La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 13/6889

Por la Dirección General de Profesionales se contesta aceptando la Recomendación formulada por esta Institución, y en base a ello, se continuará garantizando la valoración de la titulación de Técnico en Documentación Sanitaria, de la Familia Profesional de Sanidad, para la valoración de méritos de 31 de octubre de 2013 en adelante de la Bolsa Única de Empleo de la categoría de Celador-conductor, área especifica de unidad logística y celador-conductor de CTS, tal y como ha acordado la Comisión de Valoración correspondiente.

En el expediente de queja la persona interesada expone su discrepancia con la no baremación de un determinado título de técnico superior y de publicaciones en formato electrónico en la Bolsa Única del SAS correspondiente a la categoría de Celador- Conductor.

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Queja número 14/1217

Impulsamos la decisión judicial sobre el régimen de visitas de una menor con su familia paterna.

El Juzgado competente, en un complicado litigio, no había impulsado la revisión del régimen de visitas de un padre durante tres años limitándose a encontrarse padre e hija apenas hora y media a la semana en el Punto de Encuentro Familiar, sin poder ampliar los contactos con el resto de la familia paterna.

Tras nuestra intervención, la Fiscalía incitó la orden judicial de garantizar el régimen de visitas en tanto en cuanto se resolvía un recurso de apelación conocido por la Audiencia.

Queja número 13/5001

Las Administraciones tributaria y recaudatoria afectadas,  a propuesta de la Institución, adoptan  Convenio de colaboración para agilizar la gestión  tributaria y atención a los contribuyentes.

La parte promotora de la queja expone que con fecha 30 de marzo de 2012 se presentó ante el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, recurso de reposición interpuesto en relación a disconformidad de deuda por tasa de residuos. Según informa el citado Servicio de Gestión, con fecha 7 de mayo de 2012 remitió dicho recurso a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva por ser el organismo competente, habiendo transcurrido más de un año desde entonces sin haber obtenido aún respuesta.

Tras la información recibida, formulábamos nuestras Resoluciones en el expediente. Las mismas básicamente consistieron en:

RECORDATORIO de los Deberes Legales contenidos en los preceptos que fueron transcritos y en aplicación de los mismos, debiendo dar respuesta a las peticiones y reclamaciones del interesado.

RECOMENDACIÓN: Concretada en la necesidad de incluir o detallar en el Convenio de colaboración administrativa suscrito entre ambas entidades, a la mayor brevedad posible y en aplicación de lo establecido en el art. 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la distribución de competencias en orden a la resolución de las reclamaciones y recursos que se formularen por los contribuyentes y obligados tributarios -tanto en voluntaria como en vía de apremio- y procediendo a la publicación de tales acuerdos en la forma indicada legalmente, a la mayor brevedad posible.

Consideramos que actuando en la forma que propugnamos se lograría una mayor adecuación de la actuación administrativa a los principios de seguridad jurídica (art. 9.3 CE); tutela judicial efectiva (art. 24 CE); y de objetividad, eficacia y sometimiento pleno a la ley y al Derecho, previstos en el artículo 103 de la Constitución.

Asimismo, se lograría garantizar en mejor medida el derecho a la buena administración, contenido en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Una vez recibidos los informes de Diputación Provincial de Huelva (Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria) y de la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva,  en los que se aceptan las Resoluciones formuladas por esta Institución, dimos por finalizadas las actuaciones .

Queja número 13/5081

Tras nuestra mediación, Telefónica retira un poste que había colocado en la propiedad de la parte promotora de queja sin su autorización.

La parte promotora de la queja nos exponía que Telefónica había colocado un poste de tendido telefónico en la finca de su propiedad, sin comunicación previa y sin su autorización.

A pesar de todas las gestiones desarrolladas frente a la compañía y que le habrían indicado por teléfono que lo estaban solucionando, lo cierto es que el poste no se había retirado y habían transcurrido ya varios meses.

Tras dirigirnos a Movistar, ésta nos informaba que finalmente se había cambiado la ubicación del poste en el mes de agosto pasado.

Queja número 14/0805

Tras nuestra mediación, Telefónica se compromete a retirar un cableado que había colocado en la fachada de la parte promotora de queja sin su autorización.

La parte promotora de la queja exponía que aprovechando su ausencia durante unos días de la vivienda y sin su autorización, la compañía Movistar colocó un cableado de fibra óptica y una caja de empalme en su fachada.

