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Graves dilaciones en los Juzgados de lo Penal de Málaga. Lo investigamos

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 19/3785 dirigida a Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

Nos informan sobre las dilaciones en los juzgados de lo Penal de Málaga

15-07-2019 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

Desde hace varios años venimos asistiendo con creciente preocupación a la continua y progresiva recepción de escritos de queja, dirigidos por ciudadanos y profesionales del ámbito de la Administración de Justicia, presentando sus reclamaciones sobre variados aspectos del funcionamiento de los órganos judiciales radicados en Andalucía.

Estas quejas son, entre otros indicadores, ejemplos claros de algunos de los graves problemas que afectan a la Administración de Justicia y que han sido motivo de análisis específicos por parte de las Memorias del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) y del propio Defensor del Pueblo Andaluz, a través de sus Informes Anuales al Parlamento, junto a los propios diagnósticos de las distintas Consejerías que han tenido atribuidas las competencias en materia de Justicia.

Sin embargo, entre la variedad de supuestos y órganos afectados, esta Institución procura realizar un imprescindible ejercicio de análisis en razón de su gravedad y de su trascendencia para los derechos y libertades afectados. Ciertamente, la amplitud de los problemas que se desprenden en las quejas exige una priorización a la hora de destacar aquellos casos que, por la entidad del asunto planteado o por la frecuencia a la hora de implicar a órganos judiciales concretos, despiertan una especial atención y suscitan la consecuente necesidad de procurar una respuesta prioritaria.

Situaciones análogas ya han sido abordadas en otras actuaciones iniciadas de oficio, como el reciente expediente de queja Q 19/1211, relativa a graves dilaciones en los Juzgados de lo Social de Cádiz. Así, como otros expedientes anteriores ante la, entonces, Consejería de Justicia e Interior, Q 16/1442 o Q 18/3641 y Q 18/6401, estos últimos por la falta de personal para Juzgados de Clausulas suelo en las ciudades de Sevilla y Cádiz, pese a los esfuerzos realizados por el Consejo General del Poder Judicial para mitigar los retrasos.

Esta nota de especial singularidad en los problemas se aprecia, ahora, con motivo de repetidas quejas que se tramitan en relación con las actuaciones de los Juzgados de lo Penal de Málaga. En todas las quejas tramitadas, como es preceptivo, nos hemos dirigido a la Fiscalía para conocer los detalles de las reclamaciones expresadas por las personas afectadas. Es, a partir de estos informes de la Fiscalía, cuando hemos podido confirmar los plazos que hemos relatado y que ratifican, una tras otra, la estricta veracidad de estos retrasos que nos confirma la presencia de graves dilaciones repetidas en las quejas comentadas.

Haciendo referencia a una expediente de queja concreto (Q 18/5753), iniciado a instancia de parte, nos fue trasladado que tras denuncia interpuesta en el año 2016 se incoa por el Juzgado de Instrucción nº2 de Torremolinos las Diligencias Urgentes de Juicio Rápido 124/2016, que posteriormente turnan al Juzgado de lo Penal nº1 de Málaga con fecha 6-3-2017 y número 2065/2017.

Recibido el informe de la Fiscalía Provincial de Málaga se nos traslada en noviembre de 2018 del informe del Letrado de la Administración de Justicia del referido órgano judicial. En dicho informe se indica, entre otros extremos, que “la falta de notificación de la fecha del juicio se debe a que dicha vista no ha sido señalada dado el colapso que sufre este juzgado estando la agenda de señalamientos del presente año y año 2019 ya completa”.

Retomando los informes que hemos recibido, viene a coincidir en estos calendarios de citaciones que parecen mostrar problemas coincidentes e indiciarios de otras situaciones estructurales que pesan en parecidos términos sobre los todos los Juzgados de lo Penal de Málaga.

Como puede comprobarse, la situación que hemos intentado poner de manifiesto, amenaza con trascender los problemas individuales expresados en cada queja y suponer un grave déficit que afecta a toda la ciudadanía que se ve impelida a acudir a los órganos judiciales en cuestión, suponiendo una grave disfunción que en nada favorece a la credibilidad de la Justicia y su Administración.

