La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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La Eurocámara pide que las familias en quiebra puedan acceder a la dación en pago

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Diario de Sevilla
Fecha: 
Mié, 12/06/2013

Los usuarios del Banco de Alimentos crecen un 65% durante sólo tres años

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Mié, 12/06/2013

Ágora, propuesta educativa para la participación (Material didáctico)

Ante las acciones para la prevención de las actitudes de riesgo, es importante poder ofrecer a los y las jóvenes alternativas que fomenten su compromiso con la ciudadanía y a su vez, generar un proceso de socialización que les permita crecer hacia una actitud de responsabilidad.

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Fecha: 
Mar, 11/06/2013
Provincia: 
ANDALUCÍA

12/06/2013 | 16,30 H. Sesión plenaria. Punto primero del orden del día. Elección del Defensor del Pueblo Andaluz

El Defensor pide a las entidades financieras que analicen la licitud de sus clausulas suelo

 El Defensor del Pueblo Andaluz ha remitido un escrito a las entidades financieras trasladándoles las quejas recibidas de personas disconformes con su cláusula suelo, al objeto de que revisen si las mismas son lícitas de conformidad  con los criterios establecidos por el Tribunal Supremo en su Sentencia 241/2013, procediendo, en su caso, a la anulación de aquellas cláusulas que no hayan cumplido adecuadamente con los prinicipios de trasparencia e información suficiente que determinó el Alto Tribunal.  

Chamizo relaciona la situación económica con trastornos de ansiedad

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Málaga Hoy
Fecha: 
Mar, 11/06/2013
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Provincia: 
ANDALUCÍA

Las cifras de la educación en España. Curso 2010-2011

Resumen: Se presenta el anuario estadístico “Las cifras de la educación en España. Estadísticas e indicadores correspondientes al curso 2010-2011”. Esta publicación de síntesis es elaborada por la Subdirección General de Estadística y Estudios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y proporciona una panorámica de la situación de la educación española, a través de datos relevantes e indicadores, provenientes de distintas fuentes estadísticas (resumen sacado de la web del MECD).

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Fecha: 
Mar, 11/06/2013

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/2940 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio para conocer si existe algún plan de seguridad o prevención que se active los días de partido en el estadio Ramón Sánchez Pizjuán de Sevilla y que tenga como objetivos prevenir o erradicar prácticas prohibidas -como la del botellón-, garantizar la convivencia ciudadana y el respeto a los vecinos afectados, así como las medidas de limpieza que se activan para esta zona los días de partido de fútbol, pues llegó a la Institución una queja anónima por las molestias que sufren los vecinos de esta zona en las horas previas a la celebración de los partidos de fútbol.

Esta Institución conoció, a través de un mensaje electrónico (con el que se nos remitía copia de otro mensaje se había enviado a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sevilla), de las quejas de un colectivo de vecinos de la zona cercana al estadio Ramón Sánchez Pizjuán por la celebración de botellones en los aledaños del citado estadio y calles cercanas en las horas previas a los partidos de fútbol que en él se celebran. En el mensaje electrónico se nos decía que evitaban poner sus nombres por miedo a posibles represalias de las personas que, de una u otra forma, participaban en los hechos que daban lugar a la queja.

Los ciudadanos afectados, conocedores de que está prohibido realizar botellón de la forma en que se desarrollan en la zona, se quejaban no sólo del lamentable estado en el que quedan las inmediaciones del estadio y de las calles cercanas después de que cientos de personas beban y dejen restos (botellas de vidrio y plástico, bolsas de hielo, etc.) en el suelo, en bancos, puertas de locales comerciales o en portales de bloques de pisos, sino que también se quejaban de que algunas de estas personas orinaran frecuentemente en la calle e, incluso, en algunas puertas de bloques, consumen drogas y muestran comportamientos incívicos.

Todo esto lleva, según se expone en el mensaje electrónico que hemos recibido, a que muchos vecinos decidan no salir de sus viviendas las horas antes del partido de fútbol, no sólo para evitar que sus hijos pequeños vean lo que antes se ha descrito, sino también para evitar problemas y enfrentamientos con gente que, además de comportarse de forma incívica, se encuentra en situación de embriaguez o incluso bajo los efectos de otras sustancias.

