La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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El trabajo ordinario de la Institución en la recepción, estudio y análisis de las quejas dio lugar a la toma de conciencia de las incomodidades que padecen los usuarios de la sanidad que frecuentan los centros hospitalarios, soportando difícilmente la reducción de calidad de vida que la permanencia en el Hospital lleva consigo.

Más allá de la estricta prestación médico-asistencial, preocupados por el respeto a la dignidad humana y la libre personalidad del ciudadano, se realiza un estudio sobre los aspectos no asistenciales de la realidad hospitalaria, las prestaciones accesorias a la sanitaria, tales como aceptabilidad, información, confortabilidad del alojamiento, comunicaciones, atenciones, comodidades, y en definitiva, el grado de acogida del hospital a los propios usuarios que da sentido al sistema.

Al final se realiza una recomendación general para que se privilegien las medidas de humanización de la prestación sanitaria, evitando el distanciamiento médico-paciente que marca la tendencia de la tecnificación asistencial, convirtiendo el trato directo, humano y personalizado en la pauta rectora de las relaciones entre servidores y pacientes.

Publicado dentro del Informe anual de 1993 (BOPA nº 5, de 29-7-1994, IV Legislatura).

Las Transferencias de vehículos no formalizadas adecuadamente y su incidencia en el padrón de contribuyentes del impuesto municipal sobre vehículos de tracción mecánica. (Incluido en el Informe Anual de 1.994. BOPA nº 127, de 14-11-1995, IV Legislatura)

Este trabajo tuvo por objeto hacer una valoración sobre el grado de cumplimiento de las Directrices Regionales del Litoral en Andalucía, aprobado por Decreto 118/1990, de 17 de Abril, del Consejo de Gobierno.

 

En el estudio realizado se valora el grado de compromiso que habían asumido realmente las Administraciones implicadas en relación con la exigencia, derivada de aquellas normas, de dar un tratamiento territorial racionalizado y coherente al litoral Andaluz.

 

En esta publicación se incluye una evaluación sobre la observancia de estas normas, y una serie de Recomendaciones y Sugerencias, dirigidas a las Administraciones Públicas con la finalidad de que las previsiones de ordenación territorial contenida en estas normas, constituyan el marco de referencia para el desarrollo de las políticas sectoriales y el planeamiento urbanístico que se desarrolle o afecte al litoral Andaluz.

 

El estudio pretende determinar el grado de cumplimiento de las competencias municipales en materia de vigilancia y observancia de las Normas dictadas por las Administraciones competentes (Estado, Comunidad Autónoma Andaluza y Ayuntamientos) sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas y, en su caso, de las medidas de seguridad en la utilización de embarcaciones y artefactos flotantes en zonas de baños y proximidades, a fin de compaginar y preservar la seguridad de la vida humana en la mar y la seguridad de los legítimos usuarios de dichas zonas.

La Resolución del Defensor fue dirigida a los Alcaldes de los Ayuntamientos del litoral andaluz en orden a la necesidad de regular normativamente mediante Ordenanza la utilización de las playas de sus respectivos municipios, solicitando la colaboración de las autoridades marítimas y la publicación de campañas informativas sobre las medidas de seguridad, derechos y deberes de los usuarios de las playas.

La participación, como complemento de la democracia representativa, implica abrir nuevos cauces y formas de relación entre la sociedad y las instituciones, un contacto más continuo entre Administración y ciudadanos y una voluntad de diálogo permanente.

Para que se pueda dar, es imprescindible voluntad democrática del Gobierno Municipal, motivación por parte de los sujetos del derecho y, finalmente, tanto los gobernantes como el vecino, necesitan conformar sus actos a la norma vigente dentro de un Estado de Derecho.

Estudio sobre los andaluces que sufrieron prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de Octubre (Ley de Amnistía), y que no resultaron favorecidos por lo dispuesto en la Disposición Adicional 18ª de la Ley 4/1990, de 29 de Junio (Incluido en el Informe Anual de 1.999. BOPA nº 16, de 20-6-2000, VI Legislatura)

El Defensor del Pueblo Andaluz admite a trámite la queja del profesor Jorge Lirola

Medio: 
Ideal de Almería
Fecha: 
Jue, 12/04/2012
Entradilla: 
Problemas de un profesor de Universidad de Almería.
categoria_n: 
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La demanda del salario social crece un 25% en lo que va de año

Medio: 
Diario de Jerez
Fecha: 
Mié, 11/04/2012
Noticia en PDF: 
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Destacado: 
0
Titulo Destacado: 
La demanda del salario social crece un 25% en lo que va de año
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