La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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          El Defensor del Pueblo Andaluz incorpora la Lectura Fácil y el Lenguaje Claro en sus actuaciones
          • A través de un acuerdo de colaboración con el Instituto Lectura Fácil, el Defensor del Pueblo Andaluz avanza en su compromiso de garantizar la accesibilidad cognitiva, lectura fácil y lenguaje claro en sus relaciones con la población

          El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, y el Presidente del Instituto de Lectura Fácil, Jorge M. Pérez, han firmado este miércoles, un convenio de colaboración que permitirá incorporar la lectura fácil, el lenguaje claro y la accesibilidad cognitiva en los procesos habituales de trabajo de la Defensoría andaluza y también servir de ejemplo y facilitar las relaciones con el resto de instituciones públicas andaluzas.  

          Este acuerdo se enmarca en el derecho de los ciudadanos a entender los documentos de las administraciones, pero, sobre todo, en el deber de las instituciones de expresarse de forma inteligible. Para ello, la lectura fácil y la comprensión de los escritos suponen herramientas de inclusión y transparencia en nuestro trabajo cotidiano de contar las cosas y permitir a todos los ciudadanos y ciudadanas a participar de forma activa y responsable en la sociedad, al facilitarles el acceso a estar bien informados y a entender la información que le permitirá defender sus derechos.

          Para el Defensor del Pueblo Andaluz, este acuerdo supone un avance importante hacia la eliminación de las barreras cognitivas en el acceso a la información y transparencia en su relación con la población andaluza con la que a diario trabaja  y a la que le traslada e informa de una serie de documentos que no son fáciles de entender: sentencias judiciales, documentación oficial, trámites, resoluciones etc.

          El Instituto Lectura Fácil es una asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es la defensa del derecho que tienen todas las personas a estar informadas y a comprender la información. Para conseguirlo, el Instituto Lectura Fácil persigue la promoción y la universalización de la accesibilidad cognitiva, el lenguaje claro y la lectura fácil en nuestro país.

          Para ambas instituciones, el contenido de la información es un derecho democrático. Así se recoge en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno que consagra, como uno de los principios generales la necesidad de que toda la información suministrada por las administraciones públicas sea comprensible, de acceso fácil y en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles por el mayor número de personas posible, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos.

          Por su parte, la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía contempla, como principio básico, el de facilidad y el de comprensión. Es decir, prevé que la información se facilitará de la forma que resulte más sencilla e inteligible atendiendo a la naturaleza de la misma y a las necesidades de las personas a las que se dirige.

           

           

          Queja número 16/0340

          Mediamos con una entidad financiera para que acceda a la devolución de una comisión por descubierto.

          El Defensor del Pueblo Andaluz pedía a Caja Rural del Sur la devolución de la comisión por descubierto cargada en la cuenta corriente del promotor de queja.

          Resolución de Mediación

          En respuesta a nuestra Resolución recibimos comunicación de la entidad bancaria informando que han procedido a devolver las comisiones por descubierto cargadas en la cuenta del cliente.

          A la vista de la información recibida, consideramos que por la entidad bancaria se ha aceptado la Resolución formulada, por lo que damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

          Queja número 16/5884

          Una empresa de telefonía procede a la devolución de las cantidades cobradas a consecuencia de una contratación mediante suplantación de personalidad.

          Una ciudadana acudía a esta Institución exponiendo que desde el mes de febrero de 2016 se le estaban incluyendo cargos en su factura Vodafone correspondientes a la adquisición de un terminal móvil y por una línea de la que no es titular ni tiene ninguna relación. Al parecer había sido objeto de fraude con suplantación de personalidad.

          En consecuencia con lo anterior, solicitaba de esta Institución la devolución de todas las cantidades cobradas a consecuencia de dicho fraude, al igual que indemnización por los fallos en la seguridad y control de datos.

          Interesados ante la empresa Vodafone se nos indica que han accedido a lo solicitado por la parte interesada, y se ha emitido una factura rectificativa correspondiente a la cantidad abonada indebidamente.

          A la vista de la información, dado que el asunto ha quedado solucionado, procedemos al cierre del expediente.

          Andalucía aprueba nuevos protocolos para atender a transexuales

          Medio: 
          ABC
          Fecha: 
          Mié, 25/01/2017
          Provincia: 
          ANDALUCÍA

          ¿Dónde se puede consultar el precio horario de la luz?

          Los clientes pueden saber a cuánto asciende su consumo real si disponen ya del contador inteligente

          Medio: 
          ABC
          Fecha: 
          Mié, 25/01/2017
          Temas: 

          Queja número 15/2270

          El Ayuntamiento acepta nuestra resolución sobre acceso a información y transparencia respecto de cuentas y ejecución presupuestaria de Sociedad Anónima municipal.

          El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Recomendación al Ayuntamiento de Dos Hermanas, para que diera respuesta, a la mayor brevedad posible, al escrito identificado por la parte promotora de la queja, aun cuando la misma ahora además debería consistir en informarle del proceso de liquidación seguido respecto de Sociedad Anónima de capital municipal.

          En respuesta a nuestra Resolución, nos indica el Ayuntamiento que las cuentas públicas de dicha sociedad se encuentran publicadas en el Portal de Transparencia en capítulo 36, en la página web del Ayuntamiento, facilitando el correspondiente enlace para acceso. Lo que ha sido comunicado al interesado.

          Dada la aceptación del contenido de nuestra Resolución, damos por concluidas nuestras actuaciones en este expediente.

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