En este sentido, según este mensaje electrónico, los vecinos afectados consideran que el Ayuntamiento y la Policía Local no hacen nada para evitar esta situación, de forma que, a su juicio, la pasividad y permisividad con la que tratan este asunto está dejándoles cada vez más indefensos, además de constituir una vulneración de sus derechos.

A la vista de lo anterior, y como quiera que se trataba de una queja en la que se nos advertía de los motivos por los que no se identificaban sus promotores, hemos considerado oportuno tramitar la misma de oficio por esta Institución y, por ello, nos hemos dirigido al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sevilla con objeto de que nos aclare, en especial, si existe algún plan de seguridad o prevención que se active los días de partido en el estadio Ramón Sánchez Pizjuán y que tenga como objetivos prevenir o erradicar prácticas prohibidas -como la del botellón-, garantizar la convivencia ciudadana y el respeto a los vecinos afectados y, en caso negativo, las medidas que se adoptan los días de celebración de partido de fútbol y que tengan como objetivos los antes indicados, así como las medidas de limpieza que se activan para esta zona los días de partido de fútbol.

CONCLUSIÓN

Conclusión 08-07-2013

En la respuesta que nos facilitó el Ayuntamiento de Sevilla se detallaban una serie de medidas que se habían puesto en funcionamiento durante los días de partido de fútbol en las zonas de influencia de los dos estadios de la ciudad (el Ramón Sánchez Pizjuán y del estadio Benito Villamarín), entre las que podemos destacar la inspección de locales hosteleros que pudieran realizar actividades de ocio prohibidas en la vía pública, así como de la venta de bebidas alcohólicas para su consumo en la vía pública.

Citaban, como ejemplo, el dispositivo conjunto entre los equipos de intervención de la Policía Local de Sevilla y del Cuerpo Nacional de la Policía el día del partido de fútbol Betis-Sevilla del 14 de Abril de 2013, con el objetivo de prevenir las concentraciones de personas en la vía pública con consumo de bebidas que alteraran la pacífica convivencia, la prevención de conductas prohibidas en la Ordenanza Municipal de Pacífica Convivencia Ciudadana, evitar las infracciones de establecimientos públicos sobre venta y dispensación de bebidas alcohólicas para su consumo en la vía pública y la adopción de cuantas medidas fueron necesarias para el cumplimiento de la normativa sectorial, como, por ejemplo, la clausura de establecimientos o la intervención de efectos.

A la vista del resultado obtenido, para la próxima temporada 2013-2014 se iban a establecer nuevos operativos como los ya indicados, siguiendo la experiencia obtenida y adaptándola a la zona en que se desarrollara el partido de fútbol en la ciudad de Sevilla.

A la vista de esta información entendimos que la problemática se encontraba en vías de solución al haberse puesto en marcha por la Policía Local medidas, especialmente de prevención, para evitar que la celebración de partidos en el estadio Ramón Sánchez Pizjuán pueda generar molestias añadidas a los vecinos de la zona, por lo que dimos por concluidas nuestra actuaciones en esta queja.

No obstante y aun siendo conscientes de la complejidad que representa dar una solución a esta problemática, instamos al Ayuntamiento de Sevilla, en nuestro escrito de cierre, a que se adoptaran medidas que incidieran en la prohibición de celebrar “botellones” en los aledaños del estadio y/o en portales de bloques de pisos o viviendas particulares, así como medidas de limpieza para evitar que los vecinos de la zona sufran las consecuencias de actividades no permitidas por la normativa.

En cualquier caso, creemos que constituye éste un tema que debe ser objeto de evaluación permanente tanto por motivos de seguridad pública como de las molestias generadas a los vecinos afectados, determinando si las medidas adoptadas consiguen paliar todos los problemas surgidos y las quejas vecinales. Por ello, rogábamos que se trate este asunto en el organismo participativo que se considere conveniente, o mantengan una reunión con una representación de las asociaciones vecinales, con objeto de conocer las inquietudes de las personas afectadas y de alcanzar la máxima eficacia en la actuación municipal.

