La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Ahora es el momento. Declaración del DPA con motivo del Día de la Mujer

La presencia cada vez mayor de la mujer en el mercado de trabajo y sus logros en la educación y formación, así como en diversos ámbitos de la vida pública, ponen de manifiesto avances en nuestra sociedad. Es evidente que, en muchos ámbitos, se han eliminado discriminaciones y que las desigualdades también han disminuido, pero aún quedan otros en donde la falta de igualdad se sigue manifestando con toda su crudeza.

Las mujeres, a consecuencia de su género, se enfrentan a situaciones que les impiden participar con plenitud en la sociedad donde viven. Estas desigualdades entre los sexos no se pueden rectificar si no se detectan y corrigen los persistentes, sutiles y a veces ocultos factores que ponen a las mujeres en desventaja frente a los hombres.

Por eso es indispensable la perspectiva de género que implica reconocer que una cosa es la diferencia sexual y otra cosa son las atribuciones, ideas, representaciones y prescripciones sociales que se construyen tomando como referencia a esa diferencia sexual.

Como institución garante de derechos, detectamos que, a día de hoy, la sociedad no ofrece las mismas oportunidades a mujeres y hombres en ámbitos como el laboral. Son muchos los estudios y estadísticas en los que se concluye que hay más mujeres que hombres en situación de pobreza y exclusión, en gran parte porque, por motivos familiares, las mujeres trabajan con mayor frecuencia que los hombres a tiempo parcial o con contratos de trabajo temporales, por lo que la pobreza de las mujeres se debe en gran medida a la precariedad de sus empleos y a las diferencias salariales por igual trabajo desempeñado.

Especialmente duras son las quejas que llegan a esta institución en materia de vivienda, de servicios sociales o de violencia de género, dado que los relatos, muchas veces estremecedores, de las propias afectadas ponen de manifiesto cómo la condición femenina junto a las especiales circunstancias de toda índole en la que se encuentran, pueden contribuir a una doble discriminación. Es el caso de mujeres titulares de familias monoparentales con hijos e hijas a cargo, con escasos o nulos recursos económicos, además víctimas de violencia de género, con alguna discapacidad o pertenencia al colectivo de personas mayores. Es el caso de las mujeres víctimas de trata, en especial de las niñas, una explotación que sobrecoge a esta institución. 

El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta y para su toma de consideración hay que tener en cuenta las formas múltiples e interrelacionadas de discriminación que sufren muchas mujeres y niñas (por razones de discapacidad, origen inmigrante, origen étnico, edad, orientación sexual, identidad de género, embarazo, condiciones de vivienda, bajo nivel educativo, ser víctima de la violencia, etc.) y que sus condiciones han empeorado durante los últimos años.

Hay que seguir avanzando, porque la eliminación de los tratos discriminatorios contra cualquier grupo se configura como un factor determinante para un desarrollo más equitativo y democrático del conjunto de la sociedad.

Este año, el Día Internacional de la Mujer se suma a un movimiento mundial sin precedentes por los derechos, la igualdad y la justicia de las mujeres, cuyo lema fijado por las Naciones Unidas es “Ahora es el momento: las activistas rurales y urbanas transforman la vida de las mujeres”.

Personas de todo el mundo se están movilizando para conseguir un futuro que sea más igualitario. Esta acción se ha manifestado en forma de marchas y campañas mundiales, incluido el movimiento #MeToo en los Estados Unidos de América y sus reflejos en otros países, como protesta contra el acoso sexual y la violencia, por ejemplo: #YoTambién en México, España y América Latina, entre otros lugares, #QuellaVoltaChe en Italia, #BalanceTonPorc en Francia y #Ana_kaman en los Estados Árabes; “Ni Una Menos”, una campaña contra el feminicidio que surgió en Argentina; y tantas otras iniciativas, abordando cuestiones que incluyen desde la igualdad salarial hasta la representación política de las mujeres.

El Día Internacional de la Mujer 2018 es una oportunidad para transformar este impulso en medidas para empoderar a las mujeres de todos los entornos, rurales y urbanos, y reconocer a las personas activistas que trabajan sin descanso para reivindicar los derechos de las mujeres y conseguir que estas desarrollen su pleno potencial.

