La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queja número 13/6330

Tras nuestra intervención, la Administración rectifica el procedimiento seguido y le concede bonificación  por familia numerosa en recibo de IBI.

La parte promotora de la queja expone que en fecha 3 de octubre de 2012 presentó solicitud y documentación instando bonificación por domicilio de residencia habitual y por familia numerosa, en relación con el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, reiterando la misma el día 2 de enero de 2013, pues el día 31 de diciembre el Registro de la Administración Municipal permaneció cerrado según indica. 

Hasta la fecha de su escrito de queja -afirmaba- no se le había facilitado respuesta, es más ha debido pagar los recibos del ejercicio 2013 en la cuantía total, sin bonificaciones ni beneficios fiscales algunos.

Por la información recibida de la Agencia Provincial de Administración Tributaria,  tuvimos conocimiento que con fecha 24 de septiembre de 2014 se había dictado Resolución estimatoria de la solicitud de la reclamante, teniendo por subsanados los defectos de la solicitud inicial, rectificando la actuación administrativa seguida y, reconociéndole -con efectos retroactivos- la bonificación por familia numerosa que  respecto del IBI del ejercicio de 2013 había solicitado.

Queja número 14/0011

Logramos que la Administración municipal notificara resolución en vía de recurso, rompiendo el silencio mantenido.

La parte promotora de la queja expone la falta de respuesta por el Ayuntamiento de Guillena al recurso formulado con fecha 11 de junio de 2012, contra una acción recaudadora. No habiendo recibido una respuesta, con fecha 15 de julio de 2013, presentó escrito interesándose por el expediente, sin que hasta la fecha haya recibido información al respecto.

Tras la información recibida del Ayuntamiento tuvimos conocimiento de que el mismo había roto el silencio  administrativo mantenido frente al recurso  de reposición, dictando Resolución de fecha 28 de agosto de 2014, desestimando todas las alegaciones formuladas por el interesado en vía ejecutiva.

Entre otras alegaciones desestimadas, la de la prescripción de la deuda tributaria, pues como indicaba el Ayuntamiento ante la imposibilidad acreditada de notificarle en domicilio, se recurrió a la publicación edictal  de la Providencia de Apremio en el BOP y tablón de edictos municipal. Desestimando la alegación de recargos excesivos, por considerarlos adecuados a las previsiones reglamentarias en la materia y, finalmente, desestimando de la misma forma la alegación formulada respecto a falta de notificación de deuda tributaria por impago del IVTM de 2011, por cuanto que tratándose de recibo de vencimiento periódico, el Ayuntamiento había notificado en forma colectiva conforme a las previsiones del Reglamento General de Recaudación.   

Queja número 14/2507

Tras nuestra mediación, le condonan deudas por servicios de comunicaciones electrónicas facturados y que estaban en gestión de cobro.

La parte promotora de la queja expone que desde hace un tiempo le llaman constantemente de una oficina jurídica en nombre de Vodafone, pidiéndole la cantidad de 359 euros, que según ellos les adeuda desde 2012.

Indica que en ningún momento ha tenido contrato con esa compañía de teléfono, pudiendo demostrar que ha estado más de diez años con otras operadoras que cita..

Además, parece que le han incluido en algún fichero de morosos por lo que al intentar financiar una compra le han denegado la financiación, con los consiguientes trastornos.

Como Vodafone no tiene ningún contrato firmado a su nombre, les exige que borren sus datos de sus ficheros, y le retiren inmediatamente de los ficheros de morosos y reclama una indemnización -que no cuantifica- por los daños económicos ocasionados.

Todo lo cual se le traslada por si tuviese a bien reconsiderar la respuesta de esa entidad y ofrecer fórmulas que permitan un acuerdo satisfactorio al problema planteado.

Tras dirigirnos a Vodafone, ésta nos informa que el cliente de la operadora había generado un crédito a favor de la misma por impago de cantidades por servicios de comunicaciones electrónicas prestados y que le fueron facturados. Los créditos impagados habían sido trasladados a entidades de gestión de cobro, que tras nuestra intervención mediadora y actuando de común acuerdo con Vodafone resolvieron condonar las deudas resolviendo favorablemente a las pretensiones del cliente el asunto.


Queja número 14/2852

Tras nuestra intervención mediadora, el Servicio de atención al cliente  de Vodafone acepta las reclamaciones del mismo.

La parte promotora de la queja nos expone que con fecha de 24 de marzo de 2014 se dirigía al Servicio de atención al Cliente de Vodafone, operador de telefonía fija, móvil, y servidor de internet que tenía contratado (Contrato nº cuenta Vodafone: xxxx), para plantearles las quejas con fecha 26 de mayo de 2014 por los siguientes motivos:

- Disconformidad con la factura recibida, tanto en la cuantía como en los conceptos incluidos.

- Negativa o demora en tramitar la baja en el servicio por el operador.

- Incumplimiento de ofertas por el operador.

Ante la falta de respuesta del Servicio de atención al cliente, solicitaba de esta Institución que medie ante la compañía a  fin de que se resuelva su problema lo antes posible.

