La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actividades en defensa y protección de los derechos de los menores

El Área de Menores del Defensor del Menor de Andalucía ha participado este martes, 31 de mayo, en una reunión con el Foro Profesional de la Infancia, donde han abordado las actividades que este organismo viene realizando en defensa y protección de los derechos de los niños y niñas y adolescentes.

    El Foro Profesional por la Infancia de Andalucía presenta este miércoles, 1 de junio, un documento sobre los efectos médicos y psicológicos que tiene la crisis de los refugiados en el bienestar de los niños.

    En la presentación se emitirá un vídeo, impulsado por la Asociación de la Prensa de Sevilla (APS), en el que participa la periodista Mabel Mata.

     

    Intervienen: Jesús Maeztu, Defensor del Menor de Andalucía.

    Ignacio Gómez de Terreros, presidente del Foro y de la Fundación Gota de Leche.

    Juan Gil Arrones, pediatra en el hospital de Valme y autor del documento.

     

      El Defensor del Pueblo Andaluz insta a mejorar la coordinación entre las administraciones para la atención sanitaria de las personas reclusas

      • El Defensor del Pueblo Andaluz cree necesario integrar la sanidad penitenciaria en los servicios autonómicos de salud, tal y como recoge la Ley 16/2003

       

       

      El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, junto con el consejero de Salud, Aquilino Alonso y el Presidente del Parlamento de Andalucía, Pablo Durán, han inaugurado este martes, 31 de mayo, la jornada “Las Unidades de Custodia Hospitalaria y la asistencia sanitaria especializada para personas internas en prisión”, organizada por el Defensor para debatir con los profesionales implicados, las necesidades asistenciales de este colectivo, que en Andalucía supone alrededor de 14.000 personas, el 30% de la población reclusa nacional.

      El Defensor del Pueblo Andaluz considera que es necesario integrar la sanidad penitenciaria en los servicios autonómicos de salud, tal y como recoge la Ley 16/2003, como mejor manera de garantizar una atención integral de estas personas enfermas que actualmente reciben la prestación de dos sistemas sanitarios: la sanidad penitenciaria y el SAS.

      Esta dualidad provoca unas deficiencias en el modelo organizativo para realizar esta asistencia médica que perjudica el derecho de la persona presa enferma a recibir la respuesta médica sin restricciones ni diferencias de trato. “Una persona enferma en prisión, es, ante todo, un paciente, no un recluso”.

      Por ello ha insistido también en la necesidad de mejorar la coordinación entre ambas administraciones y en la urgencia de firmar el convenio entre el SAS y el Estado, paralizado desde 2013, para regular la atención sanitaria especializada de la población reclusa en Andalucía.

      El Defensor ha pedido una organización cohesionada de estos servicios médicos y que se garantice a esta población reclusa una atención sanitaria equitativa.

      Las Unidades de Custodia Hospitalarias (UCH) son dependencias del SAS para acoger los ingresos de pacientes que provienen de centros penitenciarios. En estas instalaciones, que tienen un acceso restringido, se ofrece la asistencia médica que necesitan estos enfermos a la vez que se despliega unas medidas de seguridad y custodia hasta que son dados de alta y regresan a la prisión.

      Los problemas de salud mental que padece esta población, 8 veces más incidencia que la población común, o la alta presencia de la hepatitis que necesita programas especiales de atención, son algunas de las principales problemáticas que afectan a este colectivo y que aborda el Informe Especial del Defensor, así como otros asuntos de organización como la falta de conexión de los sistemas informáticos de las prisiones con el Servicio Andaluz de Salud que provoca que las historias clínicas o la gestión de consultas no cuenten con los sistemas adecuados.

       

        La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la Comarca de Los Pedroches (Córdoba) los días 7 y 8 de junio.

        La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la comarca de Los Pedroches (Córdoba) los próximos días 7 y 8 de junio para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

        El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, sunimistros de luz y agua, etc.

        La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta en horario de mañana, de 10 a 14 horas, y de tarde, de 16.30 a 19.30 horas, ambos días. El martes, 7 de junio, la oficina atenderá las quejas y consultas ciudadanas en el Ayuntamiento de Hinojosa del Duque, en Plaza de la Catedral, 1. El miércoles 8 se trasladará al Ayuntamiento de Pozoblanco, calle Cronista Sepulveda, 1.

        Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También se pude concertar la cita a través de nuestras principales redes sociales: facebook o twitter .

