La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 15/5734 dirigida a Consejería de Educación, Delegación Territorial de Huelva

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

El CEIP cuenta con dos Monitores de Educación Especial, uno propio del Centro y el otro procedente del E.O.E. Huelva-Este, este último cuenta desde el día 1 de noviembre de 2015 con un crédito sindical de 75 horas mensuales.

Conocida esta circunstancia y teniendo en cuenta que el crédito sindical del citado trabajador no es una liberación total y que sólo de él mismo depende la elección del uso del horario, se inicia los trámites para al contratación de personal con carácter de sustitución, al objeto de cubrir la ausencia cuando el trabajador haga uso de su crédito sindical. El trámite de sustitución, se debe realizar conforme a lo recogido en el artículo 18.3 del VI Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

14-12-2015 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de diversos medios de comunicación social, del problema que afecta al centro escolar V Centenario de Huelva por la ausencia del personal necesario para la debida atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo escolarizado en aquel, lo que ha ocasionado la protesta de los padres afectados.

Al parecer, continúan recogiendo las noticias, la causa de la ausencia en el centro de uno de los monitores se encuentra en haberse acogido a su derecho de libre disposición sindical, de modo que no acude al colegio desde hace el 17 de noviembre, fecha a partir de la cual la otra monitora ha asumido el trabajo de su compañero a la espera de que la Administración educativa cubra esa plaza. Pero la situación se ha deteriorado notablemente desde el momento en que, por motivos familiares, esa otra trabajadora no acudirá a su puesto de trabajo durante algunas jornadas.

Las noticias recogen asimismo las declaraciones de la dirección del centro sobre su deseo de que la situación se solvente lo antes posible dada la precariedad asistencial que se está viviendo y que llevó al propio director a tener que limpiar a los niños que así lo necesitaban.

La información señala que la ausencia del primer monitor para el día 17 de noviembre era conocida por la Delegación Territorial de Educación de Huelva desde el día 6 del mismo mes.

Así las cosas, hemos acordado proceder a incoar expediente de oficio al objeto de poder conocer con mayor profundidad los hechos ocurridos.

17-02-2016 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

El CEIP cuenta con dos Monitores de Educación Especial, uno propio del Centro y el otro procedente del E.O.E. Huelva-Este, este último cuenta desde el día 1 de noviembre de 2015 con un crédito sindical de 75 horas mensuales.

Conocida esta circunstancia y teniendo en cuenta que el crédito sindical del citado trabajador no es una liberación total y que sólo de él mismo depende la elección del uso del horario, se inicia los trámites para al contratación de personal con carácter de sustitución, al objeto de cubrir la ausencia cuando el trabajador haga uso de su crédito sindical. El trámite de sustitución, se debe realizar conforme a lo recogido en el artículo 18.3 del VI Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

Pese a ello, la Delegación agilizó el mismo al máximo posible, y el centro cuenta desde el día 1 de diciembre de 2015, con una persona contratada, para suplir las ausencias que se produzcan cuando el trabajador con crédito horario, haga uso de su derecho de libre disposición sindical.

 

Sugerimos que las personas con discapacidad que concurren a un empleo público conozcan si las pruebas de acceso están adaptadas en tiempo y forma a sus necesidades

SUGERENCIA: Que para los nuevos procesos selectivos de ofertas de empleo público, a los que concurran personas discapacitados con grado de minusvalía del 33% o superior, y hayan solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios, se dicten resolución (inicialmente con carácter provisional) sobre concedidas o denegadas para la realización de las pruebas selectivas, y se notifiquen formalmente a los interesados, o en su caso, mediante publicidad en boletín oficial, tablón de anuncios o páginas web, con expresión, en su caso, de las causas de denegación.

A este respecto, es práctica en otros procesos selectivos de la Junta de Andalucía; por ejemplo, por la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 221, de 13 de noviembre de 2015, Resolución del día 9), que una vez evaluadas por el respectivo Tribunal Calificador y estimadas o desestimadas mediante Resolución de dicho Centro Directivo, se declare aprobada la lista definitiva de solicitudes de adaptaciones de tiempo y/o medios concedidas, y denegadas, para la realización de las pruebas.

