La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Alerta por correo electrónico de las novedades

DEscripción newsleter

Queja número 23/2922

El promotor de la queja se dirigía a esta Institución al estar incluido en lista de espera desde el 29 de septiembre de 2022 para intervención quirúrgica de prótesis de rodilla izquierda, sin que hubiera sido citado. Añadía que cada día padecía más dolor y veía más mermada su movilidad.

Interesados ante la Administración sanitaria, nos trasladaban que el paciente había sido citado por el servicio de anestesia y reanimación como paso previo a la intervención quirúrgica programada.

Posteriormente, el interesado nos informa que ya ha sido intervenido y se encuentra en su domicilio recibiendo las curas pertinentes, por lo que el asunto que planteaba ha quedado resuelto.

Queja número 22/7308

En octubre de 2022 la promotora de la queja manifestaba que en junio de 2020 había presentado solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia, sin embargo, tras consultar el estado de tramitación en los Servicios Sociales Comunitarios, le habrían informado que no constaba en la base de datos.

Admitida a trámite la queja, solicitamos un primer informe de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla, indicándonos al efecto que consta solicitud presentada en el mes de noviembre de 2022, sin que conste solicitud presentada con fecha anterior. Asimismo, nos indican que, tras revisar la documentación, se procedería a solicitar el correspondiente informe de condiciones de salud y agendar la visita domiciliaria por parte del personal valorador.

Analizado el contenido del informe, esta Defensoría consideró procedente solicitar un segundo informe centrado en la solicitud presentada a través de la UTS Macarena en el mes de junio de 2020. Atendiendo nuestro requerimiento se nos participa que con fecha 21 de noviembre de 2022 tuvo entrada en ese órgano territorial solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia de la afectada. Tras revisar la documentación se advierte que la solicitud es de fecha 23 de junio de 2020 y, por tanto, nos indican que desconocen lo sucedido en periodo entre la fecha de entrada en el Ayuntamiento de Sevilla y su remisión a la Delegación Territorial.

A la vista de la situación, nos dirigimos a la Administración municipal interesando la información, indicándonos en su respuesta que tras nuestra intervención, desde los Servicios Sociales Comunitarios contactaron con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, siendo informados de que con carácter urgente se ha asignado su expediente de dependencia a un técnico/a valorador/a para que proceda a su valoración lo antes posible.

Añaden que una vez se recepcione la resolución reconociendo a la afectada situación de dependencia en el Ayuntamiento, se procederá con carácter urgente a la elaboración de la propuesta de PIA.

Deduciéndose, por tanto, que el asunto planteado en la presente queja se encuentra en vías de ser solucionado, procedemos al archivo de la misma.

Queja número 23/1329

La persona interesada en dicha comunicación, así como otras que también se habían dirigido a esta Defensoría por el mismo asunto, nos exponían la preocupación de las familias por el cierre inminente del centro de educación infantil al que asisten sus hijos e hijas.

De este modo, el día 15 de febrero de 2023 habían recibido una circular de esa misma fecha en la que se les informaba de que el centro de educación infantil en el que estaban escolarizados sus hijos e hijas dejaría de prestar sus servicios a final de ese mismo mes.

El cierre del centro suponía un gran perjuicio para las 109 familias que tienen sus hijos matriculados y para sus 14 trabajadores y trabajadoras.

Quedaban 5 meses para que terminara el curso escolar y el cierre de este centro iba a tener como consecuencia que los profesionales del centro se quedaran sin trabajo hasta el próximo curso (es muy improbable encontrar un puesto de trabajo a mitad de curso); que los niños tuvieran que pasar por un nuevo proceso de adaptación (si es que se conseguía reubicar a esos 109 niños); y que los padres tuvieran que acarrear con el gasto de la compra de nuevos materiales, por no hablar de los problemas de conciliación al tener que llevar al alumno a un centro que estaría más lejos del domicilio familiar o del centro de trabajo.

Además, al ser un centro concertado, su cierre antes del fin del curso escolar suponía un incumplimiento del contrato de colaboración que el propio centro firma con la Junta de Andalucía.

Solicitada información a la Delegación Territorial competente, esta nos informa de que presentado por la titularidad del centro infantil escrito solicitando la resolución del convenio de colaboración suscrito, se convocó una reunión que se celebró el día 21 de febrero de 2023, a la que asistieron todas las partes implicadas, llegándose al acuerdo de que el centro permanecería abierto hasta la finalización del curso, es decir, hasta el día 31 de julio de 2013.