Contrariada por esta situación, y tras diversas reclamaciones, Telefónica le comunicaba que la empresa había realizado las gestiones oportunas para que la empresa colaboradora que ejecutó el proyecto hiciera los trabajos correctivos necesarios para solucionar el asunto.

Sin embargo, la interesada acudía a esta Institución manifestando que se había retirado la caja de empalme pero no así el cableado, que se había pintado de blanco “para disimular” y que no deseaba de ningún modo consentir el cableado a pesar de la insistencia de la compañía.

Tras dirigirnos a Movistar, ésta nos informa que los trabajos necesarios para retirar el cableado afectaban a sus clientes e implican bastante coordinación entre departamentos. En cualquier caso, en breve se podrían quitar los cables de su fachada.

Queja número 14/4760

Nuestra intervención mediadora con Endesa permite retomar los cálculos del importe reclamado en concepto de recuperación de energía por fraude, teniendo en cuenta los datos aportados por los clientes, así como la posibilidad de un acuerdo de pago hasta en 12 plazos.

La parte promotora de la queja, una Asociación que trabaja con un colectivo de personas vulnerables, exponía que Endesa había instado un expediente de fraude al haber detectado una instalación eléctrica que no pasaba por contador en una de sus Casas de Acogida.

Alegaban que se trataba de un cable para suministro de un aire acondicionado y de una bomba de salida de agua del pozo instalado por un electricista integrado en la propia Asociación y que, por error con el modelo de contador, se colocó antes de éste. Reforzaba esta afirmación el hecho de que la toma de cable estuviese totalmente a la vista de los operarios de Endesa que van a tomar lectura del contador.

Por otro lado, el cable se habría instalado en el mes de marzo de 2014 pero Endesa le reclamaba un año de electricidad.

Al parecer habrían intentado exponer su versión de los hechos ante alguna persona responsable del Departamento de Expedientes, pero siempre se le derivaba a la atención a través de un número de teléfono.

Ante la amenaza de corte de suministro de la Casa de Acogida las gravísimas consecuencias que tendría la posible falta de luz, habrían suscrito el reconocimiento de deuda que le expidió el Departamento de Expedientes.

No obstante, acudían a esta Institución solicitando la posible minoración del importe reclamado ya que, aún admitiendo que habían cometido un error grave y tenían que pagar por ello, la cantidad exigida les resultaba excesivamente gravosa teniendo en cuenta las circunstancias económicas de la Asociación.

Tras dirigirnos a Endesa, ésta nos informa que la Distribuidora iba a retomar los cálculos teniendo en cuenta los datos aportados por los clientes y, una vez determinados, se trasladarían a los clientes para su acuerdo. En este caso la Distribuidora podría solicitar al centro de facturación y cobros que autorizase un acuerdo de pago en un máximo de 12 plazos. 

Queja número 14/4232

Nuestra intervención mediadora con Endesa permite retomar los cálculos del importe reclamado en concepto de recuperación de energía por fraude, teniendo en cuenta los datos aportados por los clientes, así como la posibilidad de un acuerdo de pago hasta en 12 plazos.

La parte promotora de la queja exponía que Endesa le exigía 3.776,91 euros en concepto de recuperación de energía tras haber detectado un enganche ilegal, como paso previo a la contratación del suministro.

Dada la situación económica familiar no podían hacer frente a dicho importe, por lo que solicitaban un fraccionamiento de la deuda. Por otra parte, la interesada iba a dar a luz en breve y deseaba trasladarse a residir a la vivienda pero no podría hacerlo sin disponer de luz.

Al parecer, la vivienda fue adquirida en el año 2007 y la promotora les indicó que en dos meses se cortaría el suministro provisional de luz, debiendo contratar el alta con Endesa. Como no tenían intención de trasladarse entonces descuidaron el asunto y fue en 2008 cuando recibieron la visita de personal de Endesa que les informó de la incidencia (enganche irregular que desconocían que existía). Esta misma incidencia se habría producido en las demás viviendas de la misma promoción.

En las distintas ocasiones que han intentado regularizar la situación habían terminado desistiendo ante la imposibilidad de abonar las cantidades exigidas.

