La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 21/2846

En relación con el expediente de queja recibido en esta Institución afectante a la imposibilidad de contactar por teléfono con el Servicio Tributario de Granada, el Jefe de Servicio nos traslada informe para hacer constar que la Sra. (...) fue atendida con fecha 14 de abril del año en curso.

Habiéndose puesto fin a la situación de silencio administrativo por la que tramitamos la queja, procede que demos por terminada nuestra intervención en la misma y dictemos su archivo.

Queja número 21/4304

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a la falta respuesta por la solicitud de baja de oficio por inscripción indebida en padrón de habitantes, de Dª (…), la Oficina de Estadística del Ayuntamiento de Tarifa ha remitido informe a esta Institución comunicando que se ha procedido a la baja de Dª (…) con fecha 2 de junio de 2021.

A la vista del mismo, hemos de entender que dicha Administración ha procedido a dar curso a su solicitud, dando por resuelto el silencio administrativo, por lo que encontrándose solucionado el asunto por el que se dirigió a nosotros, procedemos a concluir nuestras actuaciones.

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 21/8802 dirigida a

Esta Defensoría tramitó un expediente de queja en el cual analizamos la demora del Ente Público en remitir una propuesta de adopción al Juzgado respecto de un menor al que la persona interesada en la queja tenía en acogimiento familiar con fines de adopción desde hacía 3 años, siendo todos los informes de seguimiento de dicho acogimiento familiar favorables y no existiendo, en apariencia, ningún otro impedimento para que el menor se integrase de forma definitiva en dicha familia.

En el trámite de dicho expediente de queja recibimos un informe de la administración en el que se reconocía la existencia de dicha demora y se justificaba la misma por la escasez de efectivos de personal en el Servicio de Protección de Menores, especialmente de licenciados en derecho, siendo así que estos profesionales tienen que hacer frente a la tramitación ordinaria de asuntos relativos a expedientes de protección de menores, para lo cual priorizan unos asuntos sobre otros, quedando postergada la remisión de propuestas de adopción, por tratarse de un trámite laborioso, que requiere de una argumentación jurídica y motivación adecuada; y en el que por otro lado los menores tienen cubiertas sus necesidades en la familia que los tiene acogidos, tal como era el caso expuesto en la queja, en el que los informes de seguimiento del acogimiento familiar eran muy favorables.

Nuestra intervención en dicha queja concluyó en congruencia con la información aportada por esa Delegación Territorial, señalando que se encontraba muy próxima (apenas un mes) la fecha en que sería remitida la propuesta de adopción al juzgado.

No obstante lo anterior, y a pesar de haber quedado solventado el caso por el que tramitamos la queja, a esta Defensoría sigue preocupando el problema de fondo causante del retraso en la intervención del Ente Público, en apariencia derivado de una insuficiencia de efectivos de personal, para lo cual, en ejercicio de los cometidos asignados a esta Defensoría de la Infancia y Adolescencia por la Ley 4/2021, de 27 de julio, hemos decidido iniciar, de oficio, un nuevo expediente de queja con la finalidad de evaluar la adecuación de la plantilla de personal del Servicio de Protección de Menores de Huelva en relación con las funciones que de modo ordinario le corresponde desarrollar.

      Encuentro institucional con el alcalde de Sevilla

      El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, se ha reunido hoy con el alcalde de Sevilla, Antonio Muñoz. Se trata del primer encuentro institucional entre ambos desde que Antonio Muñoz tomara posesión del cargo a principios de año.

      Jesús Maeztu ha agradecido a Muñoz su disponibilidad y su voluntad de colaboración entre ambas instituciones para la resolución de los problemas de la ciudadanía y la garantía de sus derechos.

      La provincia de Sevilla y, en concreto, su capital, encabezan cada año la estadística de quejas y consultas presentadas ante esta Institución.

      Reunión con el Defensor del Pueblo de España, Ángel Gabilondo

      El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha mantenido hoy en Madrid un primer encuentro institucional con el Defensor del Pueblo estatal, Ángel Gabilondo, elegido el pasado mes de noviembre por las Cortes Generales.

      El Defensor del Pueblo andaluz ha transmitido a su homólogo nacional su deseo de colaboración permanente y su propósito de avanzar en la mejora de la coordinación y comunicación de los asuntos que afectan a ambas instituciones, conforme a la defensa de los derechos y libertades públicas que recoge el texto constitucional y a la garantía y protección de los derechos de la ciudadanía del Estatuto de Andalucía.