En España se ha convocado una huelga formal de mujeres de 24 horas. Esta movilización está inspirada en el llamado “Día libre de las mujeres” de Islandia de 1975, en el que el 90% de la población femenina de la isla dejó de trabajar y salió a la calle para manifestarse por la igualdad. Fue un día histórico en el que el país se paralizó. Asimismo, en más de 100 países hay convocadas ausencias simbólicas y también paros regulares pero parciales para el jueves 8 de marzo.

El 8 de marzo, unámonos a las activistas de todo el mundo y a ONU Mujeres para aprovechar la oportunidad, celebrar los logros, tomar medidas y transformar las vidas de las mujeres en todo el mundo.

AHORA es el momento.

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La educación, la vivienda y la atención a menores son los asuntos que más preocupan a las mujeres que acuden al DPA

Los asuntos relacionados con la educación, la vivienda y la atención a los menores de edad han sido los que mayor preocupación han generado a las mujeres que acudieron al Defensor del Pueblo andaluz durante 2017. Un año más, la mayoría de las personas que solicitaron la intervención de este comisionado, dirigido por Jesús Maeztu, fueron mujeres (51%).

Estos datos pertenecen a un anticipo del Informe Anual 2017 de la Oficina del Defensor del Pueblo andaluz, con motivo del Día Internacional de la Mujer que se celebra mañana, 8 de marzo. Las conclusiones de este Informe aporta que los asuntos relacionados con la igualdad de género, la educación o la dependencia son mayoritariamente abordados por las mujeres. En cambio, el medio ambiente, la vivienda y el consumo son las principales materias por las que los hombres acuden al Defensor del Pueblo andaluz. Asimismo, los asuntos sobre los que los hombres reclaman en mayor número una actuación a diferencia de las mujeres son agricultura, ganadería y pesca; cultura y deportes, y prisiones.

Las mujeres presentaron ante esta institución menos quejas que los hombres (46% del total), pero son las que más acuden a los distintos mecanismos de consulta de la institución (54,5%). En cuanto a las actuaciones que reclaman, se pone de manifiesto la pervivencia de los roles de género tradicionalmente asignados a las mujeres como son los ligados al cuidado de mayores y personas dependientes o la preocupación por todo lo relacionado con el derecho a la educación de sus hijos e hijas. Asimismo, las familias monomarentales alcanzan un alto grado de protagonismo como promotoras de las quejas en materia de vivienda o de servicios sociales.

Esta Defensoría está implicada desde hace años en la reivindicación de la igualdad de género. En esta materia, el Defensor del Pueblo andaluz tramitó el pasado año 57 quejas, un 42,5% más que en 2016.

Son casos, por ejemplo, relacionados con el empleo público, por las presuntas discriminaciones en situaciones que están directamente vinculadas al sexo biológico, como es el caso del embarazo y maternidad, o también por la imposibilidad de ejercitar los derechos laborales de conciliación de la vida laboral y familiar, ya se trate para su ejercicio de solicitudes de movilidad laboral para precisamente poder conciliar o por el impago de becas o ayudas destinadas a la conciliación.

El rol de género no es ajeno a la salud. Dentro de las intervenciones de esta Defensoría, se atienden quejas relacionadas con procesos o patologías fundamentalmente femeninos. El año pasado esta institución se ocupó, entre otras cuestiones, por las mujeres que padecen hipertrofia mamaria, que a juicio de esta institución, no están suficientemente atendidas en nuestro sistema sanitario. También la práctica de tratamientos de reproducción asistida sigue siendo fuente inagotable de reclamaciones, no sólo por las largas esperas que la acompañan.

Como cada año, las quejas presentadas ante esta Defensoría en materia de servicios sociales por personas del sexo femenino, tienen una alta carga de dramatismo dado los relatos estremecedores que muchas veces se nos trasladan, de los que se desprenden las circunstancias tan difíciles que día a día viven estas mujeres. La pobreza y las circunstancias de carencia de empleo y de extrema precariedad económica sitúa a las personas en una posición de mayor riesgo de exclusión social y, si esas personas son además del sexo femenino que, además, pertenecen a colectivos más necesitados de protección como las familias monoparentales, mujeres mayores o con alguna discapacidad, ser o haber sido víctima de violencia de género son factores de riesgo que aumentan la posibilidad de que caigan en situación de exclusión social. Las demandas de empleo y de ayudas económicas de emergencia para el pago del alquiler de la vivienda o de los suministros domiciliarios básicos, así como para alimentación, suelen ser las más usuales. Muchas de ellas se cierran al aceptarse o resolverse la pretensión de las interesadas por parte de los servicios sociales comunitarios del Ayuntamiento en cuestión. Otras las concluimos al comprobar tras el informe social que se nos envía, las intervenciones y ayudas sociales concedidas, dentro de los recursos económicos siempre limitados de los que disponen estos servicios.