Tras dirigirnos a Vodafone, ésta nos informaba  que con fecha 24 de julio se había generado ingreso en cuenta del cliente de la operadora rectificando facturas reclamadas y, con respecto a solicitud de baja que tenía interesada, nos informaban que la misma se había producido con fecha 7 de marzo de 2014. 

Queja número 14/3550

La parte promotora de la queja expone que en fecha 29 de mayo de 2012 presentó ante la Agencia Tributaria de Andalucía una solicitud de devolución de ingresos indebidos por un importe de 17.063,05 euros, como consecuencia de rectificación de la autoliquidación por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones xxxx.

Añade que al entender desestimada por el transcurso del tiempo su solicitud referida, con fecha 21 de diciembre de 2012 interpuso reclamación económico-administrativa ante el TEARA, que mediante Fallo de 21 de febrero de 2014, estimó la totalidad de las pretensiones deducidas por la interesada.

No obstante, y comoquiera que por la Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía, no se ejecutaba el Fallo recaído, mediante escrito presentado el 5 de mayo de 2014, solicitaba de la misma la ejecución todavía pendiente.

En su escrito la Administración Tributaria nos informaba que recibió el Fallo estimatorio del TEARA en fecha 15 de Mayo de 2014, iniciando el procedimiento para la devolución de ingresos indebidos .... . Añadiendo que, en fecha 24 de Septiembre de 2014, se procedía a materializar el pago en ejecución de aquel fallo.

Queja número 14/3986

Logramos que  le devuelvan ingresos indebidos tras embargo en cuenta.

La parte promotora de la queja expone que en fecha 26 de septiembre de 2013 presentó reclamación y solicitud de devolución de ingresos indebidos, contra un cargo bancario de 61,59 euros, en ejecución de Diligencia de embargo expedida por el Servicio de Recaudación de la Diputación Provincial.

El citado cargo, según acredita, corresponde a tasa de residuos sólidos urbanos establecida por la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar (ARCGISA).

Añade que, ante la falta de respuesta mantenida por esa Mancomunidad, se vio obligado a reiterar con fecha 26 de noviembre de 2013 y 22 de abril de 2014 su reclamación y peticiones de devolución de ingresos indebidos, alegando la transmisión de la propiedad de la vivienda objeto de la tasa en el año 2012.

Una vez relatados los hechos que la parte interesada nos indicaba, se procedió a admitir a trámite la queja, únicamente, a los efectos de que, por parte de la Administración, se diera una respuesta expresa a la referida reclamación.

Por la información recibida, tuvimos conocimiento que la entidad gestora había comunicado al interesado la devolución de lo ingresado indebidamente, efectuando el ingreso en cuenta el 1 de agosto de 2014,  lo que le comunicaban en fecha 9 de septiembre de 2014, motivo por el que cerramos las actuaciones.

Foro de la Infancia

La Fundación Gota de Leche, el Observatorio Andaluz de la Infancia y el Defensor del Menor de Andalucía han celebrado hoy un Foro sobre la Infancia para sensibilizar la acción social y a los poderes públicos en la situación de la población infantil en Andalucía. Durante la jornada, han hecho público una serie de principios para luchar contra la pobreza infantil en nuestra comunidad:

  1. No podemos estar con los niños pobres, si no luchamos contra la pobreza
  2. El futuro de los niños es siempre HOY; mañana, será tarde
  3. La EDUCACIÓN, pieza clave para acabar con la pobreza infantil
  4. Ningún niño sin comer todos los días
  5. La crisis ataca a la infancia. Ningún recorte en sus ayudas. Todo el esfuerzo para niños y niñas.
  6. Ningún niño o niña merece un desahucio de su hogar.
  7. Un joven es su proyecto de vida. Una adolescente es una oportunidad de futuro. Respetemos el valor de la juventud.
  8. Las familias en situación económica adversa con hijos con discapacidad deben recibir atención prioritaria.
  9. Toda niña y todo niño deben ser protegidos del abuso sexual dentro y fuera de su familia. Luchemos contra la trata de menores.
  10. Los menores con padres afectados por enfermedad grave o adicciones son víctimas ocultas. Aliviemos su sufrimiento con la atención que merecen.
  11. Los hijos con padres en prisión no necesitan otra condena. Merecen ayuda.


 


Orden de 11 de noviembre de 2014, por la que se fija nuevo plazo para la presentación de solicitudes de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la inserción sociolaboral de personas beneficiarias del ingreso mínimo de solidaridad, para el año 2014.

 

19/11/2014 | 22 h: Entrevista al DMA en La Lupa

El Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, interviene este miércoles en el programa "La Lupa", de Correo Andalucía TV, en su calidad de Defensor del Menor de Andalucía, con motivo del Día Internacional del Menor, este jueves, 20 de noviembre.

Otros eventos programados para el día 19/11/2014

El Defensor del Pueblo Andaluz ve "adecuada" la conservación de las praderas de posidonia en Maro Cerro-Gordo

Medio: 
Ideal de Granada
Fecha: 
Lun, 17/11/2014
categoria_n: 
-
Destacado: 
0
Provincia: 
ANDALUCÍA
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