La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 14/3301

La Administración informa que el menor ya cuenta con los recursos necesarios para una adecuada atención en el centro en el que actualmente se encuentra matriculado. La dotación económica proporcionada al centro en virtud del concierto suscrito con la Consejería de Educación, Cultura y Deporte supone que debe ser invertida parte de la misma para atender al alumnado con necesidades educativas especiales.

Desde el propio centro educativo se ha procedido a formalizar la contratación de un especialista en audición y lenguaje, por lo que ha quedado satisfecha la demanda planteada por los progenitores del menor en cuestión.

La persona afectada nos exponía que su hijo, alumno de 1º de Educación Infantil escolarizado en un colegio concertado de Sevilla, presenta necesidades educativas especiales. El alumno precisa atención especializada en lenguaje y comunicación y atención especializada del Aula de apoyo a la integración (profesora de pedagogía terapéutica).

Como el colegio donde se encontraba escolarizado no dispone de los recursos prescritos por el Equipo de Orientación Educativa, solicitaron, mediante procedimiento extraordinario de admisión, un cambio a otro colegio que dispusiera de los recursos señalados por el mencionado Equipo, sin que se diera respuesta expresa a esta petición.

Añadían que las razones que les llevaron a demandar plaza solamente en un colegio es porque otros centros de la zona, han ampliado su ratio hasta 27 alumnos durante el pasado curso escolar, dándose la circunstancia que el colegio para el que demandan plaza la ratio se encuentra en 25 alumnos, pudiéndose permitir, por tanto, el incremento de ratio que permitiría el ingreso del menor y proporcionarle los recursos para su adecuada estimulación precoz.

Los padres del alumno añaden que, como quiera que no recibieron respuesta expresa a su solicitud de escolarización extemporánea, el pasado 30 de marzo presentaron solicitud de admisión por el procedimiento ordinario para el curso escolar 2014-2015 en el colegio deseado, no habiendo sido admitido, razón por la cual presentaron recurso de alzada contra la lista de admitidos, sin que se le diera respuesta expresa al mismo.

Así nos dirigimos a la citada Administración.


Queja número 14/5987

El Defensor del Pueblo Andaluz logra que el Ayuntamiento de San Fernando reconozca la exención en el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía), por dación en pago de vivienda habitual.

Se dirigía a esta Institución un ciudadano exponiendo que en agosto de 2014 había solicitado la devolución de importe cobrado por el Ayuntamiento de San Fernando en concepto de IVTNU, tras dación en pago de vivienda habitual. Según indicaba, en octubre de 2014 el Ayuntamiento le había requerido la aportación de diversa documentación que el interesado cumplimentaba en plazo, sin que hasta la fecha de su queja hubiera recibido respuesta o resolución aceptando la devolución de los ingresos que por ese concepto habría hecho efectivos, devolución que entendía le corresponde en virtud de la exención establecida en el Real Decreto Ley 8/2014 de 4 de julio.

Tras dirigirnos al Ayuntamiento de San Fernando, por parte de éste se nos respondía que una vez el interesado cumplimentó la documentación requerida e instados los informes pertinentes en cuanto a los abonos realizados por la dación en pago de su vivienda habitual, con fecha 28 de noviembre de 2014 se dictó Decreto de la Delegación de Hacienda y Control de Gestión del Ayuntamiento, reconociendo la exención en el IIVTNU, correspondiente a la dación en pago de la finca de referencia, al quedar acreditado que era la vivienda habitual del sujeto pasivo, careciendo de ingresos para efectuar el pago de la misma, procediéndose a la devolución de las cantidades ingresadas y a desestimar la procedente de otras fincas respecto de las que también había solicitado la exención, al no constituir vivienda habitual.

Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que el asunto por el que acudió a nosotros se encuentra solucionado.


