La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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11/04/2013 | 9 horas. Participamos en la XIII jornadas de la Escuela Cultura de Paz

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11/04/2013 | 14 horas. Reunión de II Ágora de Expertos. Universidad Pablo de Olavide.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1885 dirigida a Consejería de Educación

El objeto de la apertura de esta queja de oficio se centra en comprobar las acciones desarrolladas para la puesta en práctica del Plan de actuación para la mejora de la atención educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015.

Hemos recibido el informe en el que se detallan las distintas acciones emprendidas o los proyectos para la puesta en marcha de las 34 actuaciones que, agrupadas en 8 objetivos, conforman el Plan de actuación. Advertimos el esfuerzo realizado por los miembros de la comunidad educativa para comenzar la ejecución de este ambicioso y complejo Plan. 

Un esfuerzo que ha dado ya sus frutos en los trabajos llevados a cabo respecto de determinadas actuaciones, aunque todavía queda un significativo trabajo por desarrollar. Además, comprobamos que otras de las acciones o medidas del Plan están previstas que puedan desarrollarse para el próximo curso escolar 2013-2014.

La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor, elaboró un Informe especial sobre los centros específicos de educación especial en Andalucía que fue presentado en noviembre de 2010 ante el Parlamento de Andalucía. En dicho trabajo ofrecimos una visión amplia y detallada de la investigación sobre estos recursos educativos, básicamente a través de la experiencia de la Institución en la tramitación de las quejas, en atención a los datos facilitados por los centros de educación con necesidades especiales, y de las manifestaciones y reflexiones de las familias, los profesionales y el movimiento asociativo. Unido todo ello a las conclusiones que pudimos deducir de las visitas que el personal al servicio de esta Defensoría realizó a más del 40 por 100 de estos recursos.

Las propuestas de la intervención de la Administración que entendíamos necesarias y convenientes y que, en un sentido u otro, tienen como finalidad última mejorar la calidad de la atención educativa que está recibiendo el alumnado escolarizado en los centros específicos de educación especial en Andalucía, quedaron reflejadas en un conjunto de Recomendaciones dirigidas la Administración educativa.

Muchas de las propuestas en el citado informe fueron asumidas por la Administración, estando en aquella fecha constituidos diversos grupos de trabajo que tenían como misión profundizar en cada uno de los aspectos tratados.

Unos meses más tarde, se aprueba el Plan de Actuación para la Mejora de la Atención Educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015.

Dicho Plan tiene establecido 8 objetivos, cada uno de los cuales es objeto de una serie de actuaciones, en el que, además quedan delimitados los agentes implicados y los criterios de evaluación e indicadores. En concreto, lo objetivos señalados se concretan en los siguientes:

1. Consolidar el papel de los centros específicos de educación especial en el marco de un sistema educativo inclusivo. A tal fin, las actuaciones se concretan en:

- Difusión de buenas prácticas de los centros específicos de educación especial como centros abiertos a la comunidad.

- Adaptación de determinados centros públicos específicos de educación especial como centros de referencia o de recursos para la comunidad educativa.

- Establecimiento de criterios y procedimientos para el desarrollo de la modalidad de escolarización combinada entre centros específicos de educación especial y centros ordinarios.

- Formación específica para el profesorado y personal de atención educativa complementaria de los centros específicos de educación especial.

- Potenciación del desarrollo de trabajos de investigación para el conocimiento de buenas prácticas nacionales e internacionales en relación con estos centros.

- Celebración de intercambios profesionales formativos para el conocimiento de buenas prácticas docentes.

- Potenciación de la participación de las familias en el proceso educativo de sus hijos e hijas a través de la ampliación de las vías de comunicación con los centros educativos.

- Regulación de la realización de planes de acogida para el alumnado y las familias.

- Puesta en funcionamiento de aulas de familias que permitan el conocimiento de estrategias de intervención a los padres, madres y otros familiares encargados del cuidado y educación del alumnado con necesidades educativas especiales.

- Definición de los requisitos de infraestructuras y equipamiento que deben reunir los centros específicos de educación especial.

