La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 20/7329

Recibimos la queja de una Asociación protectora de animales, en la que exponía que tras poner una denuncia a un ciudadano residente en Almuñécar, por un presunto caso de maltrato animal, no habían recibido más información que la próxima realización de comprobaciones por la policía local. Según contaban “el problema viene a partir de que la policía, tras llamar en no menos de 20 ocasiones posteriores a la fecha en la que se iba a visitar la vivienda y comprobar el estado del animal, no nos dan respuesta alguna”.

Explicaban que no podían continuar los trámites por la vía judicial sin cerrar este expediente y desde la policía no obtenían la resolución; y que lo que mas les preocupaba “es que cuanto más tiempo pase, más probabilidad hay de que la vida del animal esté en peligro y lleguemos demasiado tarde".

Admitimos a trámite la queja y pedimos informe al Ayuntamiento de Almuñécar para conocer en qué situación se encontraba la tramitación de la denuncia formulada por la Asociación promotora de esta queja, rogando la agilización de los trámites pendientes en la medida de lo posible.

En su respuesta, el Ayuntamiento nos informó que, en fecha de febrero de 2021, el Jefe de la Policía Local había emitido informe donde se afirmaba que “el animal ya fue recogido por la Protectora de Animales ante el abandono de su dueño, habiendo cesado el maltrato a que se estaba sometido aquel".

Dado que el animal fue recogido por la Protectora de Animales, cesando así la posible situación de maltrato, entendimos que en lo esencial se había aceptado la pretensión de la promotora de esta queja, por lo que dimos por terminada nuestra intervención en este asunto y procedimos al archivo del expediente.

Queja número 21/3343

La promotora de la queja nos traslada su consideración de que en la revisión de la discapacidad de su hijo ha concurrido un error, al haberle sido suprimidos todos los puntos que tenía reconocidos en el baremo de movilidad reducida.

Particularmente, refiere que su hijo menor de edad y que sufre un trastorno del espectro autista, tenía reconocida una discapacidad del 40% con 7 puntos por movilidad reducida, por resolución del año 2008 y que en la dictada en el año 2020, su discapacidad se ha concretado en el 38%, del que no discrepa, pero perdiendo toda la valoración de movilidad reducida.

Esta segunda circunstancia le resulta extraña, dado que su hijo presenta conductas disruptivas impulsivas, siendo bastante frecuente que hayan de llevarle atado para evitar consecuencias peligrosas para su integridad, por lo que considera que la denegación de la movilidad reducida obedece a un error y, es en este sentido en el que solicita la intervención de esta Institución, con el deseo de que, siendo asi, pueda subsanarse, ya que a pesar de haber formalizado recurso, entiende que la forma más práctica sería la de la corrección del equívoco, en su caso.

Interesados ante la Administración sobre esta cuestión, por la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se reconoce que, efectivamente, se ha producido un error en la valoración, que ha sido subsanado, remitiendo a la interesada la pertinente tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida.

Queja número 21/2950

Un vecino de Málaga nos enviaba escrito de queja donde nos contaba que "Desde el año 2016 llevo presentando varias quejas al ayuntamiento de Málaga por la plaga de palomas que hay en un edificio abandonado en calle Compás de la Victoria” y que la última noticia que había tenido del Ayuntamiento era que iba a cerrar el expediente “por no encontrar al propietario.(...)”.

Admitimos a trámite la queja y pedimos informe al Ayuntamiento de Málaga, que en respuesta nos envió dos informes evacuados respectivamente por las Delegaciones de Sostenibilidad Medioambiental y de Ordenación del Territorio.

Desde la Delegación de Sostenibilidad Medioambiental se nos informaba, en esencia, de que, según visita de inspección del 27 de abril de 2021, se pudo comprobar que “En la parte trasera de la vivienda sita en calle Compás de la Victoria nº ... tiene ventanas abiertas y/o rotas, que permiten el tránsito de palomas a su interior. Esta presencia de palomas constituye un palomar urbano que provoca presencia de excrementos y plumas de palomas en la zona, todo lo cual puede originar molestias a vecinos”.