        La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

         

        El Parlamento aprueba por unanimidad la Ley de protección de los derechos de las personas consumidoras ante la contratación de hipotecas

        El consejero de Salud agradece en nombre del Gobierno andaluz el trabajo de los grupos parlamentarios y sus aportaciones para una norma que dará garantías y protección a la población y consolidará derechos
        
        Medio: 
        Consumo Responde
        Fecha: 
        Lun, 30/05/2016
        Temas: 
        Provincia: 
        ANDALUCÍA

        Demandamos coordinación a las Administraciones competentes para solucionar definitivamente el problema de los cortes de suministro eléctrico en la zona norte de Granada derivados de enganches ilegales para plantaciones de cannabis.

        Según conocemos, los barrios más afectados por los continuos cortes de suministro eléctrico serían principalmente Almanjáyar, Cartuja, La Paz y Rey Badis.

        Fecha: 
        Vie, 27/05/2016
        ¿Destaca sobre los demás destacados del canal?: 
        Si
        Temas: 
        Provincia: 
        Granada

        El Defensor del Pueblo Andaluz organiza este martes, 31 de mayo, una jornada sobre “Las Unidades de Custodia Hospitalaria y la asistencia sanitaria especializada para personas internas en prisión”, con objeto de debatir y dar a conocer el estudio que la Institución andaluza ha realizado acerca de las necesidades asistenciales de esta población reclusa en Andalucía, unas 14.000 personas.

         

        Las Unidades de Custodia Hospitalarias (UCH) son dependencias del SAS para acoger los ingresos de pacientes que provienen de centros penitenciarios. En estas instalaciones, que tienen un acceso restringido, se ofrece la asistencia médica que necesitan estos enfermos a la vez que se despliega unas medidas de seguridad y custodia hasta que son dados de alta y regresan a la prisión.

        El Defensor del Pueblo Andaluz considera que es necesario integrar la sanidad penitenciaria en los servicios autonómicos de salud como mejor manera de garantizar una atención integral de estas personas enfermas que actualmente deambulan entre dos sistemas sanitarios: la sanidad penitenciaria y el SAS.

         

        Esta dualidad provoca unas deficiencias en el modelo organizativo para realizar esta asistencia médica que perjudica el derecho de la persona presa enferma a recibir la respuesta médica sin restricciones ni diferencias de trato. “Una persona enferma en prisión, es, ante todo, un paciente, no un recluso”.

         

        Enlace al Programa de la Jornada

        Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/2152 dirigida a Consejería de Igualdad, y Políticas Sociales. Delegación Territorial en Sevilla

        RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

        La administración informa que en los días en que la menor permaneció ilocalizada su búsqueda se realizó por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, protagonizando también una búsqueda de forma privada los padres, auxiliados por una ONG, colaborando en ello medios de comunicación.

        Tras valorar las circunstancias del caso, el Ente Público decidió como medida más conveniente para el interés superior de la adolescente que esta siguiera con su familia y que se abordase el caso por el Equipo de Tratamiento Familiar, cuyo personal especializado les orientaría y formaría en estrategias para solventar el conflicto de relación con la menor.

        En cuanto a la revelación de la imagen y datos personales de la menor, toda vez que dicha situación se dio en el contexto de las acciones emprendidas por la propia familia para su localización, el Ente Público dejó en manos de la Fiscalía -que era conocedora de la situación- la oportunidad de ejercer acciones legales en protección de los derechos e interés superior de la menor.

        09-05-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

        Esta Institución ha tenido conocimiento por noticias publicadas en distintos medios de comunicación de la desaparición de una adolescente, de 17 años de edad, acogida en un centro de protección de menores de la provincia de Sevilla.En alguna de las crónicas periodísticas se cita el nombre y apellidos de la menor e incluso se ilustra la noticia con su fotografía. A continuación se relatan las circunstancias en que acontecieron los hechos, recalcando que la menor ingresó en el centro de protección de menores por voluntad propia tras una fuerte discusión en el seno de su familia. Al parecer la menor denunció que era maltratada por su familia y a continuación fue ingresada en el centro para proteger sus derechos e integridad, así como investigar lo sucedido para actuar en consecuencia.

        Según las crónicas periodísticas, la ausencia de la menor del centro se detectó unos días después. Tras la denuncia se activaron los protocolos policiales para su localización, teniendo mucha repercusión la noticia tras ser publicada por distintos medios de comunicación. El desenlace del incidente tuvo un resultado favorable ya que la menor compareció unos días después en casa de sus padres, por propia voluntad.

