La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 13/6339

En su escrito de queja la interesada exponía que vivía con sus dos hijos de 5 y 2 años de edad, en una vivienda que se encontraba en condiciones de insalubridad como consecuencia de las humedades con las que contaba y añadía que esa situación había provocado problemas respiratorios a sus hijos. Decía la interesada que llevaba cinco años esperando que se le adjudicase una vivienda de promoción pública, sin éxito.

Nos dirigimos al Ayuntamiento de Málaga y éste nos remitió informe, tras cuyo examen hemos de concluir que la actuación del citado organismo resulta ajustada a derecho, habiendo sido la interesada incluida en el listado de familias seleccionadas, del Comité FRES y habiendo sido ya propuesta para la adjudicación de una vivienda, si bien la compareciente ha renunciado a ésta, al parecer por estar la misma ubicada en una zona conflictiva.

No obstante, al ser la primera renuncia que realiza, continúa en el listado de seleccionados para la próxima adjudicación, por el orden que le corresponda.

En consecuencia, damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

Queja número 13/5746

Tras la intervención de la Institución, se acuerdan medidas para agilizar la revisión de documentación justificativa de subvenciones concedidas para proyectos de cooperación internacional.

Se dirige a nosotros la Coordinadora Andaluza de ONGS para exponer las dificultades que sufren para el cobro de las subvenciones ya concedidas para proyectos de cooperación internacional de 2010 y 2011.

Se reciben sendos informes de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo y de la Intervención General de la Junta que tras remitírselos al interesado, éste presenta alegaciones. Analizados los hechos se emiten sendas resoluciones ambas aceptadas por dichos organismos.


05/12/2014 | 10 h.: Entrevista al Defensor del Pueblo Andaluz en La Tertulia, de Canal Sur TV

Queja número 14/3634

Una familia consigue poder estar juntos en un Centro Residencial. Buena coordinación de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Motril y la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada.

Acude a nosotros la hija y hermana de 3 personas en situación de urgente necesidad. Nos exponía la interesada que su padre, de 84 años, había tenido un accidente encontrándose imposibilitado para el desarrollo de su vida habitual. Convivían con él su esposa, de 81 años y demencia senil y una hermana de la interesada, de 43 años y con Síndrome de Down.

Se encontraban en una situación muy comprometida ya que toda la familia residía fuera de su localidad. Nos solicitaban nuestra colaboración para agilizar y valorar la dependencia familiar y que procedieran a dotarles de un recurso en un Centro concertado donde pudieran estar todos juntos.

Solicitamos informe tanto al Ayuntamiento de Motril como a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada.

Desde el Ayuntamiento se nos contestó que el padre de la interesada solicitó ley de dependencia el 16/06/2014, el 2/07 se remitió Informe de Tramitación Prioritaria solicitando valoración urgente y recurso residencial. Con fecha 17/09/2014 se activó el Servicio de Ayuda a Domicilio Municipal durante 2 horas de lunes a viernes.

La madre, continuaban, solicitó dependencia el 10/10/2014 y se remitió Informe de Tramitación Prioritaria, solicitando valoración urgente y recurso residencial. El 01/09/2014 este servicio recibió resolución y se procedió a elaborar propuesta de PIA.

En cuanto a la hermana de la interesada, se nos informó que solicitó ley de dependencia el 01/04/2008. El 02/07/2014 se remitió informe de tramitación Prioritaria a la Delegación solicitando recurso residencial en el mismo Centro. Con fecha 01/09/2014 se recibió revisión de Propuesta PIA y se procedió a elaborar dicha propuesta.

Por su parte, la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada nos informó que a fecha 31/07/2014 se reconoció a la madre de la interesada el Grado II de Dependencia Severa y a fecha 17/09/2014 se dictó Resolución de Grado II de Dependencia Severa a favor del padre, encontrándose el expediente en fase de elaboración del PIA en los Servicios Sociales Comunitarios.

Desde el Departamento de Coordinación de la Dependencia se habían realizado las gestiones relativas siendo reservadas las tres plazas en el Centro Residencial solicitado por la interesada.

Concluía el informe que se estaba a la espera de la recepción de las propuestas individuales de atención para su validación y posterior Resolución de Ingreso en Centro Residencial.

Nos hemos puestos en contacto con la familia y nos informan que el día 10 de Noviembre tienen previsto que se puedan incorporar al Centro Residencial.