El Defensor del Pueblo Andaluz da por concluidas sus actuaciones al conocer, a través del Ayuntamiento de Sevilla, que desde principios de año hay establecido un servicio de inspección de los establecimientos hosteleros que realizan actividades prohibidas, así como un operativo conjunto formado por dos equipos de la Policía Local y del Cuerpo Nacional de Policía, con objeto de prevenir y actuar correctivamente en caso de conductas incívicas o prohibidas y que, a la vista de los resultados obtenidos, se van a establecer nuevos operativos, en la próxima temporada 2013-2014, en las zonas de influencia de los dos estadios de la ciudad: el estadio Sánchez Pizjuán y el Benito Villamarín.

Aunque hemos damos por concluidas nuestras actuaciones al entender que esta problemática se encuentra en vías de solución y aunque somos conscientes de la complejidad que representa dar una solución a esta problemática, hemos instado al Ayuntamiento de Sevilla a que se incida en la prohibición de celebrar “botellones” en los aledaños de los estadios y/o portales de bloques de pisos o viviendas particulares, así como las medidas de limpieza en la zona; también hemos considerado oportuno trasladar al Ayuntamiento que, a nuestro juicio, este tema debe ser objeto de evaluación permanente, tanto por motivos de seguridad pública como de las molestias generadas a los vecinos afectados, tratándose en el organismo participativo que se considere conveniente, o manteniendo una reunión con una representación de las asociaciones vecinales de la zona con objeto de conocer las inquietudes de las personas afectadas y de alcanzar la máxima eficacia en la actuación municipal.

Queja número 12/6744

Las diligencias iniciadas para la investigación del fatal suceso ocurrido en el polideportivo municipal de Los Barrios, en el que falleció un menor de edad, se encuentran en su fase inicial, una vez que avance el proceso de investigación iniciado y se dispongan de datos relevantes para el esclarecimiento del asunto que motiva la queja, se nos dará traslado a esta Defensoría de la información.

Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de diversos medios de comunicación social, del lamentable fallecimiento de una menor de 5 años de edad ocurrido el pasado sábado 1 de Diciembre, tras caerle encima una barra de estiramiento móvil de unos cuatro metros, cuando se encontraba realizando actividades de gimnasia rítmica en el polideportivo municipal Las Marismas de Palmones, perteneciente al municipio de Los Barrios (Cádiz).

Al parecer, y según los testimonios de los presentes en el suceso, la menor falleció aplastada tras la caída de dicha barra -que son las utilizadas en verbenas y casetas de feria- cuando intentaba coger una botella de agua. La menor estaba preparando un ejercicio de gimnasia rítmica de cara a las celebraciones de Navidad.

Según indica las fuentes informativas junto a la fallecida se encontraba un grupo de 12 niñas, de entre 4 y 5 años del club al que pertenecía.

Se propone la apertura de una queja de oficio, solicitando informe al Ayuntamiento de Los Barrios.

Queja número 12/5088

La Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo estima la reclamación del interesado frente a la exigencia de Endesa de que costeara las instalaciones necesarias para el  suministro eléctrico.

Un vecino de una localidad gaditana nos exponía que había construido su vivienda y, al solicitar el alta del suministro eléctrico, Endesa le exigiría costear un nuevo punto de enganche por no contar con potencia suficiente.

Ante esta exigencia, acudieron al Ayuntamiento desde donde se le informa que era Endesa la que tenía el deber de costearlo por tratarse de suelo urbano consolidado

Por tal motivo presentó reclamación ante la Delegación Territorial  de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de fecha 27 de agosto de 2012, sin que hasta la fecha de presentar queja hubiera recibido una respuesta.

El Defensor interesó de la citada Administración la necesidad de resolver expresamente los escritos presentados por la parte afectada.

Con posterioridad, la citada Delegación Territorial ha dado respuesta a la reclamación formulada por el interesado, estimando la misma.

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