Sobre violencia de género, en 2017 esta institución ha seguido trabajando en el enfoque administrativo, relativo a los recursos y ayudas de los que pueden beneficiarse las víctimas. Hemos abierto una queja de oficio para conocer, analizar y valorar el grado de cumplimiento y eficacia de las previsiones establecidas en el Acuerdo de 3 de junio de 2013, por el que se aprueba el Procedimiento de Coordinación y Cooperación Institucional para la Mejora en la Actuación ante la Violencia de Género en Andalucía, así como en el Protocolo Marco de Coordinación Institucional de 14 de julio de 2016 y restantes elementos de aplicación.

En otras ocasiones, las mujeres víctimas de violencia de género cuestionan que el Ente Público de Menores proceda a retirarles la guarda y custodia de sus hijos e hijas con fundamento en el deterioro personal y psíquico que padecen precisamente por haber sido sometida durante años al maltrato de sus parejas. Es habitual y comprensible que las madres argumenten una víctimización secundaria, ya que además de ser víctima de violencia por parte de sus maridos, sufren también el dolor que supone la separación de sus hijos e hijas, y manifiesten encontrarse con una actitud fría y distante de la Administración que no tiene en cuenta la situación vivida.

En Administración de Justicia, el Defensor abrió una queja de oficio tras conocer la ausencia de personal para la oficina de denuncias de violencia de género en una comisaría. En la respuesta de la Subdelegación del Gobierno no se alude a los supuestos de insuficiencia de medios que despertó alguna protesta de sindicatos profesionales, así como alguna queja de particulares afectados. Debemos entender que los posibles incidentes quedan solventados. Esta institución confía en que esa ordenación de los servicios implique la superación de posibles incidencias y permaneceremos atentos a cualquier novedad que se produzca sobre esta esencial labor de asistencia y apoyo en las actuaciones de protección a la víctimas de violencia de género.

En vivienda, una gran parte de las quejas se basan en la carencia de este bien básico por parte de muchas familias andaluzas que acuden a nosotros en demanda de ayuda para poder satisfacer su necesidad de acceso. Muchas de estas quejas por necesidad de vivienda se presentan por familias monoparentales, mujeres madres que asumen la crianza de sus hijos e hijas en solitario, que no cuentan casi con ningún recurso económico o con algunos de muy escasa cuantía, en situación desempleo o con empleos precarios, siendo subsidiarias de prestaciones y ayudas sociales.

En la labor de las administraciones locales, esta institución inició un expediente de queja en el que se planteaba la situación de desigualdad que históricamente ha padecido la mujer respecto de los hombres en cuanto al reconocimiento público por sus actos o sus méritos. Y todo ello, a colación de la petición recibida para que se rectificase el error material existente en el nomenclátor del callejero de la Ciudad de Sevilla en relación con la calle denominada Eustaquio Barrón, cuya denominación correcta debía ser el de calle Eustaquia Barrón, por ser la denominación original de la misma. La sugerencia fue finalmente aceptada por el pleno del Ayuntamiento y ya se ha llevado a debido efecto, cambiando la rotulación de la calle, que recupera, de esta forma, su denominación primigenia.

En sostenibilidad, ninguna de las quejas presentadas por mujeres en estas materias hacían alusión directa o indirecta a cuestiones de género. Esa ausencia de quejas motivadas por esta causa tal vez tenga su base en los escasos estudios sobre la incidencia que el planeamiento urbanístico, la movilidad y el medio ambiente puede tener en los derechos de la mujer y las situaciones de discriminación que se generan.

La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía (en adelante LPIGA) contiene diversos preceptos para intentar subsanar esta importante omisión de la perspectiva de género en la configuración del modelo de ciudad, pero el Defensor del Pueblo andaluz considera que no existe todavía una conciencia clara por parte de los responsables públicos que afronte con compromiso tener presente la mencionada perspectiva.

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La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor estará en Écija el próximo 15 de marzo

La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en Écija, el próximo 15 de marzo para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, suministros de luz y agua, etc.

