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Tras aceptar nuestra resolucion, se cierra un taller de reparaciones y lavado de coches denunciado por unos vecinos

Queja número 15/3576

El Ayuntamiento de Sevilla nos indica que el establecimiento de taller y lavado de coches denunciado por los vecinos está cerrado, por lo que entendemos que se ha aceptado la resolución formulada por esta Institución durante la tramitación de la queja.

La interesada nos exponía que, en julio de 2015, la comunidad de propietarios del inmueble en el que reside había denunciado al Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Sevilla "las insoportables molestias que ocasiona la actividad ... al vecindario. A pesar de que ha recibido notificación por parte del Ayuntamiento de cierre inmediato por su falta de licencia, continúa abierta con su actividad habitual. Se han escrito varias instancias notificando al Ayuntamiento que aún sigue abierta pero a día de hoy no se ha procedido a la clausura del local".

Durante la tramitación de la citada queja formulamos resolución a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Sevilla en la que, en síntesis, le recomendábamos que inspeccionara el referido taller de lavado de coches y pequeñas reparaciones que, al parecer, podría estar en funcionamiento sin autorización y generando elevados niveles de ruido; asimismo, en el caso de que persistiera la situación de irregularidad, le recomendábamos que procediera a ejecutar la orden de suspensión emitida en su momento, instando, si ello era posible, a su legalización.

Como respuesta a esta resolución el citado ayuntamiento nos informó, a través de la Dirección General de Medio Ambiente y Parques y Jardines, lo siguiente:

  • Que el Director General de Medio Ambiente había dictado resolución de ejecución subsidiaria mediante resolución de septiembre de 2015, que se había llevado a cabo en ese mismo mes mediante precintado de la actividad por incumplimiento de la orden de clausura.

  • Que en octubre de 2015 había sido presentada declaración responsable con intervención de técnico por el titular de la actividad, quedando legalizada a partir de esa fecha, por lo que se había dictado nueva resolución desprecintado de la actividad.

  • Que anteriormente constaba solicitud de calificación ambiental de octubre de 2014, pero al haberse emitido informes desfavorables en el expediente, no se había concedido.

  • Finalmente, el titular de la actividad había presentado desistimiento en la tramitación del expediente, concediéndosele y dando por archivado el mismo, "por lo que en principio la actividad está cerrada y sin funcionar, atendiendo a los datos que constan en los archivos de este servicio". Y, en este sentido, nos decían que las últimas denuncias sobre esta actividad databan de junio y diciembre de 2014.

Dimos traslado de esta información a la interesada para que ratificara esta información y nos concretara si el establecimiento estaba, en realidad, cerrado, así como para que nos remitiera copia en caso de haber formulado denuncias posteriores a las que nos indicaba la Dirección General de Medio Ambiente y Parques y Jardines.

Dado que no recibimos respuesta de la interesada en el plazo dado al efecto, finalmente entendimos que no consideraba oportuno realizar nuevas actuaciones y procedimos al archivo del expediente de queja.

 

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