        Del relato de los hechos se destaca, por un lado la difusión sin ninguna cortapisa de la imagen fotográfica de la menor y de sus datos personales, ilustrando las crónicas periodísticas con un relato de hechos ocurridos en la intimidad familiar que pudieran afectar a su honor e intimidad personal. Por otro lado, las actuaciones que hubiera poder realizado el Ente Público de Protección de Menores tras el ingreso de la menor en el centro para investigar su denuncia y decidir las medidas convenientes en su protección.

        En virtud de lo expuesto, se ha decidido iniciar, de oficio, un expediente de queja para conocer las circunstancias que rodean al incidente protagonizado por la menor, así como las medidas que se pudieran haber adoptado para proteger la intimidad e imagen personal de la menor, y el resultado de las actuaciones realizadas en el expediente de protección incoado a resultas de su denuncia e ingreso en el centro de protección.

        22-12-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

        La administración informa que en los días en que la menor permaneció ilocalizada su búsqueda se realizó por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, protagonizando también una búsqueda de forma privada los padres, auxiliados por una ONG, colaborando en ello medios de comunicación.

        Tras valorar las circunstancias del caso, el Ente Público decidió como medida más conveniente para el interés superior de la adolescente que esta siguiera con su familia y que se abordase el caso por el Equipo de Tratamiento Familiar, cuyo personal especializado les orientaría y formaría en estrategias para solventar el conflicto de relación con la menor.

        En cuanto a la revelación de la imagen y datos personales de la menor, toda vez que dicha situación se dio en el contexto de las acciones emprendidas por la propia familia para su localización, el Ente Público dejó en manos de la Fiscalía -que era conocedora de la situación- la oportunidad de ejercer acciones legales en protección de los derechos e interés superior de la menor.

        Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en la queja 15/0798 dirigida a Consejería de Fomento y Vivienda, Gerencia Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en Granada, Ayuntamiento de Granada, Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Granada

        Demandamos coordinación a las Administraciones competentes para solucionar definitivamente el problema de los cortes de suministro en la zona norte de Granada derivados de enganches ilegales para plantaciones de cannabis.

        ANTECEDENTES

        I. Con fecha 11 de marzo de 2015 nos interesábamos ante Endesa, el Ayuntamiento de Granada y la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Granada por los hechos que recogía la prensa local relacionados los continuos cortes de luz que afectaban al barrio de La Paz, pues estarían mermando la atención de las necesidades básicas diarias de la población.

        Ya entonces pudimos conocer que los problemas de suministro de luz en la Zona Norte de Granada habrían sido objeto de una actuación conjunta de las Administraciones y entidades implicadas con objeto de atajar los cortes y garantizar la continuidad del suministro. Sin embargo, el plan de trabajo acordado no estaría resultando todo lo efectivo que fuera deseable a juzgar por la realidad de los hechos.

        Ante estas circunstancias solicitábamos concretamente información relativa a las medidas adoptadas tras el acuerdo institucional que se habría aprobado en diciembre de 2014 y cuáles serían necesarias para alcanzar una solución definitiva, así como las indemnizaciones que procedería asignar a las personas afectadas.

        1. De la respuesta ofrecida por la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo pudimos conocer que saltaban las protecciones por sobrecarga pese a la actividad desplegada para aumento de potencia en distribución. Ello se debería a la existencia de enganches ilegales y, de modo particular, los que sirven a plantaciones de cannabis en interior de edificaciones.

        Al respecto se habría acordado contactar con las fuerzas del orden para erradicar estas plantaciones y evitar al menos los enganches ilegales de las mismas. Sin embargo el problema sería que, en el momento que se eliminaba un enganche ilegal, a los pocos días o incluso en horas era restablecido.

        Mediante un nuevo escrito, de fecha 4 de mayo de 2015, contestábamos a dicha Administración que a nuestro modo de ver la solución a los enganches ilegales debería atajarse en un doble plano.

        En primer lugar, una actuación policial y judicial coordinada para incautarse las plantas de cannabis y para el desmantelamiento de las instalaciones.

        El otro aspecto que entendíamos debe ser objeto de atención es el de los enganches ilegales en viviendas, para el caso de que algunos de éstos pudieran deberse a una situación de “pobreza energética”, respecto de la que sería necesaria una intervención coordinada de la distribuidora y los Servicios Sociales.

        1. Con fecha 5 de junio de 2015 recibimos informe del Ayuntamiento de Granada manifestando haber participado en las reuniones mantenidas para atajar los cortes en calidad de responsable del mantenimiento del alumbrado público y de los edificios de titularidad municipal. Teniendo presente tanto la atención de las necesidades básicas de la población como el propio servicio público, habría instado la actuación de la Administración autonómica como garante de la calidad del servicio.