A la vista de la respuesta recibida, entendemos que el asunto objeto de la presente queja está solucionado, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 22/7312

La promotora de la queja nos trasladaba la grave situación en la que se encontraba su padre y la necesidad de una respuesta inmediata por parte de la administración pública, tanto local como autonómica, en sus respectivas competencias.

Explicaba que su padre de 80 años de edad, padece la enfermedad Parkinsionismo PSP (Parálisis Supranuclear Progresiva), desde el ingreso de su mujer a un centro residencial para personas mayores, vive solo y tras sufrir una de las múltiples caídas, se fracturó la cadera, encontrándose en esos momentos postrado en una silla de rueda y precisando de la atención de tercera persona las 24 horas del día.

Exponía que son cuatro hijas, tres de ellas residen en comunidad autónoma y solo una en la misma localidad, sin embargo, se trata de unidad familiar monoparental con menores a su cargo y las obligaciones laborales como de cuidados de los menores, hace que sea imposible poder atender al dependiente como se merece.

Por resolución del mes de julio de 2022, se le reconoció el Grado II, de dependencia severa y en el mes de septiembre se elaboró la propuesta de PIA, proponiéndose el servicios de atención residencial como recurso más adecuado. Su deseo es poder ocupar plaza en el centro residencial donde se encuentra su mujer y pasar lo que le resta de vida disfrutando de su compañía y cariño.

A esta situación, se añade la problemática del desahucio que afecta a su vivienda habitual. Desde el año 2021, se ha suspendido en varias ocasiones el lanzamiento, el último fijado el pasado 18 de octubre. No obstante, le han indicado que el próximo mes de diciembre se producirá finalmente el lanzamiento.

Ha acudido a los Servicios Sociales Comunitarios, informándole que no reúne los requisitos para elaborar el informe de urgencia social y, así priorizar la tramitación del expediente de dependencia, puesto que, según parece, supera el umbral de ingresos económicos, sin embargo, parece incoherente que se tome como referencia los ingresos económicos brutos sin tener en cuenta los embargos y deudas que afronta para poder determinar la capacidad económica del dependiente.

En esta familia aflora una gran preocupación por el futuro del afectado, temiendo que deba abandonar la vivienda sin que se le haya adjudicado plaza residencial junto a su esposa.

Admitida a trámite la queja, solicitamos el preceptivo informe del Ayuntamiento de Estepona y a la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Málaga. Desde la administración local, se nos participó la intervención realizada por los Servicios Sociales Comunitarios con la persona afectada, destacando la elaboración del informe de vulnerabilidad que fue remitido al juzgado correspondiente conocedor del desahucio y la posibilidad de valorar una ayuda económica de emergencia destinada al pago del alquiler, en concreto, para poder afrontar el gasto inicial que supone acceder a una vivienda y, en relación al expediente de dependencia, se le concedió un recurso municipal complementario de ayuda a domicilio por 12 horas por el Plan Concertado, teniendo cubiertas hasta 22 horas mensuales.

Por su parte, desde la administración autonómica se nos informó que la última plaza que se asignó en el centro residencial solicitado, tenía fecha de incoación de 07/04/2021, siendo la fecha de referencia para la asignación de plaza del solicitante el 11/06/2021, coincidente con la de entrada de revisión de grado del interesado. Por tanto, debía esperar a que quedasen plaza disponibles, conforme al orden cronológico de incoación.

Traslada dicha información a la interesada, recientemente nos traslada la grata noticia de que el dependiente había podido acceder al servicio de atención residencial, agradeciendo la atención y gestiones realizadas por parte de esta Defensoría.

Queja número 22/1759

La persona reclamante exponía que tenía 2 proyectos en urbanismo del Ayuntamiento de Jerez. El primero era una nave agrícola para guardar aperos y el segundo era una almazara. Siguiendo un orden cronológico, explicaba :

- En primer lugar, en 2018, empecé el proyecto de mi almazara, se realizó un proyecto y un plan APPCC. Dicho proyecto fue validado e inspeccionado por sanidad en Jerez de la Frontera, obteniendo mi certificado. Tras esto, hablé con medioambiente, quien me pidió una simple declaración responsable, pues se trata de una pequeña almazara móvil. Dicha declaración me la tenía que aportar urbanismo. Desde 2019 estuve hablando con ellos sin obtener respuesta.

