La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Le notifican respuesta sobre recurso de reposición en procedimiento ejecutivo para cobro del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Queja número 18/6434

Interesado presenta escrito ante esta Institución relativo a recurso de reposición no contestado en procedimiento ejecutivo para cobro de IVTM.

La Delegación de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Cádiz, nos traslada la siguiente información:

Con respecto al escrito del obligado al pago D.(...), con NIF (...) , presentado ante el Defensor del Pueblo Andaluz, en el que se alega falta de resolución a su recurso de reposición interpuesto en el curso del procedimiento administrativo de apremio que, esta Recaudación Ejecutiva Municipal ha tramitado a su nombre por el cobro de débito en período ejecutivo de pago, se informa que en fecha 29/10/2018 fue remitida Resolución a dicho recurso de reposición, dando respuesta a las alegaciones planteadas. La Resolución fue notificada en el domicilio del interesado en fecha 20/11/2018, haciéndose cargo de la misma un familiar suyo, quien se identificó con su nombre y su número de identificación fiscal.

A dicha Resolución se adjuntaba la documentación justificativa de la notificación de la providencia de apremio iniciadora del procedimiento ejecutivo.

Aprovecho la ocasión para informar, con respecto a la notificación en período voluntario, que el débito cuya falta de notificación se alega por el obligado al pago correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y que, al ser este un tributo de vencimiento periódico por recibo, conforme a lo establecido en el art. 24 del Real Decreto 939/20005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, este Ayuntamiento aprueba y publica cada año el correspondiente anuncio de cobranza, así como el correspondiente anuncio de exposición del padrón de contribuyentes, no siendo preceptiva la notificación individual del recibo al interesado.

Concretamente, en lo que concierne a dicho tributo, el anuncio de cobranza fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz n º 20, de fecha 31/01/2017.”

En dicho informe la Administración nos indica que con fecha 20 de noviembre de 2018 pasado le fue notificada la resolución dictada en respuesta a su recurso de reposición formulado con fecha 11 de mayo de 2018.

En consecuencia, dado que la presente queja se admitió a trámite únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente a la referida reclamación, a la vista de la información recibida, nos vemos obligados a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

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