La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 20/1813

La interesada, en su escrito de queja, nos trasladaba su disconformidad con la actuación de su comercializadora eléctrica respecto al suministro de su vivienda, al haberle facturado por consumo eléctrico estimado en enero de 2020. Presentó reclamación, pero le exigieron su pago y abonó la cantidad por temor a un corte del suministro. Posteriormente la reclamación fue aceptada y le giraron una nueva factura en febrero de 2020, con un resultado a su favor de 72,93 euros que le indicaron que le devolverían con la factura de marzo de 2020. Cuando vino esta factura comprobó que no figuraba esa devolución, por lo que contactó con los servicios de atención al cliente de Endesa. En esta llamada le indicaron que ella había abonado un importe distinto y, tras presentar nueva reclamación, le contestaban que resulta improcedente.

Tras admitir a trámite la queja, esta Institución interesó informe de Endesa, que nos comunicó que la cantidad de 72,93 euros fue devuelta mediante transferencia a su cuenta corriente.

Entendimos que el problema se había solucionado y dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 20/1688

Se dirigía a la Institución una ciudadana exponiendo que había sido cliente de Vodafone durante unos tres años, durante los cuáles le habían cobrado de más en reiteradas ocasiones, por lo que tenía que reclamar por teléfono y al mes le devolvían su dinero.

Por todo esto, en diciembre de 2019 consultó por teléfono cuándo vencía su permanencia, indicándosele que el día 1 de enero era su último día, por lo que trasladó que a partir del día 2 de enero quería pasar a otra compañía.

El día 2 de enero de 2020 llamó insistiendo en si debía tramitar algo por escrito o de cualquier otra forma, pero volvieron a decirle que por teléfono quedaba registrado, y que lo único que debía hacer era devolver los aparatos, y así lo hizo.

En el mes de febrero le vino una factura de nuevo errónea, pues le cobraron el mes de enero entero, por lo que tuvo que volver a llamar.

Le devolvieron la parte que no debía pagar y pensaba que todo había terminado. Sin embargo, le llegó un mensaje de pago de la fibra y llamó de nuevo.

Entonces le dijeron que no había sido dado de baja, explicó todo lo anterior y le dijeron que lo sentían, que necesitaban que hiciera algo para dejarlo de forma oficial tramitado, que no se preocupara, que era una formalidad y que no le cobrarían nada. Posteriormente le cobraron casi 40 euros de fibra y le dijeron que era de ese tiempo hasta el día que se formalizó.

Tras llamar varias veces por este asunto, y exigir las grabaciones desde el día 30 de diciembre de 2019 hasta el día 13 de marzo, segura de que en ellas se oye perfectamente todo lo dicho, pero le dicen que le devolverán el dinero, si es cierto, debiendo solicitar ella las llamadas. Tras cursar esta petición le dan un número y le dicen que le llegaría en unos días, pero recibe finalmente un e-mail en el que le indican que lamentablemente no disponen de las grabaciones.

Volvió a llamar a atención al cliente para poner una queja, y exigir de nuevo las grabaciones. Le piden perdón y le dicen que debe ir a la web y mirar en una factura unadirección y no sabe qué más. Se encuentra agotada y por eso acude a esta Institución.

Admitimos a trámite la queja y pedimos la colaboración de Vodafone, que nos trasladó que no disponían de las grabaciones solicitadas por la clienta, ya que las grabaciones al Servicio de Atención al Cliente se realizan de forma aleatoria. Tras hacer las comprobaciones pertinentes se había procedido a realizar a la promotora de la queja el abono de dos cantidades correspondientes a los periodos facturados indebidamente.

También verificaban que no existía relación contractual con la promotora y que había sido borrada de la base de datos de la entidad como deudora de cantidad alguna.

Entendimos que se había atendido la solicitud de la promotora y dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 20/1567

Vodafone reconoce que no le corresponde pagar al interesado por su baja en la compañía; además, procederá a devolverle la suma de las cantidades que había abonado de más por facturación indebida de los servicios contratados.

