La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Instamos a la inclusión en el sistema sanitario del tratamiento innovador para pacientes con glioblastoma

Queja número 25/1044

Durante el ejercicio 2025 se tramitaron varias quejas promovidas por familiares de pacientes diagnosticados de glioblastoma de nuevo diagnóstico, patología oncológica de extrema gravedad y muy mal pronóstico, en las que se solicitaba el acceso a un tratamiento innovador basado en la aplicación de campos eléctricos alternos al cerebro como terapia complementaria al tratamiento estándar.

Las personas promotoras de las quejas ponían de manifiesto la ausencia de alternativas terapéuticas efectivas en el contexto de esta enfermedad, así como el elevado coste económico del referido tratamiento en el ámbito privado, lo que en la práctica impedía su acceso a la mayoría de las familias. Todo ello se planteaba en un contexto clínico marcado por la urgencia, la evolución rápida de la enfermedad y la limitación objetiva del tiempo disponible para la toma de decisiones, circunstancias que intensificaban la angustia y la sensación de desamparo de las personas afectadas.

Admitidas las quejas a trámite, esta Institución solicitó informe a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, interesándose por el estado de evaluación de dicha tecnología, los criterios aplicados para su eventual incorporación al sistema sanitario público y las posibilidades existentes de acceso en condiciones de equidad.

En su informe, la Administración sanitaria indicó que el procedimiento terapéutico había sido objeto de evaluación por los órganos competentes en el ámbito autonómico, habiéndose emitido inicialmente dictámenes desfavorables para su incorporación generalizada, en aplicación de los criterios de efectividad clínica, seguridad y coste-efectividad que rigen la incorporación de nuevas tecnologías al sistema sanitario público. No obstante, se nos informó de que el Servicio Andaluz de Salud se encontraba a la espera del resultado del Informe de Evaluación solicitado por el Ministerio de Sanidad, a través de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, con el fin de valorar su posible inclusión en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud como prestación financiada.

Posteriormente, el Servicio Andaluz de Salud trasladó a esta Institución que la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia había acordado someter este procedimiento terapéutico a un estudio de monitorización en personas con glioblastoma de nuevo diagnóstico, como paso previo para la valoración de su eventual incorporación al sistema público.

A la vista de esta evolución, el Defensor del Pueblo Andaluz consideró oportuno instar al Servicio Andaluz de Salud a valorar la participación de centros hospitalarios andaluces en dicho estudio de monitorización, al objeto de facilitar el acceso a esta tecnología dentro de un marco regulado, con garantías de seguridad clínica y en condiciones de equidad para las personas afectadas en Andalucía.

La Administración sanitaria comunicó a esta Institución la existencia de varios centros hospitalarios potencialmente susceptibles de ser propuestos para participar en el estudio, así como el inicio de los trabajos necesarios para la definición de las rutas clínicas correspondientes, encontrándose el asunto en vías de solución en el momento de concluir las actuaciones.

En consecuencia, y a la vista de las actuaciones emprendidas por la Administración sanitaria en el marco de los procedimientos de evaluación y monitorización de nuevas tecnologías sanitarias, se procedió a dar por concluidas las actuaciones, permaneciendo esta Institución atenta al desarrollo del estudio y a las decisiones que, en su caso, se adopten respecto a la inclusión de este tratamiento en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

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