La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 13/3589

Recibida la preceptiva respuesta de la Administración Sanitaria, del análisis de su contenido se deducía la aceptación de las referidas Resoluciones.

En efecto, por parte de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla se afirmaba que, tras verificarse que la persona interesada cumplía todos los requisitos, tanto de grado de discapacidad como de ingresos económicos, se había procedido por Resolución de 21 de octubre de 2013 a la estimación de su reclamación, reponiéndole su derecho a la Pensión No Contributiva que venía percibiendo y al abono de los atrasos correspondientes.

A la vista de ello, dimos por finalizadas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

El expediente de queja arriba referenciado fue promovido por (...) relativo a la extinción de la pensión no contributiva (PNC) que venía recibiendo y la devolución de ingresos percibidos indebidamente, lo que podría suponer que se conculcaba la legalidad reguladora de dicha prestación así como el derecho a una buena administración.

Habiendo analizado exhaustivamente cuanta documentación e información obra en el expediente de queja, entre la que reza el informe evacuado en respuesta a la solicitud que le cursamos desde esta Institución, al amparo de lo dispuesto en el apartado primero del artículo 29 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formulamos a usted Resolución 

Queja número 13/6099

Tras la apertura de esta actuación de oficio, hemos conocido que el Ayuntamiento de Algeciras ha dictado una orden de ejecución para que la entidad propietaria de los inmuebles deshabitados los mantenga con las debidas condiciones de conservación y salubridad.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició una actuación de oficio al conocer la situación en la que se encontraba un grupo de viviendas, cerca de la barriada Pescadores de Algeciras, de nueva construcción pero deshabitadas pese a tratarse de viviendas terminadas, con evidentes signos de haber sufrido actos vandálicos, con pintadas y destrozos en el interior de las mismas.

Tras dirigirnos al Ayuntamiento de Algeciras, este nos ha comunicado que habían dictado un decreto de Orden de Ejecución, por el que se otorgaba un plazo de diez días a la entidad propietaria de los inmuebles afectados para que los mantuviera en adecuadas condiciones de conservación, procediendo al cierre de puertas y ventanas para evitar su allanamiento y realzando tareas de limpieza y desescombro, añadiendo que, en caso de incumplimiento, se podrá llevar a cabo, entre otras medidas, la ejecución subsidiaria de las mismas.

Por tanto, entendimos que el problema de abandono de estos inmuebles que motivó la tramitación de este expediente de queja se encontraba en vías de solución, por lo que dimos por concluidas nuestra intervención en este asunto. En todo caso, indicamos al Ayuntamiento que, en caso de incumplimiento de lo ordenado, se procediera a la ejecución subsidiaria de las medidas de conservación precisas por parte de esa Corporación Municipal a fin de evitar daños o perjuicios a los vecinos residentes en la zona.

Queja número 13/1794

En cumplimiento de esta Sugerencia, por la Alcaldía de Antequera se nos traslada informe de fecha 18 de febrero de 2014, del que se deduce que se aceptan los contenidos esenciales de la Resolución formulada.

En esta Institución se tramita expediente de queja promovida por una funcionaria municipal, motivada por una disminución retributiva debida a una baja médica.

El asunto que motivó la tramitación de la queja de la funcionaria municipal fue, en un primer momento, sus dudas ante la aplicación, o no, a la baja laboral por Incapacidad Temporal, por embarazo con reposo, de la Instrucción conjunta de las Secretarias de Estado de Administraciones Públicas y de Presupuestos y Gastos por la que se dispone dar cumplimiento a las previsiones del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en relación con la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de la Administración del Estado.

La reducción retributiva durante el periodo de baja laboral se debía a criterio del Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento- a la aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, ya citado, porque entendían que su caso no se encontraba entre las excepcionalidades de “hospitalización e intervención quirúrgica” y le habían aplicado todas las reducciones establecidas para los primeros 21 días.

