La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 14/3863

Tras la intervención de la Institución, el Ayuntamiento nos informa de las dependencias municipales y de los medios materiales puestos a disposición de los diferentes grupos políticos.

Se dirige a la Institución la portavoz de un grupo municipal de Palos de la Frontera exponiendo las dificultades que se les inflige desde el Ayuntamiento, que les impide su labor política, como son no facilitar línea de teléfono ni acceso a internet, así como a realizar fotocopias. Asimismo se les limita el horario de acceso al despacho municipal recientemente concedido.

Solicitado informe a la Corporación municipal, ésta nos indica que la antigua casa consistorial fue demolida para ser sustituida por un edificio nuevo en curso de ejecución. Asimismo muestra que, en la medida en que las circunstancias se lo han ido permitiendo, todos los grupos municipales disponen de todos los medios necesarios para ejercer su labor.

Por ello, se procede a dar por concluidas las actuaciones en este expediente al considerar que el asunto que promovió la queja se encuentra en vías de solución.

Queja número 14/0413

Se dirige a la Institución un concejal del Ayuntamiento de Bédmar (entidad local autónoma, que junto con Garcíez forman el municipio de Bedmar y Garcíez) exponiendo haber presentado dos solicitudes de información ante su Ayuntamiento, en relación al personal que se pretende asignar para la Guardería temporera, sin haber recibido respuesta.

Tras solicitar a la Corporación municipal a necesidad de resolver expresamente, sin más dilaciones, las solicitudes presentada por el interesado e informarnos al respecto, procedemos ante su falta de respuesta a dictar Resolución conteniendo Recordatorio de sus deberes legales y Recomendación consistente en dar respuesta al interesado.

A dicha Resolución se nos responde por el Ayuntamiento informándonos de que ya se había dado contestación al interesado, motivo por el que se dan por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 14/3167

Se dirige a la Institución la Asociación Iniciativas Solidarias de la Subbética exponiendo que se han dirigido en dos ocasiones al Ayuntamiento de Cabra impugnando la votación de la Mesa electoral del Consejo local de Participación ciudadana sin haber obtenido respuesta.

Tras solicitar a la Corporación municipal que se diera respuesta a la petición del interesado y que se nos informada al respecto, que nos pone de manifiesta la tramitación realizada.

Analizada la documentación aportada, si bien parece constatarse la existencia de una demora excesiva en la tramitación del Expediente, en el entendimiento de que finalmente se está llevando a cabo la tramitación del referido expediente, y dado que la presente queja se admitió a trámite únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente, procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 12/0511

Tras actuación de oficio de esta Defensoría, se realiza una modificación normativa que da respuesta en buena medida a la problemática inicialmente planteada, y se da traslado a la Defensora del Pueblo de las Cortes Generales del “Reglamento del Menor” para considerar su posible aplicación a nivel nacional.

Queja de oficio iniciada por esta Institución ante las diversas denuncias que ha venido tramitando esta Institución relativas a las cantidades económicas que exigen los clubes de fútbol base para otorgar la denominada "carta de libertad" a jugadores que desean cambiar de club.

Cuestión ésta que se encontraba amparada en la normativa federativa, se procedió a la supresión del artículo, así como a prohibir el que la carta de libertad estuviera sujeta a condición alguna.

De la misma forma, se nos dio traslado del “Reglamento del Menor” que fue aprobado en el año 2001 pero que se condiciono su puesta en vigor a su aprobación por el resto de Federación Autonómicas, considerándose que al tratar cuestiones que se nos antojan de gran relevancia en la formación integral de los menores, y que pese al tiempo transcurrido tienen plena aplicación hoy en día, debía ser trasladada dicha cuestión a la Defensoría del Pueblo del Estado con objeto de que tomara conocimiento del asunto.

Queja número 13/2360

Una asociación de arrendatarios de viviendas municipales de El Puerto de Santa María manifestaban su disconformidad con la modificación de la Ordenanza Reguladora del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida, aprobada en pleno de 7 de marzo de 2013, al entender que las modificaciones introducidas lesionaban los derechos de los inquilinos de dichas viviendas, al aumentar el precio de la renta, trasladar a los inquilinos la obligación de pagar el IBI, de contribuir a los gastos de conservación y mantenimiento de las zonas comunes, y al suprimir los beneficios de bonificación y exención de las rentas, entre otras medidas.

Tras recibir el informe solicitado al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, acordamos dar traslado del mismo a la persona promotora de la queja, a fin de que nos formulara cuantas alegaciones a su derecho pudieran interesar. Realizadas éstas, se volvía a insistir en la situación que afectaba a los vecinos, ante la decisión de SUVIPUERTO de incrementar el precio de los contratos de arrendamiento en un 67%, incrementada, a su vez, esta cantidad con la repercusión del IBI. La precaria situación económica en la que se encontraban la mayoría de los arrendatarios, les impedía hacer frente al pago de la renta resultante, por lo que ante los reiterados impagos, SUVIPUERTO había optado por promover la correspondiente demanda de desahucio ante el orden jurisdiccional.