En su escrito de queja, el interesado nos trasladó que había solicitado la baja a Vodafone por incumplimiento de contrato (modificación del precio), pero la compañía le reclamaba la cantidad de 136 euros por penalización.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a Vodafone, ésta nos comunicó que en marzo de 2020 dieron de baja de todos los servicios al interesado y en la factura no se realizó cargo alguno por penalización. Además, habían comprobado que el interesado había abonado 20,99 euros de más en los servicios cobrados, por lo próximamente iban a devolverle esa cantidad.

Entendimos, por tanto, que el problema estaba solucionado y dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 20/1659

En su escrito de queja la interesada, en representación de su padre, nos trasladaba la situación en ques e encontraba en su vivienda.

Tras una incidencia con un expediente de anomalía que fue resuelta, comprobaron que los técnicos de la empresa suministradora habían manipulado la instalación para restablecer el suministro. Sin embargo, la situación en la que había quedado el contador consideraba que no eran adecuadas, pues estaba sin tapa exterior, el contador volcado con bastante holgura (suelto), y totalmente accesible. Además temían un mal mayor y riesgo de incendio y manipulación, ya que estaba al acceso de cualquier viandante. Reclamaron a través de la web de Endesa, pero debido a una confusión entre las comercializadoras, el problema seguía sin resolverse.

Tras admitir a trámite la queja nos dirigimos a Endesa, ésta nos comunicó que habían procedido a sustituir el equipo de medida del suministro referenciado.

Con ello entendimos que el problema había quedado resuelto, dando así por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 20/1106

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio al conocer, a través de los medios de comunicación, que el alcalde de Padul (Granada) había trasladado a Endesa el malestar vecinal a causa de los graves perjuicios que están ocasionando los reiterados cortes en el suministro eléctrico en la localidad.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a Endesa y a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, a la que se adscribe el Servicio de Industria, Energía y Minas, conocimos lo siguiente:

Endesa nos comunicó que, tras realizar una visita a la zona, confirmaron que se estaban produciendo algunos saltos de línea de media tensión, por lo que habían conectado un aerogenerador a la red, quedando así solventada la cuestión.

Por su parte la Viceconsejería de Presidencia, Administración Local e Interior nos daba cuenta del resultado de la reunión mantenida entre personal del Servicio de Industria, Energía y Minas de Granada y la distribuidora E-Distribución Redes Digitales, S.L., y confirmaba la solución a los cortes.

Entendimos por tanto, que el problema estaba solucionado y dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 20/0299

Se recibió en esta Institución escrito de queja de un vecino de Fuentes de Andalucía porque venían observando “muchos cortes de luz en el pueblo sin ningún motivo aparente”. Continuaba diciendo que “hay muchos comercios y muchos particulares a los que se nos han estropeados diversos aparatos electrónicos con el gasto que eso conlleva. El alcalde se reunió con los diferentes barrios que componen el pueblo (durante las elecciones) y se comprometió a exigirle a la empresa distribuidora que mejorar las instalaciones.”

Según se publicó en la web municipal el 28 de agosto de 2019, el Ayuntamiento logró el compromiso de Endesa para evitar los microcortes en el suministro eléctrico.

Endesa habría aclarado que los problemas se centraban en deficiencias técnicas en una de las líneas de suministro al municipio, las cuales necesitarían tiempo para ser solucionadas. Mientras, se obtuvo el compromiso por parte de Endesa de utilizar otras líneas alternativas para el suministro de la localidad a fin de evitar que las incidencias eléctricas de corta duración siguieran ocurriendo.

Sin embargo, el vecino manifestaba que no apreciaban mejoría.

Tras dirigirnos a la compañía Endesa recibimos informe de la distribuidora relativo a las actuaciones desarrolladas: “se han llevado a cabo las labores de mantenimiento y actuaciones de tala/poda sobre nuestra Red, según especificaciones del R.D 1955/2000 y Acuerdo con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía”.

Con estas actuaciones consideraban que la calidad de suministro que aportaban al distribuidor de la zona cumplía con los requisitos fijados en la normativa anterior y que sería responsabilidad del distribuidor de la zona “Juan N. Díaz Gálvez y Hnos., S.L.”.

