La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Atención y participación ciudadana

  • Sugerimos la ampliación automática de la renta mínima mientras dure el estado de alarma

  • Priorizar las solicitudes de urgencia social y familiias con menores

  • Pedimos medios para los profesionales para la gestión desde el domicilio

     

El Defensor del Pueblo Andaluz ha pedido al Gobierno andaluz la adopción de medidas destinadas a proteger a las personas en situación o riesgo de exclusión social más vulnerables.

La profunda brecha que la crisis sanitaria abre en nuestro país está golpeando con más virulencia a las personas en situación de exclusión social por lo que deben ser especialmente contempladas como destinatarias de medidas que mitiguen este impacto. Ello genera la obligación en los responsables públicos de adoptar medidas extraordinarias, aplicando criterios de justicia social.

En concreto, Jesús Maeztu ha abierto una queja de oficio, dirigida a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para que eleve al Consejo de Gobierno de Andalucía la necesidad urgente de adoptar la ampliación automática de la renta mínima, durante el tiempo de duración del estado de alarma, y priorizar los expedientes de urgencia social y familias con menores.

Además, el Defensor andaluz también ha recomendado a la Consejería competente que ponga todos los medios para que, respetando sus servicios mínimos, los empleados públicos que desempeñan sus funciones en el ámbito de la renta mínima, puedan contar con los instrumentos técnicos para realizar la gestión desde su domicilio, incluyendo las medidas para que puedan acceder al expediente administrativo.

El Defensor del Pueblo Andaluz considera que en los casos de solicitudes de ampliación de la renta mínima (RMISA) es previsible que los peticionarios cuenten con los requisitos que desembocarán en la estimación de la ampliación, y que, por ende, de poder continuar con la tramitación ordinaria, terminarían en una resolución estimatoria de la ampliación.

Además, se trata de una medida cuya viabilidad y conveniencia ya ha sido considerada en otras Comunidades, como la de Extremadura, donde fue adoptada por Acuerdo del Consejo de Gobierno muy reciente, del 18 de marzo.

Para los expedientes de urgencia social, el Defensor estima que para la aprobación de la solicitud habría de bastar con la constancia en el expediente del informe social pertinente y del denominado anexo V (solicitud de los servicios sociales comunitarios para la tramitación de la renta mínima por el procedimiento de urgencia o emergencia).

Y en las solicitudes de unidades familiares con personas menores a su cargo, para el Defensor del Pueblo Andaluz es una medida justificada por la obligación de luchar contra la pobreza infantil, con situaciones en estos momentos de menores que no pueden acceder a una alimentación sana y suficiente en los comedores escolares por el cierre de los centros docentes.

A juicio de esta Defensoria, las medidas extraordinarias por el COVID-19 para los colectivos más vulnerables no han reparado con suficiencia en las personas que ya se encontraban en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y tenían en curso expedientes de rentas mínimas en todo el territorio nacional, aguardando su resolución, desde hacía tiempo, para poder contar con un ingreso mínimo que les permitiera cubrir sus necesidades vitales más básicas.

El Defensor del Pueblo Andaluz es consciente de que en el actual contexto de emergencia sanitaria y de confinamiento de la población pierden validez los parámetros de tiempos ordinarios pero considera importante recordar que precisamente los defectos procedimientales que venía arrastrando la gestión de la RMIISA, con demoras de una media de 1 año en la resolución de solicitudes, colocan a estas personas, ya en situación de vulnerabilidad, en una situación aún de mayor de necesidad.

Esta situación se traduce en que numerosas personas solicitantes en situación o riesgo de exclusión social se enfrentan desde el pasado 16 de marzo a una incertidumbre adicional, la de las consecuencias de la ralentización del funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, en situación de servicios mínimos o esenciales, que parece alejar aún más el horizonte de acceder a la estimación de su derecho subjetivo; y la de la imposibilidad de la búsqueda activa de empleo o incluso del desempeño de alguna actividad remunerada esporádica.