Con las manifestaciones del interesado y con la normativa que resultaba de aplicación al supuesto debatido, pudimos concluir que, a pesar de que desde un punto de vista estrictamente jurídico, las modificaciones introducidas, se ajustaban a la legalidad vigente, tampoco podíamos perder de vista la realidad social y económica en la que, como consecuencia de la crisis, estaba inmersa una parte muy importante de la población andaluza. Por ello, entendía esta Institución que las corporaciones locales deberían atender, con especial sensibilidad, los casos particulares de aquellas personas y familias que se encontrasen en una posición económica desfavorable, tratando de adecuar las rentas establecidas para las viviendas de promoción pública a la disponibilidad económica de la persona arrendataria, como de hecho, ya habían efectuado otros Ayuntamientos andaluces e incluso la Administración autonómica. Así como que debería contemplarse como excepción, la utilización de la vía judicial con el fin de promover el desahucio, debiendo arbitrarse otros mecanismos de pago, como por ejemplo el fraccionado y aplazado diferido en el tiempo, hasta tanto mejores las circunstancias económicas de la unidad familiar. En base a lo cual, se formuló Sugerencia al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María.

Sugerencia que entendimos aceptada al manifestar el Ayuntamiento lo siguiente:

Para determinar el importe de la renta a establecer contractualmente, se tendrán en cuenta los ingresos familiares.

En los supuestos en los que se haya acumulado una deuda por impago de rentas, deberían adoptarse aquellas soluciones que permitan flexibilizar su abono, como pudiera ser el pago fraccionado y aplazado.

Y siendo conocedores de las dificultades económicas que atraviesan las familias, se ha previsto en la ordenanza la siguiente disposición transitoria: «Los contratos pendientes de renovación y firma desde la entrada en vigor de la anterior Ordenanza, se adaptarán a la presente si bien los inquilinos deberán estar al corriente de pago o haber reconocido la deuda y formalizado calendario de pago de la misma, según el precio de alquiler del contrato que debiera haberse incorporado al contrato no firmado.».

En lo que se refiere al Impuesto de Bienes Inmuebles, y tras dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, se ha introducido en la ordenanza el siguiente artículo que entendemos da respuesta a la sugerencia planteada: «Los arrendatarios y quienes hagan uso mediante contraprestación de las viviendas municipales cedidas a SUVIPUERTO u otro régimen de gestión, a quienes se repercuta el IBI por aplicación del art. 63.2 del TRLRHL, podrán recibir ayudas de hasta el 95% de la cuota repercutida.».”

Por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

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Medio: 
El Pais
Fecha: 
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Medio: 
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Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Mar, 17/02/2015
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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 14/4892 dirigida a Ayuntamiento de Sevilla

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer, por los medios de comunicación, que el Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) ha mantenido una posición crítica con el modelo de movilidad de la ciudad, al entender, siempre según estas noticias, que el mismo no responde a los adecuados estándares de sostenibilidad ambiental. Modelo éste que supone apostar decididamente por medios alternativos de transportes al vehículo de motor privado, como son los transportes públicos y la bicicleta.

El Ayuntamiento de Sevilla manifiesta que ha puesto en marcha diversas medidas, que fueron sugeridas en nuestra resolución, para mejorar los carriles bici de la ciudad y fomentar el uso de la bicicleta.

12-12-2014 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio para conocer si el Ayuntamiento de Sevilla va a presupuestar la redacción de un plan programado para auditar la eficacia y riesgos del carril bici de Sevilla, así como la eliminación de los “puntos negros” en su recorrido.

El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, por los medios de comunicación, que el Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) ha mantenido una posición crítica con el modelo de movilidad de la ciudad, al entender, siempre según estas noticias, que el mismo no responde a los adecuados estándares de sostenibilidad ambiental. Modelo éste que supone apostar decididamente por medios alternativos de transportes al vehículo de motor privado, como son los transportes públicos y la bicicleta.

Respecto de esto último, en estas noticias se indica que el mencionado órgano asesor “denuncia el abandono de la amplia red de carriles bici de la ciudad, que supera los 100 kilómetros de longitud, aun cuando los expertos coinciden «en la eficacia de este medio de transporte para resolver los problemas de movilidad de las ciudades siempre que se promueva la conexión de estos con el resto de transportes urbanos e interurbanos». «Los carriles bici deben estar en continuo mantenimiento. Hace apenas tres años que estos no sufren la más mínima reforma o mantenimiento»”.

Ya con motivo de la tramitación de la queja 08/2778, que iniciamos de oficio cuando se implantó el carril bici en Sevilla (en nuestro Informe Anual al Parlamento de Andalucía del año 2008 realizamos un resumen de la misma), después de realizar una valoración sobre, a nuestro juicio, las ventajas que podía ofrecer la disposición de este medio de transporte tanto desde una perspectiva ambiental como de la salud, para las personas usuarias del mismo, mostrábamos, también, nuestra preocupación por distintas disfuncionalidades que, a nuestro juicio, presentaba, y presenta, la utilización del carril bici en algunos puntos de su desarrollo.

