La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Aprueba el PIA de la persona dependiente y le reconoce el derecho de acceso a una plaza residencial

Queja número 16/5878

La Administración autonómica aprueba el PIA de la persona dependiente y le reconoce el derecho de acceso a una plaza residencial en un centro para personas mayores teniendo en cuenta la existencia de plazas públicas o privadas concertadas vacantes en el ámbito provincial y la proximidad del centro con el lugar de residencia de los familiares.

El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla en el sentido de que se resuelva el recurso presentado contra la resolución de aprobación del Programa Individual de Atención y se facilite a la persona mayor dependiente, en la medida de lo posible, una plaza residencial en el centro de su elección.

Asimismo, se formula Sugerencia para que cuando esa Delegación Territorial realice asignaciones de centros residenciales en otros Programas Individuales de Atención se valore la posible ponderación de más variables, como el venir residiendo en el centro solicitado y la cercanía de éste con el lugar de residencia de la familia de la persona dependiente.

En respuesta, se ha recibido informe indicando que se ha reconocido en el procedimiento de revisión de su grado de dependencia de la parte promotora de la queja. Siguiendo la tramitación reglamentaria, con fecha 5 de mayo de 2017 le fue aprobado su PIA reconociéndole el derecho de acceso a plaza concertada en Residencia para personas mayores con modalidad de intervención más adecuada según sus circunstancias sociofamiliares.

En cuanto a la Sugerencia formulada, nos informan que el servicio de atención residencial es un recurso finalista que garantiza la atención integral de la persona dependiente cualquiera que sea el lugar donde esta radique, en este caso se indicó la provincia de Sevilla, y estando siempre a resultas de existencia de plaza vacante. A la hora de asignar plaza se tiene en cuenta las plazas vacantes que existan en un ámbito provincial en centros residenciales de titularidad de la Administración de la Junta de Andalucía y a plazas financiadas por esta en centros de titularidad pública o privada. Asimismo, la proximidad con el lugar de residencia de los familiares.

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