Queja número 14/4501

Comparece un ciudadano exponiendo que su hijo padece síndrome de Tourette, una enfermedad minoritaria bastante desconocida de carácter neurológico, que se manifiesta con la presencia de Tics y generalmente otros trastornos asociados, y para la que no existe un tratamiento farmacológico curativo, orientándose la terapia al máximo control posible de los síntomas con el menor grado de efectos perjudiciales.

Nos dice que fue diagnosticado tardíamente, lo que ha afectado muy negativamente al desarrollo de la enfermedad, ya que durante los primeros 6 años no se me proporcionó la atención adecuada, y como consecuencia sufrió un aumento de situaciones de acoso escolar.

Actualmente le atienden en el Hospital Virgen de Valme, pero por causa de la constante modificación del tratamiento, su estado de salud ha empeorado, sufriendo comorbilidad, obesidad y migraña, además de trastornos asociados como fobia, trastornos obsesivos compulsivos, manías, baja autoestima, estados depresivos o demasiados excitados, agresividad y autolesiones (provocación de vómitos, cortes en brazos, ingesta de sustancias tóxicas y objetos cortantes).

El interesado afirma que en el Hospital Virgen del Rocío hay un buen equipo de especialistas en Trastornos del Movimiento, incluido el Síndrome de Tourette, y considera que su hijo necesita ser tratado en un centro hospitalario en el que los especialistas tengan ya identificados y estandarizados los seguimientos clínicos más apropiados y donde estén definidos los tratamientos idóneos para cada caso.

Solicita por ello que se acepte su solicitud de traslado de su hijo para atención y tratamiento en el hospital Virgen del Rocío de Sevilla, entendiendo que esta actuación revertirá sin duda en una sensible mejoría de su pronóstico, y calidad de vida, así como en la de su entorno familiar.

Tras dirigirnos a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultado en Salud, del Servicio Andaluz de Salud, recibimos informe refiriendo que en octubre el paciente fue atendido en la Unidad de Trastornos del Movimiento del Hospital Virgen del Rocío para valoración de su enfermedad y en la misma se le han pautado rebisiones que están pendientes de fecha de citación. Por lo tanto, quedando resuelta la solicitud de la parte interesada, procedemos al cierre del expediente.

Queja número 14/0300

En el Distrito Sanitario Centro-Almería se tendrá en cuenta la situación de los usuarios que han ejercitado la libre elección de profesionales, a la hora de redistribuir cupos por motivos organizativos.

Los interesados denunciaban el cambio forzoso de pediatra al que habían sido sometidos sus hijos, a pesar de que el profesional que hasta entonces les venía asistiendo, resultaba del ejercicio del derecho a la libre elección que, como padres, habían actuado en nombre de aquellos.

Tras dirigirnos al Distrito Sanitario Centro-Almería, y a la vista del informe recibido, el Defensor del Pueblo Andaluz formuló Resolución concretada en una Recomendación para que en los procesos de redistribución de cupos por creación de nuevas plazas u otras causas organizativas, se excluyan de los procedimientos aleatorios que se efectúan para el reparto de los usuarios, a los que previamente hayan ejercitado el derecho a la libre elección de profesional sanitario, salvo en el caso improbable de que lo impida el volumen de solicitudes que se hayan realizado en este sentido.

Recibido informe al efecto, se indica que desde ese Centro se tendrá en cuenta cuando se realice nuevamente un procedimiento de redistribución de población, aceptando la Resolución formulada por esta Institución.

Hacienda vigilará alquileres de viviendas entre particulares e información disponible en internet

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Mar, 17/03/2015
Representantes de la marcha por la vivienda digna se reúnen con el Defensor

El Defensor del Pueblo Andaluz se ha reunido hoy con una representación de la Marcha por una Vivienda Digna, convocada por varias corralas, colectivos sociales, sindicales y políticos con la finalidad de organizar una Marcha reivindicando una vivienda digna para todas.