Asimismo informaban de las mejoras que estaban realizando en la subestación de Media Tensión F_Harina, valorando que redundarían en una mejora de la calidad del servicio en la zona.

Por todo ello entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones en este expediente de queja, por lo que procedimos a su archivo al considerar que el problema estaba en vías de solución.

Queja número 19/6707

Se dirigió a esta Institución la alcaldesa del Ayuntamiento de Montefrío (Granada) remitiéndonos copia del acuerdo plenario, adoptado por unanimidad de todos los grupos políticos con representación municipal, al que se unió la Asociación de Empresarios de Montefrío, con objeto de mostrar el “malestar, hartazgo y disconformidad por la situación de cortes de electricidad, que se vienen padeciendo en nuestro municipio de manera histórica en el tiempo, pero especialmente notable en las épocas de lluvias del año 2018 y el actual 2019”.

Según el acuerdo del Pleno, de 21 de noviembre de 2019, la situación era insostenible pues los cortes “de varias horas de duración y de manera continuada, están afectando muy gravemente a los vecinos de todo el término municipal de Montefrío, al comercio local, a la industria de la localidad, al sector servicios y a los motores económicos del municipio, el olivar y el espárrago, por los problemas operacionales debido a los cortes de suministro”.

Citaban que la situación era especialmente insostenible para las dos residencias de personas mayores que hay en el término municipal, un centro de personas con discapacidad, el centro de salud y los centros educativos; además, muchas personas mayores necesitaban que funcionara el servicio de teleasistencia o diversos aparatos medicinales necesarios para la vida y que funcionan con energía eléctrica. La economía local también se estaba viendo gravemente perjudicada, pues el municipio era un receptor de turismo internacional, que no podía soportar, por más tiempo, esta situación “de precariedad y servicio deficiente”.

Terminaba el acuerdo plenario solicitando de esta Institución que trasladáramos a la empresa suministradora esta situación a fin de que realizasen cuantas inversiones y mejoras técnicas crean necesarias para que el municipio cuente con un servicio eléctrico de calidad.

Tras admitir a trámite la queja nos dirigimos a Endesa, que nos indicó que, a mediados de enero de 2020, el responsable de red de la empresa distribuidora mantuvo una reunión con representantes municipales, a quienes informó de las mejoras realizadas en uno de los repetidores de la zona, así como de las que habían realizado para reducir los “deslastres”, que ya eran apreciables.

A la vista de esta respuesta entendimos que el asunto estaba solucionado y dimos por concluidas nuestras actuaciones en esta queja, procediendo a su archivo.

Queja número 19/6587

Acudió a esta Institución un numeroso grupo de vecinos del anejo de Llanos del Espinar, pedanía de Castro del Río (Córdoba), demandando la mejora en la calidad del suministro eléctrico, ya que sufrían continuos apagones.

Según manifestaban, las interrupciones del suministro se producían casi a diario desde hacía meses y, particularmente, en el mes de octubre de 2019. Solicitaban una compensación en sus recibos por los perjuicios sufridos y que se acometieran las reformas para mejorar la red.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a Endesa, ésta nos contestó que, si bien lamentaban las molestias ocasionadas por los cortes de servicio, las interrupciones son “ parte de la explotación de la red de distribución e incluso se regulan en la legislación eléctrica vigente R.D. 1955/2000, no contemplando la continuidad de suministro eléctrico al 100%”. Por tanto, continuaba Endesa, “la compensación disponible en los casos de incumplimiento en la calidad del servicio corresponde a la aplicación de los descuentos pertinentes en su facturación, dentro del primer trimestre del año siguiente al del incumplimiento, según apdo. 2 del art. 105 del RD. 1955/2000 de 1 de diciembre”.

En cuanto a las actuaciones a realizar por la empresa distribuidora, nos informaban de la reforma en la red de baja tensión ejecutada en el año 2019 y estaban estudiando reformar la línea de media tensión que suministraba a la zona.

Entendimos, por tanto, que el problema estaba en vías de solucionarse por lo procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones, comunicándoselo así a los vecinos que acudieron a esta Institución.