    Con motivo de la celebración el día 21 de enero del DÍA EUROPEO DE LA MEDIACIÓN, la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz participa en los actos conmemorativos organizados por la Comisión Permante de Mediación Málaga, integrada por la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento y la Diputación de Málaga, la Universidad de Málaga, Colegios profesionales y Asociaciones de mediadores.

      Queja número 15/0603

      La Administración informa que, tras la oportuna investigación practicada, se constata la no existencia de infracción alguna por parte del director del centro así como por ninguno de sus trabajadores en la aplicación de las medidas de contención, y en concreto, de sujeción mecánica a los menores internados en dicho recurso.

      A través de un medio de comunicación social (el diario.es) esta Institución ha tenido conocimiento de una denuncia sobre presuntos malos tratos a menores que cumplen medida de internamiento en el centro “Tierras de Oria” de Almería, gestionado por la Asociación para la Gestión de la Integración Social GINSO. La noticia se publica junto a un video de una duración de 3 minutos y 36 segundos, en el que se muestra a dos jóvenes a los que, al parecer, se les está aplicando una medida de contención mecánica.

      Continúa señalando la noticia que el colectivo “centrosdemenores.es” ha denunciado que este tipo de actuaciones y otras agresiones ocurren "habitualmente" en el centro Tierras de Oria, donde sitúa la grabación. Además, explica el informativo que el episodio de los dos jóvenes atados en habitaciones contiguas ocurrió "hace unos días".

      A la vista del relato de los hechos, corresponde al Defensor del Menor de Andalucía velar por la seguridad y bienestar de las personas internas en centros para el cumplimiento de medidas impuestas por Juzgados de Menores y, por ello, con fundamento legal en la Ley reguladora del Defensor del Pueblo Andaluz; y en la Ley reguladora de la Responsabilidad Penal de Menores, esta Institución ha decidido iniciar, de oficio, un expediente de queja a fin de supervisar las actuaciones desarrolladas por el centro “Tierras de Oria”, conforme al encargo y vinculación contractual con la Junta de Andalucía.

      Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 15/0256 dirigida a Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

      RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

      La administración informa como se desarrolló durante el período de verano los programas de garantía alimentaria en los 62 proyectos seleccionados, de los cuales algunos se encuentran aún pendientes de trámites fiscalizadores.

      23-01-2015 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

      Tras constatar los graves efectos de la crisis económica en los sectores más vulnerables de población, y de manera especial en la población menor de edad de Andalucía, esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor de Andalucía, decidió incoar de oficio el expediente de queja 13/2338 en el que formulamos una propuesta a la Consejería de Educación y a la Federación Andaluza de Municipios y Provincias a fin de que aunaran esfuerzos que permitieran ampliar el servicio de comedor en periodo no lectivo para el alumnado en situación de especial vulnerabilidad, extendiendo con ello la labor compensatoria de este servicio complementario.

      En congruencia con dicha iniciativa nos congratulamos por la aprobación del Decreto-Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social. Una norma que contempla, por un lado, el Programa de Ayuda a la Contratación para garantizar una especial protección de las personas menores de edad frente a las situaciones de pobreza que afectan a sus familias; y por otro, el Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, que tiene entre sus líneas de actuación asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos, incluyendo el refuerzo de la alimentación infantil en los centros docentes de Andalucía.

      Desde aquel momento, nuestra Institución ha dirigido su actuación a comprobar la puesta en práctica de la medida señalada, los menores que se han beneficiado de la medida, y las actuaciones de coordinación emprendidas por las distintas Administraciones implicadas.

      Nuestras actuaciones en dicho expediente finalizaron tras recibir un informe de la Consejería de Salud, Igualdad y Políticas Sociales aportando una relación de las Zonas de Necesidades de Transformación Social de los distintos municipios andaluces, también una relación de las entidades gestoras de los Programas de Garantía Alimentaria, y el número de menores atendidos.

      Partiendo de la experiencia acumulada en la aplicación del aludido Decreto Ley y con la finalidad de optimizar sus positivos efectos en la población en riesgo de exclusión se aprobó el Decreto Ley 8/2014, de 10 de junio, en cuya aplicación y gestión se han venido producido diversos incidentes con trascendencia en los medios de comunicación de Andalucía. En las crónicas periodísticas se relatan dificultades en el proceso logístico para el reparto de alimentos y otras dificultades en aspectos burocráticos del Plan de Garantía de Alimentos.

