La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Esperamos que los trabajos de los equipos educativos del centro ofrezcan resultados para la alumna

Queja número 25/12209

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención a la alumna con necesidades educativas y refuerzo de apoyo de profesionales para su atención y apoyo, en el centro educativo de referencia en una localidad de la provincia de Málaga.

En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema.

PRIMERO

La planificación de plantillas, la cobertura del personal y la distribución de recursos humanos y materiales de los centros educativos son competencia de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanzas Concertadas, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos y de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, en cuyas decisiones prima el cumplimiento estricto de la normativa y los principios de economía y eficiencia de los recursos públicos, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

SEGUNDO

La distribución de recursos de difícil generalización se realiza atendiendo a lo establecido en el marco normativo de referencia en materia de atención a la diversidad y, concretamente en el marco de nuestra comunidad Autónoma, en lo indicado en el Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales, así como en la normativa que lo desarrolla, en el Capítulo V de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado y en las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se actualiza el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa.

En Andalucía no contamos con una legislación que defina una ratio alumnado NEE /profesional.

TERCERO

Desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e innovación en Málaga se ha realizado un estudio pormenorizado y minucioso de los censos de los centros de la provincia. Una vez obtenidos estos datos, se ha realizado el reparto de los recursos entre los centros educativos, teniendo como referencia la zona EOE de cada uno de ellos, de manera que la atención del profesional PTIS sea equilibrada, asegurando la igualdad de oportunidades y la equidad para todo el alumnado con necesidades educativas especiales.

CUARTO

Tras la consulta técnica realizada en el mapa de educación especial (INTER), se constata que la planificación de recursos personales para el presente curso académico 2025/2026 es la siguiente:

El centro cuenta con un censo de 9 alumnos y alumnas con necesidades acreditadas de apoyo asistencial por parte de Personal Técnico de Integración Social (PTIS). Para dar cobertura a dicha demanda, la Administración educativa ha dotado al centro de un FPUB (PTIS) con una carga horaria de 30 horas semanales, lo que representa una dotación de jornada completa.

En este sentido, la dotación de Personal Técnico de Integración Social (PTIS) se configura como un recurso del centro educativo, no constituyendo un recurso individual o exclusivo asignado nominalmente a un alumno o alumna. La asignación de este personal técnico se realiza en base al censo global de alumnado con Necesidades Educativas Especiales del centro, bajo los principios de optimización, flexibilidad y equidad.

En consecuencia, la planificación horaria de dicho personal se establece conforme a criterios de priorización y optimización de recursos, atendiendo a aquellos momentos de la jornada escolar en los que el alumnado precisa una asistencia directa, necesaria e indispensable para el desarrollo de su autonomía personal y el cuidado personal, de acuerdo con la organización interna del centro y los recursos asignados por la Administración educativa.

QUINTO

Además de este perfil profesional, la respuesta educativa se articula mediante la intervención de otros recursos personales como el /la maestra/o de A.L., el profesorado de apoyo, maestro de pedagogía terapéutica (PT), el profesorado tutor/a del alumno, así como el conjunto de maestros/as que, en el marco de sus respectivas áreas, participan en la atención y seguimiento del alumnado.

SEXTO

El Servicio de Ordenación Educativa de esta Delegación Territorial realiza un seguimiento continuo y sistemático de los censos del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, con el objeto de verificar que la asignación de recursos personales resulte adecuada y proporcional a las circunstancias reales de cada centro educativo. En este marco, cualquier variación en la situación del alumnado, derivada bien de la emisión de nuevas evaluaciones psicopedagógicas o de la revisión de las ya existentes, dará lugar a un análisis de la adecuación de los recursos asignados. En el supuesto de que dichas actualizaciones determinen la necesidad de incrementar o modificar los apoyos especializados, esta Administración procederá a su valoración y, en su caso, a la correspondiente tramitación, con carácter prioritario, garantizando el respeto a los plazos administrativos y la salvaguarda del interés superior del menor”.

Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga para abordar las necesidades del centro y de la familia de la alumna afectada.

También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a la gestión de los servicios educativos en relación con la dotación de la figura de los profesionales de apoyo a través de la ordenación de este servicio con motivo de la evaluación de la alumna del centro. Efectivamente esta definición del servicio explica los detalles del proceso que se debe seguir para proceder a abordar estas intervenciones singulares. Serán los equipos de Orientación los que definan conforme a sus disciplinas específicas la mejor respuesta que la alumna necesita en su centro contado con la actitud de seguimiento que los profesionales educativos vuelcan en la menor.

En el marco de esta metodología, confiamos que finalmente, una vez ejecutadas estas medidas y desde su fecha de implantación, los resultados puedan aportar una mejora de la situación.

Comprendiendo la preocupación generada en la familia por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución otorgando un plazo de tiempo oportuno para el resultado que se logre con la organización del servicio de apoyo en el centro. Esperamos que los trabajos de los equipos educativos del centro ofrezcan los resultados y determinen las mejores y adecuadas medidas de respuesta educativa para la alumna, destacando en particular la conveniencia de trabajar conjuntamente entre la familia y los profesionales la mejor atención a la alumna en su centro.

Y, de igual modo, toda vez que la respuesta educativa ha de responder a las necesidades evaluadas en los correspondientes informes y dictámenes, debemos apuntar la oportunidad de contar con las aportaciones de los Equipos de Orientación para realizar los trabajos de seguimiento que en cada caso se susciten.

Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.

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