La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Finalmente recibe la ayuda para cuidados en el entorno familiar por su condición de dependiente

Queja número 14/0655

Se reformula el PIA de persona dependiente y se aprueba su PECEF.

La interesada exponía que le había sido reconocida una dependencia severa por Resolución de 28 de junio de 2011, habiéndose formulado y remitido asimismo la propuesta de PIA, consistente en prestación económica para cuidados en el entorno familiar, sin haberse aprobado la misma.

Admitida a trámite la queja, esta Institución acordó requerir la emisión del preceptivo informe a la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. Evacuado éste, la Administración expresaba que, solicitado el reconocimiento de su dependencia el 26 de noviembre de 2010, a la afectada le fue reconocida una dependencia severa por Resolución de 28 de junio de 2011. Añadiendo que efectivamente, se había elaborado la propuesta de PIA con prestación económica para cuidados en el entorno familiar, pero no aprobado y que, en la actualidad, establecida dicha prestación como excepcional por el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, procedía verificar si, en el caso de la interesada, dicha propuesta de prestación seguía siendo la modalidad de intervención más adecuada, por concurrir los requisitos que la justificaban. Ya que, en otro caso, habría que requerir a los Servicios Sociales Comunitarios para que revisasen la propuesta de PIA, de acuerdo con la nueva situación sociofamiliar de la persona dependiente.

Al no haberse dictado la Resolución aprobando el PIA, persistiendo, por tanto, la pretensión que motivó la interposición de la presente queja, formulamos recomendación a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, haciendo uso de la posibilidad contemplada en el artículo 29 de nuestra Ley reguladora para que, de mantenerse las circunstancias que determinaron la propuesta de recurso formulada por los Servicios Sociales, se dictase resolución que pusiese término al procedimiento de dependencia de la afectada, aprobando definitivamente su programa individual de atención y dando plena efectividad al recurso correspondiente.

Desde la citada Agencia, en comunicación no formal, se nos adelantó que el estado de tramitación del expediente de dependencia de la interesada era el siguiente: Propuesta inicial PECEF retornada a servicios sociales comunitarios a fecha de 26 de agosto de 2014 para elaboración de propuesta alternativa.

Ello nos obligó a dirigirnos a los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache, desde donde se nos informó que se realizó visita domiciliaria en febrero de 2015 para la consideración de propuesta alternativa a la PECEF. Tras comprobación de que se cumplían los nuevos requisitos para la solicitud de Prestación Económica para cuidados en el entorno familiar, se volvió a elaborar la propuesta PIA con dicho recurso. En mayo de 2015, nos decían, enviaron dicha propuesta a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla.

En consecuencia, nos vimos en la necesidad de solicitar de dicha Delegación Territorial se nos confirmase si se había procedido a aprobar la propuesta de PIA a favor de la persona dependiente, contestándonos la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía que por resolución de 30 de julio de 2015 se aprobó el Programa Individual de Atención de la interesada con la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

Con la aceptación de la resolución formulada en su día, dimos por concluidas nuestras actuaciones pues se había solucionado el asunto planteado.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

0 Comentarios

Escribir un comentario

Texto plano

  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Sus datos personales están protegidos.

  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías