La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Afectados por la hipoteca piden que se les condone la deuda igual que a los partidos

Medio: 
Diario de Sevilla
Fecha: 
Vie, 30/01/2015
Temas: 

Queja número 13/6115

En esta Institución se tramita expediente de queja relativo a la exigencia de acreditación de capacidad funcional en convocatoria de acceso a la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Andalucía.

Con fecha 3 de julio de 2014 formulamos las siguientes Resoluciones:

A la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla.

RECOMENDACIÓN 1: Que, previo los trámites que correspondan, se cursen las instrucciones pertinentes a la Dirección del Centro de Valoración y Orientación de Sevilla, en orden a que por el personal de dicho equipo se lleven a cabo las actuaciones tendentes a la evaluación de la aptitud del interesado en relación a la categoría profesional de conductor al servicio de la Junta de Andalucía, librando la certificación correspondiente.

RECOMENDACIÓN 2: Que en el supuesto de que por ese Centro Directivo se considere carente de competencias para el reconocimiento y expedición de la certificación de aptitud al caso, se notifique tal extremo al interesado, dando traslado paralelo de dicha resolución al centro directivo de los servicios centrales que corresponda, de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, a los efectos que procedan.

A la Secretaría General para la Administración Pública

RECOMENDACIÓN 1: Que en tanto por la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla se resuelve sobre el reconocimiento y certificación de la aptitud del interesado, se suspenda respecto al mismo las actuaciones posteriores al acto único de comparecencia y petición de destinos a que se refiere las bases de la convocatoria (Orden de 14 de noviembre de 2008) y publicitación del listado definitivo del proceso selectivo (Resolución de 8 de octubre de 2013).

RECOMENDACIÓN 2: Que en el supuesto de que la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de Sevilla se considere incompetente para la evaluación de la aptitud y su certificación a favor del interesado, por ese centro directivo, previo los trámites que correspondan, se promueva el planteamiento formal de conflicto de atribuciones entre ambos departamentos de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto por el artículo 10.1 i) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En cumplimiento de esta Recomendación, por la titular de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales nos comunica que por el Centro de Valoración y Orientación de Sevilla se ha expedido certificación de ser cierta la discapacidad alegada la cual conlleva aptitud del interesado para el ejercicio de las funciones, tareas y actividades correspondientes al puesto de trabajo solicitado.

Por otra parte, la Secretaria General para la Administración Pública nos informa que tras la recepción de la anterior certificación-informe, en el que se certifica de forma inequívoca la adecuación del interesado para el desempeño de las tareas correspondientes a la categoría profesional de Conductor, habiéndose incluido al mismo en el listado definitivo de adjudicatarios de destino en el concurso de acceso a la condición de laboral fijo, del grupo IV, categoría Conductor.

En consecuencia, por ambos departamentos se aceptan los contenidos de las Resoluciones dictadas por este Comisionado, dándose con ello por concluidas nuestras actuaciones, con asunto solucionado e informando de ello al interesado.

Queja número 14/5971

Mediamos con Endesa al objeto de que se acepte la solicitud de reducción y fraccionamiento de deuda.

Se recibía en esta Institución escrito sobre la precaria situación económica que afecta a una ciudadana a la que le habían cortado el suministro de luz por enganche sin contrato.

Según contaba, el enganche no llevaba más de un año y se lo había instalado una persona al ver en las condiciones que vivía sin luz tras haberle retirado Endesa el contador por no poder hacer frente a sus facturas.

Contaba que llevaba un mes aproximadamente esperando le indicasen la cantidad que se le reclamaba en concepto de recuperación de energía para poder regularizar el suministro.

Nos dirigimos a Endesa solicitando se tuviera en cuenta la complicada situación económica en que se encuentra la parte interesada y se redujera y fraccionara la deuda adquirida.

En respuesta a nuestra petición, Endesa nos informa que se ha retomado el cálculo de la energía consumida, tomando como base la potencia contratada en el contrato que se dio de baja, y por un periodo de siete meses, dando un total de 508,54€ (en lugar de la evaluación inicial que se había realizado de más de 2.000 euros). Asimismo se admitía la posibilidad de fraccionar este importe en siete plazos.

A la vista de la información recibida, damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.


Queja número 14/4911

A través de una Organización no gubernamental tuvimos conocimiento de que un menor extranjero, de doce años de edad, no se encontraba escolarizado porque, según les informaban desde los Servicios Sociales Comunitarios de la localidad en la que reside, el menor tenía una “orden de expulsión” por encontrarse en situación irregular en España.

Era evidente que en algún momento se había producido un error, tanto en relación a la existencia de una “orden de expulsión”, en sentido estricto, como en relación al tratamiento institucional y administrativo hacia ese menor aún pudiendo estar en situación irregular. Si bien un menor extranjero puede estar en esta situación en España, como mucho puede ser objeto de un expediente de repatriación y, en su caso, retornarlo a su país de origen con todas las garantías para su seguridad personal (o con su familia o con los órganos correspondientes de protección de menores), sin que en ningún caso puede ser expulsado del país en sentido estricto y dejarlo a su suerte.

Por su parte, y en cualquiera de los casos, mientras que la persona menor de edad se encuentre en territorio español, es obligación de los poderes públicos proteger el disfrute de todos sus derechos personales exactamente en los mismos términos y condiciones que un menor nacional o con residencia legal en España, incluyéndose el de su escolarización si se encuentran en un tramo de escolarización obligatoria, como es el caso.

Admitida la queja a trámite y solicitado el preceptivo informe a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Cádiz, esta nos informó de que, corregido el error de interpretación en cuanto a haberse considerado una carta del Ministerio del Interior manifestando la necesidad de "regularizar" la situación de menor como si de una orden de expulsión se tratara, se había dado orden inmediata para que pudiera asistir al centro docente en el que estaba matriculado desde el mes de Junio y residir en la Residencia en la que, igualmente, tenía su plaza.

Queja número 14/1264

Ya encontrándonos en el mes de Marzo de 2014, fueron muy numerosas las personas que se dirigieron a esta Institución exponiéndonos que en su día solicitaron y les había sido concedidas una de las becas previstas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el alumnado que cursa estudios postobligatorios y estudios superiores no universitarios, resultando que, a pesar de que tan sólo restaban escasos tres meses para la finalización del curso, no habían recibido el pago correspondiente a dicha beca.

En muchos de los casos expuestos, esta falta de pago por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, había obligado a muchas familias de las afectadas a tener que recurrir a solicitar ayuda económica –principalmente de otros familiares o personas allegadas- para cubrir los gastos que, precisamente, habrían de ser cubiertos por dicha beca, dándose incluso algunos supuestos, según nos decían, de alumnos y alumnas que habían tenido que dejar sus estudios por no poder hacer frente a ello.

A estas graves consecuencias se añadía, además, una escasa y deficiente información –cuando no contradictoria- según manifestaban los interesados, señalando que cuando acudían a los distintos canales a través de los cuales podían solicitarla (correo electrónico habilitado al efecto, etc) se les indicaba que no se han recibido los fondos que se habían de transferir desde el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, mientras que por parte de este se les decía que sí habían sido transferidos. De igual manera, ante el hecho de indicar los interesados que habían recibido un documento PDF en el que se hace constar una “orden de pago” con el código numérico correspondiente (todos ellos indican haberlo recibido el pasado día 29 de Enero de 2014), lo que sería síntoma de que las partidas o fondos han sido recibidos, se les indica que ello no es posible, que lo que han recibido es una “propuesta de pago”...

Queja número 14/2197

La Administración educativa onubense, atendiendo las demandas de la comunidad educativa afectada, reorganiza la ubicación de los distintos niveles de enseñanza en los distintos espacios disponibles del IES "San José", de Cortegana.

Las personas interesadas, miembros del AMPA del CEIP “Divino Salvador”, de Cortegana, y ante la escolarización del alumnado de dicho centro docente en el IES “San José”, de esa misma localidad onubense, nos exponían sus consideraciones al respecto de la conveniencia de reorganizar el reparto de las aulas que corresponden a los distintos niveles de enseñanzas que se imparten en el Instituto señalado, conformado éste por dos edificios situados a 1 Km. de distancia entre sí.

Según nos indicaban, dicha cuestión había sido expuesta en las instancias administrativas correspondientes, considerándose por parte del colectivo afectado que no se había dado una respuesta convincente que justificara no proceder a autorizar el que en uno de los edificios se ubicara todo el alumnado de la ESO y, en el otro, el alumnado que cursa los distintos Ciclos Formativos de Formación Profesional y de Bachillerato.

Solicitada la colaboración de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva, esta nos informó de que, estudiada la situación y la propuesta de los afectados, el problema planteado había quedado resuelto al haber sido posible adoptar decisiones que habían permitido reorganizar los espacios del Centro para hacer coincidir dentro del mismo recinto a todo el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, quedando las instalaciones más distantes para uso exclusivo del alumnado de Formación Profesional”.


Queja número 14/1612

La Delegación Territorial autoriza el cambio de centro docente para atender adecuadamente las necesidades de una menor con minusvalía psíquica.

La persona interesada exponía que, como consecuencia de determinados discrepancias en cuanto a la atención recibida por su hija, discapacitada psíquica, por parte de la docente encargada de reforzar su educación, había solicitado el cambio de centro a otro de la misma localidad.

Sin embargo, según nos indicaba, a pesar de que por parte del Inspector de Zona actuante se emitió informe favorable al cambio de centro solicitado concretamente, por parte de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Cádiz no se había autorizado el mismo, ofreciéndosele a los progenitores la escolarización de la menor en otros dos diferentes.

De este modo, en atención a que las necesidades específicas de la menor afectada pudieran ser debidamente atendidas, a efectos de que se autorizara el cambio solicitado, la interesada pedía la colaboración de esta Institución.

Requerido el organismo territorial señalado, este nos informó de que, si bien no se había podido autorizar el cambio al centro inicialmente solicitado por los progenitores, finalmente la menor había sido escolarizada en otro que también había resultado de la conveniencia de la familia.


Queja número 13/5103

La Administración nos informa que se le vuelve a reconocer el derecho a disfrutar de las bonificaciones que en su día le fueron denegadas.

Los interesados nos exponían la negativa de bonificación del servicio de comedor escolar para seis de sus once hijos y su disconformidad con la reclamación del coste del servicio por parte de la empresa adjudicataria.


Queja número 14/0713

La persona interesada nos exponía que su hija, a pesar de reunir todos los requisitos para obtener la beca solicitada, le fue denegada por considerar la Delegación Territorial que la alumna poseía un título académico, o estaba en disposición legal para su obtención, del mismo o superior nivel al de los estudios para los que la había solicitado.

El motivo de esta denegación suponía un evidente error, puesto que la alumna había obtenido en el curso anterior el título de Bachillerato, resultando que la beca la había solicitado para realizar estudios de grado superior de las enseñanzas de Formación Profesional y, por lo tanto, superiores a los realizados en el año anterior.

A pesar de haber presentado la correspondiente reclamación, el servicio de consultas de becas y ayudas le había informado de que desconocían el tiempo aproximado en el que se resolvería, su reclamación y, por lo tanto, el pago de la beca.

La Administración nos informó de que comprobado el error cometido, se había procedido a conceder la beca, habiendo liquidado la cuantía correspondiente a la Beca Básica.

Queja número 14/3157

Se dirige a esta Institución una ciudadana, vecina de Málaga, exponiendo que fue derivada desde Málaga a Granada porque tras practicársele una inseminación artificial sin resultados, le recomendaron donación de ovocitos. Pero después la vuelven a derivar a Málaga porque se amplía la cartera de servicio y se incorpora esta prestación. Considera la interesada que tanta demora va a llevarla a que no pueda someterse al tratamiento.

Tras dirigirnos a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultado en Salud, del Servicio Andaluz de Salud, recibimos informe refiriendo que está previsto el inicio del programa de donación de ovocitos en Málaga a finales de 2014, y que la interesada partirá en el mismo con la antigüedad que tienen en su demanda. En consecuencia, considerando que el problema se encuentra en vías de ser solucionado, se procede al cierre del expediente.

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