        Por otra parte, a la fecha de emisión del informe tendrían constancia de que la situación se habría normalizado, habiendo quedado garantizados el alumbrado público y el suministro municipal.

        Por los motivos expuestos acordábamos en ese momento concluir nuestras actuaciones ante el Ayuntamiento de Granada.

        1. Con fecha 16 de julio de 2015, la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo nos informaba que existía una imposibilidad técnica de controlar que los consumidores con contrato no se viesen afectados por los cortes.

        Al respecto indicaba que se incendian los trafos por exceso de potencia consumida o saltando las protecciones con el consiguiente corte, pese a que la potencia contratada representa un escaso porcentaje respecto de la instalada. Así, habría bloques sin contrato de suministro en ninguna vivienda y, sin embargo, por la acometida estaría circulando una potencia muy superior a la que debería tener si tuviera contratado el 100% de las viviendas.

        En muchas ocasiones los enganches ilegales se producirían en interiores de viviendas a las que no se tiene acceso, por lo que no se podía tener constancia exacta de su número. Respecto de los ubicados en plena calle, sobre los que actúa la distribuidora, tampoco existiría posibilidad de descubrir al infractor y por tanto actuar la Administración.

        En relación con los incumplimientos de calidad por parte de la distribuidora manifestaba la Delegación Territorial que no habían recibido reclamaciones o denuncias y que si se produjesen habrían de resolverse analizando la situación de los cortes producidos en el suministro concreto. En cualquier caso se ofrecían para formar parte de la comisión de mediación que pudiese crearse a fin de articular las reclamaciones de las personas afectadas.

        1. Encontrándonos a la espera de la información que pudiera proporcionar Endesa sobre las medidas adoptadas, tanto para solucionar el problema de los cortes como para satisfacer los derechos de los consumidores con contrato afectados, por noticias de prensa local del mes de noviembre de 2015 de nuevo supimos de cortes de suministro. Ello pese a que ya se habrían erradicado un 80% de las plantaciones de marihuana en las que en gran parte residiría el origen del problema.

        Ante estas circunstancias, con fecha 2 de diciembre de 2015, nuevamente nos dirigíamos tanto a Endesa como a las Administraciones competentes (Ayuntamiento; Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; Subdelegación del Gobierno en Granada) para solicitarles su colaboración en la necesaria adopción de medidas que garantizasen el adecuado suministro eléctrico en la zona.

        En el caso de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo se solicitó información sobre cualquier iniciativa que hubieran instado con objeto de garantizar la adecuada calidad del servicio y de indemnizar a los perjudicados, así como sobre cualquier otra novedad que pudiera producirse en este asunto. En parecidos términos nos dirigíamos a Endesa solicitando su colaboración.

        Al Ayuntamiento indicábamos que considerábamos sería el cauce más adecuado para satisfacer los derechos de las personas afectadas por los cortes, canalizando la demanda ciudadana con objeto de que se reparen los daños producidos. Asimismo que, a través de los Servicios Sociales, podría jugar un papel decisivo en la búsqueda de soluciones para la erradicación de muchos de los enganches ilegales.

        1. Con fecha 7 de enero de 2016 recibíamos información del Ayuntamiento de Granada relativa a la reunión mantenida nuevamente en noviembre de 2015 con objeto de impulsar los mayores esfuerzos que puedan realizarse en el ámbito de las competencias propias de cada institución para evitar los cortes de luz. En dicha reunión habría participado tanto el Ayuntamiento como la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda, el Juzgado Decano de Granada, así como representantes del Cuerpo Nacional de Policía y de Endesa.

        Señalaba que, si bien el Cuerpo Nacional de Policía vendría realizando numerosas actuaciones para atajar las plantaciones de estupefacientes, sería necesario el apoyo judicial para la entrada y registro, la intervención de la Junta de Andalucía en viviendas de su titularidad y el celo de Endesa reponiendo de inmediato los elementos y transformadores que se averían.

        Por su parte el Ayuntamiento se comprometía a impulsar cuantos medios fuesen precisos para lograr un suministro constante a todos los vecinos de la ciudad y en ello vendría poniendo su empeño.

        1. Por noticias de prensa también hemos conocido que el pasado mes de febrero la distribuidora Endesa llevó a cabo actuaciones, con protección policial, para desconectar unas 150 acometidas fraudulentas que suministraban a plantaciones de marihuana y que eran el origen principal de las interrupciones de suministro eléctrico.

