La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 13/0155 dirigida a Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Director Gerente del Servicio Andaluz de Empleo

25/04/2013

En esta Institución, con ocasión de la tramitación de la queja 12/4572 promovida a instancia de parte, tratamos la aplicación práctica del porcentaje de reserva de puestos para el turno de discapacitados en una Taller de Empleo; pues la promovente de la queja, había resultado no seleccionada en su municipio y consideraba que ostentaba mejor derecho que ningún otro candidato del ámbito municipal en el que se promovía el referido Taller.

Una vez estudiado detenidamente, y tras contar con la información del  Órgano Administrativo concernido, comprobábamos –respecto a la reclamación que habíamos recibido- que no se había producido irregularidad en la actuación administrativa del Servicio Andaluz de Empleo ni del convocante del Taller de Empleo

En efecto como le comunicó la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo a la interesada, la razón de no incluir un porcentaje superior al del 5 % de candidatos preseleccionados por el turno de personas con discapacidad para el Taller de empleo de referencia en su queja, fue que la Orden de 5 de Diciembre de 2006, que regula este tipo de Convocatorias, efectivamente establecía el cómputo de aquel porcentaje se habría de tener en cuenta a nivel de la Comunidad Autónoma y no por ámbitos municipales; constando además en la relación de candidatos preseleccionados remitida por los Servicios de Empleo en la provincia a la entidad promotora la inclusión de candidatos  con discapacidad.

En base a ello, decidíamos archivar las actuaciones iniciadas a instancia de parte, comunicándolo a la interesada y a la Administración.

No obstante y con independencia de lo anterior, la queja de referencia, tomando en consideración los planteamientos de la interesada en la misma, así como la fundamentación señalada por la Dirección Provincial correspondiente del Servicio Andaluz de Empleo, respecto del cómputo del porcentaje del 5% en el turno de personas con discapacidad, nos permite iniciar una investigación de oficio ante la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo, para tratar de determinar cómo se contabiliza y controla aplicación del cupo a nivel autonómico y cómo se materializa o lleva a cabo por los Servicios de Empleo tal control

En su respuesta la Dirección Provincial nos informaba que en cuanto a la cumplimentación del cupo de reserva a personas discapacitadas se venían encontrando ciertas dificultades:

- Gran parte de las especialidades no pueden ser desempeñadas por personas que padezcan determinadas discapacidades físicas o psíquicas, sobre todo en supuestos de utilización de maquinaria y trabajos en altura y la selección condicionada a que el equipo de selección declare la idoneidad del candidato en función de la naturaleza del puesto a cubrir.

- Muchas de las personas con discapacidad no aparecen inscritas como tal en las correspondientes Oficinas de Empleo, por lo que en la relación de candidatos que se envía desde esas oficinas, suelen aparecer muy pocas.

Se acompañaba por la Dirección Provincial información de las últimas convocatorias 2009 y 2010:

Proyectos

Nº Alumnos

discapacitados 2009

Nº Alumnos

discapacitados 2010

Casas de Oficio

9

18

Escuelas Taller

39

56

Talleres de Empleo

353

406

Totales

401

480

Alumnado por convocatoria

7430

8154

Porcentaje

5,40%

5,89%

 

Por cuanto antecede, comprobando por los datos suministrados y en base al informe recibido que, pese a las dificultades alegadas por la Administración, se venían aplicando y cumplimentado el cupo de reserva a nivel autonómico, para personas discapacitadas en las convocatorias, dimos por finalizadas las actuaciones al respecto por cuanto no detectamos actuación irregular.

Queja 12/7028, denunciando la demora en autorizar el reingreso al servicio activo de un trabajador de la RTVA.

En esta queja, presentada por correo electrónico el día 20 de noviembre de 2012, un trabajador de la RTVA en situación de excedencia voluntaria, denunciaba que su empresa, RTVA, no daba respuesta alguna a la petición de reingreso al servicio activo, solicitada el día 23 de febrero de 2012, a una plaza que había quedado vacante tras la ultima convocatoria de acceso.

De la información facilitada por la Dirección de Organización, Recursos Humanos y Servicios Generales de la Agencia Pública Empresarial de la Radio Televisión de Andalucía (RTVA), pudimos constatar, por un lado,  el excesivo tiempo transcurrido desde que el trabajador solicitó el reingreso –23 de febrero de 2012-  y la fecha en que se autorizó su incorporación –23 de enero de 2013- y, por otro lado, el incumplimiento por RTVA del vigente Convenio Colectivo que reconoce al trabajador el derecho preferente de reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya, que existieran o se produjeran en la Agencia Pública Empresarial de la RTVA y sus Sociedades Filiales.

En todo caso, la demora en la resolución de reingreso (un año) no se justifica por la RTVA y, además, se evidencia que la intervención de este Comisionado facilitó la autorización para el reingreso del trabajador, la cual no debería demorarse más de dos meses, salvo que no existan vacantes o cualquier otra causa justificada que imposibilite la misma.

La presente queja - 12/1485 - e inicio de oficio por esta Institución (por propia iniciativa) ante la problemática suscitada entre los docentes que ejercían como Maestros de Educación Infantil, con destino en el Programa de Compensación Educativa "Preescolar en Casa", a quienes no se recocía el desempeño de la función tutorial.

Tras dirigirnos al la Dirección General de Recursos Humanos, el citado organismo admite reconocer la existencia de dicha problemática, y nos informa que se han propuesto la adopción de una serie de medidas, que van a permitir que el reconocimiento de la función tutorial al colectivo afectado.


En la queja de oficio 12/1907, el Defensor inicia una actuación de oficio tras tener conocimiento, a través del BOE de 4 de abril de 2012, del proceso selectivo convocado por la Universidad de Córdoba, para el ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos por el sistema general de acceso libre, por considerar que las bases reguladoras del mismo incumplían las disposiciones vigentes en materia de acceso a la función pública, entre otros, aspectos, los de la puntuación fase de concurso, superaba el máximo posible del 45% reconocido constitucionalmente, se valoraban servicios sin guardar relación con las funciones de las plazas convocadas y se limitaba esta valoración de servicios a los prestados a la Universidad de Córdoba, excluyendo a otras Administraciones Públicas.

Si bien en una primera respuesta el Gerente de la Universidad de Córdoba se limitó a trasladar un informe emitido por la Asesoría Jurídica (sin firmar), y en función del cual se modificaría el baremo, fue posteriormente subsanado y, nos confirmó que el baremo se adaptaría al Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía. Y, en ese sentido, se había remitido a los Boletines Oficiales para su difusión, Resolución Rectoral con la pertinente modificación, y como consecuencia de ello, se abriría un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

Efectivamente, este Comisionado constató dicha modificación en el BOE núm. 179, de 27 de julio de 2012.

Carmen tiene In-Seguridad Social

Medio: 
El Mundo Andalucía
Fecha: 
Mar, 19/02/2013
Noticia en PDF: 
categoria_n: 
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Titulo Destacado: 
Carmen tiene In-Seguridad Social
Provincia: 
ANDALUCÍA

Autorización de residencia por la vía del arraigo social

 

Nos llevó a iniciar expediente llevando a cabo gestiones de mediación, la situación que nos traslado por medio de consulta, un señor de origen extranjero que solicitó autorización de residencia por la vía del arraigo social en el año 2009, siendo denegada la misma.

 

Fecha: 
Sáb, 16/02/2013
Provincia: 
ANDALUCÍA

Suspensión y solicitud de reintegro de prestaciones a extranjeros

 

Fecha: 
Lun, 18/02/2013
Provincia: 
ANDALUCÍA

La Junta investiga la aplicación de los tipos de interés hipotecarios

Medio: 
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Fecha: 
Lun, 18/02/2013
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Servicios Sociales cuenta hasta 662 expedientes de dependencia paralizados

Medio: 
Diario de Cádiz
Fecha: 
Dom, 17/02/2013
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Cádiz

Irritados con la política

Medio: 
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Fecha: 
Lun, 18/02/2013
categoria_n: 
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Provincia: 
ANDALUCÍA
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