2. Revisar y actualizar la ordenación de las enseñanzas del período de formación básica de carácter obligatorio y del período de formación para la transición a la vida adulta y laboral. Las actuaciones de este objetivo se concretan:

- Revisión del sistema de información Séneca y adecuación del mismo a la ordenación de las enseñanzas del período de formación básica de carácter obligatorio.

- Revisión y adecuación de la ordenación del período de formación para la transición a la vida adulta y laboral, a través del desarrollo completo de programas de cualificación profesional inicial accesibles y de transición a la vida adulta y laboral.

- Creación de procedimientos de comunicación y coordinación entre los diferentes agentes que intervienen en la tutorización del alumnado con discapacidad que cursa enseñanzas en modalidades no presenciales, a fin de optimizar el seguimiento y el rendimiento de cada alumno o alumna.

- Creación de documentos de evaluación y certificaciones que permitan al alumnado acreditar las enseñanzas cursadas a lo largo de su escolarización, así como las competencias alcanzadas.

- Actualización de las fichas recogidas en el sistema de información Séneca sobre estas enseñanzas para mejorar el seguimiento del alumnado.

3. Potenciar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en las aulas y centros específicos de educación especial como apoyo al profesorado y como recurso para el desarrollo de las competencias del alumnado escolarizado en estos centros. Estas son las actuaciones:

- Dotación de recursos informáticos adaptados y dispositivos periféricos para los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos.

- Dotación de recursos informáticos adaptados y dispositivos periféricos para las aulas específicas de educación especial en centros ordinarios públicos.

- Formación del profesorado de los centros a los que se refieren los dos párrafos anteriores para el uso de los recursos informáticos disponibles y su implementación en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

4. Establecer criterios para la emisión de dictámenes de escolarización en centros específicos de educación especial de forma que se facilite una adecuada distribución del alumnado y un ajuste de la oferta educativa. Sus actuaciones se concretan en:

- Elaboración de normativa que establezca los criterios para la emisión de los dictámenes que recomienden esta modalidad de escolarización por parte de los Equipos de Orientación Educativa.

- Establecimiento de criterios para la determinación de los agrupamientos del alumnado.

- Establecimiento de criterios para la revisión de los dictámenes de escolarización de cara a la adopción de las medidas educativas más adecuadas para cada alumno o alumna a lo largo de su proceso de escolarización.

- Garantizar la participación de los representantes legales del alumnado en el proceso de elaboración del dictamen de escolarización, a través de la aportación de información relevante para la toma de decisiones. Igualmente, garantizar la adecuada información a las familias sobre el contenido y repercusiones de los dictámenes de escolarización (modalidad de escolarización, recursos, organización de las enseñanzas¿)

5. Elaborar protocolos para la dotación de recursos materiales específicos de difícil generalización al alumnado de los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos. Este objetivo se desarrolla con la creación de un protocolo unificado para la dotación de recursos materiales de difícil generalización a los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos, a través de un sistema de préstamos gestionado por las Delegaciones Provinciales.

6. Optimizar la organización interna de los centros específicos de educación especial, así como las relaciones de colaboración con otros agentes externos. Las actuaciones a desarrollar son:

- Desarrollo y concreción de la organización de los centros específicos de educación especial conforme a lo establecido en el Reglamento Orgánico correspondiente.

- Redacción de una guía de orientaciones en relación con la optimización de la organización interna de los centros específicos de educación especial, así como para la mejora de la coordinación con otros agentes externos (servicios sanitarios, servicios sociales comunitarios, etc.).

- Definición del papel de los servicios de orientación educativa (internos y externos) en el funcionamiento de los centros específicos de educación especial.

- Creación en Colabor@ de una comunidad de centros específicos de educación especial que fomente la colaboración y el intercambio de experiencias.

7. Adecuar la respuesta ofrecida al alumnado de los centros específicos de educación especial en relación con los servicios complementarios y del Plan de Apertura de Centros. Objetivo que se desarrolla con:

- Análisis y valoración de la implantación del Plan de Apertura de Centros en los centros específicos de educación especial.

- Adaptación de las normas y criterios de implantación de los servicios del Plan de Apertura de Centros (aula matinal, comedor y actividades extraescolares) a las necesidades de los centros específicos de educación especial, posibilitando la realización de este tipo de actividades a alumnado de diferentes centros educativos.

- Análisis y optimización de la prestación del servicio de transporte escolar dirigido al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros específicos de educación especial.

- Potenciación del desarrollo de actividades deportivas adaptadas en los centros específicos de educación especial.

8. Análisis de la adecuación de las plantillas de profesorado y del personal de atención educativa complementaria de los centros específicos a las necesidades del alumnado. Actuaciones a desarrollar:

- Análisis de las plantillas del profesorado y del personal de atención educativa complementaria y elaboración del mapa actual de profesionales en los centros específicos de educación especial.

- Determinación de los perfiles profesionales que deben, como mínimo, configurar las plantillas de los centros públicos específicos de educación especial.

- Establecimiento de criterios para la adecuada configuración de las plantillas, considerando la ratio y las necesidades específicas de atención de su alumnado escolarizado.

- Optimización de los recursos personales existentes en determinados centros en el marco de las zonas educativas.

Por otro lado, en cuanto a la vigencia, el Acuerdo señala que el Plan se llevará a cabo en el periodo 2012-2015.

Ha transcurrido ya el primer año de su vigencia, periodo de tiempo en el que habrán debido ejecutarse y ponerse en práctica algunas de las medidas y actuaciones contempladas en el Plan, del mismo modo que ha debido desarrollarse una labor de seguimiento y evaluación de cada una de ellas.

Por todo lo señalado, iniciamos una queja de oficio y, solicitamos información detallada acerca las actuaciones desarrolladas en los ocho objetivos que vertebran el Plan de Actuación para la Mejora de la Atención Educativa al alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial en Andalucía 2012-2015 , durante su primer año de vigencia. 

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1241 dirigida a Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Defensor del Pueblo Andaluz, tras recibir diversos informes de la Consejería de Medio Ambiente y recabar la colaboración de la Defensora del Pueblo de las Cortes Generales en relación con el proyecto de construcción de un gasoducto para producción y almacenamiento en el subsuelo de Doñana, ha considerado conveniente suspender actuaciones en esta queja de oficio al considerar que desde la citada Consejería se vienen afrontando las competencias legales que tiene encomendadas en aras a garantizar la preservación de los valores ambientales de Doñana, alertando de los riesgos que para este espacio natural, de incalculable valor ecológico, puede suponer la ejecución de la infraestructura prevista, especialmente a la vista de los informes contrarios emitidos.

22-02-2013 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio con motivo de las noticias aparecidas en prensa sobre la construcción de un gaseoducto que atravesaría el subsuelo del Parque Nacional de Doñana, para la producción y almacenamiento de gas, en relación con la incidencia ambiental del proyecto de construcción del referido Gaseoducto.  

 

20-08-2015 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Nos dirigimos a la Viceconsejería, entonces, de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, ésta nos ha informado lo siguiente:

- Que la autorización de esta actividad corresponde al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, siendo el órgano ambiental competente el  Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

- Que este último Ministerio citado ya había dictado algunas resoluciones favorables en el asunto de referencia.

- Que no obstante, como quiera que a la Junta de Andalucía le corresponde velar por la adecuada conservación de los lugares de la Red Natura 2000 ubicados en Andalucía, desde la Consejería competente en materia de medio ambiente se habían dirigido al Ministerio significando la necesidad de iniciar los trámites necesarios para evaluar conjuntamente las afecciones.

- Que, en tanto no se dispusiera de los resultados del análisis conjunto, desde la Consejería andaluza se habían suspendido la tramitación de los procedimientos relacionados con las autorizaciones de carácter ambiental de competencia autonómica y que son previos a la aprobación definitiva de los proyectos por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

 

Tras ello y después de comunicarnos la Viceconsejería que el análisis de las afecciones le corresponde realizarlo al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, consideramos oportuno trasladar todas nuestras actuaciones a la Defensora del Pueblo de las Cortes Generales con objeto de, si lo considera procedente y tras valorar detenidamente toda la información remitida, recabar la colaboración del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a fin de conocer el resultado del análisis y evaluación conjunta que las afecciones de las declaraciones de impacto ambiental afectantes al gasoducto de Doñana pueden producir sobre los hábitats las especies amparadas por la Directiva de Hábitat.