Puesto que de lo anterior se deduce que el asunto por el que acudió a nosotros se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.


Queja número 14/2506

Le dan cita para la unidad de columna a efectos de nueva valoración de su padecimiento.

El interesado expone que su esposa, que en la actualidad cuenta 46 años de edad, lleva enferma desde hace 8, habiendo sido intervenida durante este tiempo dos veces en la columna y el cuello, siendo atendida en la unidad del dolor.

En concreto fue intervenida en el hospital San Juan de Dios de Córdoba en febrero de 2008, para descompresión de canal medular lumbar y artrodesis, con colocación de dos placas metálicas.

La operación sin embargo no eliminó el dolor, lo que la condujo a la unidad del dolor, donde estiman que los padecimientos que le afectan son normales, pueda además también está diagnosticada de fibromialgia.

Sin embargo merced a su insistencia consiguió que le realizaran nuevas resonancias, de las que resultó un daño en las cervicales, que motivó una nueva operación en marzo de 2009 de disectomía anterior c5-c6 más prótesis.

Con posterioridad en la unidad del dolor le pusieron un implante con electrodo epidural, a pesar de lo cual el sufrimiento no sólo no ha cesado, sino que se ha incrementado.

Esta situación la ha llevado a acudir con frecuencia a urgencias, donde le han recomendado que la vean en neurocirugía o en la unidad de columna, pero en general consideran que el dolor es atribuible a su enfermedad, estimando la paciente que los facultativos no le dan importancia, y no tratan de investigar si existe alguna nueva afectación que determine la necesidad de una nueva intervención, tal y como ha sucedió en el pasado.

Nos refiere que la última vez que fue a urgencias en el hospital de Montilla le indicaron que pidiera cita con la unidad de columna de ese centro hospitalario, de manera que ahora se encuentra a la espera de la misma, rogando que se agilice aquella lo más posible, porque mientras tanto no deja de acudir a urgencias y allí le dicen que no pueden hacerle nada.

Tras dirigirnos al Hospital Regional “Reina Sofía”, en virtud del informe recibido, se nos comunica que tras el análisis de la queja se procedió a citar a su esposa en la unidad de columna de la unidad de gestión clínica de traumatología para el pasado 20 de agosto.

Consideramos por tanto que el asunto que motivó su recurso a esta Institución se ha solucionado, por lo que confiando en que la consulta referida haya contribuido al avance en el proceso asistencial de la paciente, concluimos nuestras actuaciones en el expediente de queja.


Queja número 14/2425

Está próxima a ser intervenida de cirugía bariátrica.

La parte promotora de la queja exponía:

En el año 2011 decido ponerme en manos de los especialistas para solucionar mis problemas de peso, por lo que acudo a mi médico de cabecera para que, si lo estima oportuno, me derive al especialista.

El 14.2.2011 me citan para el servicio de endocrinología y nutrición del complejo hospitalario Torrecárdenas.

Una vez evaluada y con la realización de distintas pruebas, analíticas, etc.,... pertinentes, amén de ponerme un régimen alimentario y de hábitos, también me derivan desde ese servicio al de salud mental y a la unidad de cirugía bariátrica.

El 4.6.2012 firmé el consentimiento en la unidad de cirugía bariátrica para poder ponerme en lista de espera para ser operada de obesidad mórbida, tras conseguir bajar el peso solicitado por el cirujano.

En todo este tiempo mi salud, tanto física como mental, se está viendo cada día más afectada pues tengo muchos problemas para caminar sin que las rodillas no sufran, asfixia, problemas de circulación, etc.

Dado que desde la fecha en que entré en lista de espera (4.6.2012) no he sido llamada, decidí acudir nuevamente a mi médico de cabecera para exponer el retraso del mismo y la situación en la que me encuentro actualmente.

Toda la medicación que me receta para paliar las molestias, dolores, etc. no me alivian, y me dice que si no bajo de peso no tendré mejoría.

He realizado varias visitas a la oficina de atención al usuario del hospital para que me informasen del estado de mi solicitud en la lista de espera, sin que haya tenido respuesta satisfactoria.”

Tras dirigirnos al Complejo Hospitalario Torrecárdenas, en virtud del informe administrativo recibido, se nos explica el procedimiento general de tratamiento de los pacientes que vienen afectados de obesidad mórbida, y las pautas que determinan la indicación quirúrgica, cuando se han agotado otras posibilidades terapéuticas.