Por tanto, todas estas manifestaciones han sido determinantes para motivar la propuesta de incoación de queja de oficio y procurar ante la Consejería responsable en materia de Justicia conocer su criterio global en orden a la situación que describimos y las posibles medidas que, en su caso, estimen oportuno adoptar para abordar la situación.

Es por ello que, conforme a lo previsto en el apartado 1 del artículo 10 de nuestra Ley reguladora sobre la posibilidad de iniciar actuación de oficio, y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de Andalucía sobre la garantía de calidad de los servicios de la Administración de Justicia, en el marco de las competencias atribuidas a esa Consejería en materia de Justicia, procede solicitar informe sobre la realidad del problema expuesto y sus posibles soluciones, al objeto de poder también dar cuenta a la ciudadanía y a los operadores jurídicos que a nosotros se han dirigido.

10-05-2021 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Con motivo de las repetidas quejas que se han tramitado en relación con las actuaciones de los Juzgados de lo Penal de Málaga, una vez solicitado el preceptivo informe a la Fiscalía para conocer los detalles de las reclamaciones expresadas por las personas afectadas, se constatan los retrasos que nos confirman la presencia de graves dilaciones repetidas en las quejas comentadas.

La situación trasciende los problemas individuales expresados en cada queja y supone un grave déficit que afecta a toda la ciudadanía que se ve impelida a acudir a los órganos judiciales en cuestión, suponiendo una grave disfunción que en nada favorece a la credibilidad de la Justicia y su Administración.

Por tanto, todas estas manifestaciones fueron determinantes para motivar la presente actuación de oficio ante la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, con objeto de conocer su criterio global en orden a la situación que describimos y las posibles medidas que, en su caso, se estimaban oportunas adoptar para abordar la situación.

El informe emitido por la Consejería venía a indicar lo siguiente:

Con carácter previo es preciso señalar que, de acuerdo con el articulo 36 de la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, Ia creación de Secciones y Juzgados, cuando no suponga alteración de la demarcación judicial, corresponde al Gobierno, oídos preceptivamente la Comunidad Autónoma afectada y el CGPJ. Del mismo modo, dicha atribución de competencias viene recogida en el articulo 20.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, que faculta al Gobierno para modificar el número y composición de los órganos judiciales establecidos en dicha ley, mediante la creación de Secciones y Juzgados; todo ello sin perjuicio de la facultad de las CCAA. con competencias en materia de Justicia para elevar al Ministerio las propuestas que considere oportunas sobre la modificación de la planta judicial.

En ejercicio de dicha facultad, esta Consejería ha venido confeccionando y elevando al Ministerio de Justicia la Programación Anual para la creación de nuevos órganos judiciales en Andalucía para cada año.

En el año 2019 se ha aprobado el RD 256/2019, de 12 de abril, de creación de setenta y cinco unidades judiciales correspondientes a la programación de 2019, estando previsto ... un nuevo Juzgado para la Provincia de Málaga, en concreto el Juzgado de lo Penal nº 15.

Por su parte, la Orden JUS/767/2019, de 11 de julio, … , establece la fecha de entrada en funcionamiento de los cuarenta y cinco juzgados correspondientes a la programación del año 2019, según lo establecido en el RD. 256/2019, de 12 de abriI, disponiendo para el Juzgado de lo Penal nº 15 de Málaga la fecha del 30 de junio de 2020.

Por tanto, para el próximo año está prevista la puesta en marcha de un nuevo Juzgado de lo Penal que aliviará la situación de sobrecarga que actualmente padecen estos Juzgados, siendo prioridad de esta Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para que en dicha fecha pueda comenzar a funcionar el citado órgano judicial.

Por otro lado, … , a la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal corresponde la facultad de autorizar los refuerzos del personal al servicio de la Administración de Justicia.

En ejercicio de dicha facultad, desde la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, en atención a las necesidades manifestadas por los órganos judiciales de la provincia, se ha autorizado un refuerzo consistente en tres puestos del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia para los Juzgados de lo Penal de Málaga.

Al mismo tiempo, y siendo conscientes de la necesidad de que dicho personal forme parte de la plantilla estructural de estos Juzgados, debido a Ia necesidad permanente que existe en ellos de dotación de personal, ... se han incluido estas tres plazas para que se consoliden como plantilla. Dicha Memoria ya ha sido enviada a Ia Dirección General de Presupuestos y Secretaria General para la Administración Pública para su visto bueno, paso previo a la negociación con las organizaciones sindicales.

