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El Programa de Solidaridad de los Andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad (también llamado Salario Social o Ingreso Mínimo de Solidaridad) ha sido un programa, gracias al cual miles de familias andaluzas han visto paliadas sus circunstancias de pobreza y quizás, incluso, algunas o muchas de ellas, han podido escapar de su marginación.
Sin embargo, tras 25 años de vigencia y ante las numerosas quejas recibidas, esta Defensoría ha estimado oportuno recopilar en este Informe Especial al Parlamento de Andalucía, los veinticinco años de actuaciones de la Institución, teniendo como fuente principal, el pormenorizado relato de las reclamaciones ciudadanas en los sucesivos Informes Anuales presentados ante la Cámara Andaluza desde el de 1990 hasta el del año 2015, y poniendo de manifiesto la situación en que actualmente se encuentra dicho Programa, convencidos de lo inaplazable de su derogación y su sustitución por una nueva regulación.
La existencia en Andalucía de un programa público destinado específicamente a combatir las situaciones de pobreza y marginación era y sigue siendo una NECESIDAD INELUDIBLE, no solamente por la presencia en nuestra Comunidad de importantes sectores afectados sino también para asumir las obligaciones constitucionales y estatutarias impuestas a nuestra Comunidad Autónoma.
En este Informe hemos intentado recoger, en definitiva, los argumentos que avalan la nueva regulación que proponemos, sin pretender con nuestras Recomendaciones y Sugerencias, erigirnos en redactores de ningún Decreto ni norma, tarea que no corresponde a esta Defensoría, sino a la Administración competente, que deberá, en el objetivo que nos ocupa, aplicar los principios informadores que la Constitución establece en su artículo 103.1, cita de obligado recuerdo por esta Institución conforme al artículo 10.1 de nuestra Ley reguladora.
Una enseñanza de calidad e igualdad de oportunidades exige que la escuela se desenvuelva en un entorno libre de violencia, donde el alumnado pueda desarrollar plenamente su personalidad y sus capacidades. La conflictividad en la escuela ha existido siempre, pero la diferencia esencial con el momento presente es que ahora estas conductas ni se aceptan, ni se justifican.
El presente informe del Defensor del Menor de Andalucía supone una aproximación al acoso escolar y al ciberacoso desde la perspectiva de esta institución, que ya desde finales de la década de los 90 comenzó a interesarse por este fenómeno. El informe parte de una definición del acoso escolar, sus modalidades, causas y responsabilidades, así como se detiene en la aparición del ciberacoso o en la incidencia de este tipo de maltrato entre iguales en la comunidad autónoma de Andalucía.
Tras el estudio de las diferentes normativas existentes, este trabajo recorre las actuaciones llevadas a cabo por esta institución en los últimos veinte años; analiza los perfiles de los protagonistas del acoso escolar, y recopila algunos de sus testimonios. El presente trabajo pone el foco en la necesidad de contar con más datos para comprender mejor este fenómeno; en que tanto el acoso como el ciberacoso son realidades todavía ocultas; en la irrupción de la violencia de género en las aulas; en la conveniencia de un abordaje multidisciplinar en la lucha contra este fenómeno; en el análisis de los protocolos vigentes; en incrementar la formación de los profesionales de la educación; en el papel de las familias; en la participación del alumnado y en abordar el acoso a través de la prevención, la detección y la recuperación de las víctimas.
Como conclusión, el informe aporta unas recomendaciones y sugerencias con el objetivo de que esta realidad no permanezca oculta y prime el interés superior del menor como principio inspirador de las intervenciones, tanto con las víctimas, como con los agresores.
Hemos recibido informe de fecha 20 de enero de 2017, con referencia Expte. RJ 134/16, UPPH/fag, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución sobre el expolio sufrido en la Villa Romana de Río Verde de Marbella.
Nos indican:
Esta Delegación Territorial carece de competencias para la investigación de unos hechos con relevancia penal, si bien está a disposición tanto de la Policía como del propio Ayuntamiento para prestar la colaboración que se nos solicite en el marco de nuestras competencias.