Es decir que, tras recibir dos informes de la entonces Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, y cerrando el flujo de actuaciones con esta Administración, nos dirigimos a la Defensora del Pueblo de las Cortes Generales para que, por vía de colaboración, hiciera un seguimiento en torno a las actuaciones realizadas y/o por realizar por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En este sentido, en el último informe recibido de la Defensoría del Pueblo de las Cortes Generales se hacían algunas consideraciones de interés de las que se desprendía que era conveniente que volviéramos a dirigirnos a la Consejería de Medio Ambiente solicitando nuevamente información sobre este asunto. Además, llegamos a la conclusión de que, con los datos que poseíamos, no nos era posible conocer la situación en la que se encontraba, desde un punto de vista legal y procedimental, el proyecto de gaseoducto ya mencionado y si procedería o no otorgar la autorización correspondiente por parte de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma como requisito previo a la aprobación del mismo por parte de la Administración del Estado. Ello, a pesar del tiempo transcurrido desde que iniciamos las actuaciones para valorar la legalidad e idoneidad del proyecto a ejecutar en este lugar de Interés Comunitario de absoluta referencia para nuestra Comunidad Autónoma en términos ambientales.

Por ello y con la finalidad de poder aclarar la situación y complementar las actuaciones ya realizadas, iniciamos nuevas actuaciones ante la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

En la respuesta que nos ha facilitado la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio resulta, en síntesis y respecto de las cuestiones que planteábamos en nuestra petición de informe, que no se ha llevado a cabo la evaluación conjunta de los proyectos por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; que el expediente de tramitación de la Autorización Ambiental Unificada para los proyectos de explotación, almacenamiento y conducción de gas natural “Marismas Oriental” y “Aznalcázar” se encuentra actualmente en fase de trámite de audiencia a los interesados, tras emitirse Dictamen Ambiental; que la Comisión Europea ha cerrado el Proyecto Piloto 5081/13/ENVI, sin perjuicio de que considera necesario realizar un futuro seguimiento del objeto del expediente y, por último, que en el Dictamen ambiental elaborado se ha tenido en consideración el informe del Espacio Natural de Doñana, proponiendo la no autorización de las actuaciones previstas en el proyecto “Marismas Oriental”.

Respecto del Dictamen del Servicio de Protección y Control Ambiental de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la citada Consejería, de 8 de Mayo de 2015, sobre el proyecto denominado “Extracción, Almacenamiento y Gasoductos de Gas Natural en Entorno Doñana (Aznalcázar y Marismas Oriental)”, sometido a trámite de audiencia de los interesados resulta que:

1. Se dictamina “informar desfavorablemente el otorgamiento (…) para la construcción y explotación de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado “Marismas Oriental”, por las razones expuestas en el “antecedente de hecho” décimo tercero del presente Dictamen”.

2. Se dictamina “informar favorablemente el otorgamiento (…) para la construcción y explotación de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado “Aznalcázar”, en los términos municipales de Benacazón, Pilas, Aznalcázar, Bollullos de la Mitación y Villamanrique de la Condesa”. Todo ello siempre que el proyecto “Aznalcázar” se ajuste a los requerimientos expresados en el proyecto técnico presentado por el titular, al estudio de impacto ambiental, la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente, así como al resto de documentación complementaria aportada por el promotor a lo largo de la tramitación del expediente, y a las condicionantes establecidos en los anexos de la presente resolución”.

A la vista de todo ello, entendemos que por parte de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se está siguiendo el procedimiento habilitado para la AAU, teniéndose en consideración, a la hora de elaborar el Dictamen, el informe firmado del Director del Espacio Natural de Doñana, del que resulta que, con toda claridad, “se propone no autorizar, de manera global, las actuaciones previstas en el Proyecto Marisma Oriental sometido a Autorización Ambiental Unificada”.

