La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Queja número 15/3600

La Administración informa que finalmente el menor fue matriculado en un Centro que sí podía atender correctamente sus necesidades especiales.

La persona interesada madre de un alumno de un centro educativo de Sevilla, nos expone que su hijo, con Trastorno de Déficit de atención con hiperactividad tipo impulsivo, en Abril de 2014, tras sufrir, por parte de su Tutora determinadas humillaciones delante de sus compañeros y compañeras de clase, padeció varias crisis que determinaron que por parte del profesional de psiquiatría que lo trataba se viera la conveniencia de no acudir al centro docente, situación que se mantuvo hasta el comienzo del curso 2014-2015.

Una vez incorporado de nuevo al centro docente, el día 1 de Octubre de 2014, lel sobrevino otra grave crisis, nuevamente deja de asistir al colegio, situación que, se mantuvo hasta finalizar el curso, por lo que durante el mismo estuvo recibiendo las clases en su casa.

Por consejo de su psicóloga se plantea un cambio de centro docente, por lo que tras entrevistarse con las direcciones de dos centros que contaban con los medios necesarios para atender adecuadamente a su hijo, presenta en el mes de Marzo de 2015, solicitud para cualquiera de estos dos centro docentes.

No habiendo obtenido plaza en ninguno de ellos, el menor para el curso 2015-2016 fue reubicado en otro centro que no cuenta con los recursos necesarios para atender a su patología.

Queja número 14/2502

La Administración informa que acepta la Recomendación.

Esta Institución viene tramitando el presente expediente de queja a instancias de una persona disconforme por no haberle sido abonada la beca que le fue concedida, y por la que realizó la prestación comprometida de educadora-becaria en un centro de protección de menores durante el curso 2013- 2014.

En la tramitación del expediente quedó acreditado que esta persona presentó la correspondiente solicitud conforme a la Orden reguladora de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, siéndole reconocida dicha beca el 21 de octubre de 2013, siendo publicada para su conocimiento y eficacia en el portal web de la Consejería.

Posteriormente, en noviembre de 2013, se realizan los trámites económico- presupuestarios necesarios para el pago de dicha subvención, siendo así que en esos momentos la Intervención Provincial emite un reparo al expediente argumentando la carencia de fiscalización previa. En consecuencia, al haber quedado paralizado el expediente y por considerar subsanables las irregularidades señaladas por la Intervención, se remite el expediente a los servicios centrales de la Consejería para que fuese tramitado un expediente de convalidación de gastos, en el cual el Gabinete Jurídico de la Consejería emite, con fecha 14 de abril de 2014, un informe negativo a dicha convalidación por considerar que se daba una causa de nulidad del acto administrativo.

Tras constatar esta información, desde esta Defensoría, solicitamos de la Delegación Territorial la emisión de un informe sobre las actuaciones que se estuvieran realizando para abonar la prestación económica demandada por la interesada, al que la administración contestó que el expediente contable correspondiente a la subvención para la cobertura de la beca de educadora del centro de menores no pudo ser subsanado al existir un informe de la asesoría jurídica en este sentido. En este caso y al concurrir posibles causas de nulidad, deberá ser la interesada la que se dirija a la Administración para reclamar patrimonialmente las cantidades que considerara que se le adeudan en función de la plaza de educador becario que vino ejerciendo en el curso 2013-2014. Teniendo en cuenta lo anterior la revisión del expediente por las causas indicadas no conlleva necesariamente el pago.

 

Actuamos de oficio interesados en conocer la posibilidad de que la Administración andaluza promueva y, en su caso, determine, medidas conducentes a favorecer el acceso de las victimas de terrorismo al empleo público.

Queja número 16/0389

Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Espartinas publica información sobre gastos de Feria local.

La parte interesada, en su calidad de presidenta de una Asociación de Espartinas, exponía que habían formulado escrito solicitando acceso a información y documentación -detallada y desglosada- de los gastos que el Ayuntamiento había tenido durante la Feria local -días 11,12,13 de septiembre de 2015-.

Manifestaba que el Ayuntamiento de Espartinas, les había negado tal información y documentación por contener datos protegidos, al contener contratos y facturas abonadas a empresarios autónomos, sin implantar medidas que protejan tales datos aun cuando se les facilitare la información sobre cantidades y finalidades o destino dado a los recursos públicos.

Ante lo expuesto, el Defensor del Pueblo Andaluz solicitó información al Ayuntamiento de Espartinas desde donde se nos informa que en octubre de 2015 se colgó en la sección “Cultura” de la web municipal la relación de gastos desglosada de la Feria de 2015. Añadía que en febrero de 2016 se ampliaba esta información, sin eliminar la anterior, en esta ocasión en la sección “Hacienda”.

Dado que el asunto objeto de la presente queja se encuentra solucionado al aceptar la Administración la pretensión de la interesada, se procede al cierre del expediente.

El Supremo cuestiona al Constitucional si el cambio de identidad sexual debe exigir más 18 años

El Tribunal ha presentado un auto defendiendo que las personas menores de edad son titulares de derechos fundamentales y pueden defenderlos con una justificación adecuada y en proporción a su madurez.

Medio: 
El Diario de Sevilla
Fecha: 
Vie, 18/03/2016

Como Defensor del Pueblo Andaluz “hacemos una llamada de atención a la sociedad para que con respecto del derecho de asilo y del estatuto del refugiado y, sobre todo, teniendo en cuenta el interés superior de los menores, la sociedad diga “basta ya de expulsiones, de mirar para otro lado” y que el asilo, que nunca ha sido cuestionado en ningún pais desde el punto de vista legal, ahora por aquello de los flujos mixtos no sea una excusa para rechazarlos también y, sobre todo, para rechazarlos desde las fronteras en lo que se llama una expulsión en caliente”.

El Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor de Andalucía, ha hecho estas declaraciones coincidiendo con la apertura de una queja de oficio interesándonos por conocer las actuaciones que ya se están poniendo en marcha así como las medidas para la recepción, asistencia y acciones para la integración de la población refugiada que pueda llegar a Andalucía, con especial atención a los menores.

declaracion_del_dpa_ante_la_crisis_de_los_refugiados_11.03.16.mp3

XIV Premios Blas Infante, Casares Solidario

 

Un año más, el Ayuntamiento de Casares (Málaga), convoca por decimocuarta vez los “PREMIOS BLAS INFANTE, CASARES SOLIDARIO”, convocatoria de subvenciones destinadas a Educación para el Desarrollo y Cooperación al Desarrollo, con las que hace homenaje a su ilustre vecino Blas Infante. El plazo de presentación finaliza el 16/04/2016, y las bases se pueden consultar en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Casares

Para más información, contactar con cooperacion@casares.es

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 16/0922 dirigida a Consejería de Hacienda y Administración Pública

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Del contenido de la respuesta emitida se desprende que se acepta la Resolución formulada por esta Institución, por ello procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

25-02-2016 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como objetivo básico de la Comunidad Autónoma el promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud. Asimismo, en su artículo 37.1.24ª, reconoce y configura como un principio rector de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma la atención a las víctimas de delitos, especialmente los derivados de actos terroristas.

Bajo estas premisas, la sociedad y las instituciones andaluzas asumieron el deber moral y jurídico de reconocer públicamente a las víctimas de tales actos, de velar por su protección y bienestar, y de asistirlas en necesidades que hayan podido verse agravadas por los mismos.

Conforme a lo anterior, y sobre la base de previsiones del Estatuto de Autonomía para Andalucía, se aprobó por unanimidad de todos los grupos parlamentarios la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyo objeto es rendir homenaje y expresar el mayor reconocimiento posible a las víctimas del terrorismo, y en consideración a ello establece un conjunto de medidas destinadas a las personas privadas, físicas o jurídicas que hayan sufrido la acción terrorista, con el fin de reparar y aliviar los daños de diversa índole vinculados a dicha acción.

Entre esas medidas (art. 2.1.f) se encuentran las “Medidas en materia de empleo público”, concretadas en el artículo 27 en los términos siguientes:

“ Artículo 27. Empleados públicos.

  1. A las víctimas que ostenten la condición de personal al servicio de la Junta de Andalucía se les reconocerá, cuando se acredite motivadamente la necesidad en consideración a su condición y circunstancias particulares, los derechos, permisos, licencias y situaciones administrativas que procedan, en el marco de la normativa vigente en cada ámbito, para hacer efectiva su protección y su derecho a una asistencia social integral.

  2. La Administración de la Junta de Andalucía determinará, en el ámbito de sus competencias, medidas conducentes a favorecer el acceso de las víctimas de terrorismo al empleo público, de conformidad con lo que establezcan las bases del régimen estatutario de los empleados públicos.

  3. Se atenderá a la mayor integración laboral de las víctimas o de las personas de quienes sean dependientes mediante la adaptación del puesto de trabajo a sus peculiaridades físicas y psicológicas, la adscripción a un puesto de trabajo semejante cuyo desempeño mejor se adapte a dichas peculiaridades o mediante medidas relacionadas con la movilidad y la reducción o flexibilidad horaria”.

A pesar del tiempo transcurrido desde la aprobación de la Ley 10/2010, más de 5 años, la Administración de la Junta de Andalucía, no ha determinado medida alguna conducente a favorecer el acceso de las victimas de terrorismo al empleo público.

En relación con las Ofertas de Empleo Público y su desarrollo a través de las distintas Convocatorias públicas, no establece la adopción de ningún tipo de medida concreta en relación con las víctimas del terrorismo -como la reserva de plazas en dichas convocatorias, exención de tasas, etc.

Por cuanto antecede, se inicia actuación de oficio, al amparo de nuestra Ley reguladora, ante la Secretaría General para la Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, al objeto de conocer la posibilidad de que la Administración andaluza promueva y, en su caso, determine, medidas conducentes a favorecer el acceso de las victimas de terrorismo al empleo público.

27-02-2017 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

En este expediente de queja promovemos una actuación de Oficio ante la Secretaría General para la Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, con objeto de conocer la posibilidad de que la Administración andaluza promueva y, en su caso, determine, medidas conducentes a favorecer el acceso de las victimas de terrorismo al empleo público.

Recibida la preceptiva respuesta de la Secretaría General para la Administración Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a la Recomendación dictada, se nos contesta entre otros, en los siguientes términos:

El Estatuto Básico del Empleado Público recoge medidas de acción positiva -permisos, excedencias, traslados...- para las personas víctimas del terrorismo que sean empleadas públicas, sin hacer ninguna referencia a la acción positiva en el acceso empleo público.

No obstante, la ley 29/2011, de 22 de septiembre, en su disposición adicional cuarta, tiene un mandato claro al respecto: “las Administraciones Públicas adoptaran, en el ámbito de sus competencias, medidas conducentes a favorecer el acceso a las víctimas de terrorismo al empleo público, de conformidad con lo que establezcan las bases del régimen estatutario de los empleados públicos”.

En lo que respecta a nuestra Comunidad Autónoma, se indica que en la actualidad se continua trabajando en el proyecto de Ley del Empleo Público Andaluz, donde indudablemente se estudiará la Recomendación que esa Institución nos hace llegar, de la misma forma que se estudiarán las acciones que puedan llevarse a cabo a través del desarrollo reglamentario de la repetida Ley 10/2010”.

En consecuencia, del contenido de la respuesta emitida se desprende que se acepta la Resolución formulada por esta Institución, por ello procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

Nueva ley en Italia contra el despilfarro alimentario

Cada año se tiran alimentos en Italia por valor de 12.500 millones de euros. En el mundo un tercio de la producción de alimentos se desecha

Medio: 
ABC
Fecha: 
Jue, 17/03/2016
Temas: 
Seguimiento de nuestras quejas sobre servicios de interés general

Responsables de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz han mantenido una reunión de trabajo este miércoles 15 de marzo con responsables de Endesa, para el seguimiento del convenio de colaboración donde tratamos las quejas que los ciudadanos y ciudadanas nos han remitido.

En el transcurso de la reunión se debatió la iniciativa del Defensor del Pueblo Andaluz para la puesta en marcha de medidas destinadas a luchar contra la pobreza energética en todo el territorio andaluz (queja 15/3016).

 

 

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