La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Jesús Maeztu reivindica un protocolo que impida los cortes de agua ante situaciones de pobreza hídrica

Alaba la conciencia social y las medidas para paliar la pobreza hídrica, aunque todavía existen casos; por ello, reclama una ley de mínimo vital

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha considerado hoy que se han mejorado las medidas para hacer frente a la pobreza hídrica pero que, sin embargo, todavía se producen en la comunidad autónoma cortes en el suministro a familias con necesidades económicas. Por ello, Jesús Maeztu ha reclamado un protocolo por el que, antes de cortar el suministro, las empresas suministradoras se comprometan a poner en conocimiento de los servicios sociales municipales los datos de las personas usuarias a las que se haya remitido aviso de corte por impago.

De esta manera, según ha explicado Jesús Maeztu, los cortes de suministro se suspenderían cuando los servicios sociales considerasen que existe una situación de pobreza hídrica, procediéndose a continuación a poner en marcha las medidas oportunas para solventar la situación de impago existente y evitar nuevos problemas en el futuro.

En la inauguración hoy de una jornada conmemorativa del  XXX aniversario de la fundación de la Asociación de Abastecimientos de Agua y Saneamientos de Andalucía, el Defensor del Pueblo andaluz ha resaltado que, “actualmente en Andalucía, existen los instrumentos legales y financieros necesarios para que nadie se vea privado de su derecho al agua por razones económicas. Sin embargo, ha expresado que la realidad nos demuestra que en Andalucía siguen produciéndose casos de familias afectadas por cortes en el suministro de agua por no poder hacer frente al pago de las facturas”.

El Defensor del Pueblo andaluz, que ha alabado la responsabilidad social demostrada por ASA en la consideración del derecho al agua como un derecho humano básico, ha recordado que esta Institución elaboró en 2015 un informe especial, titulado Servicios de suministro de agua. Garantías y derechos, en el que se incluía la petición del reconocimiento explícito en nuestro ordenamiento del agua como un derecho humano. “Una propuesta que nos parece imprescindible en unos tiempos como los actuales, en los que, como resultado de la profunda la crisis económica que hemos sufrido, son muchas las personas y familias privadas del acceso a un suministro tan básicos como el agua por su incapacidad para hacer frente a los costes de dicho servicio”, subrayó Jesús Maeztu.

El Defensor del Pueblo andaluz ha considerado que existe un consenso entre todas las fuerzas sociales y políticas acerca de la necesidad de garantizar que nadie resulte privado de su derecho al agua por razones económicas, por lo que el debate se centra ahora en determinar cómo se garantiza este derecho y quién debe asumir los costes derivados de tal garantía. Y si bien ha valorado las ordenanzas municipales con bonificaciones, ayudas, reducciones y exenciones, dirigidas a los colectivos más desfavorecidos, que se han visto complementadas con los fondos transferidos desde la Junta de Andalucía o las iniciativas adoptadas por varias empresas suministradoras, ha lamentado que siguen existiendo casos de pobreza hídrica. El Defensor del Pueblo andaluz ha explicado que la razón hay que buscarla en una deficiente y desigual distribución de los fondos, que no llegan a todas las entidades locales, ni alcanzan a todas las personas en esta situación.

Otro problema apuntado por el Defensor es que el actual consenso social y político acerca de la necesidad de garantizar que nadie se vea privado del suministro de agua por insuficiencia de recursos económicos, no se ha visto hasta la fecha plasmado en un mandato jurídico de obligado cumplimiento para todos los operadores del servicio de agua en Andalucía. A esta falta de regulación se le une otro problema jurídico, según el Defensor, que ha añadido la inexistencia de un procedimiento que permita hacer llegar los fondos existentes para las situaciones de pobreza hídrica a los destinatarios de las ayudas con la antelación suficiente para que la situación de impago no derive en un corte del suministro.

“Resulta esencial para aplicar cualquier política tendente a evitar cortes de suministro a personas en situación de pobreza hídrica el establecimiento de un procedimiento que permita conocer con la antelación necesaria qué personas se encuentran en situación de riesgo de sufrir un corte de suministro por impago de facturas y que además posibilite la adopción de las medidas que hagan innecesario dicho corte de suministro”, ha reclamado Jesús Maeztu.

De otra parte, el Defensor del Pueblo andaluz ha vuelto a demandar el derecho de las personas a un mínimo vital, esto es, a disponer de un número de litros de agua al día que le permitan satisfacer sus necesidades más básicas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) determinó que son necesarios entre 50 y 100 litros de agua por persona al día para garantizar que se cubren las necesidades básicas y que no surgen grandes amenazas para la salud. El Parlamento de Andalucía apoyó una moción el 23 de octubre de 2015 por unanimidad de todos los grupos que abogaba por realizar las «modificaciones legislativas pertinentes o desarrollos reglamentarios necesarios que aporten soluciones reales y efectivas a la pobreza hídrica», añadiendo que «resulta esencial asegurar un abastecimiento mínimo de entre 60 y 100 litros por persona y día en caso de impago justificado, en cumplimiento del derecho humano al agua establecido por la UNESCO».