De acuerdo con todo ello y entendiendo que, por parte de esta Consejería, se están afrontando las competencias que le corresponde a fin de garantizar la preservación de los valores de este espacio singular, teniéndose muy en cuenta los riesgos que podría conllevar la ejecución de esa infraestructura a la vista del mencionado Informe, hemos decidido suspender temporalmente nuestras actuaciones, ello sin perjuicio de interesar que se nos dé traslado de la propuesta de resolución que, en su día, se elabore una vez concluido el periodo de audiencia de los interesados.

 

Queja número 13/0641

Disconformidad con sanción de tráfico. Tras la recomendación formulada por el Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Cañada del Rosal archiva un expediente sancionador por multa a un ciudadano al que se le imputó una infracción de tráfico que no había cometido y que identificó expresamente al Ayuntamiento la persona que conducía su vehículo en el momento de la denuncia.

El interesado nos mostraba su disconformidad con el expediente sancionador de tráfico que le ha incoado el Ayuntamiento de Cañada del Rosal por entender que se ha incurrido en diversas irregularidades procedimentales que han determinado que se le impute por una infracción que no ha cometido y en la que indicó con los requisitos necesarios el conductor del vehículo en el momento de los hechos.

Tras dirigirnos al Ayuntamiento, éste nos señaló que se le había comunicado al reclamante que, en el caso de que identificara de nuevo al conductor del vehículo con el domicilio actual, la sanción se archivaría derivando en una nueva con el importe inicial, pero que el interesado no había dado respuesta a esta cuestión.

Por ello y dado que esta Institución apreció diversas deficiencias procedimentales en el expediente sancionador incoado contra el interesado por el estacionamiento indebido de su vehículo, cuando él no conducía el mismo y había identificado a la persona que lo hacía, formulamos una resolución al Ayuntamiento de Cañada del Rosal, en la que expresamente recomendábamos que, previos los trámites legales oportunos, se dejara sin efecto la sanción impuesta al interesado por no resultar responsable de la infracción que se le imputa y por las deficiencias detectadas en la tramitación del procedimiento sancionador.

De la respuesta que recibimos del Ayuntamiento cabe concluir nuestras actuaciones pues, por parte de éste, se nos da cuenta del archivo de los expedientes sancionadores de tráfico que motivaron la presentación de la queja, añadiendo que los errores detectados serán corregidos en los próximos expedientes para lo que se han dado las oportunas órdenes a los agentes de la Policía Local en cuanto a la formulación de los boletines de denuncia. También se anuncia la corrección de las deficiencias detectadas en cuanto a la notificación a los infractores.

Por tanto, ante la plena aceptación municipal de la Resolución formulada y al haberse archivado el expediente sancionador que afectaba al interesado, no resultan precisas nuevas gestiones por nuestra parte en este asunto.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1656 dirigida a Ayuntamiento de Almonte (Huelva)

07/06/2013

Tras recibir la respuesta del Ayuntamiento de Almonte, el Defensor del Pueblo Andaluz entiende debidamente aclaradas las cuestiones por las que se abrió esta queja de oficio, debido a que la rotura del tubo de la red de alcantarillado había provocado vertido de aguas pluviales, por las fuertes precipitaciones en esas fechas, y no de aguas fecales como denunciaban las noticias cuando abrimos esta queja de oficio.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer, por las noticias de los medios de comunicación, la rotura del colector principal de las aguas residuales ubicado en el paseo marítimo de Matalascañas, para lo que se dirigió al Ayuntamiento de Almonte con objeto de conocer las medidas que hubiera adoptado para la reparación del emisario y si las aguas que, según estas noticias, se estaban vertiendo al mar estaban previamente depuradas.