Al encuentro de hoy han asistido representantes de las corralas de la Dignidad (Sanlúcar de Barrameda); la Boticaria (El Cuervo); corrala Bahía (Cádiz); de la Rinconada; de Lebrija; de Alcalá de Guadaíra, y las corralas Utopía y La Esperanza, de Sevilla, quienes han hecho entrega al Defensor del manifiesto por una Vivienda Digna y le han expuesto su situación, además de pedirle su mediación.

 

18/03/2015 | 12.00 h: Reunión Defensores Universitarios de Andalucía. Sede dPA

16/03/2015 | 13.00 h: Manifestación Marcha por la Vivienda Digna. Sede dPA

El Defensor del Pueblo Andaluz recibe a la manifestación por una Vivienda Digna convocada por las corralas de la Dignidad de Sanlúcar, varias corralas de otras provincias andaluzas y colectivos sociales, sindicales y políticos con la finalidad de organizar una Marcha reivindicando una vivienda digna para todas.

Representantes de los Dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias de Sevilla

Han acudido a esta Defensoría representantes de los médicos, enfermeros, conductores y celadores de los dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias del distrito sanitario de Sevilla, exponiéndonos las deficiencias existentes en las urgencias extrahospitalarias de la capital.

 

 

 

 

 

 

 

Resolución sobre los casos de violencia en el deporte entre menores

La violencia en el deporte es un fenómeno que supera el ámbito propiamente deportivo y obliga a las instituciones públicas a adoptar medidas que fomenten la prevención e incidan en el control de los comportamientos reprobables. Este tipo de violencia supone, además, un aprendizaje que se inicia en las categorías inferiores influyendo de manera directa en el proceso de educación infantil y juvenil.

En los últimos tiempos los medios de comunicación se han venido haciendo eco de noticias de altercados y episodios de violencia ocurridos en competiciones deportivas oficiales en categorías en que intervienen menores de edad.

Unos incidentes que resultan especialmente preocupantes para esta Institución ya que representan una clara muestra de comportamiento y de valores de convivencia absolutamente rechazables, además de estar especialmente proscritos por la legislación de ámbito estatal y autonómica que pretende erradicar la violencia en las competiciones deportivas.

Y es que consideramos necesario que la Administraciones cuenten con datos fiables que permitan programar actividades preventivas para erradicar los fenómenos de violencia asociados a las competiciones deportivas.

Ya en el año 2008, nuestra Defensoría se interesó por los datos sobre la posible recurrencia de tales hechos violentos en las competiciones de fútbol de nivel inferior con participación de menores. La Secretaría General del Deporte, encardinada en la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, informó entonces del contacto permanente con la Federación Andaluza de Fútbol y con todas las Federaciones deportivas andaluzas.

Fruto de esta estrecha relación era la iniciativa proyectada por la Junta de Andalucía que pretendía el control y registro de los actos violentos que se produjesen en las categorías de deporte base de todas las modalidades y especialidades deportivas reconocidas en Andalucía, con la finalidad de su prevención.

Pues bien, a fin de evaluar el resultado de las políticas preventivas actuales, en 2014 hemos retomado el asunto, dando por hecho que ya se habría acumulado suficiente información como para obtener resultados que permitieran formular alguna conclusión sobre este fenómeno. Sin embargo, la respuesta ha sido decepcionante y ha rebajado nuestras expectativas al señalar la Secretaría General del Deporte, ahora ubicada dentro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, que carece de estos datos, remitiendo para su conocimiento a cada una de las Federaciones Deportivas Andaluzas.

En este contexto. hemos dirigido una Sugerencia al mencionado centro directivo para que, sin necesidad de instaurar una complicada estructura organizativa para la recopilación organizada y sistemática de información relativa a actos violentos relacionados con competiciones deportivas organizadas en la Comunidad Autónoma, pudiera disponer al menos de un sistema ordenado que agrupase toda la información relativa a este fenómeno, especialmente cuando los episodios de violencia afectasen o guardasen relación con competiciones en que participasen menores de edad (Resolución queja 14/320).

 

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