La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Confiamos que los trabajos pendientes de finalización ofrezcan mejoras en el centro educativo

Queja número 25/9604

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención a las dotaciones y servicios del centro educativo de referencia.

En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Cádiz trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema.

En relación al expediente de referencia, formulado ante esa Institución por la AMPA del C.E.I.P., en la que expone las necesidades de diferente naturaleza del centro educativo, y una vez emitido el correspondiente informe del Servicio de Inspección Educativa, le traslado lo siguiente:

El CEIP imparte enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria (conocido como centros Semi-D). Un centro que habitualmente funcionaba con una línea (un grupo por nivel), pero que con el paso de los años y con el incremento del alumnado, ha ido creciendo en número de unidades. Para mayor detalle a continuación se recoge el incremento del alumnado/unidades desde el 2010 hasta el momento actual:

Curso 2010 – 2011: 11 unidades, 223 alumnos/as.

Curso 2011 – 2012: 12 unidades, 241 alumnos/as.

Curso 2016 – 2017: 13 unidades, 224 alumnos/as.

Curso 2020 – 2021: 15 unidades, 282 alumnos/as.

Curso 2022 – 2023: 16 unidades, 299 alumnos/as.

Curso Actual 2025 – 2026: 16 unidades, 299 alumnos/as.

Analizando los datos, se puede apreciar el incremento del alumnado en el centro, pasando durante el curso 2010/2011, de 11 unidades y 223 alumnos/as, al curso actual 2025/2026, a 16 unidades, 299 alumnos/as. Tras visitar el centro el 19 de septiembre de 2025, el inspector de referencia, pudo comprobar que la dirección había tramitado una licencia de obra menor, para la separación del salón de usos múltiples, mediante la instalación provisional de un muro central, siguiendo instrucciones del Servicio de Planificación y Escolarización de esta Delegación Territorial, al objeto de conseguir los dos espacios para el alumnado de ambos grupos de 6º de Educación Primaria.

A la espera de la ejecución del proyecto de división del SUM, el mismo día 19 de septiembre, se supervisaron por parte de la inspección los espacios y los horarios, al objeto de comprobar in-situ, el correcto desarrollo curricular de ambos grupos. No obstante, a lo anterior, señalar que, una vez realizada la obra menor de separación del SUM, permitirá el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje en condiciones más óptimas. Una vez se realice en el CEIP el proyecto de separación con un muro, en la actualidad en vías de ejecución, el alumnado de los dos grupos de 6º de Educación Primaria (31 alumnos/as), en estos momentos ubicados en el SUM, posibilitará que cada grupo tenga un espacio diferenciado, con una ratio de 15 y 16 alumnos/as respectivamente, dando respuesta a lo establecido en el art. 11 del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria, que expresa: Los centros de educación primaria tendrán, como máximo, 25 alumnos por unidad escolar.

Atendiendo a lo expresado en el presente Informe, concluye lo siguiente:

La ejecución de la división del SUM, dará respuesta a las necesidades del centro, en cuanto permitirá ubicar al alumnado de los dos grupos de 6º de Educación Primaria en espacios diferenciados (6ºA: 15 y 6ºB: 16 alumnos/as), con ello, la ratio del alumnado se ajustará a lo establecido al art. 11 del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Infantil, la Educación Primaria y la Educación Secundaria, en el que se indica: Los centros de educación primaria tendrán, como máximo, 25 alumnos por unidad escolar”.

Por su parte, el propio ayuntamiento de la localidad aportaba su posición sobre la cuestión planteada:

Primero.– Conocimiento de la situación y de las carencias del centro. El Ayuntamiento de es plenamente consciente de las importantes carencias de espacios y de la insuficiencia de las instalaciones del CEIP que afectan al normal desarrollo de la actividad docente y a la adecuada atención educativa del alumnado, tal y como viene manifestando reiteradamente la comunidad educativa del centro.