- En julio de 2020, desde el Ayuntamiento de Jerez, me piden enviar toda la documentación de mi almazara a urbanismo a través de un correo electrónico. No obtuve más respuesta.

- En octubre de 2020 recibí una llamada de urbanismo, diciéndome que el proyecto aportado no era válido (cuando fue aceptado en sanidad) y me piden modificar mi proyecto acorde a unas "leyes" un poco absurdas. Se contrata a un técnico para realizar un nuevo proyecto con un coste de 1800€. Se realiza el nuevo proyecto, hablo con ellos por teléfono, y me dicen que lo envíe todo por email. (tengo los emails). Se envía en abril de 2020.

- En noviembre de 2020 inicio el segundo proyecto, la nave agrícola, de forma paralela a la almazara. Dicho proyecto es registrado en urbanismo y pagada la tasa inicial.

- En abril de 2021, recibo una notificación sobre el proyecto de la nave, me piden aportar más documentos. Se entregan esa misma semana.

- En junio de 2021, llamé a urbanismo para preguntar por mi proyecto de la almazara, y me dicen que no hay ningún registro sobre ello. Me piden volver a empezar de 0. Inicio de nuevo todo el proyecto y esta vez nada de emails, todo de manera presencial para asegurarme que no vuelva a pasar lo anterior. Se equivocan con las tasas y vuelven a cancelar el proyecto. (Dicha acción también pasó con la nave).

- En octubre de 2021, me citan en urbanismo para hablar sobre la almazara. Les parece un proyecto alucinante, pero me piden unos requisitos que no cumple ninguna otra almazara. Pregunto por qué al resto de almazaras no se les ha pedido y me dicen que no me pueden responder. Tras esto, me piden un informe de aclaración y un plan de actuación. No he vuelto a tener respuesta de ellos. Llamo para preguntar sobre el proyecto, y me dicen que sigue bajo estudio cuando me aseguraron en la reunión que me darían respuesta en una semana.

- En Marzo de 2021, tras un año entero sin respuesta, me mandan una notificación para aportar varios documentos en el plazo de 1 mes."

Admitida la queja a trámite nos dirigimos al ayuntamiento de Jerez de la Frontera interesando nos informara sobre el estado de tramitación de los expedientes relativos a obtención de licencia de la persona interesada.

De la amplia información recibida dimos traslado a la persona interesada para que formulara las alegaciones y consideraciones que estimara oportunas, enviándonos las siguientes:

No tengo ninguna documentación más para aportar, os he enviado todo lo que tenía. Estoy muy cansado con este tema, no paro de llamar al ayuntamiento para preguntar por mi proyecto de la almazara y 1, o no me cogen el teléfono, 2 están ocupados en una reunión, 3 me dicen que me llamarán y no lo hacen o 4 lo cogen y dicen que está en proceso, pero no dan más información.

Todo el rato se pasan la bola hablando de cambio de leyes o publicaciones en el BOP. Estoy cansado de ver como salen proyectos en menos de 3 meses, como dan licencias a proyectos que incumplen normativas y como para otros tienen tiempo, pero a mi nunca me responden.

Hace 2 meses ... (técnico que lleva mi proyecto) me comentó que está todo en regla, aprobado y pendiente de publicar en el BOP por el ayuntamiento de Jerez y tablón informativo de urbanismo. Además comenta, que tras un mes publicado en estos sitios, se me dará mi licencia. Para esto no me dan notificación escrita, solo una simple llamada de teléfono para no dejar constancia... Llamo al ayuntamiento de Jerez y me dicen que no saben nada sobre una publicación en el BOP de ninguna almazara y además, me comentan que no tienen dinero para publicar en el BOP. Tras esto me dirigí a urbanismo a preguntar por el proyecto y por el nombrado tablón de anuncios.

Para mi sorpresa, me encuentro con que ... no se digna a salir y responde a mis preguntas a través de una tercera persona. Tras esto, me dicen que no hay ningún tablón de anuncios en urbanismo y que desconocen por qué ... dijo esto... Sinceramente, creo que mi descontento es normal. Y para más inri, me ha llegado la sanción de Hacienda de 3.000 € por tener una actividad sin generar beneficios, pero obviamente no puedo generar nada si urbanismo no me da las licencias para empezar.

