INFORME ANUAL 2012
QUEJAS REMITIDAS Y NO ADMITIDAS
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adjuntara fotocopia de su reclamación al Ayuntamiento de San Roque, nos expuso que, por
el momento, no lo había hecho y nos señalaba que desistía de la tramitación de la queja.
El interesado de la
queja 12/4053
, Presidente de una Comunidad de
Propietarios en Almería, nos manifestaba que hacía unos 5 años solicitó unas ayudas a la
Junta de Andalucía para renovación del aparato elevador (ascensor), cambio de ubicación y
acondicionamiento a normativa actual de los contadores de energía eléctrica y arreglo de
humedades. La ayuda se concedió, pagando la comunidad el 25% del total del presupuesto
y la Junta de Andalucía el 75% restante. Los vecinos desde hacía 3 años tenían en una
cuenta finalista (exigida por la ayudas) la parte suya alrededor de unos 14.000 euros. Al
cabo de los 5 años de solicitar la ayuda la Junta a través de EPSA (Empresa Pública del
Suelo de Andalucía), les da la orden de empezar la reforma. Esta orden se dio a través de
un acta de inicio de obra la cual fue firmada por el presidente de la comunidad, la empresa
que realiza la obra, el arquitecto que realiza el proyecto de la reforma y un aparejador de
EPSA.
Nos exponía que la Junta de Andalucía no había ingresado su parte (75% del
presupuesto) y, por tanto, no se había podido hacer frente al pago del aparato elevador
(ascensor) a la empresa que se había encargado de su cambio; por lo tanto, la empresa no
había dado de alta el ascensor en industria y así este estaba colocado y en perfecto estado
de funcionamiento, pero la empresa decía que hasta que no cobrara por lo menos la mitad
no lo ponía en funcionamiento. Dentro del edificio, en la cuarta planta vivía una persona
viuda, con 80 años, con un solo ojo y con serias dificultades de movilidad. En la tercera
planta vivía un hombre también de 80 años y diagnosticado con la enfermedad de
Alzheimer. Esta persona no podía ir diariamente a su terapia pues no podía ni subir ni bajar
las escaleras y, por último, en la planta segunda había una mujer embarazada de 5 meses.
El interesado al que habíamos formulado ampliación de datos nos respondió que
la Empresa Pública de Suelo de Andalucía había abonado uno de los dos pagos de la
subvención concedida para la instalación de un ascensor en su bloque, por lo que la
empresa instaladora había accedido a ponerlo en marcha, motivo por el cual nos solicitaba
que paralizáramos nuestra intervención en el presente expediente de queja.
Algunos de los expedientes de quejas en
materia de Educación
no pudieron
ser admitidos a trámite conforme a las previsiones contenidas en nuestra Ley reguladora
por cuanto las personas interesadas confirmaron, transcurridos escasos días desde la
presentación del escrito y, por tanto, del inicio de las actuaciones ante los órganos
administrativos competentes, que desistían de su pretensión porque el problema se había
resuelto satisfactoriamente
La temática suscitada en estos casos ha sido realmente variada: Asuntos
relacionados con los procesos de escolarización del alumnado en centros docentes
sostenidos con fondos públicos (
quejas 12/2613, queja 12/4771 y queja12/5376
),
cuestiones relativas a planificación escolar (
quejas 12/5066 y queja 12/5068
), o problemas
de convivencia escolar (
queja 12/2788 y queja 12/3063
).
En
materia de universidades
han sido varias las quejas que no han sido
admitidas a trámite como consecuencia del desistimiento manifestado por la parte afectada
antes de iniciar nuestra actuación. Dentro de éstas podemos destacar la
queja 12/3623
en