Por último y dentro del calendario fijado en el Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal de la Administración Justicia, por el que se mejoran las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia y se establece el programa para la aprobación de las oficinas judicial y fiscal y sus modelos estructurales básicos en el ámbito territorial de Andalucía, se establece que en el ejercicio económico 2021 se procederá a aprobar las oficinas judiciales de Nivel l, entre las que se encuentra la oficina Judicial de Málaga, que prevé la creación de una Unidad Procesal de Apoyo Directo para los Juzgados de lo Penal.

El despliegue de la Oficina Judicial tendrá efectos muy positivos en el trabajo de los órganos judiciales, pues el nuevo sistema de organización mejorará la capacidad de gestión del personal, mediante el establecimiento de nuevos modelos de distribución de tareas y permitirá a los jueces centrarse en funciones jurisdiccionales, potenciará las atribuciones procesales de los letrados de la Administración de Justicia, y fomentará Ia especialización de Ios funcionarios y un reparto más preciso y racional del trabajo”.

En vista de lo anterior, y puesto que algunas de las medidas planteadas tenían que ser implementadas a lo largo del ejercicio 2020, se solicito del Juzgado Decano de Málaga informe que ha sido evacuado en el siguiente sentido:

En contestación a su escrito de fecha ocho de marzo por el que se interesa por diversas cuestiones relacionadas con los juzgados penales de este partido judicial, cúmpleme informarle que la situación de dichos juzgados en Málaga resulta muy preocupante por no decir, en algunos casos, dramática. El número de asuntos pendientes y los nuevos que se registran cada año son inasumibles con la actual plantilla de magistrados, cuya productividad supera, con mucho, a la establecida por el Consejo General del Poder Judicial.

La solución al problema existe y está muy clara desde hace años. Esta ciudad no puede tener únicamente 15 juzgados de lo penal. Esto lo conoce perfectamente el Consejo, la Comunidad Autónoma y el responsable directo que es el Ministerio de Justicia que es el que tiene la competencia para modificar y aumentar la planta judicial. El resto de medidas son parches que generan un efecto embudo, pues aunque se puede mejorar el funcionamiento de la oficina judicial, al final es el Juez el que tiene que celebrar el juicio, resolver y dictar la sentencia o la resolución que corresponda, en cualquier caso todas las medidas que se pongan en marcha son bienvenidas pero por no tener, acusamos la falta incluso de salas de vistas pues el edificio de la Ciudad de la Justicia de Málaga se ha quedado pequeño pese a contar con apenas 12 años de antigüedad. La puesta en marcha de un nuevo juzgado de lo penal ubicado por cierto en el sótano sin ventanas, ayudará, sin duda, a mejorar pero sigue siendo insuficiente . Los ciudadanos se quejan con razón. Me remito a la Memoria del TSJA en la que constan todos los datos.

En otro orden de cosas puedo informarle que la oficina judicial está todavía muy lejos de implantarse en este partido y que la informática aún presenta múltiples deficiencias.

Para terminar y a título de ejemplo podemos hacer una comparación objetiva entre el número de asuntos que se tramitan solo en el partido judicial de Málaga en los juzgados de lo penal, y en estos mismos órganos en toda la Comunidad del País Vasco, así en el año 2019, última estadística publicada por el Consejo General del Poder Judicial se constata que el número de juzgados es el mismo (14) en Málaga y en toda la Comunidad Vasca, siendo el número de asuntos registrados en el País Vasco 5891 y en Málaga 12444 asuntos. Esta desproporción que de manera similar se puede ver en otras jurisdicciones supone un agravio con nefastas consecuencias no solo en el funcionamiento del servicio público de justicia y que da lugar a las quejas de los ciudadanos, sino en el estatuto profesional de los magistrados que trabajan en condiciones penosas por el solo hecho de hacerlo en una CCAA distinta.

Solo el Ministerio de Justicia puede corregir esta situación”.

A tenor de dicha información, procedemos al cierre del presente expediente de queja de oficio, dando traslado de la cuestión tanto el Consejo General del Poder Judicial como al Defensor del Pueblo del Estado con objeto de que valoren su contenido y posible intervención si lo consideran procedentes.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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