      En este sentido, Jesús Maeztu ha destacado las políticas migratorias en relación a la importante afluencia de personas que acogen las costas andaluzas; al cumplimiento de la Ley de Extranjería y el Reglamento en cuestiones como protección, documentación y promoción del empleo; a la necesidad de respuesta a los asentamientos de personas en territorios agrícolas andaluces y, especialmente, a la atención a los niños y niñas de origen extranjero en su condición de Defensor de la Infancia y Adolescencia de Andalucía.

      Otro tema abordado entre ambos defensores ha sido la atención sociosanitaria en las prisiones y diversos proyectos pendientes. Asimismo, Jesús Maeztu ha expuesto al Defensor nacional las actuaciones relacionadas con el coste y los cortes de la energía eléctrica y el modelo de transición energética justa, que está teniendo un gran impacto sobre la economía de las familias, en especial, de las más vulnerables.

      Entre los asuntos tratados, el Defensor andaluz ha informado a Gabilondo de la implantación de la mediación como vía de resolución de conflictos de manera pionera en el conjunto de las defensorías y del reciente convenio firmado con el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, para impulsar un proyecto piloto que tiene como objetivo la posibilidad de que se deriven asuntos desde la jurisdicción contencioso-administrativa al comisionado andaluz, en el marco de sus competencias.

      En la voluntad de avanzar en mecanismos de colaboración y coordinación entre ambas instituciones, Jesús Maeztu ha trasladado a Ángel Gabilondo su invitación para continuar trabajando en la sede andaluza en próximas fechas y conocer de primera mano la actividad de esta institución, decana en las defensorías autonómicas del país.

      Queja número 17/4714

      En septiembre de 2017 recibimos escrito de un vecino de Alhaurín de la Torre exponiendo que: “(...) Desde hace varios años llevo denunciando ante el Ayuntamiento del municipio los insalubres hedores provenientes de una granja porcina situada en las proximidades (...). Ante el desamparo provocado por la falta de contestación me vi obligado a presentar escrito ante la Junta de Andalucía (...). A día de hoy, no he recibido contestación alguna a ninguna de las denuncias realizadas”.

      Finalizaba su escrito diciendo que: “Pasan los años y apenas se ha recibido contestación por ninguna de la Administraciones y en ocasiones la situación es intratable”.

      Admitimos a trámite la queja y solicitamos, en octubre de 2017, la colaboración del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre y de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, para conocer, en lo que respecta a sus competencias sobre esta explotación porcina, si contaba con todas las autorizaciones preceptivas y si se había realizado alguna inspección reciente a fin de comprobar que se siguieran cumpliendo las exigencias y requisitos que en su momento se impusieron para autorizar, en su caso, la actividad.

      Asimismo, interesamos a cada organismo que se diera respuesta a los escritos presentados por el interesado.

      La Consejería nos trasladó informe emitido por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental en el que se informaba que, en atención a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión integrada de la Calidad Ambiental y al tipo de instalaciones objeto de queja, tras inspección de los agentes de medio ambiente, la competencia correspondía al Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre. Por ello, dimos por terminadas nuestras actuaciones con dicho organismo.

      El Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre nos informó en un primer momento, concretamente en abril de 2018, que la referida granja porcina generaba unos fuertes olores y que desarrollaba esta actividad en suelo no urbanizable común sin licencia del Ayuntamiento y sin haber tramitado los preceptivos instrumentos de planeamiento ni ambientales, pese a que en el año 2015 se le había requerido su legalización, sin que se cumplimentara.

      No obstante, en un segundo informe de noviembre de 2018, se nos trasladó por el Ayuntamiento que, tras seguir indagando en este asunto, se había encontrado licencia municipal para la actividad de granja o criadero de reses porcinas que databa de noviembre de 1970, si bien a nombre de otra persona distinta a la que en la actualidad regentaba la explotación.

      En relación con ello, y tras girar nuevas visitas de inspección a esta actividad, se nos informó que: “se propone que se tramite un nuevo expediente para la actualización de la Licencia Municipal en vigor dado el cambio de titularidad habido, en tal sentido se ha aportado por el interesado la documentación técnica necesaria en la que se recogen una serie de medidas correctoras para disminuir los olores provocados por los animales”.

