La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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JORNADA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE COORDINACIÓN EN LOS PROCESOS DE INCAPACITACIÓN RELATIVOS A PERSONAS CON DISCAPACIDADES PSÍQUICAS

Moderada por Dª  María Juana Pérez Oller, Adjunta del Defensor del Pueblo Andaluz.

 Participan:

- D. Norberto Sotomayor, Fiscal Coordinador de la Sección de Protección de las Personas con Discapacidad, Sevilla.

- Dª Cristina Romero, Médico Forense del Instituto de Medicina Legal de Sevilla. (presentación power point)     

- Dª Lourdes Sánchez, Directora de la Unidad de Gestión Clínica de Salud Mental del Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla.

Queja número 13/4262

En el informe emitido la Administración educativa nos indica que los menores han sido finalmente admitidos todos juntos en un mismo centro escolar.

El interesado nos expone el problema que está sufriendo su familia como consecuencia de la escolarización de sus cuatro hijos en tres centros escolares diferentes, por las graves consecuencias que esta circunstancias supone para la dinámica familiar. Ante dicha circunstancia, ha solicitado expresamente la reagrupación de sus hijos en un mismo centro educativo, sin que hasta la fecha se haya accedido a su pretensión.

Queja número 13/4452

Intervención con el objeto de aclarar origen de deudas tributarias.

El interesado expone que con 77 años de edad y doce sin ejercer actividad alguna, fue desahuciado de su vivienda en el año 2012, viviendo en la actualidad en casa de unos familiares.

Según nos traslada desde hace unos años le vienen notificando unos embargos fruto de una deuda tributaria, y que tras haber acudido en alguna ocasión a informarse sobre la misma le han explicado que era de una vivienda.

Ante esto último, alega no tener vivienda alguna de su propiedad, ignorando por lo tanto el origen de la deuda.

Tras solicitar informe al Ayuntamiento para poder aclarar la duda del afectado, se nos informa sobre el origen de las deudas contraídas, respondiendo las mismas a unos impuestos pendientes de actividad económica de hace unos 15 años, y un impuesto sobre vehículos de hace 9 años. De esto damos traslado al interesado. ón a �) ee�� 8̍ erritorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, aunque por la misma se manifiesta que se encuentra pendiente de aprobación la propuesta formulada en la revisión del PIA del interesado, posteriormente la promotora de la queja nos concreta que, finalmente, se ha asignado a su hermano la plaza residencial que necesitaba.

Queja número 13/6208

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de San Fernando acepta el recurso administrativo de un interesado que alegaba que no se encontraba en el municipio en el momento de imponerle una sanción de tráfico, anulando ésta.

El interesado nos exponía que en Mayo de 2013 recibió la notificación de una multa de tráfico que le había impuesto el Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz) por estacionar sobre la acera el 17 de Abril de 2013. Contra la misma presentó, en Junio de 2013, pliego de descargos negando los hechos y aportando un certificado de la empresa donde trabaja de que el día de la infracción se encontraba en su puesto de trabajo, que además se encuentra en Valencia. El Ayuntamiento desestimó estas alegaciones, resolviendo la imposición de la sanción por la infracción cometida.

En Septiembre presentó recurso de reposición aportando una denuncia ante la Policía denunciando que el día de la infracción se encontraba en Valencia trabajando y su coche se encontraba aparcado en dicha población, además que, ni él, ni su coche habían estado nunca en la provincia de Cádiz.

Dado que había transcurrido, en el momento de presentar la queja, el mes para la resolución del recurso, entendía que el mismo se había desestimado pues no había obtenido respuesta del Ayuntamiento de San Fernando.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de San Fernando, éste nos comunicó que había aceptado el recurso interpuesto por el interesado, por lo que se había procedido a anular la sanción al advertir errores procedimentales en el boletín de denuncia pues “se comprueba que el mismo [el boletín de denuncia] fue erróneamente cumplimentado por el denunciante, ya que ya que aparece en el mismo como el agente testigo, y el número de identificación de denunciante está sin cumplimentar”.

En consecuencia, considerando que el problema que motivó la presentación de la queja había quedado solucionado tras la estimación de su recurso de reposición, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 13/0667

La Administración revisa el PIA del dependiente y le aprueba el acceso a una Residencia para personas mayores.

La parte promotora de la queja expone que su hermano, que padece alzheimer y tiene 82 años, fue reconocido como dependiente en el año 2011, sin que hasta la fecha se haya aprobado la prestación o recurso que haya de corresponderle por su dependencia.

El afectado se encuentra en una Residencia para Mayores, al no tener descendientes ni familia que pueda hacerse cargo de su atención, ya que sus dos únicas hermanas son también mayores y carecen de salud.

Hasta la fecha, el dependiente ha estado sufragando con sus ahorros el coste de la plaza privada que ocupa, al ser su pensión muy pequeña. Sin embargo, consumidos sus recursos económicos será expulsado del centro por impago, sin tener donde ir.

Tras solicitar información a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, aunque por la misma se manifiesta que se encuentra pendiente de aprobación la propuesta formulada en la revisión del PIA del interesado, posteriormente la promotora de la queja nos concreta que, finalmente, se ha asignado a su hermano la plaza residencial que necesitaba.

Queja número 13/3316

Se concede a un gran dependiente plaza en un centro para grandes dependientes físicos.

La parte promotora de la queja expone la situación de su marido, de 51 años de edad, con un 96% de discapacidad reconocida por una enfermedad sobrevenida y al que ha sido reconocida una Gran Dependencia. El afectado tiene asignado el Servicio de Ayuda a Domicilio, si bien, debido a su estado y necesidades, dicho Servicio ha devenido insuficiente, precisando de ingreso en una Residencia en la que pueda recibir los cuidados específicos que su estado necesita (rehabilitación y otros).

La interesada aclara que hace tiempo solicitaron la revisión del PIA, si bien ninguna comunicación han recibido sobre dicha petición. Su voluntad es la de que se le asigne la Residencia de Granada en la que ha estado en otras ocasiones en concepto de respiro familiar, ya que la cercanía a su domicilio y la residencia del hijo menor en esa ciudad, permitirían visitarle con frecuencia, además de haber podido comprobar que se ajusta a sus necesidades.

Tras solicitar información a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, se nos responde que el 30 de septiembre de 2013 se dictó Resolución por la que se concedió al interesado plaza concertada en centro residencial especializado en grandes dependientes físicos, a pesar de la escasez de plazas de este tipo, dada su problemática personal y social y la urgencia que su atención precisaba. 

Educación prevé mantener la cifra de erasmus limitando las estancias a un semestre

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Jue, 23/01/2014
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