        No obstante, según las propias noticias consultadas, muchos de los enganches volvían a ser conectados de forma fraudulenta sobre la marcha por lo que en determinados puntos el problema persistiría.

        Por otra parte dichas actuaciones no habrían alcanzado al total de cultivos ilegales, existiendo cálculos de que podrían ser unas mil las plantaciones en la zona.

        1. Con fecha 23 de marzo de 2016 hemos recibido información de Endesa reconociendo que lamentablemente la calidad del suministro no es la deseada, debido a los numerosos enganches ilegales existentes en la zona.

        Se nos comunican las diversas actuaciones llevadas a cabo para solucionar la incidencia con objeto de reforzar los conductores, ampliar los trafos y otras medidas para ofrecer una buena calidad en el suministro. Al respecto se hace referencia a las reuniones mantenidas con Ayuntamiento, Asociaciones de Vecinos y Administraciones competentes en materia de consumo y energía.

        El informe también se refiere a la normativa que regula los descuentos a aplicar en la facturación de clientes por incumplimiento de los valores fijados para la continuidad del suministro, teniendo la distribuidora obligación de analizar las incidencias registradas en su zona geográfica durante la anualidad anterior

        En base a los referidos antecedentes, conviene realizar a las Administraciones actuantes las siguientes

        CONSIDERACIONES

        Primera.- De los derechos que se encuentran afectados.

        Según conocemos, los barios más afectados por los continuos cortes de suministro eléctrico serían principalmente Almanjáyar, Cartuja, La Paz y Rey Badis.

        Las personas que residen en estas barriadas se encuentran ya de por sí en situación de riesgo de exclusión social, por la especial incidencia que tiene el desempleo en esta zona de Granada.

        Esta situación se acentúa aún más si no puede quedar garantizado adecuadamente el suministro de luz en sus viviendas, generándose en la población cierta sensación de abandono por parte de los poderes públicos que deberían actuar en su defensa.

        Consideramos que se encuentra afectado el derecho a la protección de las personas consumidoras que garantiza el artículo 27 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAA) y que el artículo 51 de la Constitución española (CE) define como uno de los principios que deben regir la actuación de las Administraciones públicas.

        Por otra parte, el disfrute de suministros básicos en la vivienda como agua, luz y gas puede considerarse inherente al derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (art. 47 CE) o al derecho a la protección de la salud (art. 43 CE), encuadrados en la categoría de principios rectores de la política social y económica.

        Especialmente se encuentran implicados los derechos de menores de edad y de las personas mayores, cuya protección y atención integral se atribuye a los poderes públicos de Andalucía (arts. 18 y 19 EAA)

        Además, entre los objetivos básicos cuyo desarrollo encomienda nuestra norma estatutaria a la Comunidad Autónoma se cita «La cohesión social, mediante un eficaz sistema de bienestar público, con especial atención a los colectivos y zonas más desfavorecidos social y económicamente, para facilitar su integración plena en la sociedad andaluza, propiciando así la superación de la exclusión social». A tal fin insta a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía a adoptar las medidas adecuadas, entre otras, la eficacia y eficiencia de las actuaciones administrativas (art. 10.3.14º y 10.4 EAA).

        Igualmente consideramos que los hechos descritos revelan una merma a la prestación de servicios públicos de calidad, establecido en el artículo 37 de nuestro Estatuto de Autonomía como uno de los principios que han de regir la actuación de los poderes públicos de Andalucía.

        A este respecto valoramos que la falta de medidas efectivas ante los cortes de suministro por parte de las distintas Administraciones públicas competentes supone una dejación de las funciones que le han sido encomendadas. Recordemos que el suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia (Exposición de motivos de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico). Aunque progresivamente se ha reducido la intervención pública en la gestión del sistema, se mantienen obligaciones de seguridad y calidad del suministro así como de protección al consumidor por cuyo cumplimiento deben velar las Administraciones.

        De acuerdo con el artículo 79.10 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en relación con el contrato de suministro a tarifa y de acceso a redes se establece que todo consumidor tiene el derecho a recibir el suministro en las condiciones mínimas de calidad que se establecen en el propio Reglamento.

        Segunda.- De las obligaciones administrativas para ofrecer una respuesta definitiva a los cortes de suministro.