      Por dicho motivo hemos decidido incoar, de oficio, un nuevo expediente de queja sobre esta cuestión.

      30-11-2015 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

      La administración informa como se desarrolló durante el período de verano los programas de garantía alimentaria en los 62 proyectos seleccionados, de los cuales algunos se encuentran aún pendientes de trámites fiscalizadores.

      Queja número 15/2506

      La administración informa sobre las medidas adoptadas para solventar el problema planteado en la queja y, además, que se ha hecho efectivo el inicio de las visitas en el punto de encuentro familiar.ueja, y de haberse hecho efectivo el inicio de las visitas en el punto de encuentro familiar.

      La persona interesada exponía el pésimo servicio que ofrece el Punto de Encuentro Familiar de Huelva. Y expresaba su preocupación por los 4 meses que llevaban en lista de espera y según las noticias que tenían tendrían que esperar como mínimo un mes y medio más.

       

      Queja número 15/2656

      Acudía a esta Institución una ciudadana manifestando que en el año 1993 sus padres concedieron autorización a Telefónica S.A. de instalación de postes en finca de su titularidad, firmando el correspondiente documento. Con posterioridad y como aquella autorización se concedió provisionalmente y con el compromiso de su retirada a la mayor brevedad posible, habían intentado en repetidas ocasiones contactar con la Dirección de Telefónica, para indicarles que debe retirar los postes de aquella heredad, finca privada.

      Tras solicitar la colaboración de Movistar, recibimos informe indicando que se había ha redactado el Proyecto 01583727 EL HIGUERON(CO):VAR. RED GLORIETA AEROPUERTO, por el que se retirarían los postes denunciados.

      Añadiendo, en una segunda comunicación, que disponían ya de Visado del Proyecto, Nombramiento de Coordinador de Seguridad y Salud y Dirección Facultativa y también que la Propuesta de Inversión está aprobada y presupuestada, habiendo pedido los permisos a Fomento para la construcción de la canalización que posibilitaría la retirada de los postes. Estando en aquel momento en espera de los permisos.

      A la vista de la información recibida, consideramos que el asunto se estaba resolviendo en línea con los solicitado por la propiedad privada de la finca en cuestión, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones.

      No obstante, en mayo de 2016 se ha recibido nueva comunicación del interesado manifestando que a pesar del tiempo transcurrido todavía no han retirado los postes de la finca.

      Retomando nuestras actuaciones, nos dirigimos nuevamente a Telefónica, a fin de conocer cuál sea el estado de ejecución de las medidas que se nos anticiparon en su anterior información al respecto y en cualquier caso, posibilidades de retirar inmediatamente los postes referidos, para una más adecuada satisfacción y solución de las cuestiones que plantea la parte afectada.

      Al efecto, recibimos informe indicando que la eliminación del poste en cuestión está contemplada dentro de un proyecto de obra que se encuentra pendiente de permisos de Fomento ya que no les dejan trasladar el poste fuera de la parcela al quedar menos de una vez y media hasta la carretera. Se ha modificado el proyecto para hacer canalizado bajo carretera con un topo, pero Fomento deniega nuevamente por necesitar aclaraciones de planos. Indican que así las cosas, se va a retomar el tema por el departamento de ingeniería para intentar solución alternativa.

      Habiendo dado trámite de alegaciones a la parte interesada sin haber recibido contestación alguna, podemos considerar que el asunto objeto de la queja se encuentra en vías de ser solucionado, por lo que procedemos al cierre del expediente.

      Queja número 15/2324

      El ayuntamiento de San Fernando informa que se encuentra en proceso de negociación con la Junta de Andalucía y con el Ministerio de Defensa para analizar la modificación del actual convenio de colaboración, suscrito el 9 de julio de 2007, por la que se cede el uso de las instalaciones y equipos de 4 institutos de Educación Secundaria y 11 de Educación Infantil y Primaria en la red de centros docentes de Andalucía.