La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta el jueves, 15, en horario de mañana y tarde (de 9 a 14 horas, y de 17 a 19 horas), para atender las quejas y consultas de la ciudadanía en la Casa de la Juventud, en avenida Miguel de Cervantes, 21.

Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones y trabajadores sociales, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

Como en anteriores visitas del Defensor a otras zonas andaluzas, el objetivo del desplazamiento de la Oficina de Atención Ciudadana es acercar la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz a toda la ciudadanía, reforzar las relaciones con las entidades locales y colectivos sociales, y, sobre todo, tener un mayor conocimiento de la problemática de la zona.

 

 

    Debatimos la mejora de los procedimientos para la determinación de la edad de los MENA

    El Defensor del Menor de Andalucía ha celebrado hoy una jornada técnica para el análisis y mejora de los procedimientos de determinación de la edad a los menores extranjeros no acompañados (MENA) que llegan al territorio andaluz.

    El Defensor del Menor, cuyo titular es Jesús Maeztu, ha contado con la experiencia de fiscales de Extranjería y de Menores; representantes de las Consejerías andaluzas de Igualdad, de Interior y de Salud; representante del Instituto de Medicina Legal y miembros de ONG.

    El Defensor del Menor ha considerado que esta prueba en el caso de Andalucía queda reducida generalmente a una radiografía del hueso carpo de la mano izquierda que se realiza en algunos hospitales del Sistema sanitario público andaluz. En opinión del Defensor del Menor, esta técnica presenta grandes márgenes de error y ha sido objeto de crítica por un amplio sector de la comunidad científica, desde donde se insiste en que cualquier estudio de determinación de la edad ha de basarse en distintas pruebas, valoradas todas ellas en su conjunto; aun así no son rigurosas si no toma en consideración también la influencia de factores patológicos específicos, nutricionales, higiénicos-sanitarios y de actividad física.

    Respecto a los métodos para realizar estas pruebas, existe un documento sobre Recomendaciones sobre métodos de estimación forense de la edad de los menores extranjeros no acompañados. Se trata de un documento de Consenso de Buenas Prácticas entre los Institutos de Medicina Legal de España (2010). Las pautas y directrices recogidas en este documento han sido recomendadas en el Protocolo Marco de MENA de 2014.

    La fiabilidad y rigurosidad de las pruebas no es una cuestión baladí Se trata de un asunto sumamente trascendente para la vida de las personas extranjeras ya que con esta prueba se está decidiendo si los poderes públicos deben prestarles las atenciones y cuidados a las que tienen derecho como menores de edad o, por el contrario, han de ser tratadas como personas adultas extranjeras que se encuentran irregularmente en nuestro país y han de ser repatriadas a sus países de orígenes, salvo que sean susceptibles de protección internacional.

    Con esta jornada, el Defensor del Menor pretende interesar la colaboración de todos los agentes implicados y conseguir para estos menores sobre cuya edad existan dudas fundadas, que se les realicen de estudios y pruebas médicas de mayor fiabilidad que permitan fundamentar con rigor el dictamen médico, que se la base de la declaración de mayoría o minoría de edad por la Fiscalía de menores. También que durante la realización de dichas pruebas se respeten otros derechos de los menores como el derecho a ser informado sobre la naturaleza de aquellas en un lenguaje comprensible y en su idioma, y obtener su consentimiento para la práctica de las mismas.

      Queja número 17/3402

      Aprobado recurso residencial para discapacitado con ejecución de condena supeditada a sus ingreso.

      El promotor de la queja nos trasladaba el peligro que acechaba a su hijo, quien, de no poder mantener su situación de ingreso en plaza residencial se vería abocado a ingresar en prisión.

      Su hijo estaba afectado por una discapacidad psíquica del 70%. El comportamiento agresivo que manifestaba en el ámbito familiar, determinó que fuera condenado por sentencia de 18 de enero de 2017, como autor responsable de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, a la pena de doce meses de prisión.

      El fallo judicial acordó, no obstante, con informe favorable del Ministerio Fiscal, la suspensión de la ejecución de la referida pena privativa de libertad, condicionada a dos requisitos: por un lado, el cumplimiento de la pena de alejamiento impuesta respecto de sus padres y respecto del domicilio familiar; y, por otra parte, su ingreso en un Centro "adecuado a sus circunstancias, para el tratamiento de sus trastornos de conducta".