La Administración de la Junta de Andalucía ha arbitrado sus servicios esenciales y establecido para los empleados públicos (como se ha previsto para todos los trabajadores que puedan desempeñar de esta forma su desempeño profesional), la modalidad de teletrabajo. Pero en el caso de la renta mínima de inserción social en Andalucía, la posibilidad de continuar con la gestión de expedientes en esta forma es más dificil y complejo, debido a que la mayoría de ellos se encuentran en formato papel (no digitalizados documentalmente), no siendo posible que los gestores puedan sacarlos de dependencias administrativas para continuar su tramitación desde sus casas.

Para el Defensor del Pueblo Andaluz esta coyuntura debe ser resuelta con la mayor celeridad para permitir la tramitación de los expedientes o, al menos, la de aquellos que se encuentren en un trámite que permita su continuación o canalización, a pesar de la suspensión de plazos administrativos que, en todo caso, es una medida adoptada en beneficio de las personas administradas, para no perjudicar derechos.

Así, desde que se declarara el estado de alarma, han sido muy numerosas las personas que han acudido al Defensor del Pueblo Andaluz para manifestar su temor y su desolación, ya a través de las redes sociales, de las consultas a la Oficina de Información o mediante la informatización de su queja vía telemática. En todas las comunicaciones hay una nota común: la pregunta de qué va a ser de ellos y de su incertidumbre de contar con un ingreso o de acceder a un empleo.

 

También lo pide:

https://www.expansion.com/economia/2020/03/22/5e77ebce468aebfa788b45da.html

https://blogs.publico.es/dominiopublico/31374/ante-la-pandemia-del-coron...

En una situación tan excepcional como la que vivimos, el Defensor del Pueblo Andaluz considera necesarias las medidas urgentes extraordinarias aprobadas por el Gobierno de la Nación para hacer frente al impacto económico y social del covid-19 y estará atento a cómo se van a aplicar algunas de las medidas sociales y económicas ante nuestra preocupación por las dificultades que puedan derivarse del confinamiento, el acceso a recursos telemáticos de las familias para acreditar su situación, y de las pequeñas y medianas empresas, etc y también conscientes de las limitaciones propias de las administraciones ante esta crisis de salud pública que nos afecta a todos.
 
Como Institución del  Defensor del Pueblo Andaluz estamos trabajando para atender las consultas o tramitar las quejas que puedan derivarse de la implementación de estas medidas, en un compromiso de ayudar a la ciudadanía a que pueda hacer efectivos los derechos que se pretenden con este paquete de medidas.
 
Es necesario un ejercicio de generosidad y responsabilidad de todos, por encima de individualismos. Pero también de rigor y responsabilidad de las administraciones públicas con los colectivos de riesgo, -mayores que viven solos, personas dependientes, sintecho, etc-, siendo conscientes de la necesidad de priorizar a quiénes son más vulnerables.

 

Nuestra atención a la ciudadanía

Son muchos los asuntos que nos preocupan a todos y nos generan dudas ante esta grave crisis sanitaria y las consecuencias que está provocando. Por eso, desde aquí ponemos a la disposición de la ciudadanía todos nuestros recursos para que nos puedan hacer llegar sus consultas y sus quejas , que intentaremos responder lo antes posible y con el mayor rigor, garantizando la protección de los derechos de la ciudadanía.

Sabéis que no es posible la atención presencial, para evitar la propagación del virus y proteger la salud de todos, pero podéis acudir al Defensor por teléfono (954 21 21 21), por correo electrónico (defensor@defensordelpuebloandaluz.es), a través de nuestras redes sociales (facebook.com/DefensordelPuebloAndaluz y twitter.com/DefensorAndaluz) y de la web (www.defensordelpuebloandaluz.es). Asímismo os recordamos la dirección de nuestra sede electrónica.También hemos puesto en funcionamiento un buzón de voz que funciona de 15 horas a 8 de la mañana siguiente con la intención de ir respondiendo a los distintos mensajes que nos hagáis llegar.

Tenemos a disposición de los ciudadanos los servicios de telefono de 8:30 a 15:00 horas y buzon de voz desde las 15:00 horas a las 8:30 de la mañana del día siguiente. Se devuelven las llamadas a la mayor brevedad.