Tengo clara una cosa, queda menos de un mes para que empiece la campaña del olivar y es imposible que me llegue la licencia a tiempo... otro año más que no puedo empezar mi actividad agrícola, y mientras tanto, pagando el crédito de la maquinaria, pagando la sanción de Hacienda, asesoría, autónomo y obviamente, las tasas a urbanismo.

Para terminar, se callan en su escrito los 7 meses que estuvieron sin responder a mi petición y que archivaron mi proyecto, así como las erratas que cometieron que me llevaron a tener que dar de alta de nuevo el proyecto. Y obviamente sin nombrar que no cumplen con las políticas de privacidad, pues mi proyecto lo conocen personas externas a urbanismo que han venido a preguntarme por ello...”

Tras un estudio de las mismas volvimos a dirigirnos al Ayuntamiento solicitando la emisión de un nuevo informe sobre el estado actual de tramitación de la autorización previa a la licencia municipal que cualificara los terrenos donde quería implantarse la actividad que pretendía la persona interesada.

La información que se nos facilitó fue la siguiente:

(…)

6.- Con fecha 21 de noviembre de 2022 se firmó la Resolución Definitiva de Viabilidad ,previa a la licencia mediante la que se acordó:

Primero.- Aprobar con carácter definitivo la autorización previa a la licencia a los efectos previstos en el artículo 22 de la Ley 7/2021 de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.

Segundo.- La presente resolución habilita a la interesada para solicitar la licencia urbanística, si no lo hubiera hecho con anterioridad.

Tercero.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley LISTA, el interesado deberá abonar el importe de la prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter extraordinario del suelo rústico, que se devengará con motivo de la licencia, en cuantía del diez por ciento del presupuesto de ejecución material de las obras, y que asciende a DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS (265,78.- €).”

(...)

7.- Con fecha 28 de noviembre de 2022 se remite al interesado la notificación de dicha Resolución Definitiva, constando en el expediente acuse de recibo con fecha 2 de diciembre de 2022.

8.- Una vez resuelta la autorización previa se procederá a la tramitación de la licencia urbanística solicitada.”

Con esta información consideramos que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 23/0555

La presente queja fue tramitada por esta Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, en relación con los sistemas de climatización de un Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) en la provincia de Sevilla.

Las actuaciones emprendidas se dirigieron a requerir información ante los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Sevilla así como ante el ayuntamiento de la localidad. Finalmente, en los informes recibidos se recoge, en primer término, desde la Delegación que la cuestión no resulta de su competencia; y, del mismo modo el Ayuntamiento indica:

En relación al escrito del Defensor del Pueblo Andaluz, le informo que el asunto se circunscribe a una avería en la caldera que proporciona calefacción al centro.

Para poder solucionarlo era necesario sustituir unas piezas cuyo suministro resultó muy complicado por problemas de disponibilidad y logística en el suministro. Tras obtener las mismas y varias intervenciones por parte de la empresa responsable del mantenimiento de calefacciones en los colegios, se pudo restablecer el servicio.”

En atención al informe recibido desde los servicios educativos, podemos considerar que la cuestión planteada ha sido, en su fecha, atendida.

Comprendiendo la lógica premura de las familias por poder lograr una respuesta acorde a las necesidades de climatización del centro, el motivo de la queja ha sido superado y el caso ha quedado resuelto.

Por tanto, procedemos a concluir las actuaciones desarrolladas en la presente queja, dejando a salvo otras actividades de seguimiento que, en su caso, resulten necesarias.

Queja número 22/6222

La persona interesada exponía que su hija, mayor de edad y con un grado de discapacidad reconocido del 77%, deseaba se le concediera una plaza de aparcamiento para personas con movilidad reducida junto al domicilio familiar, por lo que presentó un escrito al Ayuntamiento de El Madroño y aportó toda la documentación correspondiente con fecha 17 marzo 2021. A fecha 19 septiembre de 2022, el Sr. alcalde le dijo verbalmente que estaban estudiando el caso. Afirmaba que en el lateral de su vivienda había espacio suficiente para ello.

Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe al citado Ayuntamiento que, en su respuesta, nos trasladó el informe elaborado por los Servicios Técnicos Municipales que recogía:

Primero.- (…)

- PRIMERO: Que urbanísticamente no hay inconveniente en la colocación de plaza de aparcamiento para personas con movilidad reducida en El Álamo, El Madroño, Sevilla.

- SEGUNDO: Según el artículo 30 del Decreto 293/2009, de 7 de julio, Condiciones técnicas de las plazas reservadas.