Queja número 20/5143

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible nos informa sobre las medidas urgentes que se han adoptado para contribuir a la conservación y protección de la encina más antigua y de mayor tamaño de Andalucía, denominada “La Peana”, ubicada en el término de Serón, Almería.

En su día, el Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio para contribuir desde esta Institución a una rápida intervención por parte de la Consejería competente para la protección y conservación de la encina más antigua y de mayor tamaño de Andalucía, denominada “La Peana”.

Tras incoar el expediente nos dirigirnos a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, solicitando que nos informase sobre las medidas urgentes que se estuviesen tomando, o se hubieran tomado, en vista de la situación que presentaba esta encina de gran valor etnográfico y qué otras medidas no urgentes podrían contribuir a su conservación y protección. En todo caso, también pedíamos agilizar en todo lo posible los trámites y actuaciones para evitar un daño que podría ser irreparable.

En su informe de respuesta, la Consejería nos ha comunicado que personal de la Delegación Territorial en Almería ha tenido contacto con el propietario del terreno donde se ubica este árbol "con la finalidad de establecer una serie de medidas urgentes para minimizar en la medida de lo posible los riesgos derivados de la grieta existente a lo largo de su tronco". Nos ha informado asimismo que ya en junio de 2020 se había evacuado informe que daba cuenta del estado de este árbol, y que desde entonces era visitado cada dos o tres días por un agente medioambiental para comprobar la evolución de la grieta, y que entre el 11 y el 14 de junio se habían puntales para sostener las ramas y evitar la rotura.

También se nos daba cuenta de que con fecha 16 de junio se había llevado a cabo una visita multitudinaria de trabajo e inspección al árbol, incluido el Alcalde de Serón, en la que se había realizado una comprobación de este árbol y de otros del entorno, pudiéndose comprobar daños por vientos y por nieve.

Finalmente, se nos daba cuenta del informe evacuado sobre este árbol por personal de la Red de Alerta Fitosanitaria Forestal del Departamento de Equilibrios Biológicos, y de que además del apuntalamiento practicado en junio se había llevado a cabo una poda de la rama principal afectada por la grieta y la instalación de eslingas para fomentar el empuje y unión de las partes separadas por la grieta.

No obstante, también se nos informaba que a pesar de todas las medidas adoptadas y de otras que se pudieran tomar más adelante, "hay que tener presente que se trata de un árbol que debido a su edad se encuentra en un avanzado proceso de senescencia, el que es imparable y terminará con la muerte del ejemplar como ocurre con cualquier otro ser vivo. Por tanto, por muchos esfuerzos que se realicen, tan sólo se conseguirá retrasar la muerte de esta encina, lo que puede pasar en cualquier momento dados los problemas estructurales detectados, antes referidos, tanto en el interior del tronco como en las ramas principales".

Por todo ello, vistas las actuaciones desplegadas por la Consejería, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por parte de esta Institución por lo que dimos por concluida nuestra intervención.

Queja número 20/2501

Ver actuación de oficio

En respuesta a nuestra petición de informe, la Secretaría General de Vivienda, entre otras cuestiones, hacía constar que en el mes de noviembre de 2019 se inició el proyecto de Orden por el que se regularía la nueva convocatoria de estas ayudas para el ejercicio de 2020, en régimen de concurrencia competitiva y acogidas al Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas del Plan de Vivienda y rehabilitación de Andalucía 2016-2020 y que a fecha de su comunicación, 17 de junio de 2020, se ultimaba para la próxima publicación en BOJA de la Convocatoria.

Pues bien, habiendo transcurrido un tiempo más que prudencial desde dicha fecha sin que la publicación de la esperada Convocatoria se hubiera efectuado, volvimos a dirigirnos a dicho organismo interesando que se nos comunicara de manera preferente y urgente las causas a las que se debía que las ayudas que nos ocupaban aún no se hubieran convocado y publicado convenientemente, debiéndosenos informar sobre la fecha aproximada en la que dicho tramite quedaría ultimado, teniendo en cuenta de que recién comenzado el mes de octubre estaba próximo a expirar el año 2020 así como El Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, a uno de cuyos programas se acogía el que nos ocupaba de Adecuación Funcional Básica de Viviendas.

