La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Alerta por correo electrónico de las novedades

DEscripción newsleter

Nos sumamos a la campaña de "Compromiso para garantizar el sistema público de servicios sociales en Andalucía"

La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz se ha sumado hoy a la campaña "Compromisos para garantizar el Sistema Público de Servicios Sociales en Andalucía", promovida por el Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Trabajo Social de Andalucía.

El documento plantea una serie de compromisos para garantizar y fortalecer la estructura del sistema, para garantizar los niveles de protección, y un tercer bloque de carácter normativo. Entre ellos, la entrada en vigor de la nueva Ley de Servicios Sociales de Andalucía, reemplazando a la de 1998; la elaboración de un nuevo mapa de servicios sociales en Andalucía, o una ley de renta básica.

 

Holanda planea permitir la ayuda a morir a mayores con “cansancio vital”

Medio: 
El País
Fecha: 
Vie, 14/10/2016

Educación se ahorra 167 millones de euros en becas por la reforma de Wert

Medio: 
El País
Fecha: 
Vie, 14/10/2016
¿Es propia de algún canal? Indique cual.: 

Más de 3,5 millones de españoles vive con menos de 350 euros al mes

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Vie, 14/10/2016
    El Defensor estará en la comarca de Sierra de Segura y Las Villas (Jaén) el 20 y 21 de octubre

    La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en la Sierra de Jaén los próximos días 20 y 21 de octubre para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

     

    El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, sunimistros de luz y agua, etc.

     

    Durante dos días, la Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz atenderá a la población de más de una veintena de municipios de la zona, en horario de mañana, de 9 a 14 horas, y de tarde, de 16.30 a 19.30 horas. El jueves, 20 de octubre, estará en el Centro de Servicios Sociales de La Puerta de Segura, en la calle Travesía Juan José Moreno Mira 1 y, el viernes 21, en Villacarrillo, en la calle Ramón García del Valle, s/n.

     

    Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es. También se pude concertar la cita a través de nuestras principales redes sociales: facebook o twitter .

     

    La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

    jesus_entrevista_grupo_multimedia_jaen.mp3

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/3011 dirigida a Consejería de Educación. Delegación Territorial de Sevilla, Ayuntamiento de Sevilla

    RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

    La Administración informa que ya se ha previsto la partida presupuestaria para acometer las intervenciones necesarias para procurar sombra en el centro docente en cuestión.

    25-07-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

    Por la prensa pudimos conocer una noticia que hacía referencia a la comprensible preocupación de los padres y madres del alumnado del CEIP Arias Montano, de Sevilla, ya que sus hijos e hijas tienen que sufrir altas temperaturas sin posibilidad alguna de cobijarse en una sombra durante los recreos o la clase de educación física.

    No existe en todo el exterior circundante al edificio ni una sola zona cubierta. Tan sólo unos cuantos árboles desperdigados son los que dan sombra a un espacio en el que todos los alumnos juegan durante el período de descanso, sin que ninguna de las pistas deportivas del colegio estén cubiertas, por lo que los docentes se la han de ingeniar para refrescar e hidratar a los niños y niñas, o dar clases teóricas de educación física para no exponerlos al sol.

    Según parece, esta reivindicación no es nueva, sino que hace ya algunos años que el Consejo Escolar viene solicitando que se cubra alguna zona del patio del colegio. Consecuencia de ello es que solicitaron una subvención a cargo del Plan Decide, pero se les denegó por que, según el Ayuntamiento, el proyecto ascendía a unos 719.000 lo que la hacía imposible de abordar. Sin embargo, los padres y madres aseguran contar con un presupuesto que no superaría en ningún caso los 70.000, sin que se haya llegado a ningún acuerdo para lo que consideran una cuestión que afecta directamente al bienestar de los menores, para los que piden unas condiciones mínimamente saludables.

    Considerando, pues, la anterior información, y ante la posibilidad de que se estén conculcando los derechos fundamentales de la Constitución (derecho a la integridad física y derecho a la educación, respectivamente), así como los derechos de Educación (derecho a una educación de calidad y a la necesidad de contar con la infraestructura y medios materiales y humanos necesarios para su consecución en igualdad de condiciones) consideramos justificado iniciar, de oficio, un expediente para poder conocer la situación en la que se encuentra el centro educativo en cuestión y, en su caso, las medidas que, de forma urgente, se hayan adoptado o se adoptarán al objeto de solucionar los problemas señalados.

    30-12-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

    La Administración informa que ya se ha previsto la partida presupuestaria para acometer las intervenciones necesarias para procurar sombra en el centro docente en cuestión.

    El Santander pierde un pleito con la CNMV por las preferentes

    Medio: 
    El País
    Fecha: 
    Mar, 11/10/2016
    Temas: 

    Queja número 14/4454

    La Administración acepta nuestra resolución en su integridad.

    En el ejercicio de los cometidos asignados a esta institución como Defensor del Menor de Andalucía hemos elaborado un Informe Especial sobre el Sistema de Responsabilidad Penal de Menores. En la tramitación del mencionado informe hemos visitado diferentes centros de internamiento y nos entrevistamos con alguno de los menores que cumplen medidas en dichos centros.

    En el curso de una de dichas entrevistas una menor interna en un centro, nos hizo un relato de sus circunstancias personales, recalcando que con anterioridad a su ingreso había estado ingresada en un centro de protección de menores.