A lo largo de esta semana se han contestado 310 consultas. Entre otros temas nos han trasladado la falta de abono de las prestaciones de Renta Minima, prestaciones no contributivas y ayuda al alquiler, y la falta de ingresos de familias con menores y personas en situación de vulnerabilidad. También el tema de la preocupación de las personas situación en la que se encuentran las personas sin hogar. La falta de posibilidad de comunicación de los interesados con las administraciones; también la dificultad para recoger los partes de confirmación de personas que se encuentran infectados por el coronavirus.

Todos los trabajadores de nuestras Institución tienen habilitado el sistema de teletrabajo de manera que seguimos, tanto desde el servicio de información como en la gestión ordinaria de las quejas trabajando por la ciudadania y sus derechos.

  1. Llamamiento para un especial cuidado de todas las personas y colectivos que se encuentran en situación de vulnerabilidad
  2. Apelamos a las Administraciones a que implementen medidas urgentes y extraordinarias para garantizar  recursos básicos de alojamiento y alimentos a los colectivo de riesgo
  3. Estaremos atentos a las posibles consecuencias económicas que puedan derivarse de todo el proceso de contención del virus
  4. Reordenación del trabajo en el dPA ante las indicaciones de las autoridades sanitarias

 

El Defensor del Pueblo Andaluz ha acordado en la mañana de hoy un plan de medidas excepcionales y transitorias a adoptar tras la declaración del estado de alarma por el brote del COVID-19 que permitan garantizar su labor de defensa y protección de los derechos de la ciudadanía, a la vez que minimice al máximo el riesgo de contagio. 

Así las medidas que ha acordado son las siguientes:

  • Se suspende la atención presencial en su sede y la agenda de citas particulares y a colectivos, así como los desplazamientos, reuniones, etcétera

  • En paralelo, se refuerzan las demás vías de atención a la ciudadanía. Esto es, vía telefónica (954 21 21 21), web (www.defensordelpuebloandaluz.es ), correo electrónico (defensor@defensordelpuebloandaluz.es), sede electrónica y las redes sociales (facebook.com/DefensordelPuebloAndaluz y twitter.com/DefensorAndaluz)

  • Se establece la modalidad no presencial para la prestación del trabajo, que se realizará a través de la modalidad del teletrabajo, garantizando la calidad y prestación del servicio

  • Se habilita un servicio mínimo en la sede del Defensor en horario de mañana para las situaciones urgentes que puedan producirse.

Estas medidas se adoptan en virtud de las normas aprobadas por el Gobierno de la Nación (Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19) y la Junta de Andalucía (Orden del Consejero de Presidencia, Administración Pública e Interior, de 15 de marzo de 2020, por la que se determinan los servicios esenciales de la Administración de la Junta de Andalucía con motivo de las medidas excepcionales adoptadas para contener el COVID-19 y Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus COVID-19). 

Como Defensor del Pueblo Andaluz hacemos un llamamiento a la calma y la responsabilidad de cada uno para el cumplimiento íntegro de estas normas y medidas, y para la protección y el cuidado para la contención y no propagación del virus a nuestras familias, amigos y vecinos en general, con un especial cuidado para todas las personas y colectivos que se encuentran en una situación de riesgo y vulnerabilidad.

Estaremos atentos a las posibles consecuencias económicas que puedan derivarse de todo el proceso de contención del virus. Situaciones especiales relativas al pago de los alquileres, conservación del empleo, prestaciones sociales, aplazamientos de impuestos, liquidez de las pequeñas y medianas empresas, así como la necesidad de impulsar la negociación colectiva y las ayudas necesarias para las familias en situación de mayor necesidad, entre otras cuestiones. 

En este sentido, desde el Defensor del Pueblo Andaluz apelamos a las Administraciones públicas a que implementen medidas urgentes y extraordinarias encaminadas a garantizar los recursos básicos de alojamiento y suministro de alimentos a los colectivos más vulnerables mientras dure el estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación. Es una responsabilidad que debe ser compartida para garantizar la prevención y salud de todos los andaluces.

Finalmente queremos sumarnos a todas las muestras de solidaridad que se están poniendo en marcha a través de las redes sociales y medios de comunicación de agradecimiento a todos los profesionales que están trabajando en primera línea por toda la ciudadanía.

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