De la respuesta que nos ha remitido el Ayuntamiento, a la que acompaña un informe de la empresa concesionaria del servicio de alcantarillado, se desprende que un camión de la citada empresa, cuando estaba realizando las labores de mantenimiento de la red de alcantarillado, tuvo un accidente el 11 de Enero de 2013 hundiendo el viario y cayendo en el socavón por la pérdida de arena que está sufriendo esta playa. Esto provocó que se rompiera el tubo de alcantarillado. El 22 de Marzo, el Ayuntamiento adjudica la reparación a la empresa concesionaria, que comenzó las obras el 25 de Marzo.

Siempre según esta empresa, no se produjo ningún tipo de vertido de aguas residuales a la playa ya que el tubo no se vio afectado, aunque sí de las aguas pluviales por las fuertes precipitaciones que hubo en esas fechas. Los técnicos de medio ambiente visitaron la zona y no pudieron recoger muestras de las aguas que salían del emisario debido a que no había lluvias ese día, aunque si lo hicieron del agua de entrada y salida de la EDAR de Matalascañas, aunque de los análisis de estas muestras no se detectaron anomalías de las aguas tratadas y vertidas.

En definitiva, terminaba su informe esta empresa concesionaria, en ningún momento se habían producido vertidos de aguas fecales a la playa, por lo que las denuncias vecinales podrían deberse al alivio de aguas pluviales por las fuertes precipitaciones de esas fechas.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/1776 dirigida a Ayuntamiento de Granada

05/06/2013

Con la respuesta recibida del Ayuntamiento de Granada, el Defensor del Pueblo Andaluz ha evaluado, en una primera fase, cómo está respondiendo este Ayuntamiento a la gestión ambiental de los residuos provenientes de pilas y acumuladores domésticos. A partir de esta información, el Defensor del Pueblo Andaluz quiere iniciar, en fechas próximas, una actuación más amplia ante los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para conocer, en tu totalidad, la gestión de estos residuos, sobre los que existe una gran escasez de datos fiables.

Tras recibir el informe del Ayuntamiento de Granada, a través de la Concejalía de Medio Ambiente, Salud y Mantenimiento, éste nos indica que comparte nuestra preocupación por la adecuada gestión de los residuos de pilas y acumuladores. Nos informan, en este sentido, que el Ayuntamiento viene realizando diversas tareas de concienciación y colaboración ciudadana (Agenda 21 Escolar, página web, prensa) para conseguir una gestión responsable de los residuos, informando de la necesidad de entregar y depositar adecuadamente estos residuos. El Ayuntamiento dispone de una red de 47 contenedores de pilas ubicados en la vía pública, así como otro 40 situados en centros de enseñanza, centros cívicos, oficinas, etc., aunque su objetivo es conseguir 240 contenedores en total, uno por cada 1.000 habitantes.

También ha repartido entre los comercios pequeños contenedores de cartón, que son recogidos de forma gratuita por el servicio municipal de recogida de residuos, INAGRA. Los vecinos pueden, además, entregarlos en los puntos limpios de la ciudad o en los Ecoparques municipal y móvil.

En el año pasado se recogieron 10 Tm. de pilas, cantidad que se verá incrementada este año con la implementación del actual sistema municipal de recogida.

En cuanto a las propuestas, los servicios municipales insisten en la necesidad de marcaje de la totalidad de las pilas y acumuladores, no sólo en el envoltorio -quedando claro el destino que ha de tener cada una de ellas- así como establecer algún sistema que permita su separación en caso de llegar a las plantas de tratamiento mezclados con otros residuos domésticos.

La gestión del residuo está encomendada a terceros, por lo que no realizan el informe anual que establece el art. 18 del Real Decreto 106/2008, de 1 de Febrero.

A la vista de esta respuesta, damos por concluidas nuestras actuaciones, sin perjuicio de iniciar, en su caso, una nueva queja de oficio para dirigirnos a los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para enviar un cuestionario sobre esta cuestión y poder sacar las conclusiones oportunas. 

El Gobierno amplía las medidas de protección para los menores.

Medio: 
Granada Hoy
Fecha: 
Mié, 10/04/2013
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ANDALUCÍA
JUEVES 11 ABRIL 14 horas. Reunión de II Ágora de Expertos. Universidad Pablo de Olavide.
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