      Esta última previsión fue contemplada en la Sentencia y propuesta por la Fiscal, en la consideración de que la Administración pública venía obligada a ofrecer plaza residencial al condenado, proveyendo a su favor el ingreso en un Centro acomodado a su discapacidad psíquica, al tratarse de una persona afectada por un trastorno precisado del tratamiento oportuno. Precisamente por ello, la decisión judicial obligó a los padres del condenado a ingresar a su hijo en una Residencia adecuada, de forma meramente transitoria, entretanto la Administración acordaba asignarle plaza pública en el Centro correspondiente.

      Sin embargo, la premisa en la que se basó el fallo judicial no se había cumplido hasta el momento, ya que, por un lado, al afectado no le había sido ofrecido recurso del sistema de la dependencia, ni, por otra parte, tampoco había obtenido ingreso para tratamiento por el sistema sanitario público.

      Lo que situaba a la familia y al condenado en una grave y dura encrucijada, ya que estaban asumiendo el pago de una plaza residencial privada que nunca previeron que fuera a ser más que una situación provisional, para cuyo coste carecían de capacidad económica. De tal modo que el impago, que era inevitable, determinaría la expulsión del residente; y dicha expulsión, a su vez, supondría que el afectado incumpliera las condiciones a que se supeditó la suspensión de la ejecución de la pena y provocarían su ingreso en prisión. A lo que había de añadirse el hecho de que era inviable que retornase al domicilio de sus padres, por existir un alejamiento impuesto y, de hacerlo, estaría quebrantando igualmente la sentencia firme.

      El afectado había sido valorado como dependiente, pero, inexplicablemente, el resultado arrojado había sido el de una dependencia moderada, lo que impedía que accediera a un recurso residencial. Los padres del afectado habían presentado recurso de alzada, subrayando la urgencia concurrente.

      Ante esta situación, solicitamos informe a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Teniendo en cuenta que el germen de la problemática era judicial, las circunstancias sobrevenidas al dictado de la sentencia condenatoria, debido a una de las condiciones específicamente establecidas para dejar en suspenso su ejecución y que los padres del condenado habían puesto los hechos en conocimiento judicial, estimamos conveniente darle traslado de los mismos a la Fiscalía Provincial de Sevilla, e interesar su colaboración en el estudio de las alternativas existentes.

      La Agencia nos informó que el 9 de agosto de 2017 se resolvió plaza concertada y el 25 de agosto de 2017, la persona interesada ingresó en dicha plaza. Se trataba de una residencia especializada en la atención de personas con discapacidad intelectual que presentaban trastornos graves del comportamiento. Desde la dirección del centro referían que la adaptación estaba siendo favorable, considerando que hasta la fecha, el centro era idóneo para atender las necesidades que esta persona presentaba.

      Por lo que se refería al régimen de acceso, una vez descartada la atención residencial por resolución PIA debido al grado I reconocido, la Agencia, tras atender a la familia en diversas ocasiones, solicitó la convocatoria de la Comisión Mixta de Seguimiento y Ejecución para el estudio del caso.

      La valoración favorable concluyó con la resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia estableciendo la fecha de efecto de la resolución la de la incorporación efectiva de la persona en la residencia.

      Queja número 17/2003

      El interesado, adjudicatario de una vivienda de titularidad municipal desde hacía más de 10 años, en una segunda planta, tenía un hijo con minusvalía y en edad escolar. Tanto su esposa como él tenían también minusvalía reconocida por el centro de valoración de Huelva.

      La minusvalía de su hijo de 10 años le impedía ser independiente y tenía que cargar con él en brazos para bajar y subir a la vivienda, ya que llevaba años con el ascensor inutilizado y sin previsión de una puesta en marcha lo antes posible. Decía haberse dirigido en muchas ocasiones al Ayuntamiento, por lo que de su caso tenían perfecto conocimiento los Servicios Sociales.

      Solicitamos informe al Ayuntamiento del Lepe y se nos contestó que la problemática más acuciante de la familia era la dificultad para bajar a su hijo todos los días para que se trasladase al colegio, además de cada vez que tuviera que salir para otros quehaceres (citas médicas, paseos, etc.). El ascensor se había arreglado en numerosas ocasiones, siendo este estropeado en pocas semanas, ya que solían ser los mismos vecinos del barrio los que lo estropeaban y ocupaban, no siendo esta una solución a largo plazo. En la última ocasión, se tuvo que intervenir con la policía varias veces, ya que estaba ocupado por dos perros y otros enseres.