      De este modo, añade la Corporación Municipal, se valorará, si procede, asumir las responsabilidades que a cada una de las Administraciones corresponda, siendo voluntad de las distintas administraciones encontrar una solución que satisfaga los problemas de financiación de los centros escolares cedidos en su momento por el Ministerio de Defensa.

      Esta Institución ha tenido conocimiento, a través de diversos medios de comunicación local, del problema que afectaba a la escuela infantil “Virgen del Carmen” y a los centros de educación infantil y primaria “Cecilio Pujazón”, “Vicente Tofiño” y “Juan Díaz de Solís”, como consecuencia del deterioro que sufren las instalaciones de los mismos por su falta de mantenimiento y conservación en los últimos años.

      El problema suscitado en la queja no era novedoso. Se trataba de una cuestión controvertida desde que en el año 2007 se transfiriera a la Comunidad Autónoma de Andalucía la cesión y uso de 4 institutos de educación secundaria y 11 centros de educación infantil y primaria. Y su discrepancia surgió con los ayuntamientos donde se ubican estos centros docentes en relación con determinar a quién compete las funciones de conservación, mantenimiento y vigilancia donde se ubican los colegios.

      La controversia competencial estaba afectando principalmente a los alumnos y alumnas escolarizados en estos centros docentes, a los cuales, se les pueden estar conculcando el derecho fundamental a la educación, (derecho a una educación de calidad y a la necesidad de contar con la infraestructura y medios materiales necesarios para su consecución en igualdad de condiciones).

      Por todo lo señalado, esta Institución del Defensor del Menor de Andalucía, también Defensor del Pueblo Andaluz, consideró justificado iniciar, de oficio, un expediente para poder conocer, en primer lugar, la realidad de los hechos denunciados en los medios de comunicación social respecto de la escuela infantil y a los centros de educación infantil y primaria y, en segundo lugar las actuaciones de colaboración y cooperación promovidas los distintos organismos para solventar el problema suscitado.

      Queja número 15/4665

      La administración informa que finalmente se ha autorizado el uso del transporte escolar a aquellos alumnos y alumnas de zonas rurales de Jerez de la Frontera que, en principio, no podían hacerlo.

      Aparecieron en la prensa numerosas noticias que hacen referencia a la problemática que afectaba a varios centros docentes de las zonas rurales de Jerez de la Frontera en relación a la prohibición del uso del transporte escolar a determinados alumnos y alumnas escolarizados en de dichos centros.

      La cuestión es que los colegios situados en las barriadas rurales además de todos los cursos de la Educación Primaria, imparten los dos primeros cursos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria. No obstante ello, estos mismos centros educativos están actualmente adscritos a determinados Institutos de Educación Secundaria de Jerez, de manera que el alumnado que acaba con sus estudios de educación primaria pueden acceder directamente al primer curso de Enseñanza Secundaria en los centros receptores.

      Y es en este punto en el que se origina el problema, resultando que a aquellas familias que han optado por matricular en el presente curso 2015-2016 a sus hijos e hijas, como nuevos alumnos o alumnas en el primer curso de Enseñanza Secundaría, en el mismo colegio en el que han realizado la Educación Primaria, se les ha privado de la utilización del transporte escolar que hasta ahora venían utilizando, mientras que este mismo se mantiene para el alumnado repetidor de 1º de ESO y todo el alumnado de 2º de ESO.

      Sobretodo existiendo plazas vacantes en servicios de transporte escolar ya programados y, por lo tanto, no suponiendo ello ningún coste añadido para la Administración, no es fácil de entender la negativa a autorizar el uso de este transporte a aquellos alumnos y alumnas que lo necesiten. Entendemos que de este modo, no solo no se produce ningún perjuicio económico a la administración, sino que ello supone la optimización en la utilización de los recursos públicos destinados a tal fin.

      Teniendo en cuenta, las anteriores consideraciones, se incoó un expediente de oficio

      Queja número 15/1133

      La administración informa que acepta nuestra resolución tras una reunión entre los padres del menor y los profesionales que lo atienden.