En opinión de esta Institución el reconocimiento del derecho a un mínimo vital en el suministro de agua para las personas en situación de pobreza hídrica debería quedar recogido en la Ley de Aguas de Andalucía y resultar obligatoria su inclusión en todas las ordenanzas reguladoras del servicio de abastecimiento de agua.

9.30 h.  Jornada Conmemorativa del XXX Aniversario de ASA Andalucía.

El Defensor del Pueblo Andaluz interviene este martes, 29 de noviembre, en la inaiuguración de la Jornada Conmemorativa del XXX Aniversario de ASA Andalucía.

COMUNICADO 25 DE NOVIEMBRE 2016. DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

La violencia contra las mujeres es una de las más graves causas de vulneración de los derechos de humanos, de los derechos fundamentales y libertades públicas, cuya defensa y protección tiene encomendado el Defensor del Pueblo Andaluz. Renovamos pues, una vez más, nuestro firme compromiso de lucha contra esta lacra social.

 

En España han fallecido en lo que va de año 40 mujeres asesinadas a manos de sus parejas y ex parejas, tres de ellas en Andalucía, donde sumamos además a un menor. Los menores expuestos a violencia de género son víctimas con identidad propia, que merecen atención especializada y adaptada a sus características.

 

La violencia de género es una de las peores heridas de nuestra sociedad cuya erradicación total, a la vista de la realidad, no podemos visualizar en un horizonte cercano, quedando mucho por hacer tanto por parte de los poderes públicos como por la sociedad en su conjunto. A pesar de los avances en la concienciación y el rechazo social, mientras se siga produciendo una sola víctima por violencia de género, sigue siendo necesario mejorar las medidas adoptadas para eliminar este grave problema de nuestra sociedad, en cuya tarea esta empeñada en seguir trabajando esta Defensoría,

 

Además de la puesta en marcha de las medidas de protección individual y personalizada de las mujeres victimas de violencia de género y el amparo y tutela de todo orden que la Ley orgánica prevé, así como de los diversos protocolos que, con la misma finalidad se han adoptado, el Defensor del Pueblo andaluz quiere llamar la atención sobre otras actuaciones necesarias.

 

Estimamos de suma importancia que se lleve a cabo, con la prolongación en el tiempo que se necesite en cada caso, el seguimiento de la evolución posterior de la víctima, desde una perspectiva integral, sanitaria, social, económica y laboral, en la que se presten las medidas asistenciales y de intervención social destinadas a la creación de recursos para dar respuesta a las necesidades de las víctimas y a paliar los efectos de la violencia sobre las mismas, especialmente cuando se den situaciones de mayor vulnerabilidad. También consideramos necesarias las medidas de carácter psicoterapéutico, laborales y en materia de vivienda.

 

Desde la Defensoría vamos a continuar investigando cada uno de estos casos, mediante actuaciones de oficio, en materia de defensa de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 10 y 15 de la Constitución Española, y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, según el cual las mujeres tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluya medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas.

 

El Gobierno restringirá el bono social eléctrico en función de la renta de los hogares

Barcelona multa a Airbnb y Homeaway con 600.000 euros por seguir anunciando pisos sin licencia

Medio: 
El Mundo
Fecha: 
Vie, 25/11/2016
Temas: 

El Servicio Andaluz de Salud deberá incluir a los podólogos en el sistema sanitario

Medio: 
ABC
Fecha: 
Vie, 25/11/2016
Provincia: 
ANDALUCÍA

Nadal cargará el bono social a todas las comercializadoras eléctricas para esquivar el veto del Supremo

Queja número 15/2450

Formulada Resolución a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, ésta nos informa que como resultado del proceso de negociación con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación para la modificación de la Orden de 8 de Junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal, se va a proceder a regular una forma de obtención de destino para el personal interino que acredite un grado de discapacidad superior al 33%.

El motivo de nuestra actuación es conocer y analizar los instrumentos, procedimientos y criterios establecidos para seleccionar al colectivo personal con carácter temporal para cubrir puestos vacantes de la organización (del respectivo ámbito competencial) y, en cualquier caso, la necesidad de efectuar contrataciones temporales de personal a través del cupo de reserva para discapacitados.

Igualmente estamos interesados en conocer los datos numéricos sobre contrataciones efectuadas a dicho colectivo y su incidencia sobre el total de contrataciones realizadas, en los últimos doce meses, y con el mayor desglose que le sea posible (tipo discapacidad, grupo profesional, categoría laboral, sexo, edad, etc.).