        El abordaje de esta compleja situación requiere una intervención coordinada de las distintas Administraciones competentes: estatal, en aquellas cuestiones que afectan a la seguridad y al orden público; autonómica, en cuanto que es la que tiene las competencias exclusivas en materia del derecho a la vivienda; y local, con competencias en materia social, dadas las situaciones de vulnerabilidad y de verdadera exclusión social que se aprecian en los barrios afectados.

        Ante la necesidad de dar una respuesta coordinada para atender la situación de las personas afectadas es por lo que esta Institución ha considerado necesario dirigirse a las Administraciones competentes y solicitar su intervención eficaz.

        Del mismo modo, hemos creído conveniente solicitar la colaboración de Endesa para facilitar las tareas necesarias en orden a la normalización del suministro eléctrico en la zona.

        Sin perjuicio de todo ello, esta Institución también ha trasladado la situación a la Fiscalía Superior de Andalucía a fin de someter a su consideración la posibilidad de iniciar una investigación sobre los delitos que se estarían cometiendo y, fundamentalmente, para facilitar la identificación de las personas responsables y su debida imputación.

        Por lo que hace a la utilización de viviendas de promoción pública para el cultivo de plantaciones de marihuana, entendemos necesario el control de oficio por la Administración de la ocupación y uso de las viviendas protegidas.

        En el caso de viviendas propiedad de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, corresponde a este organismo proceder a la investigación y comprobación de los hechos -denunciados tanto por los ciudadanos como por el propio Ayuntamiento- para con posterioridad llevar a cabo las actuaciones legales que procedan encaminadas a que las viviendas en cuestión cumplan con el fin público que justificó su construcción .

        Por otra parte apreciamos que la situación actual pudiera haberse derivado de una dejación de las funciones de conservación y mantenimiento de zonas comunes de las promociones correspondientes, pues en caso contrario no se entiende que no se haya detectado y actuado ante el uso ilegal de las viviendas.

        Del mismo modo, para las promociones de vivienda en régimen de compraventa, su naturaleza jurídica exigiría que, de oficio, se realizara un plan de inspección para comprobar que se destinan a domicilio habitual y permanente de sus legítimos adjudicatarios a fin de que estas viviendas sirvan a los fines para los que fueron promovidas.

        En caso contrario, resulta procedente instar la recuperación de las viviendas que estén ocupadas sin título suficiente y los procedimientos sancionadores oportunos.

        Muchos de los enganches ilegales también podrían deberse a situaciones de “pobreza energética”, de modo que familias sin recursos optan por la defraudación del fluido para atender sus necesidades básicas.

        Ante estas situaciones puntuales entendemos que el Ayuntamiento de Granada, a través de los Servicios Sociales, podría jugar un papel decisivo en la búsqueda de soluciones que permitan la regularización del suministro junto con la atención global de las necesidades familiares.

        Finalmente entendemos debe corresponder a la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la garantía de la adecuada calidad de suministro, supervisando la correcta valoración de los niveles de calidad individual y, en su caso, de los descuentos que reconozca la distribuidora por su incumplimiento

        Asimismo consideramos oportuno que, de oficio, articule un expediente para reconocer las indemnizaciones que resulten oportunas por los daños ocasionados a consecuencia de los cortes.

        A este respecto creemos oportuno reiterar la oportunidad de arbitrar alguna medida compensatoria en favor de los usuarios con contrato perjudicados por los cortes de suministro, independientemente de que hayan formulado reclamación o no.

        Al efecto también hemos señalado que el Ayuntamiento de Granada podría erigirse en cauce adecuado para canalizar la demanda ciudadana en relación con los perjuicios ocasionados por los cortes.

        A la vista de todo ello y de conformidad con lo establecido en el apartado primero del artículo 29 de la Ley 9/1983, del Defensor del Pueblo Andaluz, se le formula la siguiente 

        RESOLUCIÓN

        RECOMENDACIÓN dirigida a las Administraciones competentes para que de forma efectiva pongan en marcha, de forma coordinada y en su respectivo ámbito de competencias, las medidas que sean necesarias para solucionar definitivamente el problema de los cortes de suministro en la zona norte de Granada.

        Ver asunto solucionado o en vías de solución

        Jesús Maeztu Gregorio de Tejada Defensor del Pueblo Andaluz

        Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/2554 dirigida a Consejería de Justicia e Interior

        RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

        Conocemos las actuaciones para la mejora de las condiciones bienestar animal en la romería de El Rocío.

        06-06-2017APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

        El Defensor del Pueblo Andaluz inicia una actuación de oficio para conocer las medidas que haya adoptado la Junta de Andalucía para evitar el maltrato de animales durante la romería de El Rocío.