      En julio de 2015, se le propuso a la familia una permuta de vivienda en una planta baja, alegando no estar interesada por no querer cambiar de barriada. Y en la actualidad, se habían determinado otras medidas y se encontraban arreglando el ascensor con la entrega de llaves para su acceso a dicha familia y realización de una rampa para más fácil acceso.

      Puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

      Queja número 17/6073

      La compareciente exponía que el 31 de agosto de 2017 solicitó el Programa de Solidaridad de los Andaluces y que el 28 de octubre de 2017 recibió notificación de la Delegación de la Consejería Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, requiriéndole presentar, en el plazo de diez días, el informe social a realizar por los técnicos de los servicios sociales del Ayuntamiento de su localidad.

      En dicho plazo los Servicios Sociales no se lo habían facilitado, pese haberlo solicitado por escrito, y suponía que la negativa se encontraba en consonancia con el cartel existente en el exterior de la puerta de los mismos, que decía: "Los Servicios Sociales comunitarios no realizarán informes sociales ni socio-familiares a instancia de parte, estos deberán ser solicitados desde el servicio o institución correspondiente debidamente justificada y protocolizada por escrito al Centro de Servicios Sociales comunitarios … en la siguiente dirección ...”.

      Añadía que el cartel, al parecer, llevaba muchísimo tiempo, por lo que entendía que la Delegación Territorial habría sido informada, en su día, de cómo y dónde tenía que solicitar los informes sociales, en caso de necesitarlos. Pero que, no obstante y no fiándose, el 6 de noviembre de 2017 expuso la situación por escrito a la Jefatura del Departamento de Inserción Profesional de la Delegación, ante la imposibilidad por su parte, de aportar el informe social requerido porque la administración no se lo proporcionaba y solicitando que no se le denegara esta prestación económica que tanto precisaba, dada su situación económica que calificaba de verdadera pobreza.

      Interesado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, se nos participó que el expediente del interesado fue resuelto el 27 de diciembre de 2017, haciendo el pago del IMS el 5 de enero de 2018.

      En vista de lo anterior, puesto que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

      Queja número 17/2661

      La interesada exponía que le fue adjudicada una vivienda en una zona de extrema conflictividad social, viviendo tanto ella como sus hijos presos del pánico.

      Ante esta situación solicitó el 22 de febrero de 2017 ante Emvisesa la permuta de vivienda, proponiéndole su inclusión en la bolsa de permutas de Emvisesa, para lo que se le solicitó cumplimentar la oportuna solicitud.

      Exponía la interesada que hasta la fecha su problema no se había solucionado.

      En consecuencia, solicitamos informe a Emvisesa, quien nos participó que la interesada presentó solicitud de inclusión en la Bolsa de Permutas de Emvisesa el 22 de febrero de 2017, sin ningún tipo de documentación acreditativa de los motivos de su solicitud ni de la requerida por el Protocolo de Permutas, por lo que el 1 de marzo de 2017 se le requirió la misma.

      El 9 de mayo de 2017 volvió a presentar escrito solicitando la permuta, pero sin incluir ningún tipo de documentación, por lo que el 28 de julio de 2017 se le remitió otro escrito indicándole nuevamente la necesidad de aportar la documentación requerida para su inclusión en la Bolsa de Permutas, así como la que justificase el motivo que alegaba (problemas graves de convivencia). También se le informó que para la inclusión en la Bolsa tenía que encontrarse al corriente en los pagos de rentas de alquiler, existiendo en la actualidad una deuda que tenía que liquidar para poder incluirse en la Bolsa.

      En vista de lo anterior, consideramos que el asunto se encontraba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

      Queja número 17/3384

      La parte promotora de la presente queja, exponía que en agosto y septiembre de 2016, habría presentado escritos y recursos de reposición ante la Diputación de Cádiz, solicitando la devolución de ingresos indebidos, por sanciones por infracción de tráfico que la parte promotora consideraba prescritas. Según afirmaba, a la fecha de la presentación de la queja no habría recibido una respuesta.

      Interesados ante la Administración tributaria, nos informan que con fecha 22 de junio de 2017 se notificaba a la parte interesada la prescripción del recibo objeto de la presente queja, iniciándose, en consecuencia, los trámites oportunos para la devolución de los importes abonados, que fueron devueltos con fecha 6 de octubre de 2017.

      Dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a los escritos presentados, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

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