Asimismo, recabamos información sobre los criterios establecidos respecto a la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad o, en su caso, si aplica lo dispuesto por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 9 de junio de 2006 (BOE núm. 140, de 13.06.2006).

Y, todo ello, con el fin de analizar y valorar adecuadamente las cuestiones planteadas y, en definitiva, el tratamiento de la cuota de reserva de discapacidad, en las Bolsas de Empleo público temporal.

Queja número 16/3251

Accede a la tarjeta sanitaria y ya puede obtener la medicación mediante la receta electrónica.

La parte promotora de la queja exponía que se había cambiado de residencia, pasando de la Comunidad Autónoma de Madrid a la de Andalucía.

El caso es que después de tres meses de haberla solicitado, aún no le había sido facilitada la tarjeta sanitaria por parte del Servicio Andaluz de Salud.

Según le indican en dicho organismo, la tarjeta está emitida, pero no le ha sido remitida porque el sistema aún no le ha validado como ciudadana andaluza, y que esa habilitación tardará unos meses.

Aclara la parte interesada que sin la tarjeta en cuestión, sí recibe atención médica, pero no puede retirar medicamentos de la farmacia, puesto que ésta le exige la tarjeta para su tramitación informática, sin la cual no le puede expedir ningún medicamento, y no acepta el modelo de receta en papel, por mucho que lleve el membrete del SAS y la firma y número de colegiado de una facultativo.

Interesados ante el Servicio Andaluz de Salud, se nos explica el procedimiento de reconocimiento del derecho a la cobertura sanitaria pública en Andalucía, y las demoras que se producen en las gestiones. Estas demoras se han ido reduciendo, siendo su objetivo seguir reduciendo en la medida de lo posible.

En cuanto a las dificultades para obtener la medicación prescrita, aclara la Dirección General que la receta en soporte papel continúa vigente y es válida independientemente de la situación de la tarjeta, por lo que en cualquier oficina de farmacia se dispensan los medicamentos prescritos en ese soporte.

En cualquier caso, se indica que la tarjeta sanitaria solicitada ya obra en poder de la parte promotora de la queja, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

Queja número 16/2441

Se abonan los gastos de desplazamiento adeudados por las últimas visitas al hospital Vall d´Hebrón.

La parte promotora de la queja manifiesta que su hijo padece malformación de Chiari, patología que motivó hace algunos años el desplazamiento al hospital Vall d´Hebrón de Barcelona para su tratamiento.

Desde entonces viene siendo atendido en el mismo y tiene que acudir por causas diversas (revisiones, pruebas,...).

En concreto refiere que este año han viajado dos veces a Barcelona, una a principios de febrero para una revisión y luego a mediados de abril para pruebas para confirmar que una vez más su hijo debe pasar por una intervención muy agresiva a causa de una infección que han intentado erradicar al menos en tres ocasiones pero no ha desaparecido.

Sostiene sin embargo la interesada que los gastos correspondientes a estos desplazamientos continúan sin abonarse desde el hospital Virgen del Rocío, a pesar de haber presentado toda la documentación necesaria, y que no hacen más que ponerles excusas para obviar el pago. En concreto desde atención al usuario respecto al viaje de febrero le indicaron que había habido un cambio en la persona que tenía que firmar el abono, y no acertaron a decirle cuándo se resolvería la situación.

Por otro lado afirman que el desplazamiento del paciente conlleva gastos adicionales de estancia y manutención, y que a diferencia de lo que sucede en otras Comunidades Autónomas, que también sufragan estos gastos, en Andalucía no reciben ninguna ayuda para ello desde el sistema sanitario.

Interesados ante la Administración sanitaria se nos informa que las indemnizaciones correspondientes a los desplazamientos realizados por el paciente a Barcelona en el mese de febrero y de abril fueron abonadas en junio y en julio, respectivamente.

Aclaran que durante el periodo de tramitación de estas indemnizaciones, el Hospital ha pasado por un periodo de transitoriedad en el nombramiento de un nuevo Director Económico y debido a ello, la conformidad de estos pagos sufrieron un pequeño retraso en la derivación al Departamento de Contabilidad.

En cuanto a la cuestión planteada sobre los gastos adicionales en concepto de estancia y manutención que le ocasiona el desplazamiento al Hospital Valle de Hebrón, se informa que en la Comunidad Autónoma sólo está regulada la indemnización por desplazamiento.

En cualquier caso, dado que las indemnizaciones correspondientes a los desplazamientos realizados han sido abonadas por la Administración sanitaria, habiéndose solucionado así el asunto objeto de la queja, damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente.

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