        El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, las declaraciones del Director del Plan Romero, en un programa de Canal Sur Radio sobre situaciones de abuso que se dan en el trato a algunos caballos en la Romería de El Rocío, tanto durante la peregrinación a ésta como ya en la aldea misma.

        En concreto, el Director del Plan Romero se ha mostrado muy crítico contra aquellos jinetes que “abusan” de los caballos, dándose la circunstancia de que en la pasada Romería de 2016 han muerto cinco y, en los últimos siete años, más de 100. En estas declaraciones se han vertido frases tales como “es una vergüenza que haya gente que no dé descanso a los caballos”, exponiendo como ejemplo de ese trato abusivo no quitarles la silla a los caballos en las paradas de descanso después de largas travesías.

        En alguno de los medios de comunicación se ha recordado que ya el pasado año 2015 el Partido Animalista (PACMA) exigió a la Junta de Andalucía que investigara posibles responsabilidades por los caballos muertos durante la Romería de El Rocío, aportando para ello diversas pruebas gráficas de esfuerzo, agotamiento y muerte de los animales.

        En el fondo de este asunto trasluce la necesidad de redoblar los esfuerzos para tratar de que se cumpla la Ley 11/2003, de Protección de los Animales de Andalucía, aunque sin embargo, pese a que todos los años se repite el asunto, parece que no se implantan medidas específicas para garantizar unos estándares mínimos de bienestar y protección animal con los que evitar situaciones de abuso, maltrato e incluso muerte. Conviene recordar que la Exposición de Motivos de la citada Ley establece con solemnidad que “En las últimas décadas ha proliferado, en las sociedades más civilizadas, un sentimiento sin precedentes de protección, respeto y defensa de la naturaleza en general y de los animales en particular, convirtiéndose en un asunto de índole cultural que importa al conjunto de la ciudadanía”.

        Según hemos podido comprobar, son muchas las noticias que, de este y de otros años atrás, con una simple búsqueda en internet aparecen de situaciones de posible maltrato y abuso animal relacionados con la Romería de El Rocío. Aunque evidentemente se trata de excepciones de entre los muchos peregrinos y asistentes a esta Romería, evidencia que el problema existe.

        De acuerdo con ello y aunque, insistimos, estamos convencidos de que se trata de comportamientos excepcionales que no tienen nada que ver con las que habitualmente se mantienen por parte de quienes participan en esta Romería de gran tradición en Andalucía, creemos muy necesario que a la vista de tales hechos se estudie la aplicación de medidas preventivas concretas para intentar evitarlos, contemplando asimismo medidas sancionadoras cuando con tal motivo se incurra en alguna de las infracciones tipificadas en la normativa de protección y bienestar animal.

        A la vista de estos hechos, hemos iniciado esta actuación de oficio en la que nos hemos dirigido a la Consejería de Justicia e Interior, competente en materia de protección de animales, para que nos informe si se ha valorado adoptar alguna medida, ya sea dentro del Plan Romero, ya sea a través de cualquier otra vía, para tratar de controlar el trato dado a los caballos que se utilizan para este evento de gran trascendencia social, con objeto de procurar que no se vulnere la normativa andaluza de protección de animales.

        03-01-2018 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

        El Defensor del Pueblo Andaluz conoce, de las tres Consejerías a las que se dirigió, las actuaciones que vienen realizando para la mejora de las condiciones bienestar animal en la Romería de El Rocío.

        Durante la tramitación de esta actuación de oficio conocimos lo siguiente de las Consejerías a las que nos dirigimos:

        a) Consejería de Justicia e Interior.

        Consideró que no era la competente pues los equinos no son animales de compañía sino de renta y por ello no son competencia de esa Consejería, sino de la de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. En todo caso, nos daba cuenta del Plan Romero, dispositivo desarrollado en ejecución del Plan Territorial de Emergencias de Andalucía, pero indicando que las medidas específicas sobre el control y sanción de animales de renta correspondían a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural “cuyas propuestas serán tenidas en cuenta en las actuaciones desarrolladas en el marco del Plan Romero”.

        b) Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

        Esta Consejería también nos manifestó que, por la materia, la competencia correspondía a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

        c) Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

        De los dos informes que recibimos de la misma extrajimos las siguientes conclusiones, que motivaron que consideráramos que no eran precisas nuevas actuaciones, procediendo al archivo de esta actuación de oficio:

        1.- Que el servicio oficial veterinario de la Delegación de Huelva trabaja, durante el desarrollo de la Romería, en servicio de 24 horas ininterrumpidas.