1. Las plazas reservadas deberán cumplir las siguientes condiciones:

a) Estarán situadas tan cerca como sea posible de los accesos peatonales accesibles y de las entradas accesibles a edificios, centros de medios de transporte público y servicios públicos de la zona y se señalizarán de forma visible.

b) Estarán señalizadas, horizontal y verticalmente, con el Símbolo Internacional de Accesibilidad establecido en el Anexo IV y la prohibición de aparcar en las mismas a personas sin discapacidad.

c) Sus dimensiones mínimas serán en batería o semibatería de 5 x 3,60 metros y en línea de 6,50 x 3,60 metros, estando incluida en esta última dimensión la zona de transferencia.

- TERCERO: Se adjunta anexo con varias propuestas de situación para aparcamientos.

Segundo.- Que esta Alcaldía ha informado verbalmente al Sr. … de las posibles ubicaciones para la reserva de aparcamiento, manifestándole el Sr. … que “si no es en mi calle no me interesa”.

Tercero.- Que ningún miembro de la familia solicitante de reserva de plaza de aparcamiento, se encuentra empadronados en este Municipio, aún así, esta Alcaldía, en base al informe técnico tiene previsto designar una plaza de aparcamiento para personas en situación de discapacidad.

Cuarto.- Que debido a la falta de recursos económicos de este Ayuntamiento, esta Alcaldía tiene prevista la colocación de señales indicadoras de reserva de plaza a principios del próximo año.”

Considerando que con esta información el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 22/4891

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz recibía comunicación dirigida por una vecina residente en la Cañada de San Urbano de esa Capital, mediante el cual nos trasladaba su preocupación por la acumulación de basuras que se produce en el Rio Andarax a su paso por la barriada de El Puche, tanto por la mala imagen que da al barrio, como por los riesgos ambientales que presenta ante la posibilidad de que las mismas acaben siendo transportadas hasta el mar en caso de producirse lluvias de importancia.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Almería que en respuesta a nuestra solicitud nos trasladó informe de la Delegación de Área de Sostenibilidad Ambiental en el que se informaba de las actuaciones realizadas para proceder a la retirada de los residuos acumulados.

Adjuntaba fotografías de los trabajos realizados y terminaba el informe indicando que “Desde este Área de Sostenibilidad Ambiental se continuarán con las actuaciones de mantenimiento dentro del ámbito de nuestras competencias legales.”

Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se había solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja.

Queja número 23/1625

Se recibía en esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz comunicación del promotor de la queja en el que exponía la falta de respuesta al recurso de alzada presentado ante la Universidad Pablo de Olavide, referente al reconocimiento de créditos en el Grado en Derecho. A pesar del tiempo transcurrido, hasta la fecha no había recibido respuesta.

Admitimos a trámite la queja a fin de que el citado Organismo respondiera expresamente el citado recurso de alzada, informándonos de ello.

La Universidad Pablo de Olavide nos remitió copia de la resolución, dictada en respuesta al recurso de alzada formulado por el promotor de la queja.

Entendimos, por tanto, que el problema de fondo, la falta de respuesta se había solucionado, dando así por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.

Queja número 22/0885

La persona interesada manifestaba que denunció una obra de ampliación en el patio trasero de una vivienda por la apertura de una ventana hacia la vivienda de la que era propietaria. Presentó denuncia en el Ayuntamiento de Olivares y se dictó Resolución.

Con posterioridad, presentó numerosos escritos (en fechas 28/07/2021, 26/10/2021, 07/12/2021 y 01/02/2022) solicitando información, sin haber obtenido respuesta.

Admitimos la queja a trámite e interesamos del citado Ayuntamiento que nos informara sobre el estado de tramitación del expediente de protección de la legalidad urbanística y, en su caso, de las medidas de restauración adoptadas.

Puesto que se nos contestó que la Alcaldía había mantenido recientemente una reunión informativa con la persona afectada, en la que le había manifestado el compromiso del reinicio del expediente de protección de la legalidad urbanística (…), volvimos a interesar del Ayuntamiento que nos remitiera las actuaciones municipales en las que se concretara el ejercicio de la potestad sancionadora.

A la vista de la respuesta recibida, en la que se ordenaba la inmediata suspensión de las obras y se incoaba procedimiento para el restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística para la adopción de las medidas de restablecimiento del orden jurídico perturbado, se deducía que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías