La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

Contáctanos

Ayuda

Alerta por correo electrónico de las novedades

DEscripción newsleter

Queja número 16/6660

El Ayuntamiento de la localidad de Pedro Abad, mediante escrito que ha tenido entrada en la Delegación Territorial de la Consejería en Córdoba el día 13 de diciembre de 2016, adjunta un trabajo de documentación técnica redactado por el Grupo PAI HUM-882, de la Universidad de Córdoba, acompañado de un acuerdo del Pleno de dicho Ayuntamiento adoptado el día 11 de noviembre de 2016, con la solicitud de que dicho yacimiento se inscriba en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural en la tipología de Zona Arqueológica.

La Delegación de Cultura de Córdoba está procediendo a su estudio, examen y valoración para ser informada en una próxima Comisión de Patrimonio.

En la actualidad sólo existe protegido legalmente en Pedro Abad el edificio del antiguo depósito, actual Ayuntamiento, declarado BIC el 9 de marzo de 1983 (BOE de 5 de mayo de 1983).

No obstante, en aplicación de la legislación vigente, todos los bienes arqueológicos hallados en el yacimiento son de dominio público, además de tener la consideración de BIC por estar custodiados en el Museo Arqueológico de Córdoba. (art. 60 de la ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español).

En breve, una vez que sea informada de conformidad la documentación técnica justificativa de valores recibida, que se va a someter a dictamen de la Comisión de Patrimonio en Córdoba, se procederá, oportunamente, a iniciar los trámites para la incoación del expediente.

La Diputación garantiza el agua a quienes menos tienen

El Fondo Social de Emproacsa asistió durante 2016 a 107 familias en situación de exclusión social

Medio: 
Cordópolis
Fecha: 
Jue, 02/03/2017
Temas: 
Provincia: 
Córdoba

El desafío de una vida compartida con los robots

Medio: 
El País
Fecha: 
Jue, 02/03/2017
Temas: 

Más de medio millón de afectados: ¿son las plusvalías las cláusulas suelo de los Ayuntamientos?

Queja número 15/3040

El interesado exponía que en tiempo y forma tramitó su solicitud de renovación de la renta social. No obstante, en el mes de mayo de 2015 se le giró el recibo del alquiler, sin la correspondiente deducción.

Tras formular la oportuna reclamación ante Emvisesa, se le indicó que el retraso en la tramitación de su solicitud no le era imputable, siéndole imputable a los servicios sociales, quienes remitieron el informe social una vez emitido ya el recibo del mes de mayo.

Solicitado informe a la citada empresa municipal se nos respondió que el interesado solicitó la renovación de la renta social el 16 de marzo de 2015, y Emvisesa solicitó informe a los Servicios Sociales el 23 de marzo de 2015, que volvió a ser reclamado el día 7 de mayo de 2015 al no haberlo recibido. Finalmente se recibió el 11 de mayo de 2015.

Al encontrarse ya emitido el recibo de dicho mes, este salió con el importe inicial, sin reducción. No obstante, se le concedió al interesado la renta social por seis meses, desde el vencimiento de junio de 2015 al de noviembre de 2015 ambos inclusive.

En consecuencia, habida cuenta de que presentó la solicitud de renovación de la renta social dentro del plazo de seis meses de vigencia de la que tenía concedida, y que la falta de renovación en plazo fue por causas ajenas a su voluntad, Emvisesa determinó modificar el recibo de renta del mes de mayo de 2015, pasando a ser de 127,80 euros.

Ante la resolución favorable de la petición, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 15/4007

La interesada residía en una vivienda alquilada a un particular y necesitaba una ayuda económica para pagar el alquiler ya que únicamente recibía como ingresos 39 euros semanales, con lo que su hijo y ella no tenían para sobrevivir.

Ante esta situación solicitó de los servicios sociales que hasta que se le pudiera ofrecer una vivienda en régimen de alquiler social, se le concediera una ayuda de emergencia al alquiler, para evitar de esta forma el desahucio.

Puesto el caso en conocimiento de la Delegación de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Córdoba, se nos informó que la interesada fue atendida en el Servicio de Información, Orientación y Asesoramiento de la Zona de Trabajo Social correspondiente y que valorada su situación sociofamiliar por el equipo técnico de la zona, se le había tramitado una ayuda de emergencia social en concepto de alquiler y pago de suministros y se había remitido informe a la Oficina de Defensa Municipal de la Vivienda para vivienda social de alquiler.

Encontrándose el asunto planteado en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Comunicado ante la convocatoria de acceso al cuerpo de profesores de música y artes escénicas

Los candidatos/opositores andaluces a participar en las pruebas de acceso al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de Andalucía ven peligrar su empleo con la convocatoria a efectuar en 2017.

La actual coyuntura política y económica ha provocado que durante muchos años no se hayan convocado oposiciones para este Cuerpo funcionarial en prácticamente ninguna comunidad autónoma.

Si al importante número de plazas previstas para las distintas especialidades se suma el hecho de que este año no va a haber casi ninguna otra Comunidad Autónoma que convoque oposiciones, es más que evidente que se produzca un “efecto llamada” que ocasione una masiva afluencia de opositores provenientes de otros territorios.

Estos hechos, junto al que Andalucía es una Comunidad Autónoma que no incluye entre las pruebas a desarrollar la específica de lengua propia (casos de País Vasco, Cataluña y Galicia), ciertamente pueden perjudicar a todos los aspirantes a una plaza (andaluces o no), viendo reducidas sus posibilidades en particular al actual funcionariado interino de la Junta de Andalucía, condenados a una mayor inestabilidad laboral, cuando no directamente al desempleo, toda vez que el proceso selectivo afectaría al estado de situación de las bolsas de interinidades de los Profesores de Música y Artes Escénicas al reconocerse los servicios prestados en otras Administraciones una vez se incorporen a las respectivas bolsas.

Ante esta problemática, Comunidades Autónomas como las de Navarra y La Rioja ya han manifestado su intención de no realizar convocatorias de oposiciones.

Por otro lado, tampoco resulta lógica la previsión de la Administración andaluza, respecto a las convocatorias de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de dividir estas convocatorias: el acceso por méritos en 2017, y el acceso libre en 2018, ya que de ser así esto no da una visión real de la situación actual de plazas vacantes en los conservatorios profesionales. Entendemos que el proceso lógico de convocatoria debe ser Cátedras en primer lugar, tanto las de Acceso por Méritos como las de Ingreso, y en 2018 las correspondientes a Profesores, respetando el turno lógico, a la par que las otras Comunidades Autónomas. Y, con ello, quedaría resuelto el problema de las Comisiones de servicio de la mayoría del profesorado que actualmente prestan servicios en los Conservatorios Superiores, dejando plazas vacantes en los Conservatorios Profesionales que puedan ser incluidas en la convocatoria.

Desde este Comisionado, que asume las demandas y preocupaciones de los trabajadores andaluces, se iniciará una actuación de oficio ante la Consejería de Educación, al objeto de que se adopten cuantas medidas sean necesarias en orden a:

1) Que la convocatoria de las oposiciones al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas se realicen en el ejercicio de 2018, simultánemente con el resto de Comunidades Autónomas y, coincidentes, como es habitual, con las oposiciones al Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria.

2) Que en el presente ejercicio de 2017, se efectúen las convocatorias (por méritos y libres) al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, resolviendo así el problema de las Comisiones de servicio de la mayoría del profesorado que actualmente prestan servicios en los Conservatorios Superiores y dejando plazas vacantes en los Conservatorios Profesionales que puedan ser incluidas en la convocatoria.

Cómo demostrar que vendí mi vivienda con pérdidas para recurrir la plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional anuló el impuesto si el contribuyente demuestra que no ha existido incremento del valor del terreno

Medio: 
ABC
Fecha: 
Mié, 22/02/2017
El Defensor del Pueblo andaluz reclama la derogación del programa de solidaridad por "obsoleto" y su sustitución por otro

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha considerado hoy que, a la luz de las carencias que sigue detectando en la aplicación del Programa de Solidaridad de los Andaluces, la institución solicita la derogación del programa actual y su sustitución por una nueva regulación en relación al artículo 23.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía que regula la Renta Básica, si bien hasta tanto la misma se apruebe, la reforma del Programa de Solidaridad no puede aplazarse por más tiempo.

En rueda de prensa en el Parlamento andaluz, donde ha presentado el informe especial 25 años del programa de solidaridad de los andaluces para la erradicación de la marginación y la desigualdad en las actuaciones del DPA  al presidente del Parlamento andaluz, Juan Pablo Durán, Jesús Maeztu ha calificado de "obsoleto" este programa. Jesús Maeztu ha repasado que este programa nace con unas deficiencias desde el primer decreto en 1990 que, lamentablemente, perduran en la actualidad, y que serían:

La excesiva lentitud en el procedimiento administrativo, tanto en las resoluciones como en la agilidad para conceder las ayudas. Y desigualdades territoriales en la gestión.

Las dificultades presupuestarias, que ya desde los primeros años genera una situación de paralización de expedientes.

La temporalidad de seis meses de la ayuda.

El programa subsiste con una misión fundamentalmente asistencial y renunciando a sus objetivos de lograr la reinserción social, ya que las medidas necesarias para ello pivotaban sobre unos itinerarios de empleo que se han convertido en ilusorios.

"Resulta por tanto evidente que la inmediatez de la intervención social ha quedado sepultada por el marasmo de la lentitud burocrática y por la imposibilidad de resolver los procedimientos en unos plazos aceptables", ha señalado el Defensor del Pueblo andaluz.

El Defensor del Pueblo andaluz ha señalado que el derecho a percibir una renta mínima garantizada debería formularse como un derecho subjetivo igual para todos los ciudadanos y ciudadanas de todo el territorio nacional en situación de necesidad. Jesús Maeztu se ha mostrado convencido de que gracias al Programa de Solidaridad muchos miles de familias andaluzas han visto paliadas sus circunstancias de pobreza, y por ello ha solicitado una nueva regulación que debiera estudiar las siguientes 21 recomendaciones:

PROPUESTAS DE DEFINICIÓN
1.- Derogación o sustitución del programa.
2.- Aclaración del concepto de unidad familiar adaptado a las actuales circunstancias sociales.
3.- Definición de recursos computables de unidad familiar.
4.- Protocolos de coordinación con servicios sociales.
5.- Armonización con ley orgánica 4/2000 y Ley de Servicios Sociales de Andalucía para el reconocimiento de personas extranjeras no comunitarias.
6.- Instrucciones generales de los Servicios Centrales de la Consejería ante las dudas de órganos provinciales de gestión.
7.- Medios para facilitar la acreditación de requisitos.
8.- Adaptación de la aplicación informática SISS para gestiones.
9.- Reconsiderar si sigue siendo conveniente la previsión de medidas adicionales al Ingreso Mínimo de Solidaridad.
10.- Analizar la pervivencia del Compromiso de Inserción.
11.- Participación de los servicios sociales comunitarios como colaboradores en la gestión inicial del procedimiento.

PROPUESTAS DE GESTIÓN

12.- Unidades o personal específico para ofrecer información en la fase inicial en las delegaciones territoriales.
13.- Aclaración sobre el informe que deben elaborar las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales sobre las condiciones sociales y económicas en que se hallen las familias.
14.- Valorar si se mantiene la obligación de revisión de oficio cuando cambian las circunstancias de las familias.
15.- Valorar la existencia de las comisiones de valoración.
16.- Indicadores o criterios objetivos sobre la consideración de situación de emergencia ante las desigualdades territoriales que actualmente se están provocando.
17.- Aclarar si el IMS es una subvención u otro tipo de prestación económica, debiendo adaptarse y regularse su tramitación económica y contable.
18.- Instrucción de la Intervención General de la Junta sobre su fiscalización.
19.- Estudiar la posibilidad de que Tesorería pague el IMS como si de una nómina se tratase.

PROPUESTAS DE RECURSOS

20.- Ampliar anualmente el crédito presupuestario hasta la cuantía necesaria para absorber la demanda que en cada momento pudiera existir.
21.- Dotar de efectivos de personal adecuados al volumen de trabajo de las delegaciones territoriales y las intervenciones provinciales.
 

El Supremo dicta que un periódico no puede usar la foto de una persona publicada en su cuenta de Facebook

Medio: 
ABC
Fecha: 
Mar, 21/02/2017
Temas: 
  • Defensor del Pueblo Andaluz
  • Otras defensorías