      Dimos traslado de este segundo informe al promotor de la queja para que formulara las alegaciones que estimara oportunas y, en este sentido, recibimos dos escritos: en el primero de ellos, de diciembre de 2018, comentaba el reclamante que a esa fecha no había observado que se hubiera llevado a cabo actividad correctiva alguna en las instalaciones denunciadas, pero que: “No obstante, siendo diciembre y enero unos meses bastante fríos no suele apreciarse con tanta intensidad los olores que con la llegada de la primera vuelven a hacerse insoportables”.

      Y en un segundo escrito, de febrero de 2019, nos decía que la problemática de olores, lejos de estar solucionada, seguía igual o peor y que afectaba a muchas personas, y en prueba de ello nos aportaba dos escritos que otros vecinos le habían hecho llegar exponiendo los malos olores que sufren y las consecuencias de ello.

      A la vista de estas alegaciones, interesamos de nuevo la colaboración del Ayuntamiento, en abril de 2019, para que nos informase si se había tramitado el expediente de actualización de licencia municipal del que se nos había dado cuenta en el segundo informe, así como si se había comprobado la eficacia de las medidas correctoras que, al parecer, había adoptado el titular de la granja denunciada, con objeto de disminuir los olores provocados por los animales.

      La respuesta a nuestra petición la recibimos en junio de 2020, más de un año después, donde se nos informaba que el Ayuntamiento había tenido por desistido al titular de la granja en el procedimiento administrativo incoado para la calificación ambiental de las modificaciones a realizar en la instalación ganadera, que había finalizado con Decreto de Alcaldía de enero de 2020, en el que se decretó la clausura de la actividad y el cierre del establecimiento. Sin embargo, tanto este Decreto como el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de octubre de 2019, habían sido objeto de recurso de reposición por el titular de la actividad, “encontrándose pendiente de resolución ambos recursos”.

      En cualquier caso, no se nos informaba si se había llevado a cabo la clausura de la actividad y el cierre del establecimiento, si bien supusimos que no se había practicado, puesto que el promotor de la queja nos decía en un nuevo escrito de junio que “con la llegada del calor y la subida de temperaturas, los olores han vuelto en toda su intensidad”.

      Por otra parte, desde que el Decreto de Alcaldía y el acuerdo de la Junta de Gobierno Local fueran recurridos, había transcurrido ya un tiempo más que suficiente, incluido el estado de alarma con motivo de la crisis del COVID-19, para que se hubiese estudiado y decidido lo que en Derecho procediera sobre los referidos recursos de reposición, teniendo en cuenta el tiempo que ya entonces llevábamos tratando este asunto y que se trataba de una actividad cuya incidencia ambiental era innegable, generadora de fuertes olores.

      Por lo anteriormente expuesto nos dirigimos nuevamente al Ayuntamiento, en junio de 2020, solicitando su colaboración para que se dictase resolución expresa de los recursos de reposición que se habían presentado en el asunto de fondo objeto de esta queja y que si procediera en Derecho y previos los trámites legales oportunos, se ejecutase la clausura de la actividad y el cierre del establecimiento, informándonos al respecto.

      El Ayuntamiento nos informó, en abril de 2021, que la explotación porcina objeto de queja (de la que cabe recordar que disponía de licencia municipal para la actividad de granja o criadero de reses porcinas que databa de noviembre de 1970), estaba en aquel momento en proceso de adaptación a la normativa ambiental vigente, tal como se desprendía de la solicitud de calificación ambiental presentada en el Ayuntamiento en febrero de 2021, habiéndose iniciado un nuevo procedimiento administrativo por el titular de la actividad.

      Se nos comunicaba, también, que se habían resuelto expresamente los dos recursos de reposición presentados por la titular de la granja, desestimando uno de ellos y estimando parcialmente el otro.

      En vista de este último informe, consideramos que la problemática objeto de queja estaba en vías de solución este problema, y dimos por terminada nuestra intervención en el mismo.

      Queja número 21/5410

      En relación con el expediente de queja recibido en esta Institución afectante a la falta de resolución expresa del escrito presentado por Vd. en el que solicitaba obtener informe de la Policía Local, desde el Ayuntamiento nos remiten informe de fecha 15 de octubre de 2021, en el cual se responde a la petición formulada en su solicitud, determinando que desde 2009 aproximadamente XXX, S.L, no ejerce actividad industrial en las citadas naves industriales del municipio.

      Por todo ello, entendemos que mediante este informe, se ha puesto fin a la situación de silencio administrativo por la que tramitamos la queja. Por ello, procede que demos por terminada nuestra intervención en la misma y dictemos su archivo.

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