Queja número 25/1171
Se recibía en esta Institución escrito del representante de una entidad mercantil de la localidad de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), a través del cual exponía que desde 2011 viene presentando en el Ayuntamiento de Mairena del Alcor denuncias por lo que considera una ocupación ilegal de parte de un camino público por parte de la propiedad de una finca próxima a la de titularidad de la empresa que representa. Ocupación que se habría llevado a cabo mediante la colocación de un vallado que ocupa parte del mismo.
Asimismo, acreditaba haber presentado diversas denuncias por obras que consideran ilegales y por el almacenamiento de residuos en la parcela de referencia con peligro de incendio.
Según exponía, el Ayuntamiento acordó mediante resolución **/2023 iniciar un procedimiento de recuperación de oficio "por invasiones, ocupaciones, usurpaciones e impedimentos de la posesión pública pacífica del Camino del Chorrillo municipal". Sin embargo, según denunciaban, dicho procedimiento no se habría llevado a efecto, habiéndose autorizado por el contrario la realización por una empresa de obras de mejora de dicho camino, sin que previamente se haya producido el necesario deslinde del mismo, ni se hayan cumplido las ordenes dictadas para el retranqueo de la valla colocada ocupando parte del camino.
Con fecha de noviembre de 2024 el interesado remitió escrito al Ayuntamiento pidiendo la ejecución de la resolución **/2023, planteando su disconformidad con las obras autorizadas y denunciando falta de respuesta a las denuncias presentadas por obras ilegales y acumulación de residuos peligrosos. Según denunciaba, este escrito no habría tenido respuesta por parte del Ayuntamiento.
Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración del Ayuntamiento de Mairena del Alcor para solicitarle informe en relación con los hechos detallados en el escrito presentado por el interesado, así como trasladarle la necesidad de resolver expresamente, sin más dilaciones, el escrito presentado por el interesado con fecha de noviembre de 2024.
Desde el Ayuntamiento se nos informó, en esencia, de que:
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se ha externalizado el levantamiento topográfico sobre estudio y propuesta de deslinde de fecha 30/12/2024 realizado por ingeniero de topografía colegiado.
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consta en los archivos municipales expediente nº ***/2025 que tiene como objeto el restablecimiento de la legalidad de las actuaciones y vertidos, así como de la explanación realizada el polígono (.) parcela (.), se impulsa igualmente de oficio la tramitación del mismo.
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certificación de conformidad con el planeamiento urbanístico en vigor de la intervención descrita en la Memoria Técnico de Mejora Rural “Camino del Chorrillo”. No obstante, se tendrá en cuenta las apreciaciones realizadas por el interesado.
De todo ello dimos traslado a la parte interesada para que aportase las alegaciones que considerara en derecho.
El interesado trasladó a esta Institución su disconformidad con lo informado por el Ayuntamiento y comunicó el traslado al Ayuntamiento de su disconformidad, estando dicho organismo en plazo para dar una respuesta a dichas alegaciones.
Ante las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento y en vista de que la intervención de esta Institución había impulsado la resolución del expediente de recuperación de oficio del camino en cuestión, entendimos que el problema que motivó la presentación de queja se encontraba en vías de solución y procedimos al cierre del expediente de queja.
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