    La menor mostró su disconformidad con el modo en que funcionaba dicho centro. Refería que durante el tiempo que estuvo internada participó de un clima de convivencia muy conflictivo, con conductas desajustadas y violentas de muchos de los menores allí residentes y que presenció frecuentes actuaciones de contención física a los menores para evitar daños a otros menores o a ellos mismos.

    Nos manifestó que presenció fugas e incluso un incendio causado por una menor, y que su sensación era que el personal del centro se veía superado por las circunstancias, careciendo de control de la situación.

    Tras incoar un expediente de oficio, la Administración informó que por necesidades del servicio de protección de menores el centro en cuestión se especializó en la acogida inmediata de urgencia de adolescentes desamparados de ambos sexos, de 12 a 17 años.

    En el centro los menores permanecen el tiempo mínimo indispensable para estudiar su situación y elevar al servicio de protección de menores un informe preliminar al cabo de un mes, seguido de la correspondiente propuesta de valoración como máximo en el plazo de seis meses.

    En ciertos casos de adolescentes en conflicto con su familia, como es el caso de referencia, no ha lugar a la propuesta emitida por el equipo técnico (psicóloga y trabajadora social) de la entidad, por darse a la fuga el menor, adoptándose una medida judicial o reincorporándose al hogar familiar antes de dar tiempo a su estudio.

    Ha de tenerse en cuenta que los centros de protección, al contrario que los centros de reforma, son centros abiertos en donde en el plazo del traslado de matrícula se escolariza a los menores y salen y entran en principio acompañados, pero tras un período de observación inicial, lo hacen de forma autónoma.

    Sigue informando la Administración que con respecto a la contención física y otras medidas en ejercicio de la potestad de corrección, están descritas en el Decreto, de acogimiento residencial de menores, y no hay constancia de que en el centro se hayan vulnerado los derechos de los menores.

    La menor, de 16 años, de la que parte la queja, ingresó acompañada por efectivos del área de protección al menor de la policía nacional, desconociendo el personal educativo en ese momento las causas del ingreso.

    La menor se fuga al mes de estar ingresada -aunque regresa posteriormente- tras protagonizar junto con un grupo de internos graves incidentes en el centro: Formaron gran alboroto, provocaron un incendio y arrancaron la reja de una ventana, tratando de impedirlo la monitora de guardia.

    Así pues, teniendo en cuenta los hechos expuestos, el informe emitido y las consideraciones realizadas, esta Institución formuló la siguientes Recomendaciones.

    Que atendiendo al histórico de incidentes acaecidos en el centro, y teniendo en consideración el perfil habitual de los menores allí ingresados, se acometa una revisión de los criterios organizativos y el proyecto educativo del centro adecuándolo a dichas circunstancias.

    Que se adopten las medidas precisas para garantizar una atención de calidad a los menores que residen en el centro, procurando un clima de convivencia amigable que reduzca los incidentes violentos a supuestos excepcionales.

    Que se incremente la periodicidad de las visitas de control al centro para de este modo evaluar el resultado de las medidas que se fueran adoptando para mejorar su funcionamiento.

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/3013 dirigida a Consejería de Educación. Delegación Territorial de Málaga

    RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

    La administración informa que realizadas las gestiones oportunas, desde el presente curso escolar 2016/2017, el IES en cuestión cuenta con el recurso de monitor de EE (PTIS), con la finalidad de dar cumplimiento a lo recogido en el dictamen de escolarización del alumno.

    25-07-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

    Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de diversos medios de comunicación social, del problema que afecta a un alumno con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizado en un IES sito en un municipio de la provincia de Málaga, por la ausencia de un monitor de educación especial en el centro educativo que le ayude en su proceso de integración y su desarrollo personal.

    Se trata de un menor de 14 años que tiene reconocido un grado de discapacidad, física e intelectual, del 96%. Además el alumno presenta movilidad reducida, retraso mental ligero y limitación funcional en las dos manos, entre otros problemas. El estudiante ha contado desde los tres años con un monitor en el Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP). Sin embargo cuando el menor pasó al Instituto dicho centro carecía del recurso personal señalado, y se ha mantenido así durante todo el curso escolar, a pesar de que el mismo ha venido siendo demandado desde su inicio.

    Los familiares del alumno relatan la necesidad de contar con el apoyo del monitor ya que sus servicios están siendo suplidos por otros alumnos. También expresan los efectos negativos que esta carencia está ocasionando en el menor: «El niño ahora está nervioso, pegón...antes llegaba del colegio contento y te contaba lo que había aprendido », «Se aburre en el instituto, está solo, no quiere ir». Unos efectos negativos que han sido puestos de relieve en un informe elaborado por una profesional de la psicología que atiende al adolescente, según el cual éste tiene una limitación funcional en ambas piernas con una alteración en su alineación con lo que puede desplazarse pero la torpeza de su desplazamiento es evidente, y además está empezando a presentar conductas como romper el material de sus compañeros, golpearles, inventar enfermedades.

    En este contexto, se propone la apertura de una queja de oficio ante la Delegación Territorial de Educación de Málaga.

    14-11-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

    La administración informa que realizadas las gestiones oportunas, desde el presente curso escolar 2016/2017, el IES en cuestión cuenta con el recurso de monitor de EE (PTIS), con la finalidad de dar cumplimiento a lo recogido en el dictamen de escolarización del alumno.

    • Defensor del Pueblo Andaluz
    • Otras defensorías