Puestos en contacto de nuevo con el Ayuntamiento de Marbella nos informa que la Policía Nacional continúa investigando los hechos y que se han instalado cámaras de vigilancia en el recinto las cuales están operativas, lo que tendrá un efecto disuasorio a fin de evitar nuevos expolios.
A tenor de su contenido queremos valorar la aceptación del núcleo de las resoluciones dirigidas en orden a impulsar las acciones de investigación de los hechos de expolio sufridos en el yacimiento y, de otro lado, la adopción de medidas para la protección y vigilancia del entorno.
Hemos recibido informe de fecha 18 de enero de 2017, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, relativo al expediente arriba indicado, promovido de oficio por esta Institución, en relación a las medidas de apoyo al colectivo de personas internas en prisiones en el extranjero. Entre sus contenidos, se señala:
“Por lo expuesto, esta administración se reitera en lo informado con anterioridad, aceptando la Recomendación formulada por esa Institución en el sentido de que la Junta de Andalucía está abierta explorar, dentro de sus competencias y posibilidades, actuaciones con las que intensificar la labor que ya viene realizando de atención a las personas andaluzas que puedan encontrarse en una situación de necesidad o emergencia en el exterior, estén o no internas en establecimientos penitenciarios o policiales.
Muestra de este compromiso es que las personas andaluzas que se encuentran en el exterior, desde la aprobación de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, que inició su andadura a iniciativa del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía como Proyecto de Ley, pueden acceder a los servicios y prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía por ser titulares de dicho derecho, en los términos previstos en la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del estatuto de los andaluces en el Mundo, y sin perjuicio de los requisitos que se establezcan por la normativa para determinar las condiciones de acceso a las distintas prestaciones y servicios”.
Hemos de entender, por tanto, que el sentido principal de nuestra Resolución ha sido aceptado por la Consejería que asume la coordinación de la posición de la Administración afectada, sin perjuicio de desarrollar las acciones de seguimiento que, en su caso, el asunto necesite.
Tan sólo hemos de insistir en la oportunidad de abordar un estudio sobre una situación singular que merece disponer de programas de atención específicos debido a las circunstancias analizadas a lo largo de la tramitación del expediente.
Acusamos recibo del Informe recibido desde la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deportes, de Huelva, (salida _593105, de 16 de Diciembre) en relación con la queja de oficio promovida por esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz en relación con asaltos al acueducto romano de siglo I d. C. de la capital onubense.
A la vista de todo lo expuesto, hemos de considerar que el asunto que motivó nuestra intervención como queja de oficio se encuentra en vías de solución, por lo que con esta fecha se dan por concluidas las actuaciones, agradeciendo la eficaz colaboración prestada.
Dicho escrito recoge un detallado y completo informe sobre la naturaleza del bien, su significación histórica y las recientes actuaciones llevadas a cabo en atención a su estudio, protección y puesta en valor.
Valorando el conjunto de las informaciones y datos aportados, hemos de considerar que esa Delegación, en coordinación con las autoridades municipales, viene acometiendo las actuaciones que se han estimado oportunas desde un punto de vista técnico y conforme a las previsiones normativas establecidas para un Bien de Interés Cultural (BIC) como son los restos romanos afectados.
En particular, tomamos en consideración el proyecto EDUSI (Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado) en los que se pretenden acumular las intervenciones en valor del ingente y rico patrimonio cultural de la ciudad de Huelva; del mismo modo acusamos recibo de las iniciativas de protección y demanda de vigilancia de los servicios policiales del municipio para ayudar preventivamente a posibles daños en las instalaciones.
La Administración informa que por parte del Servicio de Inspección Educativa se adoptaron determinadas medidas relacionadas con la actuación de la Dirección de la Residencia, en relación a la imposición de medidas disciplinarias a las personas residentes, así como que, finalmente, se relevó la Dirección.
La persona interesada expone las presuntas irregularidades que se pueden estar cometiendo por parte de la Dirección de una Residencia Escolar en relación a la expulsión de determinados alumnos.
Consecuencia de ello fue que presentaron ante la Administración un escrito sin que pasado dos meses hubieran recibido respuesta, así como desconociendo si por parte del Servicio de Inspección correspondiente se ha llevado a cabo actuación alguna al respecto y, por ello, ha solicitado la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz.