3.2.4. Educación

En materia de educación no universitaria, la mayor parte de las consultas que son trasladadas al Defensor del Menor de Andalucía hacen referencia al proceso de escolarización en centros educativos.

Se trata de una cuestión que, de forma recurrente, suscita el interés de muchas personas que acuden a esta Defensoría, que interesan información o consejo para afrontar el proceso de escolarización de sus hijos e hijas o para reaccionar ante lo que consideran situaciones ilícitas, abusivas o injustas.

En este sentido, son frecuentes las consultas que nos llegan en las que padres y madres relatan la imposibilidad con la que se han encontrado para escolarizar a sus hijos o hijas en los centros que deseaban o incluso en los existentes en el área de influencia en la que se inserta su vivienda.

Es el caso, por ejemplo, de la consulta 15/3907 , en la que nos informaban que dos hijos habían sido matriculados en colegios distintos. O la familia que nos pide ayuda para conseguir que se reunifiquen a sus hijos en el mismo centro que le correspondían por zona pero que no habían sido admitidos por falta de cupo.

En todos estos supuestos, damos cuenta a las personas consultantes acerca de las posibilidades que tienen para hacer valer sus derechos, Igualmente, les informamos que ante la falta de puestos escolares suficientes para atender todas las solicitudes se deben de establecer unos criterios de adjudicación: circunstancias socio-familiares, cercanía del centro, existencia de hermanos en el mismo centro, situación de familia numerosa, grado de discapacidad, etc.

Que en el caso de que no estén de acuerdo con la baremación o la plaza adjudicada pueden presentar alegaciones, solicitudes o recursos ante la Administración competente y en su caso, planteando una queja ante el Defensor del Menor de Andalucía en el supuesto de que exista indicio de lesión o puesta en peligro de derechos y/o libertades contenidos en el Título primero de la Constitución o en el Título primero del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Para poder aclarar dichos derechos se les remite a las personas que nos solicitan información la guía que hemos realizado sobre el derecho a la educación y el acceso al sistema educativo.

Asimismo, se reciben numerosas consultas en relación con los derechos y deberes del alumnado, con problemas de convivencia escolar y en relación con la evaluación del rendimiento de los menores.

Este año hemos tenido bastantes llamadas en relación al acoso de menores en el ámbito educativo. Ejemplo de ello es la consulta 15/3039 en la que una madre nos traslada que su hija está sufriendo acoso por parte de varios compañeros de clase y que incluso la han intentado agredir, indicando que ha puesto los hechos en conocimiento de Policía, centro educativo y Delegación Territorial de Educación.

Se le informa de la posibilidad de presentar queja en el supuesto en que la intervención de la Administración no resultase adecuada. Asimismo se le facilita teléfono y dirección de Fiscalía de Menores e información del Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, por si se produjese cyberbulling.

Al mes vuelve a contactar la interesada, indicando que la situación se mantiene, solicitando que se adopten medidas y que cambien a su hija de centro. Se le sugiere que presente queja a la mayor brevedad posible.

En la consulta 15/4517 la interesada, madre de un menor de 14 años, indica que éste viene sufriendo acoso escolar desde hace 1 año y que esta situación ha provocado incluso que el niño haya tenido que ser ingresado en un Hospital. Se le orienta sobre la conveniencia de poner los hechos en conocimiento del centro educativo y de la Delegación Territorial de Educación, y asimismo se le facilita el teléfono de contacto de la Fiscalía de Menores. Paralelamente, se le sugiere que presente una queja.

Muchas veces la problemática del acoso escolar termina con el cambio del centro de la persona acosada en lugar de la resolución del problema o del cambio del acosador. Así en la consulta 15/6782 se nos traslada que existe un problema relativo al acoso que sufre su hijo por parte de los otros niños, no sólo de su clase sino de otras aulas. Nos explica que en el colegio hay un niño violento, que le han apodado “el rompedientes” e incluso la Presidenta del AMPA advierte a los pequeños de que no se acerquen a él e insistió a la dirección del centro sobre la necesidad de que el menor fuera castigado, lo cual ocurrió y el pequeño se quedó sin excursiones. Sin embargo, al empezar el nuevo curso ya empieza a sentir nuevamente el rechazo de los compañeros, lo cual está provocando en el menor trastornos como no dormir bien, no querer asistir a clases, bajada de calificaciones, etc.

La madre ha intentado cambiarlo de colegio pero no ha encontrado plaza disponible en otro, y la dirección del centro actual entiende que el asunto no reviste gravedad para promover el cambio de centro.

En la respuesta a la interesada le expresamos nuestro parecer ante dichos hechos: Si cualquier manifestación de violencia es absolutamente rechazable, mayor si cabe debe ser su repulsa cuando ésta se produce sobre niños y adolescentes.

En nuestras respuestas a los interesados les manifestamos la opinión de esta Defensoría de que el maltrato entre iguales en ningún caso debe considerarse un tema carente de importancia, o como tradicionalmente se ha dicho “peleas de niños”, sino, muy al contrario, este tipo de maltrato entre iguales es el establecimiento de una relación desigual en la que uno de los sujetos no está en condiciones de hacer valer sus derechos y por tanto se sitúa en un plano de inferioridad. Por tanto es responsabilidad de todas las personas que conforman la comunidad educativa conocer estrategias para poder detectar e intervenir en la dinámica de los conflictos que se generan en el contexto escolar.

Les informamos igualmente de la existencia de un Protocolo de Actuación para estos supuestos que tiene vigente la Administración Pública Andaluza y publicado en la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, y que regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.

En el caso concreto le invitamos también a que se dirija por escrito a la Delegación Territorial de Educación de su provincia, para que plantee este asunto formalmente, a efectos de que puedan tomar medidas al respecto, además de las actuaciones que puedan derivarse por el comportamiento hostil que está recibiendo el menor en el centro escolar donde actualmente está cursando estudios.

Y por supuesto le brindamos nuestra intervención en caso de que no se solucionen los problemas o que no se adopten medidas reparadoras para la victima.

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