La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 16/0705

El Ayuntamiento de Santa Fe concede la licencia de obras para la instalación de un ascensor.

El interesado, en nombre de la Comunidad de Propietarios del edificio en el que residía, en el término municipal de Santa Fe (Granada), nos indicaba en su escrito de queja que los vecinos del inmueble, compuesto por 12 viviendas repartidas en 3 plantas, más 11 locales situados en la planta baja, habían acordado la instalación de un ascensor. Para ello, habían solicitado la oportuna licencia de obras pues hay “que demoler la escalera y reconstruirla de forma que deje el hueco para el ascensor, solicitud que el Ayuntamiento ha denegado argumentando inviabilidad técnica ya que vamos en contra del Código Técnico y otros argumentos”, pero, sin embargo, el Ayuntamiento finalmente no concedía la citada licencia de obras. Continuaba el interesado indicando, textualmente, lo siguiente:

Bien, el arquitecto que ha elaborado el proyecto antes de realizar el mismo y visarlo por el Colegio de Arquitectos Técnicos de Granada se puso en contacto con el técnico del Ayuntamiento para presentar la forma de la escalera el cual no vio ningún inconveniente.

Al recibir el Técnico la solicitud de licencia pidió un primer informe de subsanación o aportación de documentos el cual se les entregó valorando y permitiendo una serie de medidas de ancho de escalera y demás a cambio de medidas complementarias de seguridad y un Acta donde se refleje que el conjunto de la comunidad conozca y acepte la nueva escalera.

Puesto que todos conocen el proyecto pero desde primera hora hay cuatro vecinos que no quieren el ascensor ya sea por que vivan en una primera planta o por sus pensamientos, se entregó al Ayuntamiento el acta donde se aprueba por la mayoría que es lo que importa ya que la Ley de Propiedad Horizontal así lo refleja. Contestando el Ayuntamiento con una denegación y un Informe Técnico en el que no se flexibiliza para nada la posibilidad de realizar dichas obras aún sabiendo el técnico del Ayuntamiento que el propietario del piso … es una persona con movilidad reducida.

La Comunidad ha realizado un recurso de Reposición ante el Ayuntamiento y estamos a la espera de que conteste”.

Tras admitir a trámite la queja, nos dirigimos al Ayuntamiento de Santa Fe (Granada), que en su respuesta nos dio cuenta de la desestimación del recurso de reposición formulado por la Comunidad de Propietarios. Dicha desestimación venía avalada por el informe técnico emitido que descartaba que la solución prevista mejorara la accesibilidad del inmueble y, además, empeoraba su seguridad. Trasladamos esta información al interesado para que presentara las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas.

Del contenido de lo alegado por el reclamante, dimos traslado al Ayuntamiento interesando que, a la vista del proyecto modificado para reforma de núcleo de escaleras para instalación de ascensor accesible presentado por la Comunidad de Propietarios, se nos expusiera el posicionamiento municipal acerca del mismo, señalando si, tras esta modificación, resultaba posible autorizar la instalación del ascensor pretendido en aras a mejorar la accesibilidad del inmueble.

El Ayuntamiento de Santa Fe, después de varias actuaciones, finalmente nos informó que, en Abril de 2017, la Junta de Gobierno Local había concedido la licencia de obras solicitada por la Comunidad de Propietarios donde residía el interesado para la instalación del ascensor. Consecuentemente, habiendo quedado resuelto el problema que motivó la presentación de la queja, dimos por concluidas nuestras actuacioanes.

Queja número 17/3034

El interesado exponía que el 6 de febrero de 2017 solicitó el reconocimiento del grado de discapacidad de su hija de meses, sin que la hayan llamado aún para la valoración, necesitando que le asignasen el grado de discapacidad, al tener varios trámites pendientes de dicho documento para ser resueltos.

Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, quien nos contestó que se había procedido a enviar citación para la valoración por parte del Equipo, que se llevaría a cabo el día 6 de septiembre de 2017 a las 20'30 horas.

Habiendo sido satisfecha la pretensión del interesado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 15/5785

El Ayuntamiento de Roquetas de Mar nos anuncia que ha iniciado un plan para la adecuación de los badenes o reductores de velocidad a la normativa que los regula.

El reclamante nos indicaba en su escrito de queja que, desde hace años, se vienen instalando en el municipio almeriense de Roquetas de Mar unos badenes “de hierro y plástico duro y goma, por muchas carreteras y calles de esta población, personalmente he tenido once averías de amortiguadores (3), soporte de radiadores (4), tubo de escapes (2) y cadena de distribución”. Se había puesto en contacto tanto con la Dirección General de Tráfico, como con la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, donde, siempre según el interesado “no solo me dijeron que eran «ilegales» sino que también el Ministerio me mando toda la normativa que regulaba dichos badenes o reductores de velocidad, asimismo me dijeron que habían dado unos plazos para que los quitaran y lo sustituyeran de acuerdo a la normativa”.

Desde entonces, venía realizando diversas actuaciones tendentes a que el Ayuntamiento cambiara esos reductores de velocidad (acuerdo de la asociación de vecinos a la que pertenecía, programa en Canal Sur Directo el 27 de Junio de 2014, entrevista con la Alcaldía-Presidencia, entrevista con los grupos municipales de la oposición, noticias en la prensa escrita, etc.), pero todas estas iniciativas habían resultado infructuosas, pues el problema seguía existiendo. Terminaba su escrito indicando lo siguiente:

Ademas de ser ilegales estos "badenes" tienen otros problemas adicionales a veces mas importante que la existencia de estos «artilugios». No tienen señalizaciones es decir deben poner claramente antes de llegar a ellos:

1ª la limitación de velocidad

2ª advertencia de la existencia de badenes

3ª Señalización en los pasos de peatones

4ª Iluminación nocturna de su presencia en el paso de peatones

5ª están colocados en zonas que no entiende porque, en curvas de pronto te encuentras uno, o por los invernaderos es decir sin un criterio racional

Por último les debo decir que hoy 30 de Noviembre de 2015 he presentado una Reclamación con número de registro … en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar efectuada por ... donde de alguna manera se pide que se de cumplimiento a la normativa vigente, señalada anteriormente y en consecuencia se proceda al desmontaje y/o sustitución, o adecuación de los resaltos y obstáculos situados en la calzada dejando de constituir un riesgo para peatones y conductores”.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Roquetas de Mar, éste reconocía, en su respuesta, la conveniencia de adaptar en lo posible los badenes instalados en el término municipal a las instrucciones técnicas estatal y autonómica a fin de evitar cualquier peligro potencial o real para la circulación de vehículos, especialmente motocicletas y bicicletas; señalaba que el Gabinete de Movilidad había realizado un exhaustivo estudio de los reductores de velocidad trapezoidales para detectar sus deficiencias de ejecución y señalización y proceder a su subsanación. También se estaba desarrollando un inventario para detectar deficiencias en cuanto a los reductores de velocidad prefabricados.

Se añadía que, concluidos estos estudios, se elaboraría un proyecto básico y de ejecución para realizar las adaptaciones necesarias de estos elementos, previendo comenzar estos trabajos a finales del año 2016 o principios de 2017.

A tenor de esta información municipal, que a nuestro juicio suponía que, aunque fuera a medio plazo, el problema estaba en vías de solución, dimos traslado de la misma al interesado para que éste aportara las alegaciones y consideraciones que creyera oportunas.

Tras dar cuenta de las mismas al Ayuntamiento, interesamos que nos mantuviera informados de la conclusión de los trabajos de elaboración del proyecto básico y de ejecución para realizar las adaptaciones que fueran necesarias de estos elementos, señalando asimismo la fecha de inicio de los trabajos requeridos con tal finalidad, a fin de poder dar por concluida nuestra intervención en este asunto.

Como respuesta el Ayuntamiento de Roquetas de Mar nos señaló que ya se habían llevado a cabo diversos trabajos para la adaptación de reductores de velocidad en el municipio, añadiendo que se había convocado al reclamante para que pudiera comprobar su correcta ejecución y emplazamiento.

Cuando dimos traslado de esta información al interesado, éste nos confirmó la información que nos había facilitado el Ayuntamiento, indicando que se había reaccionado correctamente ante el problema planteado por su parte y se iba a establecer un plan para cambiar los resaltos de acuerdo con la normativa aplicable.

Así las cosas, considerando que el problema de no adaptación de los resaltos del municipio de Roquetas de Mar a la normativa de aplicación se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 17/3592

La interesada exponía que el 26 de enero de 2017 solicitó el reconocimiento de grado de discapacidad, sin que le hubieran dado contestación y ni siquiera cita para su valoración.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla se nos participó que la interesada estaba pendiente de recibir cita vía correo para la valoración, que se efectuaría el 15 de septiembre de 2017.

Habiendo sido aceptada la pretensión de la interesada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 16/2328

El Ayuntamiento de Torremolinos acepta retomar el Estudio de Detalle del frente marítimo de La Carihuela.

En su escrito de queja, el interesado, actuando en nombre y representación de una empresa de construcción, propietaria de una parcela que se emplaza en un pequeño porcentaje en zona de servidumbre de costas, nos exponía que se había dirigido al Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) planteando, en relación a dicha parcela, diversas cuestiones relativas a la aprobación de un Estudio de Detalle de la playa de La Carihuela, que incluía a su parcela.

Tras admitir a trámite la queja, durante su tramitación fue necesario formular resolución al Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) ante la conveniencia de impulsar medidas para mejorar la situación que presentaba el frente marítimo de la playa de La Carihuela, por lo que le sugerimos a su Alcaldía-Presidenica que, en el marco de las competencias que ostenta en materia de actividad urbanística y de su potestad de formulación y aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística, propiciara una solución urbanística paralela, global y alternativa para el mencionado frente marítimo, resolviendo así, además, la problemática que afecta a algunos propietarios al no poder realizar obras de construcción o reforma.

Como respuesta, el Ayuntamiento nos expuso que, atendiendo a la resolución de esta Institución, se iba a retomar la tramitación del Estudio de Detalle del frente de fachada de la zona de servidumbre del Paseo Marítimo de La Carihuela al objeto de propiciar una solución urbanística global para el frente marítimo de dicha zona, añadiendo que se habían retomado las actuaciones en orden a la resolución del tema en la Demarcación de Costas independientemente de las actuaciones municipales en el Paseo Marítimo.

Para esta Institución, esta respuesta nos pareció muy positiva pues suponía la plena aceptación de nuestra Sugerencia, por lo que entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones en este expediente de queja toda vez que las iniciativas anunciadas por el Ayuntamiento, además de contribuir a proporcionar una solución urbanística global para el frente marítimo de la zona, iban a permitir resolver además de la problemática que afecta, dado que en la actualidad no eran posibles ningún tipo de obras, tanto a la entidad que representaba el interesado como a otros promotores que se encontraban en similares circunstancias.

Queja número 17/0958

El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción nos informa de las obras de reparación que ha llevado a cabo la empresa concesionaria de la Estación de Autobuses.

El Defensor del Pueblo Andaluz inició esta actuación de oficio para conocer la situación de la estación de autobuses de La Línea de la Concepción que, según los medios de comunicación, se encontraba en mal estado de conservación y mantenimiento.

Tras interesar informe al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz), en su primera respuesta nos informó que la Estación de Autobuses estaba gestionada bajo contrato administrativo de gestión de servicio público, añadiendo que, cuando se inició la licitación de dicha gestión, ya se encontraba en mal estado y que se estableció la obligación al contratista de realizar una serie de mejoras, algunas ya realizadas, quedando otras aún pendientes. Se añadía que se había llevado a cabo una reunión con la empresa concesionaria para que se comenzara a reparar el asfaltado y subsanar los socavones, comprometiéndose la empresa a hacerlo próximamente.

También se indicaba que sí existía un mantenimiento de las instalaciones y se disponía de un vigilante uniformado, pero ello no evitaba que se sufrieran muchos actos de vandalismo, debido al perímetro de la instalación. Finalmente, se nos adelantaba que, en el caso de que la empresa concesionaria no efectuara las mejoras comprometidas, se incoaría expediente sancionador.

A la vista de esta respuesta interesamos un nuevo informe para que se nos mantuviera informados de la ejecución de las obras de reparación del asfaltado y de eliminación de los socavones.

Como respuesta, el Ayuntamiento nos trasladó un informe de la empresa concesionaria del que se desprendía que se había realizado pequeñas mejoras en la Estación para su debido acondicionamiento que, al parecer, el Ayuntamiento daba por suficientes.

Así las cosas, dimos por concluidas nuestras actuaciones aunque instamos al Ayuntamiento de La Línea de la Concepción a que, en todo caso, se siguieran haciendo las gestiones precisas para que se mantuviera un adecuado estado de estas instalaciones.

Queja número 17/1553

La unidad de referencia para el tratamiento del ictus en Málaga, con posibilidad de realizar radiología intervencionista durante las 24 horas entrará en funcionamiento este año.

La parte promotora de la queja exponía lo siguiente:

Me dirijo al Defensor del Pueblo andaluz como miembro del Servicio de Neurología del Hospital Virgen de la Victoria de Málaga ante la situación de agravio comparativo que tiene nuestra población con respecto al resto de España y otras áreas de Andalucía.

Desde hace varios años existe un tratamiento para pacientes que acuden a las urgencias del hospital con un ictus agudo consistente en “trombectomía mecánica”. Se trata de un procedimiento endovascular para la extracción del trombo y que vuelve a restablecer el flujo sanguíneo del área afecta.

Esto necesita una ventana de tiempo concreta inferior a las 6 horas y precisa de la aplicación previa de un protocolo concreto de actuación estricto para la selección o exclusión de los pacientes, en lo que es imprescindible la colaboración de un servicio de radiología competente para ello, tanto para la realización del estudio de imagen como para posteriormente realizar el procedimiento, a indicación del neurólogo de guardia.

Esta técnica está desde hace años contemplada en todas las guías clínicas como un tratamiento con nivel de evidencia máximo en pacientes con ictus isquémico agudo. Desde hace más de un año llevamos pidiendo a la administración sanitaria que ponga en marcha los mecanismos para llevarlo a cabo (básicamente disponer de un equipo de radiointervencionismo localizado) de forma infructuosa, demorándose en el tiempo mes tras mes, tanto en nuestro hospital como en el Hospital Regional de Málaga.

El resultado es que, a día de hoy, un paciente que acude con un ictus a urgencias en Málaga (con una población en la provincia de millón y medio de habitantes) y que necesita dicho tratamiento, no va a recibirlo, siendo su única opción el ser trasladado al Hospital Reina Sofía de Córdoba, con la consiguiente pérdida de tiempo (que disminuye en mucho la eficacia del procedimiento) y riesgos del desplazamiento que entraña, y todo ello en el mejor de los escenarios, si el ictus acontece en horario de mañana que es el único momento en que está disponible en nuestro hospital el estudio de imagen que permite la selección referida de los pacientes (imposible por las tardes, noche o fines de semana).

Este tratamiento se lleva realizando en toda España desde hace varios años con magníficos resultados, difundidos en revistas o congresos médicos, pero en Andalucía sólo existe el servicio en Sevilla, Córdoba, Cádiz y Granada. En Málaga, y en concreto en nuestro centro, se ha diseñado un Protocolo de Actuación perfectamente estructurado y detallado que ha sido entregado a la Dirección Médica hace ya casi 6 meses, y aún no hemos obtenido respuesta eficaz.

Hemos visto numerosos pacientes jóvenes quedar hemipléjicos para el resto de su vida por esta carencia. Es incomprensible que una población como la nuestra no pueda beneficiarse de una terapéutica eficaz y contrastada para cuya implantación la administración está sistemáticamente “dando largas”.

No sabría con palabras cómo transmitirle el estrés y ansiedad que esto nos ocasiona en las guardias de neurología, cuando ni todo el esfuerzo de los profesionales que atienden al paciente puede proporcionarle el tratamiento que precisa para seguir viviendo.

Nos tememos que finalmente este proceso se ponga en marcha sólo cuando se dé una denuncia judicial de familiares de pacientes, hacia la administración o sus representantes en el centro, por no haber puesto en marcha un tratamiento que desde hace meses o incluso años disfrutan enfermos de otras provincias.

Por ello, le rogamos su atención y ayuda, en nuestro afán de evitar desgracias irreparables en quienes acudan a los hospitales de la provincia creyendo que van a recibir el tratamiento que precisan y del que no tenemos perspectivas de disponer a corto plazo.”

Interesados ante la Administración sanitaria se nos informa de que actualmente hay cuatro Unidades de Referencia en funcionamiento y sólo queda por poner en funcionamiento la ubicada en el Hospital Regional de Málaga, que se hará a lo largo de 2017. El equipo directivo del centro continúa trabajando para que este año esté en funcionamiento la citada Unidad de Referencia, dotándola de los recursos materiales y humanos necesarios.

A la vista de la información recibida, y considerando que el asunto planteado se encuentra en vías de ser solucionado, se procede al cierre del expediente.

Queja número 17/1553

La unidad de referencia para el tratamiento del ictus en Málaga, con posibilidad de realizar radiología intervencionista durante las 24 horas entrará en funcionamiento este año.

La parte promotora de la queja exponía lo siguiente:

Me dirijo al Defensor del Pueblo andaluz como miembro del Servicio de Neurología del Hospital Virgen de la Victoria de Málaga ante la situación de agravio comparativo que tiene nuestra población con respecto al resto de España y otras áreas de Andalucía.

Desde hace varios años existe un tratamiento para pacientes que acuden a las urgencias del hospital con un ictus agudo consistente en “trombectomía mecánica”. Se trata de un procedimiento endovascular para la extracción del trombo y que vuelve a restablecer el flujo sanguíneo del área afecta.

Esto necesita una ventana de tiempo concreta inferior a las 6 horas y precisa de la aplicación previa de un protocolo concreto de actuación estricto para la selección o exclusión de los pacientes, en lo que es imprescindible la colaboración de un servicio de radiología competente para ello, tanto para la realización del estudio de imagen como para posteriormente realizar el procedimiento, a indicación del neurólogo de guardia.

Esta técnica está desde hace años contemplada en todas las guías clínicas como un tratamiento con nivel de evidencia máximo en pacientes con ictus isquémico agudo. Desde hace más de un año llevamos pidiendo a la administración sanitaria que ponga en marcha los mecanismos para llevarlo a cabo (básicamente disponer de un equipo de radiointervencionismo localizado) de forma infructuosa, demorándose en el tiempo mes tras mes, tanto en nuestro hospital como en el Hospital Regional de Málaga.

El resultado es que, a día de hoy, un paciente que acude con un ictus a urgencias en Málaga (con una población en la provincia de millón y medio de habitantes) y que necesita dicho tratamiento, no va a recibirlo, siendo su única opción el ser trasladado al Hospital Reina Sofía de Córdoba, con la consiguiente pérdida de tiempo (que disminuye en mucho la eficacia del procedimiento) y riesgos del desplazamiento que entraña, y todo ello en el mejor de los escenarios, si el ictus acontece en horario de mañana que es el único momento en que está disponible en nuestro hospital el estudio de imagen que permite la selección referida de los pacientes (imposible por las tardes, noche o fines de semana).

Este tratamiento se lleva realizando en toda España desde hace varios años con magníficos resultados, difundidos en revistas o congresos médicos, pero en Andalucía sólo existe el servicio en Sevilla, Córdoba, Cádiz y Granada. En Málaga, y en concreto en nuestro centro, se ha diseñado un Protocolo de Actuación perfectamente estructurado y detallado que ha sido entregado a la Dirección Médica hace ya casi 6 meses, y aún no hemos obtenido respuesta eficaz.

Hemos visto numerosos pacientes jóvenes quedar hemipléjicos para el resto de su vida por esta carencia. Es incomprensible que una población como la nuestra no pueda beneficiarse de una terapéutica eficaz y contrastada para cuya implantación la administración está sistemáticamente “dando largas”.

No sabría con palabras cómo transmitirle el estrés y ansiedad que esto nos ocasiona en las guardias de neurología, cuando ni todo el esfuerzo de los profesionales que atienden al paciente puede proporcionarle el tratamiento que precisa para seguir viviendo.

Nos tememos que finalmente este proceso se ponga en marcha sólo cuando se dé una denuncia judicial de familiares de pacientes, hacia la administración o sus representantes en el centro, por no haber puesto en marcha un tratamiento que desde hace meses o incluso años disfrutan enfermos de otras provincias.

Por ello, le rogamos su atención y ayuda, en nuestro afán de evitar desgracias irreparables en quienes acudan a los hospitales de la provincia creyendo que van a recibir el tratamiento que precisan y del que no tenemos perspectivas de disponer a corto plazo.”

Interesados ante la Administración sanitaria se nos informa de que actualmente hay cuatro Unidades de Referencia en funcionamiento y sólo queda por poner en funcionamiento la ubicada en el Hospital Regional de Málaga, que se hará a lo largo de 2017. El equipo directivo del centro continúa trabajando para que este año esté en funcionamiento la citada Unidad de Referencia, dotándola de los recursos materiales y humanos necesarios.

A la vista de la información recibida, y considerando que el asunto planteado se encuentra en vías de ser solucionado, se procede al cierre del expediente.

Queja número 16/6000

El interesado expresaba que su cónyuge, reconocida como persona en situación de dependencia, recibió resolución por la que se modificaba el grado de dependencia reconocido el mes de marzo de 2016.

Pese a lo anterior, en la fecha de presentación de la queja aún no le había sido aprobado el nuevo Programa Individual de Atención, lo cual resultaba imprescindible para la adecuada provisión de cuidados que requería.

Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y se nos respondió que el retraso se debía al cúmulo de expedientes que se encontraban en esta misma fase que debían ser resueltos tras el pertinente estudio y valoración. Consultado el Servicio de Coordinación de la Dependencia se supo que la persona dependiente tenía reconocido 45 horas mensuales de servicio de ayuda a domicilio, habiéndose aumentado el número de horas en dos ocasiones pasando de 30 a 40, y de 40 a 45 horas mensuales que era lo máximo autorizado para el grado II.

Cierto era que la interesada tenía reconocido desde el 15 de enero de 2016 un grado III, pudiéndose aumentar por tal motivo las horas hasta situarse entre las 46 y 70. La revisión del PIA se encuentra pendiente por parte de la Delegación Territorial a pesar de que la propuesta era de 14 de abril de 2016, porque teniendo en cuenta la limitada disponibilidad presupuestaria se estaba dando prioridad al reconocimiento del servicio de ayuda a domicilio iniciales, es decir, de usuarios que no tenían reconocido ningún servicio o prestación.

Tras trasladar la información anterior al promotor de la queja, para que aportara las alegaciones que estimara oportunas, en su respuesta nos comunicó que que continuaba sin aprobarse el nuevo Programa Individual de Atención de su cónyuge.

Puesto que desde el reconocimiento de la situación de dependencia en Grado III (Gran Dependencia) por revisión, hasta la fecha, habían transcurrido ya más de 14 meses, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, formulamos Resolución al citado organismo en el sentido de que se aprobase la revisión del Programa Individual de Atención de la persona mayor dependiente, informando al interesado, en el caso de que no fuese posible la aprobación inmediata del Programa Individual de Atención, de la fecha previsible para la aprobación.

La Delegación Territorial nos informó de la aceptación de la Resolución formulada, por lo que con fecha 28 de mayo de 2017 se aprobó la revisión del PIA aumentándosele el servicio de ayuda a domicilio de 45 a 70 horas mensuales, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Queja número 15/5394

El Ayuntamiento de Almería ejecuta diversas obras de mejora en los accesos a la Universidad de Almería, en la zona de La Cañada de San Urbano.

Tras dirigirnos al Ayuntamiento de Almería, éste, un año después de nuestra primera petición de informe, al margen de exponer la deficiente colaboración y coordinación de diversos departamentos municipales que habían determinado el retraso en su respuesta, lo cierto era que se limitaba a indicar que, una vez que dispusiera de las correspondientes informaciones y actuaciones efectuadas, procedería a dar cuenta de ellas a esta Institución.

Por ello, instamos al Ayuntamiento a que, mediante una adecuada coordinación entre los diversos departamentos municipales, se nos aclararan dichos extremos sin nuevas demoras. En una nueva respuesta, se nos señaló que una unión temporal de empresas había realizado las tareas de limpieza y desbroce del carril bici de la Calle La Mar de la Cañada de San Urbano, habiéndose realizado informe y reportaje acreditativo de ello.

Ante esta respuesta y aunque quedaba por conocer si las actuaciones que nos anunciaban en materia de alumbrado público se iban a ejecutar a corto plazo, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por parte de esta Institución, aunque solicitamos al Ayuntamiento, en nuestro escrito de cierre, que se nos informara de la ejecución de esas mejoras en el alumbrado público.

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