Tras esta visita se emitió informe de 27 de abril de 2021 en el que se concluye que se produce “Falta de mantenimiento de un inmueble privado en las condiciones higiénicos- sanitarias que pueden originar molestias y/o favorecer que aparezcan problemas de salud relacionados con vectores nocivos. Medidas correctoras a adoptar: Proceder a la reparación o cierre de las ventanas abiertas y/o rotas de la vivienda, que permiten la entrada de las palomas a la misma, previo desalojo de las aves, así como la limpieza y desinfección del interior de la vivienda.”

También se nos informaba de que tras consular los registros públicos, aparecía un cambio de titularidad en el inmueble objeto de denuncia, y que en base a tal circunstancia se había decidido incoar expediente sancionador al nuevo titular. Además, se nos daba cuenta de que se estaba también planificando la colocación de jaulas trampa para palomas en el entorno del inmueble denunciado.

Por su parte, desde la Delegación de Ordenación del Territorio se nos informaba, en esencia, de que se había propuesto dictar orden de ejecución para la debida conservación del inmueble en cuestión, dirigida a la propiedad del mismo.

A la vista de las medidas que anunciaba el Ayuntamiento de Málaga en los dos informes evacuados, consideramos que la problemática objeto de esta queja se encontraba en vías de solución. De acuerdo con ello, dimos por terminada nuestra intervención en este asunto y procedimos al archivo del expediente de queja.

Queja número 18/7055

El Defensor del Pueblo formulaba Resolución recomendando a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga que se revise la Instrucción de la Secretaría General de Servicios Sociales por la que se regula la renta mínima de inserción social en Andalucía, en cuanto al Cambio de titularidad en la RMISA sin alteridad de la unidad familiar.

Asimismo, recomienda que se revise el iter procedimental del expediente de la esposa del reclamante y los defectos procedimentales advertidos, con las consecuencias pertinentes.

Al efecto se recibe informe administrativo aceptando las consideraciones contenidas en la resolución formulada, en el siguiente sentido:

Sobre la acumulación de la solicitud de la esposa del promotor de la queja, producida de forma automática por el Sistema Integrado de Servicios Sociales (SISS), se ha solicitado a SISS-CAU, departamento que gestiona el Sistema Integrado de Servicios Sociales, la revocación de la acumulación para revisar de oficio, de forma independiente la solicitud presentada. Tras lo cual, se procederá al estudio de la solicitud y a la emisión, según proceda, de la Resolución de concesión o denegación del expediente de la afectada.

Queja número 20/4686

Recibimos la queja de una Asociación de Vecinos de Casarones, núcleo costero perteneciente a la localidad de Rubite, Granada, con base en que en dicho núcleo, al parecer desde hace años, la acumulación de basuras, restos y enseres a la entrada del núcleo, tanto las producidas por los vecinos como las procedentes de cortijos del entorno, estaban provocando un problema de salubridad. En este sentido, decía esta Asociación que estas basuras y restos se recogían con muy poca frecuencia, que su ubicación era muy cercana a viviendas habitadas y que los contenedores estaban a pleno sol, provocando con ello especialmente en época estival olores desagradables y fuertes.

Se citaba además la existencia en ese anejo de Casarones de "varias fincas particulares que se han convertido en refugio de un gran palomar, una panoplia de fauna salvaje perjudicial para la salud, el nacimiento en dichas fincas de vegetación más la acumulación de basuras, matas secas, cañas etc... pueden provocar diversas zoonosis".

Asimismo, constaba en el escrito de queja que "A través de la Asociación de Vecinos, toda esta problemática está en conocimiento del Ayuntamiento, son muchos los escritos emitidos en forma adecuada, con sello registro de entrada y la respuesta es siempre la misma, responsabilizar a otras administraciones y no hacerse cargo el Ayuntamiento de sus funciones...".

Consideraba esta asociación de vecinos que se encontraban en estado de abandono por parte del Ayuntamiento.

Admitimos a trámite la queja y pedimos informe al Ayuntamiento de Rubite, que en su respuesta nos informó que la problemática se debía “Al comportamiento incívico de unos pocos vecinos que vacían sus pisos al llegar el verano acumulando residuos no orgánicos (muebles, colchones...)” y a “Agricultores de la zona que usan los contenedores para tirar plásticos, cartones, cajas...”. En dicho informe se anunciaban las siguientes medidas para dar solución:

* Reforzar con personal propio durante los meses de verano para que se eviten estas acumulaciones de residuos.

* Requerir a la empresa concesionaria para que pase con mayor frecuencia durante el verano para recoger los residuos sólidos urbanos.

* Instalar carteles informativos para disuadir de las conductas incívicas de algunos irresponsables."

A la vista de las medidas que anunciaba el Ayuntamiento, cabía considerar que la problemática objeto de esta queja se encontraba, en principio, en vías de solución, sin perjuicio de esperar al entonces siguiente verano para comprobar la eficacia de las mismas, por lo que procedimos al cierre de la queja.

Queja número 18/6280

Esta queja nos la planteó un vecino de La Roda de Andalucía, que exponía que a escasos metros de su vivienda en dicha localidad, ensayaba una banda de música en un edificio municipal generando elevados niveles de ruidos y ocasionándole diariamente molestias en su domicilio “que pueden llegar a ocasionarle alguna enfermedad nerviosa”. Aseguraba que “en reiteradas ocasiones he solicitado al Ayuntamiento que intervenga en esta problemática en la exigencia que marcan las ordenanzas contra la contaminación acústica y ruidos, y no intermedian ni solucionan el problema”.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos informe al Ayuntamiento de La Roda de Andalucía, que en su respuesta, un año y varios días después de nuestra petición, nos dio cuenta de que estaba al corriente de las quejas de este vecino y que había realizado diversas actuaciones con el objeto de solventar el problema; asimismo, también nos informaban de que desde que se tuvo constancia de esas quejas, desde el Ayuntamiento se había intentado realizar una labor conciliadora entre el vecino afectado y un representante de la banda de música, a cuyo efecto se les había citado a reuniones en el Ayuntamiento, interviniendo el Alcalde como figura mediadora para intentar alcanzar una solución pacífica. Finalmente, se nos decía que se había ordenado a la Policía Local que se personase en el lugar donde se realizaban los ensayos, y que emitiera informe sobre los niveles de ruido producidos por los mismos.

De ese informe de Alcaldía dimos traslado al afectado para que realizara alegaciones.

En respuesta, el promotor de la queja alegó que era cierto que el Ayuntamiento estaba al corriente de sus quejas, pero que no se había realizado actuación alguna para dar solución a este problema. Asimismo, alegaba que no era cierto que se le hubiera convocado a reunión alguna en ese Ayuntamiento, que “mira hacia otro lado”, y que no tenía conocimiento de que se hubiera elaborado ningún informe o parte de la policía local. Finalmente, de forma muy ilustrativa, decía que “en definitiva, todo sigue igual”. A tal efecto, aportaba escritos de fechas entonces recientes que, insistiendo en el problema de ruidos, había presentado en el Ayuntamiento en fechas de noviembre y de diciembre de 2019 y de enero de 2020.

Según lo informado por el interesado y teniendo en cuenta que no se nos había dado respuesta a si el edificio donde se producían estos ensayos estaba o no debidamente aislado (cuestión concreta por la que habíamos preguntado), solicitamos nuevo informe al Ayuntamiento de La Roda de Andalucía, que en su nueva respuesta nos trasladó que:

Que ante las posibles molestias que podía originar la Banda de Música, se solicitó al Consorcio de Medio Ambiente que viniese a comprobar las averiguaciones con un medidor de música, sobre si ciertamente se estaban produciendo las molestias, en relación a los elevados niveles de ruido que le estaban ocasionando a su persona.

Debido a la Declaración del Estado de Alarma, declarada por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, la Banda de Música dejó de ensayar.

Con posterioridad la Banda Municipal de Música, en la actualidad y una vez finalizada las correspondientes restricciones ha estado ensayando, según tiene comunicación esta Alcaldía-Presidencia en las dependencias existentes en la Caseta Municipal, con lo cual no se está produciendo dicha afección en la zona próxima a la vivienda del Sr. que ha manifestado la correspondiente queja”.

De acuerdo con esta información, entendimos que el problema de ruidos objeto de queja ya no se producía al llevarse a cabo los ensayos de la Banda Municipal en otra ubicación alejada del domicilio del promotor de la queja por lo que dimos por terminada nuestra intervención en este asunto y procedimos al archivo del expediente de queja.

Queja número 20/6150

Un vecino de la localidad de La Campana presentaba en la Institución un escrito formulando queja por la falta de actuación municipal y de respuesta antes sus denuncias por el estado de suciedad en las inmediaciones del punto limpio de la localidad, sito en recinto ferial, en el que decía que hay escombros, residuos vegetales, electrodomésticos, muebles y basura en general esparcida por la calle. A ello se suma que en el punto limpio (fuera y dentro del recinto) prenden hogueras de vez en cuando y queman residuos plásticos, emitiendo humos negros y de olor espantoso”.

Tras admitir a trámite la queja, el Ayuntamiento nos informó en un primer momento que “se han iniciado las actuaciones oportunas para resolver el problema”. Posteriormente nos dio cuenta de que “ya se han efectuado las actuaciones pertinentes, encontrándose la zona en adecuadas condiciones”.

Entendimos, por tanto, que el problema estaba solucionado y no procedían nuevas actuaciones por parte de esta Institución, por lo que archivamos el expediente de queja.

Queja número 20/6097

La compareciente en su escrito de queja nos expone que su hijo el pasado día 7 de noviembre de 2019 presentó en el Centro de Valoración y Orientación de Algeciras, el reconocimiento por valoración inicial de su discapacidad, en base a la enfermedad mental que sufre, aportando los informes médicos que la avalan, sin haber sido citado a reconocimiento.

Efectuadas las actuaciones de investigación oportunas, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, nos traslada haber concluido el procedimiento del interesado, tras su valoración y notificación de la resolución emitida.

Queja número 21/2225

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Granada responde expresamente a las cuestiones que había planteado un vecino en un escrito con el que solicitaba determinada información ambiental.

Se recibía en esta Institución escrito de un vecino de Granada, formulando queja por la falta de respuesta de ese Ayuntamiento a un escrito suyo presentado en octubre de 2020 con el que formulaba solicitud de acceso a información ambiental.

Admitimos a trámite la queja a fin de que el citado ayuntamiento respondiera expresamente al escrito del interesado, informándonos de ello.

El ayuntamiento nos remitió la respuesta escrita que había dado a dicha solicitud, contestando a las cuestiones planteadas, y poniendo fin a la situación de silencio administrativo que motivaba la queja en esta Institución.

Entendimos, por tanto, que el problema de fondo, la falta de respuesta al escrito presentado por el interesado solicitando acceso a información ambiental se había solucionado, dando así por concluidas nuestras actuaciones en este expediente de queja.

Queja número 21/2769

Una vecina de la localidad de Deifontes nos planteó queja por el deficiente estado en el que se encontraba el punto limpio municipal, que habían denunciado en el Ayuntamiento mediante una instancia con la firma de varios vecinos, además de en otros organismos.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos informe al Ayuntamiento de Deifontes, que en su respuesta nos dio cuenta de que se incoó un procedimiento de adjudicación de urgencia y en junio de 2021 se finalizó la limpieza de la parcela, colocándose un cartel con la prohibición de depositar enseres y cualquier tipo de residuos bajo la correspondiente sanción como recoge nuestra ordenanza en sus secciones Tercera “Depósito de Residuos” y Cuarta “Residuos de obras y actividades diversas.

También se nos informó de la modificación del sistema de recogida de muebles y enseres en el municipio para evitar el depósito provisional en la parcela del Paraje “Vega los Olivos”: ahora serían recogidos 2 veces al mes y trasladados directamente a la Planta de tratamiento de residuos del Área Metropolitana de Granada.

A la vista de esto que se nos informaba, fundamentalmente que la limpieza de la parcela tuvo lugar en junio pasado, entendimos que se había accedido a la pretensión principal de la reclamación, dando solución a la problemática denunciada. En consecuencia con ello, dimos por terminada nuestra intervención en este expediente de queja y procedimos a su archivo.

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