En cuanto al informe municipal, merece la reseña de su contenido:

(..) Con fecha 1/02/2013, la funcionaria arriba indicada presentó baja médica por I.T. con diagnóstico de “Amenaza Parto Prematuro. Anteparto”. En la elaboración de las referidas nóminas se ha aplicado estrictamente lo establecido por el art. 9 del R.D. Ley 20/2012. Al día de la fecha no se han determinado los supuestos excepcionales citados en el apartado 5 de ese artículo. La referida baja se ha mantenido hasta el parto, que tuvo lugar en 5/05/2013.

SUGERENCIA: Para que se promuevan las acciones oportunas, en orden a considerar como situación excepcional -con derecho a percibir el 100% de las retribuciones- a los procesos de incapacidad temporal que tengan inicio durante el estado de gestación, de las mujeres que formen parte del personal al servicio del Ayuntamiento, aun cuando no den lugar a una situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia.

Queja número 13/6763

Recibido el informe solicitado de la Secretaría General de Formación Profesional y Formación Permanente de fecha 7 de febrero de 2014 y tras el análisis de su contenido, se desprendía que el asunto planteado se encuentra en vías de solución, por lo que se procedió a dar por concluidas nuestras actuaciones.

No obstante, constatamos que en la última Orden de convocatoria para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral (Orden de 1 de abril de 2004, BOJA del 10), no se incluye la Familia Profesional planteada en este expediente de queja (Familia Profesional Sanitaria en Asistencia a la atención clínica en centros veterinarios- “Auxiliar Veterinario/a”).

El interesado exponía la necesidad de que por la Administración Educativa y de Empleo se adoptasen las medidas necesarias en orden a poner en marcha los instrumentos necesarios para la acreditación de la formación correspondiente a la cualificación profesional en asistencia a la atención clínica en centros veterinarios (“Auxiliar Veterinario/a”) así como al reconocimiento de las competencias profesionales  adquiridas en dicha temática.

En este sentido afirmaba el interesado que tras la publicación del Real Decreto140/2011, de 4 de febrero (BOE del 17), por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales de la cualificación profesional citada (de la Familia profesional Sanidad), corresponde a las Comunidades Autónomas competentes en la materia el desarrollo de este ciclo formativo así como el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por vía de experiencia laboral.

En apoyo de su pretensión aducía que la puesta en marcha del marco normativo necesario para la homologación o reconocimiento para obtener la acreditación de la citada cualificación profesional redundaría a favor de la mejora de la calidad de dicho sector productivo así como en las demandas de empleo relacionadas con el mismo.

En este sentido, fue interés de esta Institución conocer las previsiones de la Administración Educativa y de Empleo en relación a la efectiva implantación de dicha cualificación profesional en Andalucía.

20/05/2014 | 12.30 h.: Presentación Informe Anual 2013 en Comisión Gobierno. Parlamento de Andalucía

21/05/2014 | 20.15 h: CONFERENCIA FORO ANTARES

El Defenfor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ofrece la conferencia "El Defensor del Pueblo: ¿un "lujo" para la ciudadanía en un sistema democrático?" este miércoles, 21 de mayo, a las 20.15 horas, en el Foro Antares.

INTERVENCIÓN LEY PERSONAS TRANSEXUALES

 

El Defensor del Pueblo Andaluz ha comparecido hoy en el Parlamento, para hablar sobre el Proyecto de Ley integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales en Andalucía, dentro del ciclo de intervenciones de instituciones y agentes sociales que ha organizado la Cámara Andaluza.

El Defensor del Pueblo Andaluz estudia la situación de las Urgencias del Hospital de Alcalá

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Ideal de Jaén
Fecha: 
Vie, 16/05/2014
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Jaén

Seis mil universitarios sevillanos solicitan la beca extraordinaria

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Fecha: 
Vie, 16/05/2014
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Las eléctricas devolverán 25,5 euros a los hogares de media por el ajuste de tarifa

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