Segundo.– Actuaciones municipales realizadas. En el marco de sus competencias y con el objetivo de contribuir de manera efectiva a la solución del problema estructural existente, el Ayuntamiento ha adoptado una actuación decisiva y concreta para posibilitar la ampliación del centro educativo. En sesión extraordinaria y urgente del Pleno de la Corporación celebrada el 24 de abril de 2025, se aprobó inicialmente por unanimidad de los miembros presentes la cesión gratuita de un bien patrimonial municipal a favor de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, con la finalidad exclusiva de ampliar las infraestructuras educativas del CEIP, tramitándose el correspondiente expediente n.º 3057/2024. El bien objeto de cesión es un solar municipal, con referencia catastral 1638005TF8313N0001KS, sito en Camino de las Viñas nº 4 (Barriada de Los Ángeles), con una superficie de 741 m², actualmente sin uso, destinado a Sistema General Docente, y libre de cargas.

Dicha cesión responde a la necesidad urgente de solventar el grave déficit de espacio físico existente en el centro y se realiza, además, atendiendo a una petición de la propia Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, siendo esta Administración la competente para la ejecución de las obras de ampliación.

Tercero.– Tramitación administrativa en curso. El acuerdo plenario de aprobación inicial se encuentra actualmente en tramitación tras la fase de información pública, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por plazo de veinte días, conforme a la normativa vigente, y desde esta administración se proseguirán los restantes trámites necesarios para la formalización definitiva de la cesión.

Cuarto.– Distribución competencial. Debe señalarse que, conforme al ordenamiento jurídico vigente, corresponde a la Junta de Andalucía la competencia en materia de construcción, ampliación y creación de centros docentes públicos, correspondiendo al Ayuntamiento las funciones de conservación y mantenimiento de los edificios escolares. No obstante, este Ayuntamiento ha ido más allá de sus competencias estrictas, poniendo a disposición de la Administración autonómica suelo municipal adecuado para posibilitar una solución estructural y definitiva.

Quinto.– Compromiso municipal. El Ayuntamiento considera prioritaria la ampliación del CEIP por el impacto directo que la situación actual tiene sobre el derecho fundamental a la educación del alumnado, y reitera su plena disposición a colaborar con la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en cuantas actuaciones resulten necesarias para materializar dicha ampliación en el menor plazo posible”.

Tras estudiar la información enviada, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Cádiz y del propio Ayuntamiento para abordar las necesidades del centro y de las familias del alumnado afectado.

También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a la gestión de los servicios educativos señalando que “la dirección había tramitado una licencia de obra menor, para la separación del salón de usos múltiples, mediante la instalación provisional de un muro central, siguiendo instrucciones del Servicio de Planificación y Escolarización de esta Delegación Territorial, al objeto de conseguir los dos espacios para el alumnado de ambos grupos de 6º de Educación Primaria”.

Igualmente a ello se suma la actitud colaboradora del municipio mediante “la cesión gratuita de un bien patrimonial municipal a favor de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, con la finalidad exclusiva de ampliar las infraestructuras educativas del CEIP.

En el marco de esta metodología, confiamos que finalmente, una vez ejecutadas estas medidas y desde su fecha de implantación, los resultados puedan aportar una mejora de la situación ya que “La ejecución de la división del SUM, dará respuesta a las necesidades del centro, en cuanto permitirá ubicar al alumnado de los dos grupos de 6º de Educación Primaria en espacios diferenciados (6ºA: 15 y 6ºB: 16 alumnos/as), con ello, la ratio del alumnado se ajustará a lo establecido”.

Comprendiendo la preocupación generada en las familias por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución otorgando un plazo de tiempo oportuno para el resultado que se logre tras la re-organización en el centro.

Esperamos, pues, que los trabajos pendientes de finalización ofrezcan los resultados y determinen las mejores y adecuadas medidas de respuesta educativa para este centro.

Y así, procedemos a concluir nuestra intervención, quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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