Por otra parte, no podíamos olvidar que se trataba de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes que necesitaran adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales, contribuyendo estas ayudas a que las viviendas en las que residían estas personas adquirieran las condiciones de dignidad y adecuación que proclamaba el artículo 47 de la Constitución.

En contestación a lo solicitado se nos informó de las circunstancias acaecidas en la tramitación de este proyecto de orden de convocatoria.

Si bien en noviembre de 2019, se inició el expediente administrativo para la publicación de la convocatoria 2020 del programa de adecuación funcional básica para el ejercicio 2020, requisitos de índole económico-financiero, habían hecho que no hubiera sido posible la anunciada publicación en BOJA.

La Secretaría General continuaba diciéndonos que con fecha 21 de noviembre de 2019, emitió la correspondiente memoria económica para solicitar a la Dirección General de Presupuestos el preceptivo informe económico-financiero en referencia al “Proyecto de Orden por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funciona básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, para el ejercicio 2020”.

La Dirección General de Presupuestos en respuesta a dicha solicitud había ido realizando requerimientos para dar cobertura a los gastos derivados de la pretendida convocatoria, entre ellos, reajustes de anualidades, así como información complementaria sobre la incidencia económica de la financiación del Programa de adecuación funcional básica de viviendas sobre el resto de programas que integran el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020. Cada uno de estos requerimientos habían ido siendo considerandos y atendidos por la Secretaria General puntualmente, estando ultimados antes de finalizar el mes de mayo de 2020.

No obstante, tras la publicación del Decreto ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), y sus consecuencias presupuestarias, afectó directamente a los créditos de esta convocatoria imposibilitando continuar con su tramitación, con cargo a los créditos presupuestarios del ejercicio corriente, proponiéndose continuar con la tramitación del proyecto de convocatoria, por importe de 3.000.000,00 euros, con cargo a los créditos de la anualidad 2021.

En un tercer y último requerimiento de la Dirección General de presupuestos, con fecha 4 de junio de 2020, se indicaba que aunque se constataba la existencia de crédito suficiente en el vinculante de la anualidad 2021, se procedía a la modificación de la denominación del Proyecto de Orden objeto de análisis, y su articulado, teniendo en cuenta que no se podría tramitar como una convocatoria ordinaria sino de tramitación anticipada, dado que se trataba de un expediente cuya resolución y pago se proponían realizar en el ejercicio presupuestario 2021 y, por tanto, se iniciaba en el año anterior a aquel ejercicio presupuestario en el que iba a tener lugar su ejecución y contraprestación por lo que le sería de aplicación lo dispuesto en el apartado 1 del articulo 40bis del TRLGHP, y este proyecto de orden no se podría iniciar antes de la presentación al Parlamento del Proyecto de la Ley de Presupuesto del ejercicio siguiente.

Por otro lado, con fecha 3 de julio de 2020, fue publicado el Decreto 91/2020, de 30 de junio, por el que se regulaba el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030 que en su disposición adicional sexta establecía la continuidad de la vigencia de las bases reguladoras para la concesión de ayudas contenidas en el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, en tanto en cuanto no fueran derogadas expresamente circunstancia que había de ser recogida en el texto del proyecto de orden, vinculando esta convocatoria al mencionado Plan Vive.

El proyecto de orden pasaba a denominarse: "Proyecto de Orden por la que se efectúa, mediante tramitación anticipada la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, para el ejercicio 2020”.

El proyecto de esta nueva orden de convocatoria seguía contemplando una cuantía total máxima destinada a estas subvenciones de 3.000.000,00 euros, estando limitada en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes.

La distribución del crédito entre las distintas provincias como ámbitos territoriales establecidos en el apartado segundo de la base décima de las Bases Reguladoras de estas ayudas, se realizaría teniendo en cuenta el peso poblacional de las provincias en el conjunto de la Comunidad Autónoma.

Finalmente, como quiera que en fecha de 30 de diciembre de 2020, fue publicada la Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se efectuaba mediante tramitación anticipada la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, dimos por concluidas nuestras actuaciones en la presente queja de oficio al considerar que se habían alcanzado las pretensiones que dieron lugar al inicio de la misma.

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