Pues bien, transcurridos ya bastantes años desde su implantación, creemos que, para mejorar la seguridad de ciclistas y peatones, se deberá, de un lado, realizar un estudio de riesgos y siniestralidad del actual carril bici a fin de detectar los puntos en los que se producen, con cierta frecuencia, alcances y/o accidentes a fin de que se adopten medidas destinadas a disminuir los niveles de riesgo existentes para la circulación de viandantes y ciclistas.

Al mismo tiempo, haciéndonos eco del informe del CESS y con el objetivo no sólo de prevenir posibles riesgos de accidentes por el lamentable estado en que se encuentra el carril bici en diversos tramos de su desarrollo, sino también para garantizar la calidad de su uso en los desplazamientos, consideramos muy necesario que se realice una labor, debidamente programada, de mantenimiento con independencia de los puntos en los que se pueda ser urgente intervenir, ya, habida cuenta de la especial situación de riesgo que originan las dificultades existentes en determinados puntos o tramos de su recorrido.

Creemos que el adecuado mantenimiento y ampliación del carril bici es una condición «sine qua non» para dar credibilidad al compromiso de los gobiernos locales de las ciudades con la denominada apuesta por un modelo de movilidad sostenible.

Por todo ello, hemos iniciado esta actuación de oficio, en la que nos hemos dirigido al Ayuntamiento de Sevilla con objeto de que nos informe si, por parte de la Delegación Municipal que corresponda y de cara ya al próximo presupuesto, se va a afrontar un plan debidamente programado para auditar la eficiencia y riesgos del denominado carril bici, para hacer frente a la eliminación de los denominados “puntos negros” en su recorrido y el adecuado mantenimiento en todo su desarrollo como expresión del compromiso del Ayuntamiento de la ciudad con la implantación y continuidad de esta infraestructura de transporte.

11-10-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El Ayuntamiento de Sevilla manifiesta que ha puesto en marcha diversas medidas, que fueron sugeridas en nuestra resolución, para mejorar los carriles bici de la ciudad y fomentar el uso de la bicicleta.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer si el Ayuntamiento de Sevilla iba a presupuestar la redacción de un plan programado para auditar la eficacia y riesgos del carril bici de Sevilla, así como la eliminación de los “puntos negros” en su recorrido.

En la misma se formuló resolución en la que se sugirió al Ayuntamiento que siguiera apostando por la mejora y ampliación del carril bici, que tomara en consideración las propuestas de las asociaciones que defienden el uso de la bicicleta para eliminar los puntos peligrosos o conflictivos de su trazado, que adoptara medidas para invertir la tendencia de disminución de los usuarios de este tipo de transporte dada su incidencia en el modelo de sostenibilidad de nuestras ciudades y, por último, que retomara los contactos con la Junta de Andalucía para que se hiciera realidad la pasarela ciclo peatonal sobre la SE-30, que debía estar debidamente conectada a la red ciclista de la ciudad. Como respuesta a esta resolución, el Ayuntamiento nos indicó expresamente que aceptaba su contenido, pero no concretaba las intervenciones y obras de mejora en las que podría traducirse dicha aceptación, por lo que interesamos un nuevo informe para que nos indicara las mismas.

En su respuesta, la Tenencia de Alcaldía de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo nos dijo, en síntesis, en qué se concretaban las actuaciones previstas, que se enmarcaban, en lo substancial, en la redacción del Programa de la Bicicleta 2016-2020, que recoge diversas actuaciones para incrementar el uso de la bicicleta como medio de transporte urbano, así como un estudio pormenorizado del estado de conservación de los carriles bici (que servirá para programar las actuaciones y dotarlas económicamente y subsanar las patologías que se detecten). A ello se añadía el contrato de mantenimiento en vigor que, para el corriente ejercicio 2017, introducía diversas mejoras, como una plataforma de gestión integral del servicio de mantenimiento y un aumento de su presupuesto.

Por último, ante el descenso del número de usuarios del servicio de alquiler de bicicletas, Sevici, se anunciaba una posible modificación de la tipología de los abonos para dar respuesta a la demanda existente y de sus precios.

Así las cosas, esperando que el citado Programa de la Bicicleta, cuyo periodo de vigencia ya había transcurrido parcialmente, fuera impulsado y ejecutado con eficacia y ello conduzca a una mejora apreciable del estado de los carriles bici, dimos por concluidas nuestras actuaciones, entendiendo aceptadas nuestras sugerencias dado que, por otra parte, nos constaba el proceso de puesta en funcionamiento de la pasarela ciclo peatonal sobre la SE-30.

Las quejas por retrasos en el salario social se cuadruplican en 2014

Medio: 
Europa Press
Fecha: 
Lun, 16/02/2015
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Provincia: 
ANDALUCÍA
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