Habrían aportado documentación relativa al consumo de agua para acreditar que la vivienda no estaba siendo ocupada y habrían explicado todas estas circunstancias a través del teléfono facilitado al efecto, con gastos elevados al tratarse de un 902, pero nadie les ofrecía una respuesta.

Tras dirigirnos a Endesa, trasladándole copia del informe socio-económico familiar y de las alegaciones de la parte promotora de queja, ésta nos informa que la Distribuidora iba a retomar los cálculos teniendo en cuenta los datos aportados por los clientes y, una vez determinados, se trasladarían a los clientes para su acuerdo. En este caso la Distribuidora podría solicitar al centro de facturación y cobros que autorizase un acuerdo de pago en un máximo de 12 plazos. 

PREMIO DEL MENOR 2014.

El Defensor del Menor de Andalucía entregará este jueves 27 de noviembre los premios de la séptima edición del concurso “Así veo mis derechos”, que tiene como objetivo que los niños y niñas conozcan sus derechos, los defiendan y los difundan.

El fallo del jurado a la modalidad de dibujo y otra de microcortos, será este lunes 24, siendo la entrega de los premios el 27, en un acto que tendrá lugar en el Alcázar de los Reyes Cristianos de Córdoba, presidido por el Defensor del Menor de Andalucía, Jesús Maeztu.

Para la Oficina del Menor de Andalucía, la protección y difusión de los derechos de los niños es fundamental. Sólo en 2013, la Oficina recibió más de 1.049 quejas y 2.000 consultas para pedir el amparo y protección de este colectivo, uno de los sectores de población más débiles.

El concurso cuenta con dos modalidades: una de dibujos y otra de microcortos, dirigidos a los escolares de 3.798 centros educativos de la Comunidad Autónoma, con el objetivo de conocer e interpretar uno de los diez derechos del Menor: amor, la protección, auxilio, educación y juego, calidad de vida, solidaridad, integración, igualdad, amparo e identidad.

Se trata de una convocatoria anual que organiza desde hace siete años la Institución para transmitir entre los menores los Derechos que ahora les protegen y que en el futuro contribuirán a que sean personas más solidarias, tolerantes y generosas.

La iniciativa se enmarca en las acciones que el Defensor del Menor de Andalucía viene desarrollando para promocionar los derechos de las personas menores de edad en nuestra Comunidad Autónoma. En este caso, como viene siendo habitual, con la participación e implicación directa del profesorado y alumnado de los centros escolares andaluces.

En la organización participa también la Obra Social de Cajasol y colaboran Unicef y Save de Children.

 

 

 

Queja número 14/1401

Le conceden la renovación tras afrontar deudas y aclarar informe policial.

Le denegaron la renovación de la residencia por una información policial que aludía a incidentes menores y deudas con hacienda al ignorar que debía presentar unas declaraciones trimestrales. Tras les gestiones realizadas el interesado logra aclarar la escasa gravedad de los hechos recogidos en el informe policial y regularizar su situación con la agencia tributaria, obteniendo con ello una resolución favorable a su pretensión.

Queja número 14/1637

Tras un estudio más detallado le conceden la autorización de residencia a cónyuge de español.

Según la interesada solicitó autorización de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE, siendo resuelta la misma en diez días de modo desfavorable.

El motivo de la denegación es por los medios económicos, siendo sorprendente como en tan poco tiempo habían podido verificar esto sin hacerle requerimiento alguno. Esto les estaba provocando graves perjuicios al instar a los empleadores posibles que no llevasen a cabo su contratación por considerarla en situación irregular.

Ante la denegación la afectada presentó recurso al respecto, llevándose a cabo gestión desde la Institución exponiendo con todo detalle el asunto tratado. Considerábamos que reunía los requisitos para la residencia, pensando que quizás todo respondía a una resolución precipitada sin el estudio adecuado al huir de estar obligados a una resolución favorable, fruto del silencio administrativo, que en este caso es positivo.

Por supuesto, no entramos en los criterios que se debían emplear para el estudio y resolución de este tipo de tarjeta de residencia, es decir, si es pertinente pedir medios económicos para las autorizaciones de residencia de los cónyuges de nacionales españoles, pues se trata de algo que ya la Defensora del Pueblo está instando a que se suprima como requisito no exigido en la legislación vigente.

Tras una valoración detallada del expediente, y los medios con los que contaban, emitieron una resolución favorable, estimando el recurso que presentaron al respecto.

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