las grabación de las entrevistas realizadas a la solicitante en la sede de la entidad EULEN en Córdoba, todo ello con la finalidad de contrastar las argumentaciones expuestas en su reclamación sobre su valoración de idoneidad.

Así pues, al quedar satisfecha la pretensión de la interesada y aceptarse el contenido de nuestra resolución, dimos por concluida nuestra intervención en la queja.

No obstante, en el informe que nos fue remitido se puntualizaba que los archivos sonoros en que quedan almacenadas las grabaciones de las entrevistas pueden ser consultados por la Administración, siempre que exista previo acuerdo de las partes, a efectos del seguimiento técnico, pero la derivación solo estaría disponible a petición judicial toda vez que dichas grabaciones no forman parte del procedimiento administrativo de valoración de idoneidad.

Respecto de esta concreta cuestión hemos de mostramos nuestra interpretación discrepante, es por ello se inició, de oficio, un nuevo expediente de queja para someter dicha cuestión a la consideración de la Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias.

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