Se alude al establecimiento de un protocolo que determina un baremo conforme al cual se asigna una puntuación a las personas que están pendientes de intervención, en orden a priorizar su práctica.

En esta Institución venimos detectando un retraso significativo en este tipo de intervenciones, el cual se evidencia tras la puesta en relación del número de pacientes que aparece incluido en el registro de demanda quirúrgica para esta intervención, con el tiempo de quirófano mensual que se le dedica.

Aunque desconocemos dicho número, tanto global como por centros, intuimos que es elevado, siendo conscientes por otro lado de que la disponibilidad de quirófanos para este tipo de intervenciones es escasa (en ese hospital cuatro al mes).

Pensamos que estos datos no pueden justificarse enteramente por el hecho de que la intervención no aparezca cubierta por la garantía de plazo de respuesta (obligación de llevarse a cabo en un determinado período de tiempo), por lo que nos planteamos valorar con detenimiento este asunto.

No obstante a la vista de que en el caso de la interesada las pruebas de anestesia estaban previstas para octubre, y la intervención para diciembre, salvo que los resultados de aquellas lo contraindicaran, hemos decidido concluir nuestras actuaciones en este expediente, estimando que su problema se encuentra en vías de solución.




Queja número 14/3263

 Le ofrecen una segunda opinión para resolver sus dudas sobre el problema de salud de su nieta.

La parte promotora de la queja denunciaba la demora en la atención a su nieta, en consulta de oftalmología del CARE de Málaga, y al mismo tiempo ponía de manifiesto las dudas que le asistían sobre el contenido de la asistencia, y la veracidad de las explicaciones ofrecidas para justificar dicha demora.

En este sentido relataba que tuvieran que esperar dos horas para ser atendidos, tiempo en el cual fueron asistidos todos los pacientes que se encontraban a la espera, los cuales se renovaron en dos o tres ocasiones, de manera que sólo se inició la asistencia una vez planteada por su parte una reclamación.

En la respuesta ofrecida a la misma le explicaron que la demora obedeció a la previa instilación de gotas midriáticas con el objetivo de llevar a cabo una graduación ciclopéjica, y al período que se hace necesario tras dicho acto para que se produzca la dilatación de la pupila, lamentando no haberle informado de este aspecto.

La parte interesada sin embargo señalaba que la menor estuvo en todo momento acompañada por sus abuelos, y que no advirtieron que se procediera de la manera indicada, pues afirma que no se le instilaron las gotas ni se le realizó la graduación referida, y que la conclusión del especialista sobre que “la niña estaba bien” resultó exclusivamente de la lectura de varias letras en los paneles dispuestos en la consulta a este fin.

De ahí que le asaltaran dudas sobre la corrección de lo actuado y la fiabilidad del dictamen emitido.

Tras dirigirnos al Hospital Regional de Málaga Carlos Haya, se nos remite informe administrativo dando cuenta de las actuaciones practicadas a partir de las reclamaciones de la parte interesada, y las respuestas ofrecidas, concluyendo respecto del objeto de su denuncia, que la demora en la atención a su nieta obedeció a un error, ante lo cual solamente pueden reiterarle la solicitud de disculpas, así como ofrecerle, a la vista de las dudas que le asaltan sobre la idoneidad de la asistencia, una segunda opinión de otro especialista.

A tenor de lo expuesto consideramos que el asunto que motivó su recurso a esta Institución se encuentra en vías de ser solucionado, dando por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.


05/12/2014 | 10 h.: Entrevista al Defensor del Pueblo Andaluz en La Tertulia, de Canal Sur TV

El Defensor del Pueblo andaluz pide garantizar por ley los suministros de luz y agua

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Jue, 04/12/2014
categoria_n: 
-
Destacado: 
0
Provincia: 
ANDALUCÍA

Queja número 14/3128

Tras nuestra intervención , un ciudadano cobra tres facturas pendientes con la Administración.

El propietario de una empresa de Artes Gráficas se dirige a la Institución exponiendo que tenía tres facturas pendientes de cobro de las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Cádiz, Huelva y Málaga y que a pesar de haber reclamado su pago, no había obtenido respuesta.

Solicitado informe a dichos órganos, se nos responde en términos muy parecidos y en el sentido de tener solucionado el trámite de pago de las facturas, por ello procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en la presente queja.


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