La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Se reúnen con las familias del alumnado del Programa de Transición a la Vida Adulta y Laboral para atender sus demandas

Queja número 25/3836

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a la dotación de medidas de apoyo para alumnado incluido en el programa de transición para la vida adulta y laboral (PTVAL) en una localidad de la provincia de Málaga.

En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga, para complementar la información ante la situación planteada, habiendo recibido comunicación sobre el tema desde la Delegación Territorial con fecha 9 de junio de 2025.

El PTVAL (PTFVA en el caso de los centros sostenidos con fondos públicos) es un programa de transición a la vida adulta y laboral que se imparte durante un máximo de 4 cursos para formar a jóvenes con NEE y, al tratarse de recursos de difícil generalización, su permanencia en un centro dependerá de la demanda y necesidades de alumnado de NEE existentes en la zona. El máximo de alumnado en cada unidad de PTVAL es de 8 alumnos.

Los PTVAL se regulan por el Decreto 147 /2002 de 14 de mayo por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales; por la Orden de 19 de septiembre del 2002 por la que se regula la elaboración del Proyecto Curricular de los Centros Específicos de Educación Especial y de la programación de las aulas específicas de Educación Especial en los centros ordinarios; y por la Circular del 21 de abril del 2014 sobre informe de valoración del progreso en PTVAL.

En la mencionada Orden de 19 de septiembre del 2002 por la que se regula el periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral, destinado a los jóvenes con NEE, se indica que los PFTVAL están encaminados a facilitar el desarrollo de la autonomía personal y la integración social y laboral del alumnado que haya finalizado la formación básica de carácter obligatorio en centros específicos de educación especial, en institutos de educación secundaria y en centros privados con los que se haya formalizado el correspondiente concierto educativo. Al finalizar el programa, cada alumno o alumna recibe un certificado acreditativo en el que constan los progresos alcanzados por el alumnado en los distintos ámbitos.

La presencia en un centro de los PTVAL, está supeditada a la existencia de demanda del recurso en la zona de escolarización.

El Servicio de Ordenación Educativa, a 31 de marzo de 2025 una vez finalizado el proceso de escolarización ordinario para el curso 25/26, ha efectuado un estudio de las plazas y las solicitudes de la zona para Unidades PTVAL y ha valorado la situación teniendo en cuenta los siguientes datos:

- En el CDP S.V., hay un PFTVA (programa de formación para la transición a la vida adulta) con cuatro vacantes de la familia profesional de Comercio.

- En el CDP S.C. hay un PFTVA con una plaza disponible de la familia profesional de Agricultura.

- En el CEIP R.S. constan 2 unidades de PTVAL (programa de transición a la vida adulta y laboral), una de Carpintería y otra de Cerámica, que ocupan 11 alumnos en el presente curso. En el PTVAL del CEIP, 3 alumnos finalizan en el presente curso, quedando para el curso 25/26 un total de 8 plazas libres, es decir, queda una unidad de PTVAL sin alumnado.

Tanto en los programas de PFTVA (centros sostenidos con fondos públicos) como en los de PTVAL (centros públicos) los requisitos de acceso, la estructura de los programas, su duración y los objetivos que persiguen son idénticos. En dicho período de transición a la vida adulta, la función esencial de la enseñanza será la promoción del máximo grado de desarrollo y la preparación de los alumnos/as para que puedan acceder y participar de forma activa en situaciones y actividades sociales que faciliten su transición a otros contextos de desarrollo y socialización. Esto supone fijar los objetivos y metas en una doble dirección: Esforzarse en promover en los alumnos/as el máximo grado de calidad de vida en sus vertientes de salud y bienestar y, en la medida de lo posible, garantizar el acceso al mayor número de saberes que les permitan participar de forma adecuada en los diferentes entornos y actividades que podrán encontrarse en el transcurso de su vida, una vez que finalicen su período de escolarización.

Con esta información, a fecha de 7 de abril de 2025, se decide que los otros 2 centros de la zona con unidades de PFTVA con plazas disponibles, cubran la demanda de las 4 solicitudes nuevas presentadas por alumnado de la comarca.

El 24 de abril, la dirección del CEIP R.S., comunica al Servicio de Ordenación Educativa la existencia de una nueva solicitud que no ha participado en el proceso de escolarización ordinario y que es grabada en el sistema Séneca el 29 de abril. Dicha solicitud extemporánea, igualmente puede ser atendida en los otros centros de la localidad con PFTVA por contar con plazas disponibles, o permanecer en el aula específica del CEIP R.S. en la que actualmente se encuentra escolarizado.

A ello hay que añadir que se da la circunstancia de que existen alumnos de la comarca que han solicitado los PTVAl del R.S. cuya incorporación a este programa con la edad actual, traería como consecuencia la imposibilidad de agotar los años máximos de permanencia en el sistema, de modo que la respuesta educativa más adecuada de acuerdo con la normativa de aplicación sobre atención a la diversidad, es en todo caso mantener la escolarización en aula específica y retrasar por tanto un año la incorporación al PTVAL.

Sin embargo, y en consideración a la especial importancia que representa la opinión de las familias sobre los procesos educativos de sus hijos e hijas, la Delegación Territorial celebró el pasado 29 de mayo, una reunión encabezada por el delegado territorial, a la que han asistido el alcalde, la segunda teniente de alcalde, la concejala de educación y las familias de los alumnos afectados. En la reunión se han ofrecido las explicaciones oportunas y se ha abordado la posibilidad de formalizar matrícula en el CEIP R.S. asumiendo las consecuencias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos al tomar esta decisión en los casos concretos mencionados.

Por tanto, y tras escuchar las preferencias de las familias, se ha planteado la posibilidad de mantener la misma oferta educativa de 2 unidades de PTVAL para el próximo curso escolar, con las características que el centro escolar defina de acuerdo con su proyecto educativo y en virtud de su autonomía pedagógica y de gestión”.

Analizado el contenido del informe, parece deducirse que el problema suscitado en la queja se encuentra en vías de solución, por cuanto se han iniciado las gestiones administrativas y educativas necesarias para mantener la oferta educativa de PTVAL en el centro de referencia y superar las causas de desacuerdo que se habían expresado en el escrito del colectivo de familiares dirigido a esta Defensoría.

Teniendo en cuenta lo anterior, y a la vista de las medidas anunciadas, consideramos que el asunto ha sido abordado en términos resolutivos, por lo que resulta oportuno considerar superado el motivo del conflicto analizado.

Por ello, debemos dar por concluidas las gestiones en el expediente de queja, procediendo al archivo del mismo y congratulándonos de la disposición constructiva y de diálogo que se ha desplegado entre el colectivo de familiares, autoridades municipales y la propia administración educativa.

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