        2.- Que durante el periodo 2007-2016 se han producido un total de 164 fallecimientos de equinos, apreciándose en términos generales una tendencia descendente conforme avanzan los años.

        3.- Que teniendo en cuenta el número aproximado de equinos que podrían acudir a la romería de El Rocío, la tasa de mortalidad sería de un 0,1%.

        4.- Que respecto de los motivos de fallecimiento, en ningún caso se observaron signos visibles de maltrato animal, siendo las causas más frecuentes procesos digestivos y cardiovasculares derivados de los cambios de rutina alimentaria y probablemente de pasar de un estado de reposo prolongado durante el año a realizar una actividad física prolongada durante la romería, y en menor medida con motivo en coces o accidentes.

        5.- Que la mayoría de los fallecimientos tuvieron lugar en la aldea de El Rocío en establos con agua y comida, lo que apoya la idea del cambio de rutina alimentaria como causa probable de muchas muertes.

        6.- Que, a pesar de todo, se es consciente de que las anamnesis realizadas a los equinos fallecidos no descartarían en un 100% la ausencia de algún caso de fallecimiento por falta de aporte hídrico, fundamentalmente, “un detalle que debemos tener en cuenta y asumir”.

        7.- Que se han realizado campañas de concienciación e información a propietarios de animales y que durante el desarrollo de la Romería las autoridades (policías nacional y local, veterinarios oficiales de la Consejería, SEPRONA y dispositivos de emergencia) tienen instrucciones de denunciar cualquier indicio de maltrato animal, habiéndose producido 8 levantamientos de actas derivadas de 8 denuncias por maltrato.

        8.- Que se producen lo que se podría denominar “hechos de baja intensidad contra el bienestar animal”, entendiendo por tales aquellas pequeñas rozaduras, heridas o erosiones provocadas por las monturas y enganches no correctamente colocados o por el uso de aparejos del equino, sin causar un sufrimiento evidente ni poniendo en peligro su salud, que dan lugar a apercibimientos y recomendaciones por parte del servicio veterinario oficial. En este informe de la Jefatura de Servicio se indicaba la siguiente conclusión: “Como conclusión, entendemos que hay mucho trabajo por hacer centrándose fundamentalmente en equinos alquilados, prestados o cedidos durante la Romería, pues suelen a veces estar en manos de personas no familiarizadas con los cuidados del caballo y a veces sin conciencia en cuanto al sufrimiento animal. Consideramos que son casos a evitar en lo posible en un futuro, mediante una regulación del alquiler o cesión temporal de animales”.

        En Andalucía son muchas las festividades, eventos o romerías en los que se utilizan caballos, animal que en este caso nos ocupa y que por su singularidad, tamaño y características, precisa de una especial atención, cuidado y conocimientos previos. Aunque pueda parecer banal, está claro que no es lo mismo sacar a pasear un perro que manejar un caballo durante varios días. De ahí que, como bien se apunta en el informe que hemos recibido, sea una de las soluciones dictar una regulación del alquiler temporal o cesión de animales, si bien entendemos que dicha regulación se centraría en los aspectos de bienestar animal y otros de competencia autonómica.

        En relación con esa posible vía de solución para mejorar la situación de equinos cedidos o alquilados, preguntamos si desde la Delegación Territorial en Huelva se ha llegado a proponer alguna regulación legal, desde la vía de la protección y bienestar animal, de la cesión temporal o cesión de animales, especialmente en el caso de animales como caballos, en los que parece que hay más situaciones de este tipo. Se nos respondió, no obstante, que esa posible solución era una apreciación personal del Jefe del Servicio y que es aplicable la Orden de 29 de abril de 2015 que regula la responsabilidad por el trato que se da a estos animales.

        Con ello consideramos procedente archivar esta actuación de oficio pero insistimos a esta Consejería en la necesidad de reforzar todos los medios personales de vigilancia y comprobación a fin de que, de forma coordinada a través del Plan Romero, y con la colaboración de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y otras que sean competentes, se garantice en la medida de lo posible -teniendo en cuenta el número de animales que pueden congregarse en esta Romería- el cumplimiento de la normativa de protección animal. A tal efecto, recordamos a la Consejería que existe una preocupación creciente por estas cuestiones y la concienciación social es cada vez mayor en estos asuntos, por lo que no podemos dejar de reflejar esta situación en nuestras actuaciones.

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