      Se dirigió a esta Institución la madre de un menor, alumno con necesidades específicas de apoyo escolarizado en un colegio de la provincia de Sevilla, señalando que desde que su hijo comenzó el proceso de escolarización se han venido produciendo diversas vicisitudes que han perjudicado el desarrollo académico y emocional de aquel. En este sentido, se lamentaba de la escasa información que el centro escolar proporciona a la familia sobre la evolución del menor. También ponía en cuestión que las circunstancias más relevantes acontecidas durante el periodo de tiempo que el alumno pasa en el colegio no hayan quedado reflejadas en la correspondiente agenda, al ser éste un instrumento esencial de comunicación entre el ámbito escolar y el familiar.

      Añadía la reclamante que en reiteradas ocasiones el menor ha llegado a casa triste, sin querer comentar ningún asunto relacionado con el colegio. En una de estas ocasiones, al parecer, pudo ser objeto de maltrato por otros compañeros, sin que tal circunstancias fuera advertida por los responsables del centro.

      Tras la admisión a trámite de la queja, recibimos de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla un informe en el que se viene a poner de manifiesto que el alumno ha asistido a clase durante el primer trimestre con normalidad, asistiendo a sus clases de pedagogía terapéutica (PT) y audición y lenguaje (AL). A partir de las vacaciones de Navidad, el niño deja de acudir al centro, la tutoría informa a la dirección de tal extremo y desde ésta a los servicios sociales del Ayuntamiento, comunicándole la madre que el niño está enfermo. Pasados unos días el alumno sigue sin incorporarse a sus clases y la dirección se pone en contacto nuevamente con los servicios sociales informando que el alumno no requiere ir a clase porque al parecer ha tenido algún tipo de problema.

      Continúa el informe señalando que el colegio citó a la madre y se celebró una reunión con el equipo directivo y la tutora del alumno, junto a la persona representante de los servicios sociales municipales. En dicho acto la madre se queja de la falta de comunicación sobre su hijo por parte del centro, porque la tutora no le escribe nada en la agenda escolar para explicarle como va en clase. La tutora le informa que no tiene costumbre de escribir en la agenda a no ser por un motivo grave, y ella veía al niño normal. Por su parte, el director del centro le comunica que para la información de la evolución del proceso de aprendizaje del alumnado, y en especial el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, no se utiliza la agenda escolar sino las tutorías a las que tiene derecho, e incluso en su caso, el director y el jefe de estudio están a su disposición cualquier día y a cualquier hora dada la problemática del niño.

      Sobre la posibilidad de que el niño haya sufrido algún tipo de maltrato por sus compañeros, el informe pone de relieve que el director le solicitó a la madre que concretara lo que ella creía que ha sucedido, pero que ésta no dio explicación exacta de lo que era.

      Concluye el informe señalando que el alumno estaba asistiendo a clase con regularidad y era atendido por la maestra de pedagogía terapéutica durante cuatro períodos semanales al inicio del curso, posteriormente se le aumentaron a cinco y actualmente se le ha aumentado uno más para poder ayudarle en inglés. En cuanto a las clases de audición y lenguaje, tiene tres períodos semanales, teniendo en cuenta que la profesora de esta materia es compartida con otros dos centros. Esto significa que es el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que mayor número de horas recibe de atención especializada.

      A la vista de lo aportado en el informe de la Administración educativa dimos traslado de su contenido a la reclamante con el objetivo de que nos presentara las consideraciones y alegaciones que creyera convenientes al mismo, a fin de poder adoptar una resolución definitiva sobre el asunto que nos ocupa.

      En respuesta a esta solicitud recibimos una carta de la interesada en la que muestra su disconformidad con algunas de las argumentaciones contenidas en el informe de referencia.

      RECOMENDACIONES:

      Primera.- Que se dicten las instrucciones oportunas a la dirección del colegio a fin de que para el próximo curso escolar se elabore un instrumento de comunicación diario, a modo de agenda escolar, entre la familia y el centro donde se recoja toda la información de interés para ambos contextos que afecte al alumno en cumplimiento de las recomendaciones del informe psicopedagógico de éste elaborado por el equipo de orientación educativa.

      Segunda.- Que se dicten las instrucciones oportunas a la dirección del colegio señalado con el objetivo de que para el próximo curso escolar se establezca una especial vigilancia y control al citado alumno, estableciendo medidas específicas de prevención de situaciones de acoso así como de atención inmediata ante la menor sospecha de que pudiera estar siendo víctima de una situación de acoso en el centro escolar.

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